ESTATUTO DE DESARROLLO RURAL: LEY ECONÓMICAMENTE RENTABLE PARA LOS EMPRESARIOS Y SOCIALMENTE NEFASTA PARA LOS CAMPESINOS

Como sucede casi siempre en el Congreso de la república, los congresistas representantes de los intereses de los empresarios y las multinacionales vienen tramitando desde hace varios meses a espaldas del pueblo colombiano un proyecto de ley sobre desarrollo rural. La versión de este proyecto se enmarca en las nuevas realidades de la economía nacional, caracterizada por los procesos acelerados de liberación comercial y de internacionalización de la economía colombiana.

 

 

Como sucede casi siempre en el Congreso de la república, los congresistas
representantes de los intereses de los empresarios y las multinacionales vienen
tramitando desde hace varios meses a espaldas del pueblo colombiano un
proyecto de ley sobre desarrollo rural. La versión de este proyecto se enmarca
en las nuevas realidades de la economía nacional, caracterizada por los procesos
acelerados de liberación comercial y de internacionalización de la economía
colombiana. En las discusiones oficiales han estado ausentes las organizaciones
campesinas, indígenas y afrodescendientes, quienes directamente sufrirán las
consecuencias de dicha ley; pero, en cambio, sí han participado de manera
activa los representantes de la clase burgués y los terratenientes, buscando así
dar continuidad a las políticas neoliberales en el ámbito agropecuario, permitiendo
la consolidación de un modelo de desarrollo totalmente excluyente.

El gobierno ha argumentado para esto la necesidad de hacer una reforma rural
porque con la reforma agraria no se resolvió el problema de tierras en Colombia;
según sus planteamientos, el problema no es la propiedad de la tierra, sino la
productividad. Para el gobierno nacional la prioridad es volver competitivo a
nivel comercial el campo colombiano, de acuerdo a las nuevas dinámicas que
está imponiendo el mercado, es decir, agricultura para la exportación, con
tecnología que afectan el medio ambiente y la vida como la de la revolución
verde, que lo único que ha hecho es destruir el campo,

contaminar las aguas y eliminar las semillas nativas con el ingreso de los
transgénicos. De este modo las multinacionales como Monsanto y Syngenta se
apoderarán de la alimentación de los colombianos, puesto que las semillas que
distribuyen, debido a su manejo en laboratorios, pierden su capacidad de
reproducirse, así el campesino deberá recurrir nuevamente a sus almacenes
para acceder a nuevas semillas, igualmente se permitirá a las multinacionales
la explotación indiscriminada de los recursos naturales, que obviamente
generará mayor desplazamiento y concentración de la tierra.

Muchas han sido las críticas que este proyecto ha recibido por parte de
organizaciones campesinas, indígenas, afrocolombianas, ambientales, de
mujeres y sindicales, quienes sustentan que esta ley legaliza la usurpación de la
que han sido víctima miles de colombianos pobres, pero de las que “nuestros”
legisladores han hecho caso omiso. El ministro de agricultura ha defendido
vehementemente el proyecto de ley argumentando que no se ha modificado la
esencia de la prescripción adquisitiva del dominio, aspecto que ha generado los
mayores cuestionamientos de dicho proyecto, y que dicho articulado pretende
recopilar toda la dispersa normatividad que en cuestión de tierras se ha expedido.


ANTECEDENTES DEL ESTATUTO DE DESARROLLO RURAL

Toda estrategia de desarrollo agrario debe cumplir dos objetivos: hacer más
eficiente los métodos de explotación de la tierra y garantizar la subsistencia digna
de las comunidades rurales, es decir, construir una estructura equitativa de
tenencia de la tierra. En Colombia, sin embargo, las políticas de reforma agraria
han dado bandazos en la búsqueda de los dos objetivos como si fueran
excluyentes, convergiendo siempre hacia un propósito a favor del latifundio
improductivo, que niega el logro de los dos objetivos.

Finalmente la búsqueda de la democratización de la tierra ha estado encabezada
por la lucha de las organizaciones rurales, acompañada en algunos periodos de
la historia por sectores liberales que han visto en esta democratización la manera
de arrebatar a los terratenientes las tierras ociosas para incorporarlas a la
producción mercantil. Fruto de estas acciones de lucha se emitió la ley 200 durante
el gobierno de López Pumarejo en 1936, y la ley de Reforma Agraria en 1961;
pero en general han sido logros fugaces, abortados por la clase dirigente casi
antes de nacer.

