La FIDH y el CAJAR solicitan al Estado de Panamá, realizar las actuaciones necesarias para permitir la extradición de la Ex-directora del DAS María del Pilar Hurtado

La FIDH y el CAJAR solicitan al Estado de Panamá, realizar las actuaciones necesarias para permitir la extradición de la Ex-directora del DAS María del Pilar Hurtado

En el marco de la visita del Presidente de Colombia Juan Manuel Santos en Panamá, la FIDH y el CAJAR hacen un llamado al gobierno de Colombia para que solicite al Estado de Panamá la detención preventiva con fines de extradición de la ex-directora del DAS María del Pilar Hurtado. Es la oportunidad para que los dos presidentes afirmen su voluntad de lucha contra la impunidad y de defensa de las víctimas de violaciones a los derechos humanos.

 

 

Así, frente a las recientes declaraciones de la Canciller panameña de no tramitar la extradición de María del Pilar Hurtado porque ya fue negada, la FIDH y el CAJAR solicita al nuevo gobierno del Presidente Varela que anule a través de un acto administrativo de igual jerarquía o superior, la Resolución Ejecutiva No. 3 del 3 de febrero de 2012, por la cual se rechazó la primera solicitud de extradición de María del Pilar Hurtado y en virtud de esa anulación se retrotraiga lo actuado y se apliquen las reglas pertinentes a la solicitud de extradición presentada por Colombia el 9 de diciembre de 2011.

“En efecto, el análisis de la Resolución No. 3 confirma la ilegalidad del mismo y obliga al Estado de Panamá a anularlo y a dar trámite a la solicitud de extradición de la Justicia Colombiana, conforme al tratado de extradición entre Colombia y Panamá” señaló Luis Guillermo Pérez Casas, Presidente del CAJAR y abogado de víctimas del proceso en Colombia contra María del Pilar Hurtado Afanador.

Conforme la ley panameña vigente en el momento, le correspondía a la Corte Suprema de Justicia atender, tramitar y decidir la solicitud de extradición y no al Ejecutivo. Igualmente, las normas que sustentan la Resolución No. 3 estaban derogadas al momento de su expedición. El rechazo desconoció el tratado entre Colombia y Panamá sobre extradición, pues el caso de la ex-directora del DAS no se enmarca en ninguno de los 3 impedimentos para extraditar allí contemplados. Finalmente, dicha Resolución solo manifestó “rechazar” la extradición sin hacer alusión a alguna causal, prohibición o impedimento de ley.

El Estado de Panamá no puede cobijarse en una resolución ilegal para impedir la extradición de la ex-funcionaria del DAS y es importante que Colombia siga insistiendo para que la extradición sea posible. La FIDH recuerda que junto con el CAJAR se denunció al Estado panameño ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington por haberle otorgado irregularmente asilo a la señora Hurtado, como lo ha reconocido la Corte Suprema de Justicia de Panamá el pasado mes de mayo y, por tanto es inadmisible que el gobierno del Presidente Juan Carlos Varela, siga como su predecesor, Ricardo Martinelli, contribuyendo a que la ex-directora del DAS siga siendo una prófuga de la justicia colombiana.

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