El trabajo doméstico, deudas  pendientes y nuevas agendas

El trabajo doméstico, deudas pendientes y nuevas agendas

En Colombia existe una marcada concentración de las mujeres en profesiones u oficios feminizados. Según el DANE, el 68% de las personas empleadas en el sector de los servicios sociales, comunales y personales (servicio doméstico, docencia, enfermería, entre otras) son mujeres, lo cual provoca una sobreoferta femenina que favorece la desmejora de las condiciones laborales y evita que los hombres ingresen a estos sectores. Esta situación genera una mayor oferta de mano de obra femenina, lo que ocasiona menores niveles de remuneración y obstaculiza el acceso de los hombres a estos sectores asociados a lo femenino. De hecho, la feminización de los servicios sociales, comunales y personales obedece a estereotipos de género que supone que las mujeres están por naturaleza dadas al cuidado, lo que impide su mayor participación en otros sectores de la economía.

 

 

 

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A propósito de la conmemoración del Día Internacional del Trabajo Doméstico, hoy 22 de julio, es importante darle una mirada a las condiciones laborales de las personas que laboran en este sector, y señalar las cuentas pendientes que tiene el estado colombiano frente a los compromisos asumidos a partir de los Convenios 100, 111 y 189 de la OIT sobre equidad salarial, igualdad en el empleo, y sobre las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico, todos convenios ratificados.

En Colombia existe una marcada concentración de las mujeres en profesiones u oficios feminizados. Según el DANE, el 68% de las personas empleadas en el sector de los servicios sociales, comunales y personales (servicio doméstico, docencia, enfermería, entre otras) son mujeres, lo cual provoca una sobreoferta femenina que favorece la desmejora de las condiciones laborales y evita que los hombres ingresen a estos sectores. Esta situación genera una mayor oferta de mano de obra femenina, lo que ocasiona menores niveles de remuneración y obstaculiza el acceso de los hombres a estos sectores asociados a lo femenino. De hecho, la feminización de los servicios sociales, comunales y personales obedece a estereotipos de género que supone que las mujeres están por naturaleza dadas al cuidado, lo que impide su mayor participación en otros sectores de la economía.

Cabe decir que en el trabajo doméstico hay 18 veces más mujeres que hombres, es decir, de 750.000 personas que laboran en este sector, el 95% son mujeres. Aparte de feminizado, en la mayoría de los países latinoamericanos es un trabajo por lo general precario, poco regulado y aún sin derechos sociales. Además es un oficio con una marcada discriminación de género, raza y origen social.

En Colombia sólo 8.000 trabajadoras(es) tienen contrato de trabajo escrito, y apenas 14.6% cotiza a pensión. Tradicionalmente el trabajo doméstico ha sido la puerta de entrada al mercado laboral para mujeres con poca educación o analfabetas, sin experiencia laboral ni redes de apoyo en el proceso de búsqueda de empleo, en situación de desplazamiento forzado y en contextos de pobreza.

Una investigación realizada por la ENS y la Corporación Afrocolombiana de Desarrollo Social y Cultural (Carabantú), evidenció que en el caso de Medellín, el 91% de las empleadas domésticas internas trabaja entre 10 y 18 horas al día, el 32% entre 11 y 14 horas diarias, el 90% no recibe pago de horas extras, el 86% recibe mensualmente menos del salario mínimo, y más de la mitad afirma haber sido discriminada en sus lugares de trabajo.

Si bien es un avance que desde 2013 se les haya reconocido a las empleadas domésticas el derecho de afiliación a una caja de compensación, y la posibilidad del pago de prestaciones sociales en el trabajo por días, siguen teniendo obstáculos específicos a sus plenos derechos laborales. Uno es que socialmente se le atribuye un menor valor que a oficios nombrados en masculino; otro obstáculo es que, al ser una relación laboral que se desarrolla en el ámbito privado de la casa, son mujeres que en su mayoría desconocen sus derechos o los mecanismos para reclamarlos; y el otro obstáculo es que, al estar dispersas, no les es fácil defender sus derechos colectivos.

Otro obstáculo insoslayable es la precaria inspección laboral. Según información del Ministerio del Trabajo, en el 2013 solo se realizó una visita que no hace parte de investigaciones, 2 visitas dentro de la práctica de prueba en investigaciones, y 206 averiguaciones preliminares iniciadas, de las cuales únicamente 14 terminaron en proceso sancionatorio, esto en un escenario generalizado de precarización de 750.000 trabajadoras y trabajadores domésticos. Esto dificulta el control por parte de las autoridades a empleadores y la protección efectiva de derechos a las y los trabajadoras.