Por su parte los terratenientes han contado con buena parte de los dirigentes
políticos y sobre todo de los paramilitares no solo para preservar la propiedad
sobre los latifundios sino para fortalecer su concentración, pero revistiendo las
estrategias de un manto ideológico que presenta la concentración de la tierra
como la mejor opción para desarrollar la economía agraria y ponerla al servicio
del mercado.

El mejor exponente de esta idea es el norteamericano Lauchin Currie, que llegó
a Colombia en 1950 dirigiendo la primera misión económica del Banco Mundial.
Este economista planteaba que la búsqueda de la eficiencia económica exigía el
éxodo de los campesinos hacia las ciudades a la par que se concentraban los
predios para la gran producción agroindustrial. A parte de eso, Currie se oponía
radicalmente a que el problema agrario fuera resuelto mediante la estrategia de
hacer más eficientes y productivos a los pequeños agricultores.

La ley de Reforma Agraria expedida en 1961, bajo el gobierno liberal de Lleras
Camargo, e impulsada por las luchas campesinas en Colombia y por el ejemplo
de la radical reforma agraria desarrollada por la revolución cubana en 1960,
pretendía la expropiación por vía administrativa de los predios deficientemente
explotados o incultos y la redistribución de la tierra entre los campesinos.


Pero en medio de todas las reglamentaciones y elusiones del gobierno de
Valencia, esta reforma apenas se puso en marcha en la última mitad del gobierno
de Lleras Restrepo. Sin embargo, fue un arranque en falso. A partir del gobierno
de Pastrana Borrero, que sucedió al de Lleras, el sector agrario empezó a soportar
una serie de medidas y prácticas para reversar la reforma y convertirla en un
instrumento de relatifundización.

Ya en la ley 4ª de 1973, el gobierno de Pastrana estableció un método para
calificar los predios que pudieran ser objeto de expropiación o adquisición para
la reforma agraria, que no solo hacía extremadamente dispendioso el proceso
sino que al final llevaba a la conclusión de que todos los predios estaban
adecuadamente explotados. La ley 5ª de este mismo año redujo el crédito a los
campesinos solo a la asistencia técnica, mientras al mismo tiempo definía las
líneas de crédito para los empresarios y grandes propietarios.

El gobierno, en reemplazo de la Reforma Agraria, adoptó el programa de
Desarrollo Rural Integrado-DRI, que había sido utilizado con éxito en Corea del
Sur pero como complemento a la Reforma Agraria, no como sustituto. El DRI
priorizó en el campo la asistencia a los productores con mejores posibilidades
de acumulación y de inserción en los mercados; hacia ellos dirigió los programas
de crédito, transferencia de tecnología, asistencia técnica e investigación.

Además, el gobierno de Turbay, mediante el decreto 100 de 1980 aumentó las
penas para el delito de invasión, evadiendo la relación de esta acción con la
Reforma Agraria, y extendiendo su tipificación de los dirigentes a todos los
participantes de la toma. Por esta razón y por todo el sistema de represión sobre
el campesino que desató el gobierno de Turbay se extinguió un poco la lucha
campesina y se avivó la lucha insurgente.

La ley 35 de 1982, durante el gobierno de Belisario Betancourt, revitalizó un
poco el papel del Incora como asignador de predios a los campesinos a través
del Plan Nacional de Rehabilitación, pero con avalúos comerciales. Así
efectivamente se reactivó la adquisición de tierras por parte del Incora, pero a
precios elevados. Además, el instituto se concentró en la labor de adquisición
comercial de predios y se olvidó prácticamente de las posibilidades de
expropiación de predios no explotados. Así, la Reforma Agraria se estaba
confundiendo con una simple intermediación en la compra y venta de tierras.


En 1988, el gobierno de Barco expidió la ley 30, que tuvo como propósito esencial
transformar la Reforma Agraria como mecanismo de redistribución de las tierras
agrícolas incultas o inadecuadamente explotadas en un mecanismo de mera
comercialización de la tierra. De hecho, en esta ley se sustituyó el concepto
inicial de necesidad de tierra por parte de los campesinos, que animaba el espíritu
de la Reforma Agraria, por el de la oferta de tierras por parte de los propietarios.
Además creó para las tierras un avalúo cada vez más alto a favor de los
propietarios, lo cual efectivamente disparó la oferta de tierras.

