Bogotá, 7 de julio de 2025 La aprobación de la licencia ambiental para el Proyecto Minero Cañaverales implicaría una grave vulneración a los derechos fundamentales de las comunidades afro – campesinas, agudizando la crisis climática e hídrica de La Guajira, concluyó de manera categórica el Concepto Técnico Legal entregado a Corpoguajira por el Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar).
El Cajar, una organización con más de 45 años de trayectoria en la defensa de los derechos humanos, ambientales y de los pueblos étnicos y campesinos, actúa como tercero interviniente en el proceso y fue, junto al Cinep y Censat Agua Viva, uno de los solicitantes de la primera audiencia pública ambiental se ha hecho en la Guajira el pasado 14 de junio. La misma se dio debido a una nueva mina carbón a cielo abierto que pretende desarrollar la multinacional Best Coal Company S.A.S. (BCC) en San Juan del Cesar, La Guajira.
Principales Razones que se expusieron para Negar la Licencia Ambiental:
El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado por BCC tiene múltiples deficiencias e irregularidades conforme a la ley que impiden una evaluación rigurosa y confiable:
- EIA desactualizado y sin el cumplimiento de requisitos legales:
- Corpoguajira inició el trámite de licencia ambiental sin que la Agencia Nacional de Minería (ANM) le hubiese aprobado a la empresa BCC la reducción del volumen de explotación de carbón en el Plan de Trabajos y Obras, requisito necesario para establecer la competencia de la autoridad ambiental.
- BCC no ha presentado un Plan de Manejo Arqueológico actualizado requerido por el ICANH para iniciar cualquier actividad (Requisito previo indispensable según Ley 1185 de 2008 y la jurisprudencia de la Corte Constitucional – Sentencia T-129 de 2011)
- La línea base del EIA está desactualizada. La mayoría de los datos son de 2018 o 2019, lo que podría ocultar nuevos riesgos o cambios en el ecosistema.
- La empresa presentó de forma extemporánea y directamente en audiencia su ruta del transporte del proyecto minero, lo que evidencia un EIA incompleto e improvisado.
- La caracterización socioeconómica es deficiente. Se desconoce la vocación agrícola de las comunidades y su relación hidro -social. Igualmente, los procesos de consulta previa tienen graves omisiones de participación y cumplimiento de los estándares del Convenio 169 de la OIT.
- Amenaza el derecho humano al agua y a la alimentación
- El proyecto necesita captar 22.6 litros por segundo de agua, equivalentes a 1.952.640 litros al día, que podrían abastecer a más de 33 mil familias en La Guajira.
- Se desarrollará en zonas de acuíferos y de recarga hídrica, desviando acequias importantes para la comunidad de Cañaverales.
- Esto viola el Decreto 0043 de 2024, que prioriza el consumo humano, doméstico y agrícola de las fuentes hídricas en La Guajira y prohíbe alteraciones a los acuíferos o sus zonas de recarga por proyectos no prioritarios.
- La aprobación de este proyecto desconocería el riesgo del “Estado de Cosas Inconstitucional” declarado por la Corte Constitucional frente a la disponibilidad, accesibilidad y calidad del agua en La Guajira (Sentencia T-302 de 2017)
- Impacto en la pervivencia étnica y los derechos bioculturales
- Las comunidades negras de San Juan del Cesar y Fonseca, en particular de Cañaverales, tienen una relación diferencial y profunda con el agua, quienes han consolidado practicas hidro sociales entorno a la gestión comunitaria del agua.
- La Corte Constitucional ha reconocido la interdependencia entre la protección ambiental y la vida y cultura de las comunidades negras, protegiendo sus derechos bioculturales como un derecho fundamental (Sentencia SU-196 de 2023).
- La aprobación del proyecto atentaría contra las practicas bioculturales de las comunidades afro campesinas y sus derechos a la identidad cultural, consentimiento y el goce efectivo al agua, y alimentación.
- Profundización de la vulnerabilidad hídrica y climática de La Guajira
- La Guajira es la zona más deficitaria hídricamente en Colombia y altamente vulnerable al cambio climático, según el IDEAM.
- El EIA de BCC no valora la vulnerabilidad climática de la región ni reconoce los impactos acumulativos que el proyecto podría generar.
- La aprobación del proyecto iría en contra de los compromisos nacionales e internacionales de Colombia en materia de descarbonización y lucha contra el cambio climático.
- Deficiente delimitación del área de influencia
- El EIA de BCC subestima los impactos reales de la operación total del proyecto, por lo que el área de influencia tiene deficiencias en los componentes socioeconómicos y ambientales.
- No evalúa los impactos acumulativos y sinérgicos con otros proyectos de carbón a gran escala que operan en La Guajira.
- No incluye a las comunidades y territorios afectados por las múltiples rutas de transporte del carbón.
- Preocupaciones por las Conductas Empresariales del Holding Minero
- Yilmaden Holding, casa matriz de BCC, ha sido denunciada por presuntas violaciones a los derechos laborales y ambientales de otras filiales: Eti Krom, en Turquía, por despidos injustificados; Albchrome, en Albania, por muertes de trabajadores y persecución sindical, y American Chrome & Chemicals en EE.UU., por multas ambientales.
- El Cajar alerta al Estado colombiano sobre el deber de actuar de manera preventiva y diligente para anticipar posibles patrones de conducta corporativa que vulneren derechos en el proyecto Cañaverales.
Negar la licencia a BCC es una obligación ética y constitucional
Ante lo anteriormente expuesto, el Cajar llama a Corpoguajira a negar la solicitud de licencia ambiental del Proyecto Minero Cañaverales. La aprobación de este proyecto sería incompatible con la Constitución Política, las obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos y ambientales y los precedentes judiciales que exigen la protección del ambiente sano, el derecho al agua, la salud, la alimentación y el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades afectadas.
Insta también a Corpoguajira a actuar con rigor técnico, aplicar los principios de precaución y prevención y evaluar los impactos de manera integral, considerando la grave crisis climática e hídrica de La Guajira y las lecciones aprendidas de megaproyectos mineros previos en la región, que han dejado a su paso múltiples violaciones a los derechos fundamentales de las comunidades y sobre el ambiente y el territorio. Negar esta licencia no es una opción discrecional, sino una obligación constitucional y ética para proteger la integridad del territorio y sus comunidades.