Latin America Working Group, U.S. Office on Colombia, WOLA, Colombia Liaison United Church of Christ Justice and Witness Ministries, entre otras organizaciones Socials norteamericanas con trabajo en Colombia, le dirigieron en días pasados una carta al presidente Juan Manuel Santos, animándolo para que el debate sobre la Ley de Víctimas “sea deliberativo y democrático en el sentido más amplio de la palabra”, ya que existe una limitante participación eficaz de las víctimas.
Según la carta envíada, “Muchas de las consultas que se han hecho han contado con la participación de unas pocas organizaciones que hablan en nombre de personas que no se sienten adecuadamente representada por ellas, en particular cuando se trata de renunciar a derechos establecidos, como es el derecho a la consulta previa.”
Por considerarlo de importancia transcribimos a continuación la carta
Washington, D.C., 9 de noviembre de 2010
Sr. Juan Manual Santos
Presidente de Colombia
Palacio de Nariño
Bogotá, Colombia
Señor Presidente,
La Comisión Primera de la Cámara de Representantes del Congreso de Colombia iniciará debate sobre los proyectos de ley número 85 y 107 de 2010 (ahora acumulados), por el cual se dictarían medidas de atención y reparación integral a las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, incluyendo normas transicionales para la restitución de tierras a víctimas de desarraigo forzado. La voluntad de su gobierno de dar prioridad a estos temas es muy bienvenida, y muchos de los elementos incluidos en el proyecto de ley acumulado, entre ellos la atención al tema de la restitución de tierras, han generado altas expectativas en Colombia y afuera del país.
Precisamente por esta razón, le escribimos hoy, primero, para compartir nuestro entendimiento de los principios que deben hacer parte del proyecto de ley puesto a consideración, que ya se reflejan en leyes existentes y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, y segundo, para animar a su gobierno para asegurar un debate amplio, con tiempo suficiente que garantice los derechos de las víctimas y facilite una consulta amplia con sus organizaciones, para lograr la mejor y más completa ley posible.
En cuanto al actual proyecto de ley, en nuestra consideración, es fundamental asegurar que se base en una definición de víctimas que sea plenamente consistente con los estándares internacionales actuales.
Tales estándares identifican como víctima a toda persona que haya sufrido daños individual o colectivamente, como consecuencia de acciones u omisiones que constituyan una violación manifiesta de las normas internacionales de los derechos humanos o una infracción grave del derecho internacional humanitario, así como los miembros de su familia inmediata. Este estándar se enfoca, como debe, en la naturaleza del acto cometido, más no en la identidad del perpetrador. Será clave para la legitimidad de la ley que se asegure la universalidad, evitando cualquier forma de discriminación o exclusión, incluyendo la que se deriva de la identidad del perpetrador.
Segundo, la ley se debe basar en el reconocimiento de la obligación del Estado de proteger, respetar y promover todos los derechos humanos, acorde con los tratados internacionales que Colombia ha ratificado y que forman parte de su bloque de constitucionalidad. En este sentido, la responsabilidad del Estado no se limita a los actos específicos cometidos por sus agentes, sino que se extiende a la obligación de asegurar el funcionamiento del Estado de derecho en general, y de generar un entorno que facilite que las personas puedan ejercer plenamente sus derechos. Estas obligaciones deben constituir la base de la ley de víctimas, en vez del concepto de corresponsabilidad que se incluye en el actual proyecto de ley.
Tercero, la ley debe garantizar los derechos de las víctimas de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Constitucional. La Corte en múltiples sentencias ha sido enfática en señalar que la obligación del Estado tiene que ver con el goce efectivo del derecho y no la expectativa del mismo. En este sentido, el derecho a la reparación no puede ser sujeto a límites financieros arbitrarios, como sería el caso con las provisiones que hablan de la sostenibilidad fiscal, y tampoco se debe limitar la reparación judicial, que se deriva de casos específicos que son claves para los derechos a la verdad y la justicia. La ley debe incluir mecanismos ágiles que permiten que las víctimas interpongan recursos legales y obtengan reparaciones, individual y colectivamente. Las reparaciones deben ser rápidas, adecuadas, efectivas y proporcionales a los daños ocasionados y deben contemplar medidas de restitución, compensación, rehabilitación, indemnización y garantías de no repetición, acorde a los estándares internacionales en el tema.
