1996, por
A petición de la honorable Corte Constitucional, el CAJAR emitió concepto dentro de la demanda presentada contra algunos de los artículos de la Ley 986 de 2005, relativa a los beneficios especiales para personas secuestradas, en la cual se solicitaba que no se discriminara a las personas víctimas de este delito respecto de aquellas que lo han sido de desaparición forzada y toma de rehenes.
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