- La decisión fue tomada por el Consejo de Estado, que reconoció la responsabilidad por acción y omisión del Ejército Nacional, que habría actuado en alianza con paramilitares.
Bogotá, 21 de agosto de 2025. El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Tercera, Subsección B, condenó a la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional por la desaparición forzada, tortura y homicidio del médico Geiner Antonio Munive Rodríguez el 27 de febrero de 2003 en el municipio de Recetor, Casanare. El crimen fue cometido por paramilitares en connivencia con integrantes de la Fuerza Pública.
Esta decisión se da gracias a una tutela contra providencia judicial presentada por los familiares del joven médico con el acompañamiento del Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar) y en cumplimiento del fallo que sobre la misma emitió la Sección Cuarta del Consejo de Estado el 30 de abril de 2025, que protegió los derechos fundamentales de la familia Munive Rodríguez al debido proceso, al acceso a la justicia, a la igualdad y a la reparación integral. Esto, dejando sin efectos una decisión anterior que había declarado la caducidad de la acción, en virtud del precedente del Consejo de Estado, del 29 de enero de 2020.
En este fallo se reconoció que en estos casos deben aplicarse los principios pro-persona y pro-víctima, es decir, que, cuando hay duda sobre el término de caducidad, debe interpretarse la norma a favor de quienes han sufrido violaciones graves de derechos humanos.
En la investigación se determinó que el joven médico fue víctima de un crimen de lesa humanidad, ejecutado por paramilitares luego de haber denunciado en un consejo de seguridad las desapariciones cometidas por ese grupo ilegal en la región. Las pruebas del proceso evidenciarían la complicidad del Ejército Nacional con grupos paramilitares.
La sentencia también reconoció que la familia del médico fue víctima de amenazas, desplazamiento forzado y persecución por exigir justicia, hechos que los llevaron a solicitar asilo en país extranjero desde el 2008.
Después de dos décadas del crimen, la familia Munive Rodríguez ha obtenido, al fin, un reconocimiento de responsabilidad de este crimen de Estado y la orden de otorgar medidas de reparación integral, que, si bien no les devolverá jamás a su ser querido, sí constituye un paso importante en su búsqueda de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.
Este fallo constituye un nuevo precedente judicial que reafirma la obligación del Estado colombiano de responder por crímenes cometidos en alianza con estructuras paramilitares.