La Junta Directiva de Sintrateléfonos se complace en informar al movimiento sindical nacional e internacional y, en especial, a sus afiliados que el pasado 10 de febrero el Juzgado Dieciocho Penal del Circuito emitió un trascendental pronunciamiento donde reconoce y protege los derechos fundamentales de quince (15) trabajadores, quienes habían sido despedidos de forma unilateral y arbitraria entre 2008 y 2009 por la administración de ETB., cuando desarrollaban actividades orientadas por sintratelèfonos en defensa del carácter público estatal de la empresa.
En resumen, la mencionada providencia del Juzgado 18 decidió:
TUTELAR el derecho de asociación sindical y consecuentemente los de opinión, expresión, reunión y manifestación de los trabajadores que víctimas de la arbitrariedad empresarial.
2. ORDENAR a la administración de ETB “que a más tardar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, DEBERÁN SER REINTEGRADOS en cargos de igual o superior categoría a los que venían desempeñando cuando se produjo la terminación unilateral de los contratos, a los siguientes ciudadanos:”
DANILO ENRIQUE HERNÁNDEZ, HERNANDO CANENCIO BENAVIDES, OSCAR ALDANA MEJÍA, WALDEMIRO PADILLA MADRID, JULIO EDILBERTO PÉREZ YAÑEZ, ALVARO HENRY JIMÉNEZ VÁSQUEZ, NORMA CONSTANZA VILLANUEVA, MAURICIO PUERTO RANGEL, SANDRA JANETH CASTELBLANCO, MARTHA SULAY VALCÁRCEL, ARNULFO ALFREDO MEJÍA ORTIZ, JHON BAYRON MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, JOSÉ ALONSO GUALTERO SILVA, MARCELA ACOSTA y MAURICIO ARTURO SUÁREZ LEÓN.
Todos ellos afiliados a SINTRATELÉFONOS.
INSTAR a la administración de ETB a “CESAR en forma inmediata los actos vulneratorios del derecho fundamental reconocido a los afiliados de SINTRATELÉFONOS”.
4. PREVENIR a la administración de ETB “para que en lo sucesivo y en el evento de hacer uso legítimo de la facultad de terminación unilateral de los contratos de trabajo, respecto de trabajadores sindicalizados, informe previamente al sindicato de tal propósito, tal y como lo ordenó en su momento la Honorable Corte Constitucional”.
5. REMITIR las diligencias a la Corte Constitucional para cumplir con el procedimiento.
En síntesis, el Juzgado 18 Penal del Circuito con Función de Conocimiento TUTELÓ de la forma más amplia y en justicia los derechos fundamentales violentados por la administración de ETB.; advirtió a dicha administración para que CESE en su política violatoria de los derechos fundamentales de los afiliados a SINTRATELÉFONOS e instó a la Empresa a que cuando proceda a terminar unilateralmente los contratos laborales cumpla los procedimientos de Ley, entre ellos el del debido proceso y, en particular, el derecho a la defensa.
El fallo del Juzgado Dieciocho Penal representa un reconocimiento en justicia y una tutela directa a los derechos fundamentales de los trabajadores; derechos por los que la dirigencia sindical clasista aboga y hasta arriesga la tranquilidad y la vida.
Esta histórica providencia en gran parte se debe a los altísimos conocimientos jurídicos y profesionales de nuestra asesora jurídica doctora CLAUDIA PATRICIA CORREA PINEDA, quien con su dedicación y fortaleza ideológica orientó hacer uso de la acción de tutela para lograr el reintegro de los trabajadores despedidos, así mismo reconocemos el logro de la medida cautelar para detener el proceso de la consecución de un socio estratégico que asesoró la profesional en mención con los compañeros de Sintraemcali.
Finalmente como el pronunciamiento del Juzgado Dieciocho Penal es contundente y directo, sólo podemos agregar en nombre y representación de SINTRATELÈFONOS que es insólito e inadmisible que los recursos de la ETB se sigan dilapidando como producto de la arbitrariedad o la ineficiencia de los administradores y asesores legales de la empresa, quienes deberían ser obligados a pagar esos desafueros con su propio peculio.
Este triunfo, que es a la vez un triunfo del movimiento sindical colombiano, nos embarga de alegría y nos demuestra que es posible y necesario redoblar la lucha en defensa de la ETB y de todo lo que representa el patrimonio público estatal. Como dirigentes sindicales de clase hemos asumido dicho reto para evitar que gentes inescrupulosas y carentes de sentido patrio dilapiden y subasten este patrimonio que es la ETB, creado por los trabajadores y la comunidad bogotana en 126 años de esfuerzo y sacrificio.
JUNTA DIRECTIVA Y COMISIÓN DE RECLAMOS SINTRATELÉFONOS