Para modificar esta situación, el gobierno de Gaviria propuso definitivamente
cambiar el espíritu de la Reforma Agraria por el de un “mercado subsidiario de
tierras”. Lo que se materializó en la ley 160 de 1994.
Andrés Pastrana propuso e impulsó en su gobierno una “reforma rural” para
sustituir las políticas anteriores de desarrollo agropecuario nacional y de reforma
agraria. Dicha reforma rural lo que ha pretendido realmente es adecuar la
estructura de propiedad en el campo a una nueva interrelación entre el latifundio
especulativo y la inversión transnacional en infraestructura, sobre todo vías de
comunicación e industrias agrícolas y forestales. Para ello, lo que se buscaba
era reorganizar la actividad productiva en el campo en torno a una actividad
principal que integrara a las comunidades con el sector empresarial en lo que
Pastrana y hoy Uribe han dado en llamar eufemísticamente Alianzas Estratégicas.

Como se ve, los gobiernos colombianos, sin excepción, después de Lleras
Restrepo, han buscado ante todo desarrollar y actualizar los planteamientos de
Currie y moldear así el futuro del campo y de los campesinos. Consecuente con
estos planteamientos, el presidente Uribe durante su campaña electoral el 8 de
noviembre de 2001 declaraba ante el Congreso de la Sociedad de Agricultores
de Colombia SAC su desconfianza patente en las posibilidades económicas del
campesinado autónomo y se comprometía con la necesidad de subordinar a los
campesinos a los grandes productores. “Si vamos a instalar en Barrancabermeja
una empresa campesina asociativa- decía allí-, exijámosles a esos adjudicatarios
que tengan que integrarse con un empresario eficiente de San Alberto, para
que así, campesinos asociados y empresarios con tradición de eficiencia,
respondan por el buen suceso de esos proyectos”.
Y para cumplir su promesa, en la ley 812, Plan Nacional de Desarrollo anterior,
el gobierno de Uribe toma el subsidio a campesinos para compra de tierra, que
la ley 160 establecía en el 70% sobre el precio del predio, y lo convierte en el
100%, pero ya no para los campesinos sino para “el desarrollo de proyectos
productivos en sistemas de producción de carácter empresarial”. Los pequeños
productores están subordinados a estos proyectos si quieren aspirar a dichos
subsidios.


Ahora el gobierno pretende desarrollar su Estatuto de Desarrollo Rural, para
integrar todas las medidas anteriores y borrar definitivamente del imaginario
colectivo la idea de una Reforma Agraria. Este proyecto está enmarcado en el
denominado documento visión Colombia II Centenario, elaborado por el Gobierno
de Uribe, específicamente en el capítulo III denominado Una economía que
garantice mejor nivel de bienestar”.


LAS NUEVAS AMENAZAS DEL ESTATUTO DE DESARROLLO RURAL

Para los legisladores colombianos lo primordial en el presente proyecto de ley
es la clarificación de la propiedad y los límites de esta. Lo que se pretende
inicialmente es reducir los términos de prescripción establecidos en la Ley 791
de 2002, esto es, facilitar a los despojadores de las tierras el inicio de los procesos
de pertenencia correspondientes para que así se legitimen los desplazamientos
forzados y de igual forma se legalicen los inmuebles sometidos a abandonos
por parte de los campesinos desplazados forzadamente.

Sobre este proyecto se podría decir que es el más lesivo de la legislación agraria
para los campesinos si se tiene en cuenta que la relación que durante la historia
han tenido los campesinos con la tierra ha sido de carácter informal, o sea que
la mayoría no tienen títulos de escritura pública de aquellos predios en los cuales
se sienten sus dueños y por desconocimiento ellos no realizan una debida
protección de aquellas tierras que han sido abandonadas forzadamente.

Como consecuencia, los campesinos serán expropiados de sus tierras, ya que
en este Estatuto se favorece la expropiación de estos territorios al determinar
que los predios que no han sido explotados o habitados durante los últimos 5
años, pueden ser titulados o entregados a sus nuevos ocupantes, que en la
mayoría de los casos son los mismos grupos armados que propiciaron el
desplazamiento forzado.

