Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
El reconocimiento de la personalidad jurídica tiene dos dimensiones, una esta asociada con el derecho a la identidad atreves del cual las personas pueden ser reconocidas, pero al mismo tiempo consiste en el reconocimiento formal de una persona por el simple hecho de existir con independencia de su voluntad, circunstancias, condición social entre otros muchos aspectos, correspondiéndole por ello automáticamente los derechos y los deberes que las sociedad define para todos sus miembros.
Por esta razón, a través del ejercicio de este derecho se concreta el valor de la igualdad en su dimensión jurídica y de la protección ante la ley. El ser humano por el solo hecho de existir es titular de los derechos consagrados en la declaración universal.
Tristemente la historia del mundo está llena de situaciones en las cuales el Estado no ha ofrecido a ciertos grupos igual protección ante la ley, estableciendo por ejemplo, como sucedió en Sud África, leyes de segregación racial.
En Colombia hay múltiples ejemplos en los que se viola este derecho en su doble connotación, en su dimensión de derecho a la identidad. Es paradigmático lo que sucedió en Colombia hace unos años con los funcionarios de la registradora nacional que adelantaron jornadas de identificación de miembros de las comunidades indígenas, aprovechando que estos no hablaban español, los funcionarios en forma arbitraria escogieron nombres insultantes. Más allá de lo indignante de esta historia pone de presente las barreras que un Estado puede imponer al ejercicio de la propia identidad.
Otro ejemplo de la vulneración del derecho a la personalidad jurídica, es la que padecen las víctimas del delito de desaparición forzada. La corte interamericana de derechos humanos ha definido en sus sentencias que la desaparición forzada conlleva a la vulneración del derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, dado que su desaparición busca no solo una de las más graves formas de sustracción de una persona de todo ámbito del ordenamiento jurídico si no también niega su existencia y la deja en una suerte del limbo o situación de indeterminación jurídica ante la sociedad y el Estado.