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Muere Prisionero Político Pedro Rosas Pérez en Meta - Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo"

Muere Prisionero Político Pedro Rosas Pérez en Meta

Domingo 22 de febrero de 2015, por Corporación Solidaridad Jurídica

organización defensora de derechos humanos, emite denuncia pública ante los organismos de derechos humanos y ante la comunidad nacional e internacional contra el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario de Colombia (INPEC), por la muerte del prisionero político de las FARC-EP Pedro Rosas Pérez, con TD 11672, quien se encontraba recluido en el establecimiento penitenciario de Acacias (Meta) y quien a pesar de las constantes solic

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La Corporación Solidaridad Jurídica, organización defensora de derechos humanos, emite denuncia pública ante los organismos de derechos humanos y ante la comunidad nacional e internacional contra el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario de Colombia (INPEC), por la muerte del prisionero político de las FARC-EP Pedro Rosas Pérez, con TD 11672, quien se encontraba recluido en el establecimiento penitenciario de Acacias (Meta) y quien a pesar de las constantes solicitudes para que se le atendiera de manera urgente e inmediata, falleció el día de viernes 14 de febrero en la ciudad de Bogotá, debido a omisión médica, según denuncian los demás prisioneros.

ANTECEDENTES

En días pasados, el prisionero político Pedro Rosas Pérez, con TD 11672, presentó un cuadro de salud bastante delicado por lo cual se le solicitó al INPEC, bajo la responsabilidad de la dragoneante Elizabeth Gómez, para que el prisionero fuera atendido de manera inmediata. El INPEC hizo caso omiso a los múltiples llamados de la población reclusa y no atendió con prontitud dichas peticiones. Luego de que el estado de salud de Pedro Rosas fue declinando, fue trasladado hacia el área de sanidad e internado en un calabozo, donde permaneció por alrededor de ocho días hasta que perdió el habla y sucesivamente el conocimiento.

El INPEC, argumentando que el interno no padecía ninguna enfermedad, porque según ellos, ya le habían realizado los exámenes necesarios y los resultados no manifestaron la presencia de ninguna padecimiento, no atendió a tiempo la grave situación que padecía el prisionero.

HECHOS

Pedro Rosas Pérez fue internado en un calabozo del área de sanidad en donde no se le prestó la atención médica necesaria y por lo cual progresivamente fue perdiendo el habla y sucesivamente el conocimiento. Pedro fue trasladado a Bogotá el día 28 de enero (según la versión del INPEC, a una remisión médica a la cárcel Picota de Bogotá) y finalmente perdió la vida el día 14 de febrero de 2015 en extrañas circunstancias. Dicho deceso obedece a causas estructurales del sistema penitenciario colombiano y a la clara negligencia del INPEC por no atender a tiempo la enfermedad que venía padeciendo y no realizarle los exámenes y los cuidados que su situación ameritaban.

CONSIDERACIONES DE DERECHO

Al omitir la atención médica adecuada y oportuna al prisionero Pedro Rosas Pérez, se le ha vulnerado su dignidad humana y los derechos fundamentales a la integridad personal y a la vida.

El Estado Colombiano, a través del INPEC, violó la Constitución Política de Colombia, en sus artículo 1º (dignidad humana), 11 (vida), 12 (prohibición de tratos y penas crueles), y también el bloque de constitucionalidad (art. 93 y 94) en relación con los tratados internacionales que en materia de Derechos Humanos ha suscrito y ratificado y que lo obligan a proteger la dignidad, vida e integridad personal de todas las personas que habitan en el territorio Colombiano; con especial medida a las personas privadas de la libertad, quienes se encuentran bajo su responsabilidad en razón a la relación especial de sujeción, desconociendo sentencias emitidas por la Corte Constitucional en favor de la población reclusa como la T-490/04, T-705 de 1996, C-184 de 1998 T-881 de 2002, T-023 de 2003 y T-603 de 2003.

El Estado Colombiano conserva su violencia institucional mediante el accionar de omisión de garantía del derecho a la salud a los prisioneros políticos que en casos como el del prisionero político Pedro Rosas Pérez, ocasiona la muerte, constituyendo una violación grave a los derechos humanos y el crimen de homicidio, situación que la Corporación Solidaridad Jurídica ha denunciado en reiteradas ocasiones que constituye PENA DE MUERTE DE FACTO CONTRA LAS Y LOS PRISIONEROS POLÍTICOS.

PETICIONES

1. A la Fiscalía General de la Nación-Unidad de Derechos Humanos: Iniciar investigación penal contra el Director del Establecimiento Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad de Acacias – Meta, y los funcionarios de sanidad y de guardia que durante los últimos días tuvieron contacto con el prisionero político Pedro Rosas Pérez, ya incurrieron en homicidio por omisión al deber de protección.