Igualmente, los subsidios que entregará el estado no serán asignados a los que
verdaderamente los necesitan, sino que, por el contrario, se entregarán a quienes
presenten los mejores proyectos de acuerdo a criterios de productividad,
rentabilidad y competitividad del mercado. Lo anterior se ve reflejado en el artículo
79,donde se contempla que los subsidios para adecuación de tierras se
entregarán a quienes presenten los mejores proyectos para manejos de suelo,
es decir a los que están desarrollando proyectos de agroindustria. En este artículo
el gobierno parece desconocer que la seguridad y soberanía alimentaria no se
puede medir en términos de la lógica del mercado.

A lo anterior se suma que mientras se entrega a los empresarios y terratenientes
toda la tierra que soliciten para grandes proyectos agroindustriales, a los
campesinos solo se le entregará una Unidad Agrícola Familiar -UAF-, ya que
para el mercado solo es rentable la modernización del campo mediante la
implementación de grandes proyectos.


Para las organizaciones campesinas, indígenas y afrodescendientes que siempre
han defendido el derecho a la tierra, este proyecto de ley pretende darles la
estocada final, al negar la titularidad de la tierra cuando esta ha sido adquirida
por las vías de hecho, practica tradicional de las comunidades indígenas para
acceder a la “Madre Tierra”. De igual forma da golpes de gracia a los resguardos
indígenas y tierras de comunidades negras al pretender supeditar su constitución

o ampliación a los planes de ordenamiento territorial municipal, en su artículo
143, donde dice que “las solicitudes de constitución, reestructuración o ampliación
de resguardos indígenas deberán articularse a los procesos y decisiones de
ordenamiento territorial que adopten los respectivos municipios”; cuando es bien
sabido que la gran mayoría de municipios son manejados por gamonales y
terratenientes que en ningún momento han defendido los intereses de estas
minorías y por el contrario buscan la manera de seguir con el despojo de sus
tierras.
Con esta ley el gobierno nacional creará la figura de Zona Franca Agroindustrial:
donde no se paga impuestos y los empresarios pueden pedir tierras baldías
para establecer industrias; esto se traduce en estimular a las grandes empresas,
que quedarán exentas de impuestos y que producirán productos de tardío
rendimiento. Se fomentan además las “alianzas productivas” para supeditar a
las comunidades rurales y pequeños empresarios a las transnacionales y los
terratenientes.

De otro lado, en los proyectos de tierras no se ha planteado una defensa clara
del medio ambiente, que en general ha sido descuidada por toda la legislación
agraria en Colombia, solo algunos artículos de las leyes agrarias abordan
superficialmente este aspecto. La Ley 160 de 1994 aplica la extinción de dominio
por la violación de las normas ecológicas. El mandato agrario y el proyecto enviado
por los campesinos, indígenas y afro en el 2002 piden además que la extinción
sea también para grandes predios inadecuadamente explotados y donde se violen
las leyes laborales.

Como si fuera poco, el numeral 2 del artículo 156 del proyecto del ministro
desbarata la ley 200 de 1936 en lo que se refiere a evitar los títulos chimbos
(fabricados), al permitir que la propiedad se acredite con “cualquier otra prueba,
también plena, mientras no haya perdido o no pierda su eficacia legal, de haber
salido el derecho de dominio sobre el terreno, legítimamente, del patrimonio del
estado”.


La Ley 200 había establecido que solamente se podía probar propiedad con justo
título proveniente del estado y con otros títulos siempre y cuando se pudiera
acreditar la tradición de la propiedad “por un lapso no menor del término que
señalan las leyes para la prescripción extraordinaria”. En esa época la prescripción
extraordinaria era de 20 años, luego todo título chimbo posterior a 1917 perdió
efecto, lo cual se mantuvo hasta la ley 160 de 1994 que tramposamente copió el
artículo de la ley 100 con lo cual se validaron los títulos fabricados hasta 1974. La
ley 791 de 2002 bajó la prescripción extraordinaria a 10 años, con lo cual se
validaron los títulos chimbos hasta 1984. Al
volverse a copiar el artículo en esta ley se validarían los titulo hasta 1996, pero
además podría interpretar el artículo 157 del proyecto del ministro como la
modificación del lapso para la prescripción extraordinaria y con ello validarían los
títulos hasta el 2001.

¿UN CAMPO COMPETITIVO?

