Denuncia pública de la Asociación de Hermandades Agroecológicas y Mineras de Guamocó – AHERAMIGUA, ante la comunidad nacional e internacional por la infracción al Derecho Internacional Humanitario en el corregimiento de regencia, jurisdicción del municipio de Montecristo, departamento de Bolívar. El día 24 de enero a la 1:30pm, JIOVANNY ELRIQUE GARRIDO OSORIO, identificado con la c.c. 8362925, domiciliado en el corregimiento de Regencia, fue agredido por miembros del batallón Nariño del Ejército.
HECHOS
El día 24 de enero de 2015, JIOVANNY GARRIDO, fue agredido por el soldado llamado Alvarin, miembro del batallón Nariño del ejército (cuyos miembros se encuentran en medio de la población civil, infringiendo el DIH, como lo hemos venido denunciando en varias oportunidades), cuando el ciudadano se acercó a este para hacerle un reclamo, en buenos términos, por una situación presentada con anterioridad. El soldado inició una discusión fuerte hasta el punto en que apuntó con su fusil al ciudadano para finalmente golpearlo con el mismo. Luego de golpearlo continuó apuntándole diciendo que “le importaba un culo embalarse con él y pagarlo”.
Ante dicha agresión, el ciudadano se dirigió al sargento Morquera, superior del soldado agresor, para poner en conocimiento lo ocurrido, pero dicho sargento lo que hizo fué pedirle los datos de identificación al ciudadano y negarse a dar la identificación del agresor sosteniendo que “el responde por sus hombres”.
El diosa 27 de enero JIOVANNY, ciudadano agredido, interpuso la debida denuncia penal ante la Fiscalía Seccional de Magangué Bolívar por los delitos de lesiones personales y abuso de autoridad en contra del batallón Nariño.
MANIFESTAMOS
1. Que la población civil no puede ser blanco de ningún actor armado
2. Que el ejército nacional debe velar y respetar los derechos de las personas peor tejidas por el DIH.
Exigimos
· Primero: Exigimos al gobierno nacional la desmilitarización de las zonas en donde convive la sociedad civil, ya que con estas acciones pone en riesgo la vida de civiles.
· Segundo: Al Estado colombiano, a la Personería Municipal, la Defensoría del Pueblo, a la Fiscalía General de la Nación y a las autoridades competentes, actuar de manera inmediata con el fin de que se tomen las medidas necesarias para que se garantice la protección, el derecho a la vida, a la libre movilización; y así mismo la no repetición y se garantice el derecho a la vida de todos y cada uno de los habitantes de la región de Guamocó.
· Tercero: Que las autoridades responsables de la investigación y sanción de los responsables, a saber, Fiscalía General de la Nación y ejercito nacional, se encarguen de esclarecer los hechos aquí mencionados y adelantar las acciones pertinentes frente a este caso, y además se garantice el derecho a la vida, la integridad física, libre locomoción de la comunidad de Guamocó y que además se dé el tratamiento correspondiente según lo exige el derecho internacional humanitario en su calidad de personas protegidas.
· Cuarto: Que se hagan presentes las instituciones del Estado pertinentes y que se vea una presencia activa por parte de la defensoría del pueblo para acompañar a las comunidades afectadas.
· Quinto: Reiteramos que la comunidad de Guamocó y en especial la del rio Caribona tiene necesidad de que se haga presente una delegación de la Cruz Roja Internacional a fin de garantizar el cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario, ya que en este municipio hay constantemente infracciones al DIH y no hay quien garantice su cumplimiento.
Por último pedimos la solidaridad de las organizaciones defensoras de derechos humanos y derecho internacional humanitario para ayudar a difundir la presente acción y dirigir las comunicaciones respectivas a las autoridades competentes.