Viernes 20 de mayo de 2011, por
La Sala Plena de Casación de la Corte Suprema de Justicia, en fallo de 18 de mayo de 2011, dictó auto inhibitorio a favor de Wilsón, Borja al corroborar que el ex representante a la Cámara nunca tuvo vínculos con las FARC –EP, ni como miembro de dicha organización, ni como colaborador.
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El fallo ha establecido que son “nulas de pleno derecho” las pruebas que se aporten a procesos penales, que hayan violado el principio de legalidad. Reitera además, que “la prueba ilegal se genera cuando en su producción, práctica o aducción se incumplen los requisitos legales esenciales, caso en el cual debe ser excluida”
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