Pesa a que el Convenio 189 de OIT establece que el Estado adoptará medidas para “asegurar la igualdad de trato entre los trabajadores domésticos y los trabajadores en general en relación a las horas normales de trabajo, la compensación de las horas extraordinarias, los períodos de descanso diarios y semanales y las vacaciones anuales pagadas […], teniendo en cuenta las características especiales del trabajo doméstico” , en Colombia existe excepción de jornada laboral ordinaria para el trabajo doméstico interno, la cual fue fijada por la Corte Constitucional el 10 horas . Lo que implica que en este sector, por el mismo salario mínimo, se trabajan 12 horas semanales más. Así las cosas, para ganar el salario mínimo un operario de fábrica o un mensajero trabajan 48 horas semanales, mientras que una empleada doméstica interna labora 60 horas.

Una lista de las cuentas pendientes con las y los trabajadores del servicio doméstico, sería la siguiente:

• Reglamentar la Ley 1496 de 2011 o Ley de Equidad Salarial, en el sentido en que lo ha establecido el Comité de expertos del Convenio 100 de la OIT sobre igualdad de remuneración. En consideración a que el trabajo doméstico es una profesión feminizada y minusvalorada socialmente, el Estado está en mora de reglamentar la mencionada ley para que refleje el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor, pues como lo ha señalado la Comisión de Expertos del Convenio 100 sobre equidad salarial, de la OIT: “El concepto de «igual valor» incluye pero va más allá de la igualdad de remuneración por un trabajo «igual», el «mismo» o «similar», y también engloba trabajos que son de una naturaleza absolutamente diferente pero que sin embargo son de igual valor” .

• Incluir dentro de la legislación interna la protección a trabajadoras domésticas migrantes, lo que se contempla en el Convenio 189 de la OIT.

• Impulsar la formalización laboral. Aparte de la afiliación a la seguridad social, es necesaria una estrategia concertada con las organizaciones sindicales para generar un proceso de formalización laboral en el servicio doméstico, y hacer especial vigilancia y control a empresas, asociaciones, fundaciones y en general a la tercerización e intermediación laboral legal e ilegal en este sector, para el que se pueden generar oportunidades laborales en condiciones de trabajo decente a través del servicio nacional de empleo, lo mismo que oportunidades de capacitación desde el SENA y otras alternativas de formación.

• Fortalecer la inspección laboral en el servicio doméstico, incluyendo la inspección por discriminación. Es necesaria una estrategia diseñada con las organizaciones sindicales para fortalecer de manera multidimensional la inspección laboral en el servicio doméstico, la cual debería estar integrada, por lo menos, por inspección preventiva con seguimiento, plan de visitas de oficio, vigilancia en salud ocupacional a las empresas y hogares con servicio doméstico. La inspección y vigilancia debería realizarse no solo a los hogares en los que trabajan los hombres y mujeres que reportan a la pila, sino también a hogares que se encuentren en una aparente situación de informalidad e ilegalidad. Asimismo, dado que a este oficio se le atribuye menor valor social, que está feminizado y racializado, la inspección laboral debe hacerse en clave de discriminación, de tal manera que no se limite a corroborar si la o el trabajador doméstico cuenta con protección social o si desarrolla sus labores en condiciones adecuadas de salud y seguridad, sino también si existe discriminación.

• Fomentar el diálogo social en el sector. Se requiere promover procesos organizativos, de tal manera que las y los trabajadores domésticos disfruten de la libertad sindical, la libertad de asociación y del reconocimiento del derecho de negociación colectiva, como estrategia para su diálogo con el Estado y las/los empleadores. La eficacia, el seguimiento y el alcance de las medidas que se adopten requieren, de un lado, el fortalecimiento, rediseño y coordinación de la institucionalidad pública encargada de la promoción y protección de los derechos laborales; y del otro, de la participación de las organizaciones sindicales en el diseño e implementación de las medidas, y de un permanente diálogo entre ambas.

• Desarrollar una estrategia de sensibilización para el mejoramiento de la situación laboral de trabajadoras y trabajadores domésticos, en varias direcciones: hacia las/los empleadores (organizaciones, empresas y hogares privados), trabajadoras y trabajadores domésticos, inspectoras e inspectores, y comunidad en general, que contribuya al reconocimiento del valor social del trabajo doméstico, la promoción de la formalización laboral, la educación en el tema a empleadores y empleadoras, la promoción de un entorno laboral seguro y saludable, la eliminación de la discriminación y del trabajo infantil, entre otras.

• Desarrollar un canal de comunicación inmediato y efectivo para la información de empleadores y trabajadoras(es) domésticos, así como para la recepción de denuncias que provoquen inspección. En particular, se requiere promover mecanismos para eliminar la violencia de género en esta relación laboral que se desarrolla en el ámbito de lo privado.

Hay, pues, tantos debates, deudas y agendas como derechos humanos laborales desconocidos o en riesgo. La tarea es del Estado y su Ministerio del Trabajo, de las organizaciones sindicales, de las organizaciones de mujeres, de los medios de comunicación, de la sociedad civil organizada, de las familias y empresas empleadoras, de las trabajadoras y trabajadores domésticos en la exigencia de sus derechos.

Los derechos humanos de las mujeres son parte indivisible de los derechos humanos, y la situación actual del trabajo doméstico en Colombia requiere acciones claras de manera impostergable.

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