2. A la Procuraduría General de la Nación- Asuntos Penitenciarios: Iniciar investigación penal y disciplinaria contra el Director del Establecimiento Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad de Acacias – Meta, DR. JUAN NICOLAS GALAVIZ RUBIO y el director del COMPLEJO CARCELARIO Y PENITENCIARIO METROPOLITANO DE BOGOTÁ “COMEB” PICOTA, DR. CESAR AUGUSTO CEBALLOS GIRALDO. Igualmente contra los funcionarios de sanidad y de guardia que con la omisión de protección del prisionero político Pedro Rosas Pérez, violaron los derechos humanos e incurrieron en falta gravísima.

3. A la Defensoría del Pueblo: Realizar visita de verificación de los hechos, objeto de la presente denuncia, e intervenir para que se tomen los testimonios de los reclusos y se impulsen las investigaciones penales y disciplinarias contra los responsables y se tomen medidas que garanticen los derechos humanos de los prisioneros políticos en los patios 5 y 3 del Establecimiento Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad de Acacias – Meta.

4. A la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: Realizar una visita in loco a las prisiones colombianas para que VERIFIQUE las condiciones a las que son sometidas y sometidos los prisioneros políticos, así mismo, que conmine al Estado Colombiano a garantizar un proceso judicial transparente para que se sancionen a los responsables de las violaciones a los derechos humanos cometidas contra el prisionero político Pedro Rosas Pérez y que produjeron su muerte.

ALERTAMOS

De igual manera alertamos y responsabilizamos al director Nacional del INPEC, BG JORGE LUIS RAMÍREZ ARAGON y al director del establecimiento penitenciario de Acacias, Meta, DR. JUAN NICOLAS GALAVIZ RUBIO, ante otros 3 graves casos de salud, que de no ser atendidos de inmediato, pueden correr con la suerte del prisionero político Pedro Rosas Pérez.

1- Félix Gonzales Gallego, con TD: 6635, patio 3. Félix fue operado hace 13 meses de una hernia inguinal, cirugía que fue mal realizada y que le ha venido causando graves molestias. Igualmente Félix padece una enfermedad en un testículo el cual le impide una buena movilización y la pierna izquierda se le está secando. Le tienen programada una operación hace más de cuatro meses y hasta el día de hoy aún no se ha cometido algún procedimiento. El argumento del INPEC es que dichas cirugías no tienen convenio con CAPRECOM.

2- Carlos Andrés Morales Martínez, con TD: 10995, patio 3. Hace aproximadamente tres meses que padece de una rara enfermedad, no puede comer porque se le inflama el estómago y los alimentos los devuelve. Los mismos internos se han visto obligados a alimentarlo únicamente con granola.
El INPEC tiene pleno conocimiento del caso, y cuando recae es trasladado al calabozo de sanidad por un breve periodo tiempo para luego ser trasladado nuevamente al patio. El INPEC argumenta que ya le han realizado toda clase de exámenes y afirma que no tiene nada.

3-Jair Vega Oviedo, con TD: 11672, patio 5. El prisionero fue capturado el año pasado con graves heridas. Tiene 5 impactos de fusil que le perjudicaron la cabeza, el estomago y las piernas. Actualmente se encuentra en el calabozo de sanidad bajo una atención precaria y lo tienen aislado para que los demás internos no se enteren de la situación. Le hicieron una cirugía de abdomen abierto por lo cual urgía de una faja, gaza y esparadrapo. Sin embargo el INPEC, en un acto de sevicia, no suministro dichos artículos. Por dicha razón los propios internos realizaron una rifa y diversas recolectas para suplir dicha necesidad.

RECHAZAMOS LA PENA DE MUERTE en Colombia y por tanto EXIGIMOS AL ESTADO COLOMBIANO el respeto del derecho a la VIDA y demás DERECHOS HUMANOS DE LAS Y LOS PRISIONEROS POLÍTICOS.

Solicitamos a la comunidad nacional e internacional y a los medios de comunicación, difundir la presente denuncia y emitir sus pronunciamientos de respaldo.

Afiliaciones

Afiliado a la Federación Internacional de Derechos Humanos
y la Organización Mundial contra la Tortura
Estatus Consultivo en la OEA

José Alvear Restrepo

Nace en Medellín el 1 de julio de 1913 en el seno de una familia de profundas convicciones religiosas y bajo los parámetros de la ideología del partido conservador. Realiza sus estudios en la Facultad de Derecho de la Universidad de Antioquia, donde se gradúa de Abogado con una brillante tesis titulada: "Conflictos del trabajo: la huelga"

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