La Físcalía especializada contra violaciones de derechos humanos declaró como lesa humanidad el homicidio contra la sindicalista Doris Nuñez Lozano y el atentado contra el también dirigente sindical Omar García Angulo, hechos cometidos el 16 de agosto de 2001 en Fusagasugá.
Para la Fiscalía, estos crímenes no fueron aislados sino que hicieron parte de un ataque en contra del movimiento sindical colombiano, cuyos miembros fueron objeto de la política que estigmatizaba y discriminaba la organización de las y los trabajadores, y que tuvo como principales impulsores a de miembros de la Fuerza Pública y de grupos paramilitares.
Doris Núñez Lozano era una lideresa sindical del Sindicato de Trabajadores de la Energía de Colombia –Sintraintraellecol-col- asesinada el 16 de agosto de 2001 en el municipio de Fusagasugá, cuando salía de cumplir cumplir su jornada laboral en la Empresa de Energía Eléctrica de Cundinamarca,, een compañíampañía de Omar García Angulo. Ambos sindicalistas sindicalistas fueron interceptados por una motocicleta, desdesde la cual el parrillero disparó una ráfaga de seis proyectiles de arma de fuego contra Doris Núñez causándole la muerte, y dejando heridos de gravedad a Omar García y a un menor de 9 años de edad quien perdió la capacidad de sus extremidades inferiores de por vida.
En palabras del ente acusador, estos hechos hicieron
“(…) parte de un ataque generalizado y sistemático dirigido contra la población civil que era objeto de hostigamientos, persecuciones, y atentados contra su vida y la de sus familiares, con la finalidad de impartir miedo y terror, para así consolidar su poder en la zona, con conocimiento de dicha sistematicidad, y que hacía parte de una política de eliminación de toda aquella persona que era considerada como un enemigo en razón a su actividad sindical y vincular la misma con auxilio o colaboración a la guerrilla, sin que existiera justificación alguna para causar la muerte de sindicalistas, defensores de derechos humanos o líderes sociales.”
Esta conclusión es corroborada por diferentes informes de organismos internacionales y organizaciones defensoras de derechos humanos han señalado a Colombia como el país más peligroso para el ejercicio de la labor sindical. Según datos de la Escuela Nacional Sindical, ENS, desde el 1 de enero de 1973 hasta el 31 de diciembre de 2018, se registraron14.992 violaciones a la vida, la libertad y la integridad física de los sindicalistas, 3.240 de esas agresiones fueron homicidios que victimizaron a más de 480 sindicatos.
En esta importante decisión, la Fiscalía también resaltó que las y los dirigentes sindicales de la Empresa de Energía de Fusagasugá se encontraban inmersos en una situación creciente de persecución tras la llegada de un ingeniero nombrado como jefe del distrito, quien estigmatizó, persiguió y reprimió a todos los trabajadores y trabajadoras que no solo reclamaban por condiciones laborales justas sino en defensa del carácter público de la empresa de energía.
La presión del nuevo superior era tal que el día de su homicidio Doris Núñez iba contándole a su compañero que al otro día no podría asistir a la primera comunión de sus hijos porque no le habían dado el permiso. Además, ambos fueron señalados como colaboradores de la guerrilla, señalamientos que pusieron en peligro su vida en un contexto de creciente presencia de grupos paramilitares en el municipio de Fusagasugá.
Por lo anterior, en esta decisión el ente acusador resaltó que en este caso era “(…) indiscutible el sesgo y la estigmatización del movimiento sindical, (…) lo que generó que grupos paramilitares declararan objetivos militares y asesinaran a los mismos (…).” Tal como aconteció con los asesinatos de José Joaquín Hernández García, Ana Cornella Varela Molina y el dirigente sindical y líder de la Unión Patriótica, Jorge Darío Hoyos, hecho que recientemente también fue declarado como un delito de Lesa Humanidad.
Después de 20 años de estos hechos, los familiares y la organización sindical siguen sin ver justicia, ni un solo autor material ni determinador ha sido identificado. Sin embargo, esto no impidió que la Fiscalía reconociera que la muerte de Doris y el atentado en contra de la vida de Omar son graves violaciones a los Derechos Humanos que constituyen un delito de Lesa Humanidad.
Esta decisión implica que la acción penal no prescribe y que se debe seguir investigando a todos los autores, partícipes e intervinientes en la planeación y ejecución de estos graves crímenes. En palabras el ente acusador, hace posible acceder a la verdad por medio del proceso penal, como herramienta idónea para luchar contra la impunidad y para hallar a los responsables de estos delitos.
La abogada Yessika Hoyos, representante de víctimas, saludó la decisión y señaló que “No obstante, la impunidad en este caso sigue lacerando a la familia y la impunidad estructural sigue estimulando ataques en contra de los trabajadores y trabajadoras sindicalizadas en Colombia. La justicia es el primer paso para que hechos como estos jamás se repitan.”