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Alias “Giovanny” acusado por masacre de Nueva Venecia, en Magdalena
El pasado 18 de marzo de 2014, la Fiscal segunda Especializada de la Unidad Nacional de Desaparición y Desplazamiento Forzado profirió resolución de acusación contra el paramilitar Hernán Arturo Cantillo Camargo, alias “Giovanny”, por la masacre de Nueva Venecia cometida en noviembre del año 2000. El paramilitar fue acusado por los delitos de coautoría de homicidio múltiple y agravado, desplazamiento forzado y concierto para delinquir agravado.
Alias “Don Berna” debe ser excluído de beneficios de la Ley de Justicia y Paz
La Fiscalía de Justicia y Paz recusó la exclusión de “Don Berna” de los beneficios de esta ley, y la representación de las víctimas le exigió al fiscal que se declare impedido. Para las y los abogados de las víctimas, “Don Berna” debe ser excluído porque no ha colaborado con la justicia para establecer toda la cadena de mando de los crímenes que lo involucran. Entrevista con el abogado Eduardo Carreño.
Celebramos la vida de la lideresa campesina Gilma Benitez
(Foto: Notiagen) La Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” lamenta profundamente el fallecimiento de la dirigente campesina Gilma Benitez Benavides, luchadora incansable por el derecho a la tierra y la vida digna en el campo, en cada una de las organizaciones en las que participó durante su larga trayectoria, y hasta sus últimas tareas: la Marcha de Mujeres Campesinas y la Coordinación Nacional Campesina.
Desacato Presidencial
Todos los sistemas jurídicos nacionales e internacionales consagran las medidas cautelares. Colombia no es una excepción. Igualmente están previstas las medidas cautelares en los sistemas de protección de derechos humanos, tanto en Naciones Unidas, como los Sistema Europeo, Interamericano y Africano, con naturaleza diferente también la Corte Penal Internacional y la Corte Internacional de Justicia contemplan este instrumento jurídico. La razón de ser de las medidas cautelares en el mundo es que son vinculantes, y esta es una regla universal.
Corte Suprema de Justicia ratifica condena contra ocho miembros del Ejército por “falso positivo”
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra ocho militares por los delitos de desaparición forzada de personas, homicidio agravado, falsedad en documentos públicos, peculado por apropiación, concierto para delinquir entre otros, cometidos en el año 2008 contra de Daniel Andrés Pesca Olaya y Eduardo Garzón Páez, humildes jóvenes trabajadores, de Bogotá y Soacha, respectivamente, quienes fueron asesinados y enterrados como N.N. el 4 de marzo de 2008.
Comunicación de la CIDH sobre Medidas Cautelares al Alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro Urrego
titre documents joints Resumen del caso Gustavo Petro (PDF – 554.3 KB)
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Las Mujeres de la Ruta Pacífica celebramos el Acuerdo de la creación de una Jurisdicción Especial para la Paz alque han llegado el Gobierno y las FARC-EP
Como sinónimo de celebración y apoyo total a la recta final de los Acuerdos de Paz en la Habana, más de 5.000 mujeres provenientes de todo el país nos movilizaremos al Cauca el 25 de noviembre de 2015, siendo éste ejercicio parte de nuestro accionar político que ha buscado desde sus inicios la tramitación negociada del conflicto armado. Para esta gran movilización proclamaremos la consigna “Las mujeres pazharemos, refrendando la paz”, con la intencionalidad de aportar a la cercana refrendación de los Acuerdos.
El fin del conflicto armado con las FARC al alcance de la mano
La CCEEU destaca también que la Jurisdicción Especial para la Paz sea vinculante para todos los actores involucrados en el conflicto armado. Sin embargo, no deja de preocuparle que la reciente reforma a la justicia penal militar permita que agentes involucrados en graves violaciones, eludan su obligación de acudir al Tribunal para la Paz para responder por tales hechos, amparándose en el Fuero Penal Militar. Aunado a lo anterior la CCEEU desea llamar la atención sobre 4 aspectos:
Comunicado Conjunto #60 – La Habana, 23 de septiembre de 2015
Las sanciones para quienes reconozcan delitos muy graves tendrán un mínimo de duración de cumplimiento de 5 años y un máximo de 8 de restricción efectiva de la libertad, en condiciones especiales. Las personas que hagan dicho reconocimiento de manera tardía ante el Tribunal serán sancionadas con pena de prisión de 5 a 8 años, en condiciones ordinarias. Para tener derecho a la pena alternativa, se requerirá que el beneficiario se comprometa a contribuir con su resocialización a través del trabajo, capacitación o estudio durante el tiempo que permanezca privado de la libertad. Las personas que se nieguen a reconocer su responsabilidad por tales delitos y resulten culpables serán condenadas a pena de prisión hasta de 20 años, en condiciones ordinarias.
Fundador

José Alvear Restrepo
Nace en Medellín el 1 de julio de 1913 en el seno de una familia de profundas convicciones religiosas y bajo los parámetros de la ideología del partido conservador. Realiza sus estudios en la Facultad de Derecho de la Universidad de Antioquia, donde se gradúa de Abogado con una brillante tesis titulada: “Conflictos…
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Defiende y promueve integralmente los derechos humanos, los derechos ambientales y los derechos de los pueblos, desde una perspectiva de indivisibilidad e interdependencia, con el objetivo de contribuir a la construcción de una sociedad justa y equitativa en la perspectiva de la inclusión política, económica, social y cultural.