La experiencia de vivir en medio de la pandemia del Coronavirus o Covid-19 nos ha corrido las cortinas de ciertas realidades dolorosas de nuestra sociedad. Entre ellas, están los estereotipos y el prejuicio en contra de las personas mayores, actitudes que se manifiestan en los intentos de algunos líderes de negar nuestra autonomía y dignidad, supuestamente para nuestra propia protección.
No debe ser así. Más bien, debemos luchar para asegurar que todas las personas mayores disfruten plenamente de todos sus derechos humanos, igual que los demás colombianos y colombianas.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por Colombia en 1973, expresa en su artículo 1 que los Estados Partes se comprometen a respetar los derechos y libertades a toda persona sin discrminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole. La Corte IDH ha señalado que la edad, es también una categoría protegida por esta norma (caso Poblete Vilches y otros vs. Chile. Sentencia de 8 de marzo de 2018). El artículo 24 convencional también nos dice que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación, a igual protección.
Lo anterior se reforzó en junio de 2015 cuando se firmó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, al señalar en el artículo 2 que, por discriminación por edad en la vejez, se entiende: “Cualquier distinción, exclusión o restricción basada en la edad que tenga como objetivo o efecto anular o restringir el reconocimiento, goce o ejercicio en igualdad de condiciones de los derechos humanos y libertades fundamentales en la esfera política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública y privada”.
La nueva Convención en los artículos 5 y 27 expresa que la persona mayor tiene derecho a la participación en la vida política y pública en igualdad de condiciones con los demás y a no ser discriminada por motivo de edad, y que hay que fomentar una actitud positiva hacia la vejez, un trato digno, respetuoso y considerado hacia la persona mayor. En el artículo 32, nos dice que, sobre la base de una cultura de paz, se busca promover el reconocimiento de la experiencia, la sabiduría, la productividad y la contribución al desarrollo que la persona mayor brinda a la sociedad en su conjunto.
Aunque la nueva Convención no ha entrado en vigencia -sólo siete Estados la han ratificado y Colombia no está entre ellos- es claro que su contenido incidió en las recomendaciones emitidas por Comisión Internamericana de Derechos Humanos, CIDH en su Resolución 1/2020 “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas”, cuando recomienda evitar los estereotipos como los de “abuelitos” y “viejitos” e “incluir prioritariamente a las personas mayores en los programas de respuesta a la pandemia, especialmente en el acceso a las pruebas de COVID-19, al tratamiento oportuno, al acceso a medicamentos y a los cuidados paliativos necesarios, garantizándose que brinden su consentimiento previo, pleno, libre e informado”.
Respecto al aislamiento y la brecha digital, la CIDH consideró que “en la implementación de medidas de contingencia el balance […] deben coexistir la protección ante el COVID-19 y la necesidad particular de las personas mayores de conexión con sus familiares, para quienes se encuentran solos o en residencias de largo plazo, facilitando medios alternativos de contacto familiar como comunicación telefónica o por internet, teniendo en cuenta la necesidad de remediar la brecha digital.”
Es así como el Presidente Iván Duque no debería haberse sorprendido cuando algunos de sus pronunciamientos públicos en cuanto a las personas mayores provocaron reacción negativa. “He visto a personas que han expresado públicamente que se ha molestado por haber utilizado las palabras “abuelitos” y “viejitos”, dijo el Presidente Iván Duque, a propósito del Coronavirus, y pidió disculpas públicas por haber utilizado esas palabras (Revista Semana, 16 de mayo de 2020). Pero pedir disculpas es lo de menos. Lo que se debe hacer es seguir apoyando la iniciativa en curso en el Congreso de la República para ratificar la nueva Convención.
La Cancilleria y el Ministerio de Salud radicaron el proyecto que busca adoptar en el país la Convención Interamericana sobre la Protección de las Personas Mayores el 15 de agosto de 2019, con el fin de crear un marco legal favorable para la protección efectiva de los derechos de las personas mayores. En octubre de 2019, la Comisión Segunda del Senado, con ponencia del Senador Iván Cepeda, lo aprobó en primer debate. De acuerdo con el Senador, “esta convención es un paso en la protección de las personas adultas mayores. En Colombia existen avances en el reconocimiento de los derechos de esta población, pero se requiere instrumentos que refuercen el marco legal y constitucional” (El Espectador, 2 octubre 2019).
Muchas organizaciones nacionales e internacionales apoyaron el mencionado proyecto mediante comunicaciones, entre ellas el Consejo de Sabios, el Procurador General de la Nación y el Defensor del Pueblo. El semestre pasado se logró que fuera aprobado en dos debates, tanto en Comisión Segunda como en Plenaria del Senado. Ahora se encuentra pendiente que la Cámara de Representantes rinda ponencia para primer debate, a cargo del representante Héctor Vergara, pero faltan los dos debates, es decir, queda por recorrer un año largo.
Lo que debe hacer el Presidente Duque para reparar el uso desafortunado de la palabra “abuelitos”, es asegurar que su gobierno y las fuerzas políticas que lo apoyan finalicen el trámite de la nueva Convención, para que el proyecto de ley sea una realidad y Colombia la ratifique cuanto antes.
Mientras tanto, hay que reconocer el avance que representa el fallo favorable del Juzgado 61 Admistrativo de Bogotá en respuesta a una tutela de un grupo de personas que pedía que a los mayores de 70 años se les diera el mismo trato que a los demás ciudadanos en el marco de las medidas adoptadas para enfrentar el Covid-19. La sentencia cita lo pactado en el Artículo 4 de la nueva Convención en que los Estados se comprometen a erradicar, prevenir y sancionar prácticas en adultos mayores como el aislamiento, el abandono o expulsiones de la comunidad, y también el artículo 13 de la Constitución Política que establece que el Estado protegerá a aquellas personas que por su condición económica, física o mental se encuentren en debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos en contra de aquellas.
La jueza cuestionó las restricciones planteadas y concluyó que los adultos mayores no pueden ser discriminados ni marginados en razón de su edad, pues además de transgredir sus derechos fundamentales, se priva a la sociedad de contar con su experiencia de manera enriquecedora. Como persona mayor, agradezco a la jueza de tutela por avalar mi dignidad humana.
Infortunadamente, el viernes 3 de julio, el presidente Duque expresó en su programa diario Prevención y Acción, que apelará la anterior decisión porque el confinamiento estricto que había ordenado para esa población previene el colapso del sistema de salud y la muerte de colombianos. El Presidente está en todo su derecho de impugnar la sentencia de tutela, pero es necesario resaltar que esta impugnación contradice abiertamente el proyecto de ley que su gobierno radicó ante el Congreso para la adopción de la Convención Interamericana sobre la Protección de las Personas Mayores.