Nuevamente Ejercito Nacional arremete contra comunidades indígenas de San Vicente del Caguan en Caquetá- Colombia

Nuevamente Ejercito Nacional arremete contra comunidades indígenas de San Vicente del Caguan en Caquetá- Colombia

El pasado 07 de febrero de 2015, siendo las 10:30 de la mañana, JOSE LIBARDO VELASCO PERDOMO, habitante del Resguardo Yaguara II Llanos del Yarì y Vicepresidente de la Asociación de Cabildos Indígenas de San Vicente del Caguán – ACISC, se encontraba en su parcela en compañía de LEONARDO QUEBRADA QUILCUE, cuando se disponían a comer su merienda, llegaron al lugar miembros del Ejército Nacional entre quienes se encontraban el Cabo Primero Luis Carlos Murillo, el Mayor Neita del BACOT 54 adscrito a la Brigada Móvil No. 3, disparando contra los indígenas. LIBARDO y LEONARDO , el Vicepresidente de la Asociación de Cabildos se tiró al suelo, pero LEONARDO se atemorizo, salió corriendo y desapareció, apareció cinco días después, pues en su carrera se perdió en la selva.

Las Autoridades Tradicionales de los Pueblos Indígenas del Municipio de San Vicente del Caguán en el Departamento del Caquetá, denunciamos ante la opinión pública y ante las Instituciones y ONG defensoras de Derechos Humanos a nivel nacional e internacional, sobre las graves y sistemáticas violaciones a los Derechos Humanos y DIH, por el accionar irregular del Ejercito Nacional en los territorios indígenas del Municipio San Vicente del Caguán – Caquetá, especialmente en el Resguardo Yaguara II – Llanos del Yarì.

Por todo lo anterior solicitamos a la honorable Corte Constitucional su intervención inmediata frente a este caso de grave violación a los Derechos individuales colectivos e integrales de los pueblos indigenas

HECHOS:

1. El pasado 07 de febrero de 2015, siendo las 10:30 de la mañana, JOSE LIBARDO VELASCO PERDOMO, habitante del Resguardo Yaguara II Llanos del Yarì y Vicepresidente de la Asociación de Cabildos Indígenas de San Vicente del Caguán – ACISC, se encontraba en su parcela en compañía de LEONARDO QUEBRADA QUILCUE, cuando se disponían a comer su merienda, llegaron al lugar miembros del EJERCITO NACIONAL entre quienes se encontraban el Cabo Primero LUIS CARLOS MURILLO , el MAYOR NEITA del BACOT 54 adscrito a la Brigada Móvil No. 3, disparando contra los indígenas. LIBARDO, el Vicepresidente de la Asociación de Cabildos Indígenas de San Vicente del Caguán – ACISC se tiró al suelo, pero LEONARDO se atemorizo, salió corriendo y desapareció. La angustia de la comunidad fue muy grande e inmediatamente el señor Gobernador BELISARIO YULE ASCUE, solicitó reunión con los miembros de la fuerza pública Cabo Primero LUIS CARLOS MURILLO, el MAYOR NEITA del BACOT 54 adscrito a la Brigada Móvil No. 3, a quienes responsabilizó de la desaparición de LEONARDO QUEBRADA QUILCUE. Afortunadamente LIBARDO QUEBRADA QUILCUE, apareció cinco días después, pues en su carrera se perdió en la selva.
2. Por estos hechos la comunidad indígena del Resguardo Yaguara II Llanos del Yarì, que se encuentra muy alejado de los cascos urbanos, se podría desplazar forzadamente de forma masiva, en los próximos días, hacia la Macarena o San Vicente del Caguán, abandonando su territorio.
3. Desde el año 2013 se vienen presentando desplazamientos forzados individuales que ponen en riesgo la pervivencia cultural y física de esta comunidad.

ANTECEDENTES:

1. En la primera semana de julio de 2014, unidades del ejército nacional ocuparon el territorio sagrado del Resguardo Yaguara II Llanos del Yarí, acampando muy cerca de varias viviendas indígenas, cuyos habitantes se encuentran atemorizados por los continuos ametrallamientos y polígonos que realizan permanentemente cerca de las parcelas, poniendo en riesgo la integridad física y psicológica de los habitantes, algunos de los cuales han salido desplazados del territorio de Resguardo.
2. Desde el año 2010 a la fecha, se han presentado varios episodios de bombardeos aéreos en territorio del Resguardo Yaguara II Llanos del Yarí que han afectado viviendas, algunos animales domésticos, el ambiente y han generado temor en la población indígena. Desde el 2012 a la fecha estos casos se han dado a conocer a las Autoridades locales.
3. El pasado 25 de enero de 2014 en consejo de seguridad ampliado se informó sobre las afectaciones generadas por bombardeos recientes en el Resguardo Yaguara II Llanos del Yarí.
4. El 22 de junio de 2014 miembros del ejército nacional pertenecientes a la Brigada No 36 al mando del mayor Guerrero, irrumpieron en el Resguardo Nasa Banderas del Recaibo, entraron en una casa indígena y quemaron algunos artículos e insumos de propiedad del cabildo e irrumpieron en el sitio sagrado dedicado especialmente a los RITUALES DE MAMBEO, cometiendo una grave infracción al Derecho Internacional Humanitario. Según hemos podido verificar en el Resguardo Nasa Banderas del Recaibo no existen cultivos de coca para ser utilizados con fines ilícitos si no para Medicina Tradicional. Este abuso fue reportado por el ejército en medios de comunicación donde informaron que habían quemado un laboratorio de coca de la columna Teófilo Forero de las FARC, poniendo en grave riesgo la vida de la población indígena de este sector.

POR TODO LO ANTERIOR EXIGIMOS:

1. Que la Fuerza Pública de cumplimiento a la Directiva Permanente 016 de 2006 emitida por el Ministerio de Defensa, que ordena la Coordinación con la Autoridades Tradicionales, para la intervención en los territorios indígenas.
2. Que en caso de encontrar cultivos de uso ilícito en territorios indígenas de San Vicente del Caguán – Caquetá, la fuerza pública de cumplimiento a la Sentencia SU 383 de 2003 que ordena “a la Presidencia de la República, a los Ministerios del Interior y la Justicia, y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, al Consejo Nacional de Estupefacientes y a cada uno de sus integrantes, a la Dirección Nacional de Estupefacientes y a la Policía Nacional, consultar de manera efectiva y eficiente a los pueblos indígenas y tribales de la Amazonía colombiana sobre las decisiones atinentes al Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos que las entidades mencionadas adelantan en sus territorios, en los aspectos que a cada una de dichas entidades compete, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas, con plena observancia de los principios y reglas contenidos en el Convenio 169 de la OIT, aprobado por la Ley 21 de 1991”.
3. Responsabilizamos al Ejercito Nacional por el DESPLAZAMIENTO FORZADO (crimen de lesa humanidad), que pueda causar su accionar en los territorios indígenas así como las afectaciones a la integridad física y moral de nuestros comuneros
4. Responsabilizamos al gobierno nacional y a los comandantes de la Fuerza Pública que operan en la región de cualquier hecho que ponga en riesgo la integridad física, moral y territorial de los pueblos indígenas de San Vicente del Caguán Hacemos un llamado de solidaridad a las organizaciones hermanas a nivel nacional e internacional.

AUTORIDADES TRADICIONALES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DEL MUNICIPIO DE SAN ICENTE DEL CAGUÁN FEBREO DE 2014

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