ONU ratifica la situación de crisis generada por la minería del carbón en La Guajira

ONU ratifica la situación de crisis generada por la minería del carbón en La Guajira

Y respalda la lucha de mujeres Wayúu

El Relator Especial sobre derechos humanos y el medio ambiente con el respaldo de varios Relatores Especiales [1], realizaron un llamado a suspender algunas de las operaciones mineras que adelanta la empresa Carbones del Cerrejón a menos de un kilómetro del territorio del Resguardo Indígena Wayuu de Provincial ubicado en Barrancas, la Guajira.

“ya no sabemos qué hacer, porque sufrimos por nuestros hijos, porque nuestro río está contaminado, porque se nos ha impedido soñar, por el dolor de una naturaleza que sufre el saqueo de la vida… y porque si la causa raíz de la enfermedad continúa, nuestros niños y niñas continuarán enfermos”.

Atendiendo a las denuncias que por años han realizado mujeres wayúu del Resguardo de Provincial y a la reciente comunicación urgente que a través del CAJAR y la abogada Mónica Feria Tinta se presentó ante la Organización de Naciones Unidas (ONU), el Relator Especial sobre derechos humanos y el medio ambiente con el respaldo de varios Relatores Especiales[1], realizaron un llamado a suspender algunas de las operaciones mineras que adelanta la empresa Carbones del Cerrejón a menos de un kilómetro del territorio del Resguardo Indígena Wayuu de Provincial ubicado en Barrancas, la Guajira.

En el llamado se pide al Estado colombiano que “implemente las directivas de su propia Corte Constitucional para proteger a la comunidad Wayúu del resguardo indígena Provincial” contra la contaminación que ha causado la empresa Carbones del Cerrejón y ante un mayor riesgo y exposición por el Covid-19. Esto en la medida, en que en la petición enviada a la Naciones Unidas también se alertó que estudios científicos desarrollados en el marco de la pandemia mostraron una asociación entre una mayor mortalidad en personas con afecciones respiratorias de salud preexistentes y mala calidad del aire, como es el caso de la comunidad wayuu de Provincial.

En ese orden, se reiteró la urgencia por que en aplicación del principio de precaución y de los criterios de justicia ambiental se suspenda la operación de los tajos mineros aledaños a la comunidad de Provincial. De manera que no adoptar las medidas suficientes, significa permitir la continuación de una amenaza mortal en contra de esta comunidad.

La comunicación de Naciones Unidas alerta como esta compañía minera de propiedad de las multinacionales mineras BHP, Glencore y Angloamerican “no sólo desvía y utiliza un gran número de arroyos y afluentes, sino que también vierte agua contaminada con metales pesados y productos químicos”. Aunque Carbones del Cerrejón señaló que ha ayudado a llevar agua a los residentes, el relator le recuerda como la contaminación del agua ha negado a las comunidades el acceso al agua potable en primer lugar.

La nota reconoce que a pesar de existir un fallo judicial no se ha hecho lo suficiente para proteger a los miembros de la comunidad Wayúu. En este caso, se refiere a la sentencia de la Corte Constitucional T 614 de 2019 resultante de una acción de tutela interpuesta por mujeres del resguardo ante las múltiples violaciones a los derechos humanos, en especial a la vida y a la salud de los niños y las niñas del resguardo, quienes por su mayor condición de vulnerabilidad han padecido graves y recurrentes enfermedades.

En aquella oportunidad, la Corte probó la existencia de un peligro real de daños graves e irremediables para la comunidad. Según lo advertido en el fallo: “el material probatorio del expediente permite concluir que las afirmaciones de la comunidad no son denuncias sin soporte alguno, sino todo lo contrario, han sido diversas autoridades públicas, organizaciones e instituciones académicas que, en distintos períodos, han constatado la veracidad de las afectaciones alegadas.”

En dicha sentencia, la Corte señaló que la compañía incumplió el estándar internacional de debida diligencia exigido por la Declaración de Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos y llamó especialmente la atención sobre que : “no es la primera vez que se resuelve un caso en contra de Carbones Cerrejón Limited por poner en riesgo y/o generar afectaciones al ambiente y a la salud de poblaciones cercanas”, por lo que “su supervisión interna debería ir más allá de constatar el cumplimiento numérico de normas como forma de desacreditar las denuncias que le exponen las comunidades vecinas”.

Pese a la gravedad de lo reconocido, lo único que tuvo para decir la empresa Carbones del Cerrejón en su reporte de sostenibilidad de 2019 respecto la sentencia T-614 de 2019, es que la Corte le “impuso algunas medidas”, como niveles de calidad del aire más restrictivos para el Cerrejón “en un área cercana a la mina” y a la par, la empresa pidió la nulidad de varias de las órdenes del fallo.

Después de notificada la sentencia, ni la empresa ni las instituciones del Estado responsables han brindado información oportuna, clara, suficiente y adecuada sobre el cumplimiento de las órdenes en los plazos otorgados por la Corte Constitucional con las mujeres accionantes directas de la tutela, ni con las autoridades tradicionales y el sector de la comunidad que les apoya y que han liderado esta causa. Aún así, la decisión judicial dejó en manos de las mismas entidades del Estado que han tolerado el sufrimiento y daños de esta comunidad la responsabilidad de verificar los incumplimientos de las medidas ordenadas , caso en el cual “se debe ordenar la suspensión de los tajos y botaderos de la mina que se encuentren a menos de cinco (5) kilómetros de la comunidad de Provincial”.

Estos hechos muestran la profunda impunidad tolerada por el Estado colombiano por las violaciones cometidas a esta comunidad y demandan la urgente necesidad de dictar órdenes que detengan de manera inmediata la causa raíz que los vulnera, teniendo en cuenta el contexto de históricos patrones de abusos, discriminación, injusticias y abusos de poder que no han sido subsanados con reiteradas órdenes para un “mejor funcionamiento de la empresa”.

Seguimos alertando con preocupación que continúa una desazón sobre la falta de observación y pronunciamiento en concreto sobre la realidad de una generación de niños y niñas en grave riesgo, lo que podría considerarse como un etnocidio lento, si no se detiene la contaminación y destrucción a la forma de habitar este territorio, ya que un wayuu sin su territorio deja de ser wayuu. En cualquier caso el Estado colombiano está en obligación de revertir las prácticas de captura corporativa por las empresas y brindar protección y adoptar medidas eficaces en favor de las comunidades, en particular de sus niños y niñas antes de seguir profundizando la alta vulnerabilidad causada por la actividad extractiva.

Esperamos que la respuesta de la empresa sea transparente y acorde con sus obligaciones en derechos humanos, no como en pasadas ocasiones generando pánico económico, estigmatización y negación de las violaciones causadas. Reclamamos en cambio, y en atención a la crisis climática que se inicie un proceso de transición justa, equitativa y participativa para la terminación anticipada de las operaciones mineras de Carbones del Cerrejón, con pleno cumplimiento de las obligaciones laborales y legales del plan de cierre y compromisos en derechos humanos.

NOTA:

[1] (Relator Especial sobre el derecho a la alimentación, Relatora Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, Relator Especial sobre pobreza extrema y derechos humanos, Relator Especial sobre las obligaciones de derechos humanos relacionadas con la gestión y eliminación ecológicamente racionales de las sustancias y los desechos peligrosos, y el Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas).

Aquí puedes consultar el resumen anexo sobre violaciones a los derechos a la salud y al ambiente sano que presentamos ante Naciones Unidas

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