Claridades sobre la Procuraduría-Columna Rafael Barrios Mendivil

Claridades sobre la Procuraduría-Columna Rafael Barrios Mendivil

 

Publicado originalmente en: confidencial.com

Este martes 5 de julio el presidente electo Gustavo Petro anunció que entre las primeras reformas que llevará al Congreso tiene previsto impulsar la eliminación de la Procuraduría General de la Nación y reemplazarla por una “fiscalía anticorrupción”. Señaló en W Radio que tratará de que las funciones que hoy tiene el Ministerio Público pasen a la rama judicial y aclaró que no habría despido de funcionarios, sino traslados a la “fiscalía anticorrupción”.  En medio del debate sobre esta propuesta, les ofrezco unas claridades.

Sobre lo que requiere la sentencia del 8 de julio de 2020 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Petro Urrego vs. Colombia. La Corte ordenó poner fin a las facultades de la Procuraduría de destituir e inhabilitar a funcionarios de elección popular porque tal sanción sólo debe hacerse a través de condena, por juez competente, en proceso penal. No le ordenó al Estado colombiano una reforma constitucional, ni eliminar la Procuraduría, ni trasladarla al poder judicial. Las dos facultades administrativas concernientes son de origen tanto constitucional como legal y existen diferentes rutas para lograr su reforma.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su Informe de Fondo No. 130/17 recomendó que el Estado adecúe la legislación interna, en particular, las disposiciones de la Constitución Política y del Código Disciplinario Único, que contemplan respectivamente esta facultad de destituir e inhabilitar a funcionarios de elección popular.  Por el contrario, la Corte no encontró que el inciso 6º del artículo 277 y el numeral 1º del artículo 278 de la Constitución Política de Colombia, fueran incompatibles con el artículo 23 de la Convención Americana. Consideró el tribunal que el artículo 60 de la Ley 610 de 2010 y el artículo 38 fracción 4 del Código Disciplinario Único son contrarios al artículo 23 en relación con el artículo 2 convencional. Lo importante para la Corte, reiterado en su resolución de supervisión de la sentencia de 25 de noviembre de 2021, es que el Estado “adecuara, en un plazo razonable, su ordenamiento jurídico interno a los parámetros de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”

Como he escrito antes, lo hecho hasta la fecha por la Procuradora Cabello no cumple con este requisito y por ende la tarea queda pendiente. Por esto es bienvenida la propuesta del presidente electo Petro de eliminar a la Procuraduría para “hacerle caso a la sentencia de la corte y de paso respetar la convención americana”, a la vez que el alcance de la propuesta va un paso más delante de la sentencia de la Corte.

Para quienes sugieren que Petro quiere quitarse de encima la entidad de control, hay que reconocer que a partir de la Constitución de l991 la función que cumple la Procuraduría la tienen otras entidades del Estado. Hoy en día cada ministerio tiene su propia oficina de control interno. Como lo escribió Rodrigo Uprimny, la Procuraduría se volvió “una institución de control redundante, enredada y costosa, que no tiene equivalente en ningún otro ordenamiento constitucional”. Además, la reforma se haría a través de un acto legislativo necesita de mayorías calificadas y ocho debates en dos legislaturas del Congreso de la República. Por el tiempo que se requiere, no se va a atravesar en el mandato de la actual Procuradora Margarita Cabello. Esto debe eliminar cualquier sospecha que se trata de una actitud vengativa.

Si la Procuraduría es redundante, ¿por qué se mantuvo en la Carta Política de 1991? Fue muy valorado en ese momento su labor en la defensa de los derechos humanos y la lucha contra la corrupción en ese tiempo.  En los años 80 cuando creamos el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, CAJAR, ese labor se pagaba con las amenazas, el hostigamiento y hasta con la vida misma ese compromiso del funcionario. Fue el caso de Carlos Jiménez Gómez (1982–1986), secuestrado y asesinado en cercanías del aeropuerto José María Córdoba de Rionegro, Antioquia, por orden de Pablo Escobar. Carlos Mauro estuvo en su cargo desde el 17 septiembre de 1987 hasta el 25 de enero de 1988, sólo cuatro meses, antes de ser secuestrado y asesinado. Horacio Serpa Uribe quien lo sucedió (1988-1990) estuvo a punto de ser acribillado en un aeropuerto nacional. Con los tres interactué por razones de mi labor en defensa y promoción de los derechos humanos en el país.

Pero hace rato la Procuraduría ya no actúa para proteger a los derechos, sino a socavarlos. Como ha observado Alberto Yepes de la Coordinación Colombia–Europa–Estados Unidos, hoy la Procuraduría “Es una institución exótica en el mundo. Limita derechos fundamentales en lugar de protegerlos. La función disciplinaria la pueden ejercer las oficinas de control interno. Sus funcionarios podrán prestar un mejor servicio en la rama judicial y en la Defensoría del Pueblo, sin que su carrera sea afectada”.

El verdadero debate hoy está en cómo lograr la eliminación real de la corrupción, objetivo que se espera avanzar con una “fiscalía anticorrupción” mejor que con un ente burocrático que propicia la corrupción como la Procuraduría. El exmagistrado Iván Velázquez, que asesora al presidente Petro en temas de justicia, sostuvo que “La supresión de la Procuraduría General de la Nación permitirá fortalecer la lucha contra la corrupción, incrementando la capacidad de respuesta de la fiscalía y de la judicatura. Un sistema integral anticorrupción, apoyado por una comisión internacional contra la impunidad”. El exministro Rudolf Hommes dijo “Gustavo Petro anunció la eliminación de la Procuraduría. Ojalá lo haga y emprenda también la reforma de la Fiscalía para ponerle jefe y la de la Contraloría … ”

En conclusión, bienvenida la reforma propuesta por Petro. No sólo significa que por fin se implementará la sentencia de la Corte IDH. También ofrece la esperanza de dar un golpe contundente contra la corrupción.

Nota adenda: La reforma a la Contraloría General de República también no da espera. Lo que pasa hoy con el alcalde de Cartagena William Dau, es muy diciente. Está ad portas de ser suspendido indefinidamente por el presidente Iván Duque, con base en una decisión arbitraria del Contralor de Cartagena, tema  que abordaré en mi próxima columna.

Rafael Barrios Mendivil
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