Académicos del mundo respaldan consultas populares en Colombia

Académicos del mundo respaldan consultas populares en Colombia

Investigadores y académicos de prestigiosas Universidades del mundo solicitaron a la Corte Constitucional declarar la nulidad de la sentencia SU 095 de 2018 (Expediente: T-6298958) que limita las Consultas Populares y el derecho fundamental a la participación de los colombianos. Entre sus argumentos se destaca la importancia del mecanismo de participación ciudadana como un instrumento democrático y constitucional que permite resolver los conflictos sociales y ambientales de manera civilista y no violenta. Consideran que al limitar ese derecho se ponen en riesgo los nuevos acuerdos de paz y la posibilidad de prevenir la generación de nuevas violencias.

Detallaron desde diferentes aristas que la consulta popular contra actividades mineroenergéticas son procesos legales y legítimos que permiten fortalecer la democracia y las reglas del Estado Social de Derecho. Consideran inaceptable que la Nueva Corte Constitucional revierta sus propios fallos y genere regresividad en los derechos fundamentales reconocidos internacionalmente.

Ponen en evidencia como la Nueva Corte Constitucional desconoció las observaciones del Examen Periódico Universal (EPU) que generaron orientaciones al Estado colombiano sobre el tema de las consultas populares, junto a las observaciones finales del sexto informe periódico de Colombia que realiza el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que entre otras cosas “recomienda al Estado parte que tome las medidas necesarias para asegurar que los resultados de las consultas populares sean debidamente valorados y tomados en cuenta por las autoridades competentes y que su implementación se lleve a cabo de manera concertada con las comunidades afectadas”.

Manifiestan que la sentencia SU 095/18 desconoce que el Estado es una categoría más incluyente y participativa que amplía el control que tenía la Nación sobre el Subsuelo. Evidencian que la Corte Constitucional rompe la línea jurisprudencial sobre el derecho a la participación y al ambiente sano contemplada en la Constitución Política de 1991 y retrocede en sus planteamientos al revivir planteamientos de la Constitución de 1886. Resaltan que la misma “OCDE en su evaluación sobre Colombia reconoce que el país va muy bien en términos de crecimiento económico, pero cuestiona ese crecimiento por la falta de equidad y por su impacto ambiental, dada la insostenibilidad que ha caracterizado dicho crecimiento. Más de la mitad de las observaciones que se le hacen al país para su ingreso como miembro de la OCDE están referidas a la necesidad de mejorar la gestión ambiental no sólo por las entidades del sector ambiental, sino por muy diferentes actores y sectores”. Cuestionan el exceso de exenciones tributarias del sector minero energético y el desconocimiento de los costos de la degradación ambiental que asume la población local presente y futura que habita en los territorios.

Destacan que “los procesos de participación ciudadana, en especial la consulta popular no son sólo ejercicios de defensa territorial, en ellos también se pueden leer claramente preocupaciones sobre los principales problemas ambientales que debe afrontar la sociedad global como son el cambio climático, la degradación ambiental, la pérdida de biodiversidad, la contaminación de suelos, agua y aire, los cuales tendrán impactos negativos en los sistemas de producción agroalimentarios a nivel planetario y la calidad de vida de las comunidades”, como ejercicios auténticos, legales y legítimos de los ciudadanos.

Ver y descargar en PDF la solicitud a la Corte Constitucional con firmas:
https://www.colectivodeabogados.org/wp-content/uploads/2021/07/au_cajibio_11_febrero_2016.docx

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