El Tribunal Superior de Medellín decidió la recusación presentada por el Fiscal 45 de justicia y Paz de Medellín, Albeiro Chavarro Ávila, que buscó que dos de los magistrados de Justicia y Paz fueran apartados del conocimiento del caso contra Diego Fernando Murillo, Alias, “Don Berna”. Con esta decisión, el Tribunal ratifica que los magistrados Rubén Darío Pinilla Cogollo y María Consuelo Rincón, integrantes de la Sala Mayoritaria del Tribunal de justicia y paz de Medellín, deben seguir adelantando el proceso en contra del paramilitar para decidir si Don Berna es o no excluido de Justicia y Paz, y, en caso de no ser excluido, la condena que deberá afrontar dentro de esta jurisdicción.
Al respecto la Sala expresó: “Las razones antes anotadas llevan a colegir que los funcionarios judiciales, no se encuentran incursos en las causales de recusación planteados por el Fiscal Delegado de la Unidad de Justicia y Paz, y otros sujetos procesales, por lo que no resulta pertinente sustraerlos del conocimiento del asunto objeto de investigación y en consecuencia se dispondrá el envío de la carpeta al despacho del Magistrado Rubén Darío Pinilla Cogollo, para que la Sala primigenia continúe con el conocimiento de la causa seguida en contra del postulado Diego Fernando Murillo Bejarano”.
No es la primera vez que se evidencian las prácticas dilatorias e irregulares del Fiscal 45 de Justicia y Paz. Ya la sala mayoritaria de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín en sentencia del 4 de septiembre de 2013, pidió a la Fiscalía General de la Nación investigar la labor del Fiscal 45, y de otros fiscales respecto al cumplimiento de sus deberes en los procesos de justicia y paz, en los que estos actúan. También ordenó investigar a altos funcionarios del Estado por sus posibles vínculos con organizaciones paramilitares, y decidió la exclusión de siete miembros del Bloque Cacique Nutibara de las Autodefensas.
El Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”, por su parte, formuló también recusación contra el Fiscal Chavarro Ávila, a raíz de la recusación que formulara contra la sala mayoritaria de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín, ya que la actuación de los magistrados de la Sala de Justicia y Paz se ajustó a las normas y la recusación presentada por el Fiscal no tenía fundamentos. El Cajar también señaló que estas actuaciones irregulares del Fiscal 45 vulneran los derechos de las víctimas y el esclarecimiento de la verdad.
Es de destacar que esta Sala de Justicia y Paz es una de las pocas que ha excluido paramilitares postulados, por no cumplir con los requisitos para acogerse a esta ley, es decir, no seguir delinquiendo, colaborar con el esclarecimiento de los hechos y entregar sus bienes para la reparación efectiva de las víctimas. Por estos motivos el Cajar también ha solicitado formalmente a la sala de la exclusión de Alias “Don Berna”, quien ha incumplido estas obligaciones.
Vale la pena recordar que la Corte Suprema de Justicia reversó la exclusión de los siete paramilitares del Cacique Nutibara con base en el art. 11A de la Ley 1592 de 2012, que modificó la Ley 975 de 2005, que establece que la única facultada para pedir la exclusión de los postulados en Justicia y Paz es la Fiscalía, lo que es abiertamente inconstitucional y violatorio de los derechos a la verdad y la justicia. Por tal razón esta norma ya fue demandada por su inconstitucionalidad por parte del Colectivo de Abogados y estamos a la espera de un pronunciamiento por parte de la Corte.
Para evitar nuevos tropiezos en un proceso tan trascendental para la verdad histórica sobre el paramilitarismo, es fundamental que se deroguen las normas que impiden la exclusión de paramiltiares que incumplen sus obligaciones como postulados en Justicia y Paz.