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Paro nacional indefinido de la rama judicial desde el 9 de octubre - Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo"

Comunicado No. 1
Paro nacional indefinido de la rama judicial desde el 9 de octubre

Martes 14 de octubre de 2014, por Asonal Judicial

De acuerdo con las cifras divulgadas por el Consejo Superior de la Judicatura, la demanda de justicia en Colombia durante los últimos 20 años creció en un 300%, al paso que la planta de personal de la Rama Judicial aumentó en el mismo lapso en un 25%, es decir, que los jueces y empleadosde esa época vienen atendiendouna carga laboral que se multiplicó desproporcionadamente, situación que sin equívoco algunoha causado la congestión y el atrasode los diversos asuntos y que de persistir terminará deslegitimando injustamente lahonrosa misión de administrar justicia, con el agravante que elremedio prescrito no ha sido la creación del número de juzgados .requeridos ni el refuerzo de las actuales plantas de personal

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ASOCIACION NACIONAL DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LA RAMA JUDICIAL “ASONALJUDICIAL”

COMUNICADO A LA OPINION PUBLICA No. 1

A partir del 9 de octubre de 2014, los empleados,jueces, fiscales y magistrados de Colombia, en ejercicio de los derechos constitucionales a la manifestación pública y pacífica (art. 37), a la asociación sindical (art. 39) y a la negociación colectiva (art. 55), previa convocatoriadenuestra organización sindical y ante la arrogancia del Gobierno Nacional para atender oportunamente nuestras peticiones, decidimos iniciarel PARO NACIONAL INDEFINIDO, en procura de las siguientes solicitudes:

1.- Prórrogadelos actuales programas de descongestión hasta el 31 de diciembre de 2014, financiación adecuada delos mismosen el 2015 y vinculación de todos sus servidores a las plantas permanentes de juzgados y corporaciones judiciales.

2.- Complementación de la nivelación salarial consagrada en el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992, toda vez que la bonificación judicial reconocida por los Decretos 382, 383 y 384 de 2013 no cumplieron cabalmente con esa obligación legal. Por consiguiente, se solicitará que dicho emolumento tenga carácter salarial, se haga extensivo a los servidores que no se acogieron al régimen salarial optativo y se proteja la nueva remuneración mensual con exención tributaria (ampliación de los gastos de representación de jueces y fiscales y consagración de los mismos en favor de los empleados, a fin de eximirlos de la inicua retención en la fuente.)

3.- Reestructuración de la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación, de tal modo que se privilegie la creación de fiscalías locales y seccionales, y se fortalezca el cuerpo de investigadores, a fin de dar una respuesta oportuna y eficaz a los requerimientos del sistema penal acusatorio.

4.- Reforma a la justicia para que la prestación del servicio sea pronta y cumplida, se salvaguarde la autonomía de la rama judicial y la independencia de los jueces, se garantice un presupuesto adecuado y suficiente para aumentar los juzgados en proporción a la creciente demanda de justicia, se aplique el sistema de méritos hasta las altas cortes para el ingreso y promoción en el servicio y se asegure el acceso efectivo y oportuno de los usuarios al mismo.

5.- Concertación verdadera del sistema de calificación de servicios de funcionarios y empleados judiciales y rechazo a que se utilice la evaluación como instrumento para generar inestabilidad laboral y propiciarsu desvinculación masiva, toda vez que dicha herramienta debe ser empleada para cualificarlos y mejorar el servicio.

En efecto, de acuerdo con las cifras divulgadas por el Consejo Superior de la Judicatura, la demanda de justicia en Colombia durante los últimos 20 años creció en un 300%, al paso que la planta de personal de la Rama Judicial aumentó en el mismo lapso en un 25%, es decir, que los jueces y empleadosde esa época vienen atendiendouna carga laboral que se multiplicó desproporcionadamente, situación que sin equívoco algunoha causado la congestión y el atrasode los diversos asuntos y que de persistir terminará deslegitimando injustamente lahonrosa misión de administrar justicia, con el agravante que elremedio prescrito no ha sido la creación del número de juzgados requeridos ni el refuerzo de las actuales plantas de personal (La Dirección Ejecutiva de Administración Judicial estima que se requieren 19.000 cargos para atender en condiciones normales la actual carga de trabajo), sino la implementación de coyunturales e improvisadosprogramasde descongestión, cuyas metas inalcanzables no sólo pugnan con la dignidad del trabajador sino que propician la insatisfacción de usuarios y aumenta el índice de enfermedades profesionales, amén de que los insuficientes recursos destinados para su financiación no son administrados adecuadamente, ya que sehan utilizado en gran parte para trocar favores burocráticosy no se ha privilegiado su inversión en el fortalecimiento delos juzgados, como células básicas de la estructura orgánica de la Rama Judicial.