Dentro de los planteamientos de la ley en el documento Visión Colombia II
Centenario 2019 se hace referencia al documento CONPES 3316 de 2004, donde
se sustenta que el estado viene haciendo esfuerzos para apoyar la transición de
una agricultura que era orientada al mercado interno hacia una agricultura
competitiva en el mercado exterior. Para el gobierno es necesario implementar
una política de “aprovechamiento de las potencialidades del suelo”, es decir
adecuar el campo a un plan agro-exportador de cultivos de tardío rendimiento y
con alto potencial como son los casos de la palma aceitera, maderables, cítricos
y cacao, entre otros.
En este marco de ideas se piensa que solo es competitivo el empresario que se
encuentre dentro de las cadenas productivas, en donde para lograr el desarrollo
hay que ajustarse a tres principios: el camino es la competitividad, el actor es el
empresario y la única posibilidad es pertenecer a las cadenas productivas. El
problema central es el conocimiento, solo el que se conozca y respete estos tres
principios es capaz de sobrevivir; un ejemplo de esto son las agroindustrias de
monocultivos.
La visión del gobierno es que las zonas rurales sirven hoy en día para muchas
cosas, como la agricultura y pecuarios, pero también para proveer servicios
ambientales como captación de CO2, de agua, como proveedora de servicios
turísticos, lo que ha llevado a privatizar recursos naturales por medio de leyes que
permitan al capital privado controlarlos: en este sentido se ha desarrollado la ley
forestal, la ley de páramos, las políticas de guarda bosques, leyes echas bajo la
óptica de que para cuidar y preservar estos recursos hay que privatizarlos, lo que
viene a profundizarse con la actual ley que cursa en el congreso y que ya pasó un
primer debate en la quinta comisión del senado.


Es necesario tener en cuenta que las propuestas planteadas en el Estatuto de
Desarrollo Rural se han venido implementando ya mediante la aplicación de las
15 estrategias para el agro planeadas por este gobierno, de las que se destacan:

1 Un plan de crecimiento de maíz tecnificado: Hay una crisis energética
que tiene que ver con el petróleo por los elevados precios y por el
calentamiento global; ante esta crisis es necesario encontrar nuevas
fuentes como son el viento, la energía atómica, el maíz, la yuca, la
remolacha. No podemos olvidar que en este momento el principal
productor de maíz es E.U, cuyos empresarios además son dueños de
las patentes de las semillas nativas que una vez fueron de México.

2 Programa de Reactivación de algodón: para proteger a empresarios de
la fibra ubicados en los llanos, es decir subsidiar y apoyar a terratenientes
amigos del gobierno.

3 Cultivos de tardío rendimiento: cacao, palma, entre otros. No hay apoyo
para los cultivos transitorios como los cereales, plátano, yuca, que sin
embargo son esenciales para la soberanía alimentaria.

4 Acuicultura: Colombia es el octavo país en producción de agua en el
mundo, y ahora busca incrementar su producción en la alta guajira y en
el pacífico, mejorando la producción para la competitividad.

5 Redoblamiento bovino en zonas especiales, como son los montes de
María, Sucre, y sur del Tolima, con línea de crédito y asistencia técnica.
6 Desarrollo de una muestra de empresa silvopastoril: esto en el César,
replicable en la Guajira y en Magdalena.

7 Adecuación de tierras: Creación de distritos de riegos en proyectos
agropecuarios, ubicados algunos en río Ranchería, Tolima, el río Ariari,
el río Zulia, esto para sembrar cultivos para la exportación.

8 Introducción de los organismos genéticamente modificados.
9 Alianzas comerciales entre pequeños asociados campesinos y
microempresas rurales con empresarios agrícolas.
10 Bancos de maquinaria: 209 bancos de maquinaria entre tractores y
combinadas para apoyo a FINAGRO y empresarios de zona plana.
11 Financiamiento rural: esto para FINAGRO y el banco agrario.


PROPUESTAS ALTERNATIVAS

Frente al despotismo y el cinismo con que se vienen implementando las políticas
del estado en campo colombiano, la experiencia de otros países ha demostrado
que la única forma de contrarrestar tan nocivas políticas es la unión de los
diferentes procesos organizativos de comunidades negras, indígenas y
campesinas pobres, quienes están siendo afectados de manera más directa
con estas medidas.