Cuarto, el acercamiento a los derechos de las comunidades étnicas en el actual proyecto de ley es muy preocupante, porque no se da cumplimiento con la obligación de consulta previa establecida en Convenio 169 de la OIT y afirmada reiteradamente por la Corte Constitucional. Las víctimas del prolongado conflicto interno armado en Colombia son individuos y colectividades; estas últimas incluyen comunidades indígenas y afro-descendientes. Un proyecto de ley que no reconoce la interrelación entre la victimización individual y colectiva, y que no responde a los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de comunidades étnicas, se basa en una conceptualización errónea. No es posible aceptar el argumento que el proceso de consulta previa pueda dilatar el proyecto de ley, aplazando la reparación para las demás víctimas, porque no se puede priorizar entre víctimas. Las comunidades indígenas y afro-descendientes han sido muy afectadas por el conflicto armado, a pesar de la existencia de un marco constitucional y legal diseñado para protegerles. La necesidad de responder a las comunidades en su estatus de víctimas explica la decisión de la Corte Constitucional de emitir Autos específicos dirigidos a la protección de las poblaciones indígenas y afro-descendientes, precisamente para asegurar que el Estado cumpla con sus obligaciones en esta área. El hecho de que el actual proyecto de ley no haya sido sometido a consulta previa, aumenta el riesgo de que se declare inconstitucional en el futuro, y sin duda afectará su legitimidad en el terreno.
Estas preocupaciones en cuanto al proyecto de ley y muchas otras – como la ausencia de análisis diferenciado por género, las dificultades previsibles en acceso a la justicia, y la tendencia que se mantiene de presentar la ayuda humanitaria y medidas sociales como reparación – han sido el objeto de mucho análisis adentro de las organizaciones de víctimas. Pero el ritmo acelerado del debate ha obstaculizado la posibilidad para que las voces de las víctimas sean escuchadas y sus propuestas tomadas en cuenta en la formulación de la legislación.
Le animamos a asegurar que el debate que empieza hoy sea deliberativo y democrático en el sentido más amplio de la palabra. Las pocas audiencias regionales, por ejemplo, son una limitante a la participación eficaz de las víctimas y por tanto a la capacidad de su gobierno para lograr un consenso popular amplio y verdadero que responda a problemas que son tan fundamentales y de tan larga data en el país. Muchas de las consultas que se han hecho han contado con la participación de unas pocas organizaciones que hablan en nombre de personas que no se sienten adecuadamente representada por ellas, en particular cuando se trata de renunciar a derechos establecidos, como es el derecho a la consulta previa. Como está claro en la jurisprudencia colombiana e internacional, uno no puede renunciar a sus derechos. Tomando en cuenta las altas expectativas que sus iniciativas han creado, es muy importante que se tome el tiempo necesario para producir una ley que cuente con apoyo público amplio, y que esté en condiciones de soportar el escrutinio constitucional.
Siendo organizaciones internacionales de derechos humanos que hemos hecho seguimiento de los acontecimientos en Colombia por muchos años, apreciamos su atención y esperamos seguir en el diálogo sobre cómo garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.
Atentamente,
Lisa Haugaard, Director Latin America Working Group
Kelly Nicholls, Executive Director U.S. Office on Colombia
Gimena Sanchez, Senior Associate Washington Office on Latin America, WOLA
Barbara Gerlach, Colombia Liaison United Church of Christ Justice and Witness Ministries
Rick Ufford-Chase, Executive Director The Rev. Shannan R. Vance-Ocampo, Director of Colombia Programs. Presbyterian Peace Fellowship
Sanho Tree, Director, IPS Drug Policy Project
Annalise Udall Romoser, Acting Director of Public Policy and Advocacy Lutheran World Relief
Kimberly Stanton, Executive Director Project Counselling Service
Cc: Angelino Garzón, Vicepresidente de la República
Juan Camilo Restrepo, Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
Germán Vargas Lleras, Ministro del Interior y de Justicia