Además, en términos reales, históricamente el presupuesto asignado a nuestro sectorse ha mantenido invariable en los últimos 20 años, tendencia reafirmada en el proyecto de ley de presupuesto general de la nación de 2015, en el cual se apropiaron $3.262.165.134.343, que representa el 1,5%, mientras que el servicio de la deuda públicacompromete recursos por $48’.653.984.139.971, equivalente al 22,5%, significando con ello que la autonomía de la Rama Judicial de la cual hace alarde la carta política queda reducida a mera retórica, pues no es viable garantizarla con un presupuesto mezquino, de suerte que si el Estado y la sociedad reclaman una justicia pronta y cumplida, es su deber financiarla adecuadamente.

De otra parte, el creciente deterioro del valor real del salario y su reemplazo por primas y bonificaciones sin carácter salarial, aunado al progresivo gravamen de las rentas de trabajo (Ley 1607 de2012-reforma tributaria), con la avasallante e inicua unidad de valor tributario (UVT) que seincorporó en el nuevo régimen de retención en la fuente, se ha erigido en el paradigma del imperante modelo económico neoliberal para reducir sin miramiento alguno los costos laborales y aumentar desaforadamente las ganancias del capital financiero, cuyas utilidadesen el tercer trimestre del año superan los 7,5 billones de pesos, que representan un incremento del 17% (El Tiempo, 6 de octubre de 2014).

La bonificación judicial que finalmenteconquistaron los trabajadores en el paro judicial de 2012, sin equívoco alguno, no satisfizo la nivelación salarialconsagrada hace 22 años por la Ley 4ª de 1992, en la medida que tal obligación, por no haber sido cumplida oportunamente, tiene un costo actual aproximado de 4 billones de pesos, y la suma que finalmente se comprometió a desembolsar el Gobierno Nacional en 6 años (1.220.000.000.000), de haberseaplicado como aumento salarial, como debe ser, sólorepresentaría un incremento ponderado del 32% sobre la remuneración de ese año, dado que un punto porcentual salarial en la Rama Judicial y Fiscalía General de la Nación tenía un costo de 38.000’000.000 (efecto multiplicador del 33% sobre prestaciones sociales y pensiones, aportes patronales adicionales a seguridad social yparafiscales al ICBF, SENA y Cajas de Compensación), porcentaje cuyo valor real se reduciría en un 18,43%, por la pérdida del poder adquisitivo que los salariosregistraron en los últimos 15 años (estudio de la firma Agricultural Assessments International Corporation), agravado aún más porque la famélica bonificaciónse tendrá en cuenta para fijar la base de cotización del trabajador a la seguridad social y la retención en la fuente, amén de que desde el año 2014 dicho emolumento será actualizado con el IPC proyectado del 2%, al paso que la remuneración de los magistrados de las altas cortes se ajustará con el aumento general de salarios que certifique la Contraloría General de la Nación, que usualmente es superior a dicho indicador económico, por lo que en el año 2018, en vez de reducirse se ampliará la brecha salarial frente a esos altos dignatarios, tornándose ilusoria nuevamente la esperada nivelación salarial.

Por último, no es de recibo que el discurso neoliberal en boga le achaque a los salarios y a las prestaciones sociales de los trabajadores la responsabilidad de que las empresas privadas y entidades públicas no sean viables económicamente, pues las cifras oficiales desmienten tal embuste, si se memora que Fedesarrollo, cuando fue dirigida por el actual Ministro de Hacienda y Crédito Público, Dr. Mauricio Cárdenas, reconoció que lasobligaciones laboralesen el sector privado representaban el 8% de sus pasivos, mientras que las deudas bancarias equivalían al 30%, situación que curiosanentese asemejaal manejo que el Ejecutivo y el Congreso de la República le dan al presupuesto general de la nación, pues en el proyecto de ley para el 2015, como se anticipó, el 22,5% de los ingresos se destinarán al pago de la deuda pública contraída con los organismos multilaterales de crédito (FMI, BID, Banco Mundial, etc.), de modo que la insolvencia económica de unas y el deficit fiscal de otras tiene causa propia: el usurario costo del capital financiero.

Por otro lado, a la reestructuración de la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación no se le augura el fin esperado, si se tiene en cuenta, para citar sólo un aspecto relevante, que una parte considerable de los recursos destinados serán invertidos en alta burocracia (305 consejeros, directores, subdirectores y asesores nacionales) y no en la creación de fiscalías locales y seccionales, y en el fortalecimiento del cuerpo de investigadores, que a la postre es lo que permitirá atender los requerimientos del sistema penal acusatorio y asegurar el acceso eficaz y oportuno de los usuarios a la justicia. Obsérvese, por ejemplo, que con los 2.614’276.296 que costaría la nómina de esa alta burocracia, se podrían crear 568 fiscalías locales o 441 fiscalías seccionales.

