CEJIL LE RECUERDA AL ESTADO COLOMBIANO SUS COMPROMISOS

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) sigue de cerca los pronunciamientos recientes de la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto de los compromisos internacionales del Estado colombiano en relación con el actual proceso de desmovilización de los grupos armados al margen de la ley. Ambos órganos recordaron a Colombia su obligación de esclarecer la verdad sobre las violaciones de derechos humanos, investigar y sancionar a los responsables de estas violaciones, y reparar adecuadamente a las víctimas de las mismas.

 

 

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) sigue de cerca los pronunciamientos recientes de la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto de los compromisos internacionales del Estado colombiano en relación con el actual proceso de desmovilización de los grupos armados al margen de la ley. Ambos órganos recordaron a Colombia su obligación de esclarecer la verdad sobre las violaciones de derechos humanos, investigar y sancionar a los responsables de estas violaciones, y reparar adecuadamente a las víctimas de las mismas.

Frente a la anunciada emisión de un nuevo Decreto Reglamentario de la Ley 975 de 2005 (“Ley de Justicia y Paz”), CEJIL insta al Gobierno colombiano a honrar plenamente sus compromisos internacionales y a acatar los pronunciamientos del sistema interamericano. La Corte Constitucional colombiana ya se basó en estas obligaciones al establecer, en su sentencia sobre la Ley de Justicia y Paz, que la versión libre que rinde el desmovilizado debe ser completa y veraz. Asimismo, la aplicación de la llamada pena alternativa debe ser condicionada al cumplimiento por parte del desmovilizado en el futuro de todas las obligaciones que le permiten acceder a ella, y no se le debe computar como tiempo de privación de la libertad el que permaneció en las llamadas “zonas de ubicación”. Por otra parte todo su patrimonio -sin distinción entre bienes adquiridos licita o ilícitamente- debe quedar a disposición de la justicia para garantizar que el Estado cumpla con la obligación de reparación a las víctimas.

El pasado 26 de julio, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su sentencia en el Caso de las Masacres de Ituango, estableció que existe una “falta de efectividad en la desarticulación de las estructuras paramilitares”, y reiteró su jurisprudencia histórica al insistir en que “ninguna ley ni disposición de derecho interno puede impedir al Estado cumplir con la obligación de investigar y sancionar a los responsables de violaciones de derechos humanos”.

De igual manera, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó el 1º de agosto en su Pronunciamiento sobre la Aplicación y el Alcance de la Ley de Justicia y Paz en la República de Colombia, que la protección de los derechos de las víctimas del conflicto colombiano a la verdad, la justicia y la reparación requiere el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado colombiano. Muchas de éstas están recogidas en la sentencia de la Corte Constitucional sobre la Ley de Justicia y Paz. La CIDH también señaló que el Estado debe hacer públicas las medidas tomadas en el proceso de negociación y desmovilización, “a fin de que toda la sociedad colombiana pueda acompañar y fiscalizar su desarrollo”.

Los pronunciamientos de los órganos del sistema interamericano llegan en un momento oportuno, ya que es inminente la fase de aplicación de la Ley de Justicia y Paz. Incluso, información de prensa indica que el Gobierno colombiano se está preparando para reglamentar nuevamente esa ley. CEJIL observa con extrema preocupación el hecho que el proyecto de ese Decreto reestablece varios de los elementos modificados por la Corte Constitucional por ser contrarios a los principios internacionales.

CEJIL recuerda asimismo, que el proceso de desmovilización no puede desconocer los compromisos internacionales que el Estado colombiano ha asumido, y que la Convención Americana Sobre Derechos Humanos y la jurisprudencia reiterada de la Corte Interamericana le prohíbe crear disposiciones de derecho interno que obstaculizan el cumplimiento de estos compromisos. En este sentido, la sentencia de la Corte Interamericana en el Caso de las Masacres de Ituango y el pronunciamiento de la Comisión Interamericana sobre la aplicación y el alcance de la Ley de Justicia y Paz, establecen de manera específica cuáles son las obligaciones que las instituciones del Estado deben cumplir en cuanto a la implementación del marco legal de desmovilización. El documento emitido por la Comisión Interamericana destaca de manera particular algunos elementos de la sentencia de la Corte Constitucional sobre dicha ley, los cuales “deben ser materia de estricto cumplimiento”. De no ser así, el marco legal del proceso podría ser invalidado posteriormente por la Corte Interamericana u otro tribunal internacional.

Viviana Krsticevic, directora ejecutiva de CEJIL hizo la siguiente exhortación al gobierno: “Llamamos al Estado colombiano para que implemente la Ley de Justicia y Paz de manera pública y transparente, permitiendo así a la sociedad colombiana participar en esta importante etapa de la vida pública del país. Insistimos también en que el Estado dé estricto cumplimiento a sus obligaciones de esclarecer la verdad y establecer el destino de los secuestrados y desaparecidos, sancionar proporcionalmente a los responsables de graves violaciones de derechos humanos, y reparar adecuadamente a las víctimas del conflicto, a fin de proteger los derechos de las víctimas y garantizar la no repetición del fenómeno paramilitar”.

CEJIL considera que la inminente aplicación de la Ley de Justicia y Paz representa una oportunidad importante para que el Estado colombiano honre los compromisos internacionales resaltados por la Corte Constitucional , la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

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