Informe de la oficina del Alto Comisionado para los derechos humanos de las Naciones Unidas en Colombia
Resumen ejecutivo
1. El presente documento aborda la situación de derechos humanos en el marco del Paro Nacional que tuvo lugar en Colombia desde el 28 de abril de 2021. A partir de su observación e información recopilada y contrastada, la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (en adelante, la Oficina) presenta un balance de cuanto observado y documentado con el objetivo de contribuir a un análisis de las lecciones aprendidas del Paro que sirva para reforzar la protección de los derechos humanos.
2. Del 28 de abril al 31 de julio 2021, la Oficina identificó un conjunto de situaciones, acciones y/u omisiones de agentes del Estado, en particular integrantes de la Fuerza Pública en el transcurso de la protesta, incompatibles con el derecho de reunión pacífica y otros derechos humanos. Asimismo, algunos casos documentados ilustran las acciones y/u omisiones del
Estado frente a la actuación violenta de personas vestidas de civil contra manifestantes.
3. De la información recopilada y analizada por la Oficina, hay razones fundadas para sostener que se habrían cometido graves violaciones a los derechos humanos, tales como privaciones arbitrarias de la vida y violaciones a la integridad y seguridad personal, derivadas del uso innecesario o desproporcionado de la fuerza; detenciones arbitrarias; violencia sexual y de género; y actos de discriminación y racismo. Dentro de la observación realizada por la Oficina se encontraron casos en los que las víctimas eran indígenas y afrodescendientes, periodistas y personas defensoras de derechos humanos.
4. En particular, entre el 28 de abril y el 31 de julio, la Oficina recibió información sobre alegaciones de muertes de 63 personas en el contexto de las protestas. Del total de alegaciones, la Oficina verificó 46 casos, 4 casos se encuentran aún en proceso de verificación y en 13 casos la Oficina consideró que no había información concluyente para determinar si las muertes tuvieron lugar en el contexto de las protestas. De los casos verificados, 44 víctimas eran civiles y dos eran policías. De la información recopilada y analizada por la Oficina, existen motivos razonables para afirmar que, de los 46 casos
verificados, en al menos 28 casos los presuntos perpetradores habrían sido miembros de la Fuerza Pública, 10 habrían sido actores no estatales, mientras que en ocho casos la Oficina no obtuvo información suficiente para identificar al presunto perpetrador.
5. Adicionalmente, la Oficina recibió alegaciones de violencia sexual en contra de 60 personas, de las cuales 48 son mujeres y 12 hombres, en el marco de las manifestaciones del Paro Nacional, presuntamente cometidas por miembros de la Policía Nacional. De estos, la Oficina verificó los casos de 16 víctimas de violencia sexual que habrían sido cometida
por miembros de la Policía Nacional.
6. La Oficina también documentó graves acciones de violencia contra la Fuerza Pública, incluso con consecuencias fatales y destrucción de bienes públicos y privados. La Oficina conoció algunas situaciones de bloqueos y cierres de vías que afectaron negativamente o impidieron el ejercicio y disfrute de derechos humanos.
7. La Oficina documentó las buenas prácticas observadas durante el Paro, notando que el diálogo entre las autoridades, los manifestantes y otros actores fue el instrumento más efectivo para darle seguimiento a los reclamos de los manifestantes, para proteger derechos y prevenir, evitar o neutralizar situaciones de violencia, incluyendo en respuesta a losbloque os. En este sentido, las autoridades que favorecieron el diálogo ayudaron a reforzar el derecho de reunión pacífica y la protección de los derechos humanos en sus jurisdicciones. La Oficina también saludó el anuncio del Gobierno Nacional de cerotolerancia frente a acciones por parte de la Fuerza Pública incompatibles con estándares de derechos humanos y las investigaciones impulsadas por la Fiscalía General de la Nación hasta la fecha en esos casos.
8. Dentro de las buenas prácticas, la Oficina también reconoce la importancia de la instalación de la mesa de evaluación de garantías de manifestaciones públicas conforme a lo establecido en el Decreto 003 de 2021, la anuencia a la visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y el rol de las personas defensoras de derechos humanos
durante el desarrollo del Paro Nacional.
9. La Oficina concluye que, a futuro, el Estado de Colombia deberá mostrar una moderación al recurrir a la dispersión y el uso de la fuerza, conforme a los estándares internacionales.
10. Entre sus recomendaciones principales, la Oficina insta a todas las instituciones del Estado, incluyendo las fuerzas de seguridad, a que apliquen efectivamente los estándares internacionales relacionados con el derecho de reunión pacífica, y adopten medidas para crear un entorno favorable para el ejercicio de este derecho, incluyendo: la prevención de
ataques provenientes de terceros y el reforzamiento de los espacios de diálogo social para atender los reclamos de los manifestantes. Se deben impulsar y adoptar medidas de reparación para todas las víctimas de violaciones de derecho humanos que tuvieron lugar en el contexto del Paro Nacional, reforzar las investigaciones, sancionando adecuadamente
a los responsables, y garantizar el carácter civilista de la policía.
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Colombia_Documento-lecciones-aprendidas-y-observaciones-Paro-Nacional-2021 (2)