Por último, rechazamos el proyecto de reforma a la justicia insertada en el autodenominado “equilibrio de poderes”, porque los cambios propuestos por el Ejecutivo terminarán por perpetuar el statu quo, es decir, que todo sigaigual, toda vez que la creación del “Tribunal de Aforados” y la sustitución del Consejo Superior de la Judicatura, en nada contribuirán a la realización materialdel derecho fundamental del ciudadano común de acceso oportuno y eficaz a la justicia y, por el contrario, se incorporará a la Rama Judicial un organismo burocrático que por su composición y el origen de sus miembros, no solo reñirá con el principio superior de independencia de los jueces, en la medida que sus decisiones estarán signadas por un criterio exclusivamente político y no jurídico, sino que constituirá una carga fiscal adicional (9 magistrados titulares, magistrados auxiliares, abogados asistentes, secretarios, asistentes, auxiliares, coferes, etc.), lo que afectará aún más el exiguo presupuesto de la judicatura, pues, obsérvese, que los destinatarios de la nueva juridicción ascenderían a 66 funcionarios (27 magistrados de la Corte Suprema de Justicia, 27 del Consejo de Estado, 9 de la Corte Constitucional, el Procurador General de la Nación, el Fiscal General de la Nación y el Contralor General de la República), de manera que siete aforadostendrían un magistrado para investigarlos y juzgarlos, lo cual es un despropósito institucional y fiscal, aunado a que la radicación de las dos funciones en un solo magistrado para que sancione sus conductas penal, disciplinaria y fiscal, colocaría en entredicho el postulado constitucional del juez natural, amén de que la justificación de dicho tribunal presupondría la inversión de la presunción de inocencia, en la medida que tales aforados serían tenidos como sospechosos, lo cual repugna a caros principios democráticos del Estado social de derecho.

Lo mismo acontecerá con la estructura administrativa de la Rama Judicial, habida cuenta que la Comisión Interinstitucional, la Sala Administrativa y el Director Ejecutivo de Administración Judicial serán reemplazados por una Sala de Gobierno, una Junta Directiva y un Gerente Nacional, organismos y funcionarios que por su conformación y procedencia, en nada cambiarían las deficiencias y vicios que aparentemente pretenden extirpar, si se observa que la política judicial sería diseñada y orientada por los mismos voceros (Altas Cortes y Fiscal General de la Nación), y no le darían cabida a una representación mayoritaria y democrática de funcionarios y empleados judiciales, con dedicación permanente y exclusiva, los cuales por ser destinarios y protagonistas deprimer orden merecen la oportunidad de ejercer su autogobierno, dado que los altos dignatarios la han dilapidado desde el advenimiento de la Constitución Política de 1991.

Finalmente, la evaluación de servicios de funcionarios y empleados debe erigirse en un instrumento normativo concertado con sus destinatarios para cualificar el servicio público, lo cual necesariamente debe ir acompañado de la capacitación y actualización permanente de los evaluados, y no convertirse en una herramienta perversa para generar inestabilidad laboral y propiciar la desvinculación masiva de los servidores judiciales y, de paso, desperdiciar la inversión presupuestal que se hizo en su reclutamiento para el ingreso y promoción en la Rama Judicial. La calificación no puede concebirse como un proceso sancionatorio, sino como una oportunidad de mejoramiento continuo de los recursos humanos.

El llamamiento hecho por nuestra organización sindical ha sido atendido por la mayoría de los trabajadores judiciales del país, el cual se viene consolidando a lo largo y ancho del territorio nacional, a pesar de que algunos dirigentes del sector de“ASONAL S.I.”, en una labor de esquirolaje concertada con el Fiscal General de la Nación y el Gobierno de Santos, se han empeñado con prácticas antisindicales y calificativos indecentes desacreditar la movilización que adelantan funcionarios y empleados por sus justas reclamaciones, al punto que el Ejecutivo Nacional se ha visto relevado de confrontarnos, al constatar que ese papel lo está realizando la dirigencia de esa facción, ingratamente recordada por la entrega de la nivelación salarial de la Ley 4ª de 1992.

Ni la arrogancia del Gobierno Nacional ni la mezquina y vergonzosa labor de sapa de algunos dirigentes de ASONAL S.I. podrán detener la decisión resuelta de los trabajadores de defender sus derechos en su escenario natural (la negociación colectiva y la huelga), pues la historia enseña que la unidad de los judiciales se ha forjado al fragor de la lucha y la dirigencia sindical debe estar a tono con ese deber superior, a riesgo de que las bases la desborden y exijan el relevo de los voceros que sean inferiores al compromiso inquebrantable de estar siempre a su lado.

Por último, exhortamos a las autoridades competentes para que respeten y hagan respetar nuestra decisión mayoritaria, haciendo uso, si fuere necesario, de los instrumentos legales, para garantizar sin restricciones nuestros derechossuperiores a la negociación colectiva y a la manifestación pública y pacífica (art. 448 Código Sustantivo del Trabajo y art. 200 Código Penal).

FREDDY MACHADO FREDDY CASTELAR
Presidente Secretario General

Bogotá, 14 de octubre de 2014

Afiliaciones

Afiliado a la Federación Internacional de Derechos Humanos
y la Organización Mundial contra la Tortura
Estatus Consultivo en la OEA

José Alvear Restrepo

Nace en Medellín el 1 de julio de 1913 en el seno de una familia de profundas convicciones religiosas y bajo los parámetros de la ideología del partido conservador. Realiza sus estudios en la Facultad de Derecho de la Universidad de Antioquia, donde se gradúa de Abogado con una brillante tesis titulada: "Conflictos del trabajo: la huelga"

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