(Colombia)(Autor: Red de Derechos Humanos del Suroccidente Colombiano “Francisco Isaias Cifuentes”)(Fecha: Septiembre 27 de 2010)
DR/072/10
En desarrollo de acciones militares arbitrarias, integrantes del Ejército del Estado Colombiano comenten detenciones arbitrarias, actos de pillaje, señalamientos y amenazan de muerte a campesinos indígenas, utilizan de escudo a personas protegidas y ocupan bienes protegidos causando el temor en los lugareños. Una menor de edad asesinada en confusos hechos en zona de control militar de la Brigada Móvil No. 19 del Ejército del Estado Colombiano.
En el marco de la comisión de verificación realizada entre delegados de la defensoría del pueblo Regional Nariño y delegados de la Red de Derechos Humanos del Suroccidente Colombiano “Francisco Isaías Cifuentes”, y de acuerdo a denuncias recibidas recientemente:
HECHOS
Al sur occidente de Colombia, Departamento de Nariño, Municipio de Tumaco, Corregimiento de Llorente
Miércoles 1 de septiembre de 2010
Vereda El Hojal La Turbia, cerca de las 4:30 de la tarde, la menor de edad indígena Awa MÓNICA PAÍ TAICUS, salió de la casa en donde vivía con su familia y se fue a lavar unas ropas al río, en compañía de sus dos hermanos menores: Miltón Fernando y José Remberto.
Cuando terminó de lavar las ropas, la niña Mónica se fue a un lado de la orilla del río, sola y no regreso. Sus hermanos (que habían acompañado) al ver que no regresaba la buscaron y avisaron a sus padres del extravío de la niña.
Más tarde la familia se dispuso a buscarla y encontraron su cuerpo sin vida cerca al lugar donde estaba lavando las ropas – 15 metros –. De acuerdo a los familiares la menor de edad presentaba varias heridas, al parecer producidas por arma corto punzante y había signos de forcejeo en el lugar donde se encontró.
Los familiares levantaron del cadáver de la niña y lo enterraron en un lugar cercano a la casa. Las ropas que vestía la niña fueron llevadas a otro lugar por los familiares.
De acuerdo a los familiares, el integrantes del Ejército del Estado Colombiano habían estado hace 15 días en el lugar del caserío donde ocurrieron los hechos ya narrados, al momento de ocurrir la muerte de la niña, se encontraba a una hora del lugar. La insurgencia, no hace presencia en ese lugar, debido a que hay una prohibición del pueblo Awá para que Grupos Armados hagan presencia en el territorio.
Frente al fundado temor de los habitantes del municipio de San Juan de Pasto y en rechazo a las extralimitaciones de las fuerzas regulares del Estado Colombiano, y ante el temor de los ciudadanos afectados
SEÑALANDO
Mónica Paí Taicus: Era una menor de 14 años de edad, nacida el 20 de Febrero de 1996 hija de la señora Marina Taicus y del señor Fabio Paí, sus hermanos: Julio, Romelio, Milton Fernando y José Remberto, PaíTaicus. Son indígenas del Pueblo Awa.
Por lo tanto, RESPONSABILIZAMOS
Al Estado Colombiano en cabeza del señor Juan Manuel Santos Calderon, a la Gobernación del Departamento del Nariño en Cabeza de Antonio Navarro Wolfg y en particular Comandante del Comando de policía Nariño y al Mayor General Justo Eliseo Peña Sánchez comandante de la III División del Ejército de Colombia, por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) e infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) cometidas fuerzas regulares en la zona de operaciones de las unidades Policiales y militares que dirigen.
EXIGIMOS
Responsabilidad estatal frente a los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, al trabajo, la organización, la honra y reputación y a la libre movilidad de los ciudadanos y comunidades individualizados en los hechos de esta denuncia que se están viendo afectados por la acción arbitraria de fuerzas regulares del Estado Colombiano.
A la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH)
· El cumplimiento de su mandato como veedores de que el Estado colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Al Estado Colombiano
· El inmediato cumplimiento de las reiteradas recomendaciones que sobre el respeto y acatamiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha formulado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, La comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y demás organismos internacionales.
· Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, al trabajo, la organización, la honra y reputación y la libre movilidad de los ciudadanos y comunidades individualizados en los hechos de esta denuncia que se están viendo afectados por la acción arbitraria de fuerzas regulares del Estado Colombiano.
· Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.
A la Gobernación de Nariño
· Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, al trabajo, la organización, la honra y reputación y la libre movilidad de los ciudadanos y comunidades individualizados en los hechos de esta denuncia que se están viendo afectados por la acción arbitraria de fuerzas regulares del Estado Colombiano.
· Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.
A la Defensoría del Pueblo
· Cumplir con su papel institucional de velar por la garantía y el respeto a los derechos constitucionales a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, al trabajo, la organización, la honra y reputación y la libre movilidad de los ciudadanos y comunidades individualizados en los hechos de esta denuncia que se están viendo afectados por la acción arbitraria de fuerzas regulares del Estado Colombiano.
· Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.
SOLICITAMOS
A la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH)
· En el marco del cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas.
Instamos a los organismos de derechos humanos y organizaciones populares a mantenerse atentos y alerta la critica situación de derechos humanos que están afrontando el departamento de Nariño.