Para las comunidades en cuestión es fundamental un régimen especial que
proteja y blinde sus conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales ante
la implementación de políticas como el Estatuto de Desarrollo Rural, que pretende
desconocer la autonomía de las minorías y pueblos originarios. Pese a que en
este proceso de discusión y aprobación de dicho “Estatuto”, no han tenido
participación las comunidades rurales, estás han decidido realizar acciones y
pronunciamientos concretos frente a la oposición a dicho estatuto, y a la forma
como atenta contra todos sus derechos.

Desde hace varios años las comunidades han ido construyendo propuestas
alternativas, como las expresadas desde el mandato agrario y mandato indígena
y popular. Propuestas que mantienen su vigencia como el “Respeto al derecho
inalienable a la vida de todas las colombianas y colombianos. Garantía efectiva
al derecho a la vida digna y al bienestar, que exige el reconocimiento de los
sujetos colectivos”. Derechos que hoy más que nunca se ven amenazados al
negar toda posibilidad de soberanía alimentaria de las comunidades y el derecho
al retorno de las mismas a sus territorios. Uno de los llamados desde el mandato
agrario que cobra importancia es que “Todos los pueblos necesitan asociarse a
partir de la solidaridad y el respeto a sus derechos políticos, económicos, sociales,
ambientales y culturales”; sin lugar a dudas el camino es la unión y solidaridad
entre las comunidades y los pueblos para hacer frente a las políticas lesivas que
se implementan desde el estado.

Pero lamentablemente no solo los campesinos, indígenas y afrodescendientes
serán los únicos afectados con esta nueva normatividad, el mismo medio
ambiente sufrirá la nefasta aplicación de este modelo de desarrollo y la escasez
de alimentos afectará a todas las comunidades pobres del país.


Ante tal despropósito será necesario que como comunidades campesinas
sigamos promoviendo la protección y recuperación de los bosques y nacimientos
de agua, con la reforestación de plantas nativas y diversas y promoviendo la
construcción de un gran movimiento nacional que enfrente en bloque las lesivas
políticas del neoliberalismo que pone todo nuestro futuro en manos de los
intereses imperialistas y a nuestras comunidades las deja vulnerables ante la
avaricia sin fondo del capital internacional.

Al respecto el Mandato Indígena y Popular expresa que para intervenir el medio
ambiente “Se exigirá licencia ambiental para todo proyecto de inversión y se
negará en todo caso en que el proyecto amenace el ambiente o la integridad
cultural, económica o social de la población”. Como también que es fundamental
“Desarrollar una economía propia de los pueblos y establecer mercados y
mecanismos de producción e intercambio que sean solidarios, recíprocos y
orientados a defender y promover la vida y el bienestar de los pueblos.

Otra de las propuestas que se vienen trabajando desde las organizaciones
sociales y campesinas es el proyecto de ley 99S – 2006, que a pesar de no
haberse acumulado en la Comisión Quinta del Senado para generar una discusión
realmente democrática, teniendo en cuenta las comunidades rurales, debe por
su grado de importancia convertirse en un pilar fundamental de las luchas
campesinas, indígenas y negras, entre otras.

Entre los elementos más relevantes de dicha propuesta se encuentran:

1. Construcción de alternativas al TLC y al modelo de desarrollo impuesto por
el sistema neoliberal.
2 Demostrar que las comunidades pueden tener, desde sus procesos

autónomos de producción, una soberanía alimentaria que garantice el

bienestar de las comunidades.

3 Posibilitar en las comunidades mejores ingresos a partir de la producción

de sus propios productos.

4 Generar procesos que permitan la implementación de tecnologías limpias

y apropiadas, donde prime la conservación del medio ambiente.

5 Respetar la diversidad ambiental, económica y cultural de las comunidades.

6 Aportar a propuestas que permitan la distribución equitativa de la tierra y

el retorno de las comunidades campesinas desplazadas a sus lugares de
origen.


7 Fortalecer los procesos que han desarrollado las comunidades rurales
como: Las reservas campesinas, resguardos indígenas, y territorios
colectivos Afrocolombianos.

8 Determinar la responsabilidad que tiene el INCODER en el ordenamiento
social y cultural de la propiedad.

Es evidente la necesidad que tenemos como comunidades rurales de hacer
efectiva la unidad y la solidaridad, que nos permita buscar caminos y construir
propuestas colectivas para un desarrollo que tenga en cuenta las realidades y
procesos de las comunidades y no las del mercado. Y en esto tenemos que
articularnos con otras luchas igualmente importantes de otros sectores y otras
organizaciones sociales.

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