Desaparecidos del Palacio de Justicia

El día 6 de noviembre de 1985 a las 11:25 de la mañana, el Comando Guerrillero “Iván Marino Ospina” del M-19 incursionó en el Palacio de Justicia, tomando como rehenes a cientos de personas, entre las que se hallaban: magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, abogados, y trabajadores del recinto judicial. Las fuerzas militares y de seguridad del Estado colombiano respondieron con un operativo de retoma que provocó una feroz batalla con el M-19, destruyendo el Palacio de Justicia y dejando sin vida a aproximadamente 100 personas.

 

 

Hacia las 12:00 del día empezaron a llegar miembros de la Guardia Presidencial y de otros organismos de seguridad, como la Policía Nacional, el F-2 y Departamento Administrativo de Seguridad, DAS . Minutos después, hacia el medio día del 6 de noviembre de 1985, fueron desplazados a la Plaza de Bolívar 12 tanques Urutú y Cascabel.

La Casa del Florero fue tomada como “cuartel o puesto de mando” por parte de las Fuerzas Militares, para recibir a los liberados, establecer sus identidades y captar la información que les posibilitara conocer al enemigo, sus posiciones, sus jefes, los proyectos, las pretensiones, sus capacidades, la actitud que tenían, cantidad de retenidos y toda la información sobre el lugar de los hechos.

Entre las 5:00 y las 6:00 de la tarde del 6 de noviembre de 1985, se inició el incendio en la biblioteca del Palacio de Justicia, que quedaba en el medio del primer piso del edificio, por una bomba lanzada desde afuera de la plaza . Como resultado de ello, muchas personas murieron calcinadas. Las personas que salieron con vida del Palacio de Justicia fueron conducidas a la Casa del Florero para su identificación.

Ocurridos los hechos del 6 y 7 de noviembre de 1985, hubo (i) 12 personas que estuvieron presentes en el Palacio de Justicia que no aparecieron ni vivos ni muertos. Estas personas incluyeron: ocho empleados de la cafetería del Palacio; tres visitantes ocasionales al Palacio; y una de las guerrilleras del M-19 que participó en la toma; (ii) Un magistrado auxiliar del Consejo de Estado desaparecido y posteriormente ejecutado extrajudicialmente (Carlos Horacio Urán) (iii) y, varias personas torturadas (la estudiante de derecho Yolanda Santodomingo, el trabajador José Vicente Pubiano Galvis, y el abogado Orlando Quijano).

Este es un crimen que ha generado el asombro y el repudio de la sociedad colombiana, por el tipo de violaciones que fueron perpetradas por los miembros de la fuerza pública. En el marco del litigio del caso, los peticionarios se han enfocado principalmente en establecer la responsabilidad del Estado, por la actuación desmedida y atroz de sus agentes en contra de miembros de la población civil.

9.2 Trámite del Caso ante el SIDH:

El 26 de diciembre de 1990, la Comisión Interamericana abrió el caso “situación de los desaparecidos del Palacio de Justicia en Colombia”, Nº 10.738, atendiendo a lo solicitado por el Señor Enrique Rodríguez Hernández, en representación de los familiares de los desaparecidos del Palacio de Justicia.

El 20 de enero de 1999, el Colectivo envió una nota a la Comisión, donde el señor Rodríguez, peticionario en el caso, le otorgaba poder de representación y nombraba como co-peticionario al Colectivo para que gestionara las diligencias que fueran pertinentes ante la Comisión.
El 17 de enero de 2000, el Colectivo y Cejil, en su calidad de peticionarios, enviaron observaciones a la Comisión sobre la admisibilidad del caso y el fondo de los sucesos acontecidos durante y después del la toma y retoma del Palacio de Justicia en Bogotá.

El 12 de octubre de 2004, la CIDH envió una comunicación al Estado colombiano, así como a los peticionarios, comunicándoles la aplicación del artículo 37.3 de su Reglamento, es decir decidiendo la acumulación del debate de admisibilidad y fondo del caso.

El 7 de Julio de 2008, los peticionarios, enviaron una comunicación en la que expusieron su versión definitiva sobre la admisibilidad de la petición y el fondo del asunto. Se está a la espera de la respuesta del Estado para seguir con el trámite del asunto.

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