Bogotá, 29 de agosto de 2025. La desaparición forzada constituye uno de los crímenes más graves y sistemáticos cometidos en el marco del conflicto armado y de la violencia sociopolítica en Colombia. Con más de 120.000 personas desaparecidas, según registros oficiales y de organismos internacionales, este fenómeno revela no sólo una política de represión y de control social, sino también una deuda estructural del Estado con la verdad, la justicia y la reparación.
En este escenario, las mujeres buscadoras se han configurado como un actor político y social fundamental. Su papel trasciende el ámbito privado del duelo para convertirse en una práctica de resistencia y de construcción de memoria que interpela directamente a las instituciones estatales. Sin embargo, esta labor ha estado atravesada por múltiples riesgos y afectaciones diferenciadas: la estigmatización en el espacio público, las amenazas, hostigamientos, violencias basadas en género, incluida la violencia sexual; así como procesos de empobrecimiento derivados de la precarización económica que conlleva el proceso de búsqueda. Tales factores reproducen condiciones de vulnerabilidad y perpetúan la impunidad frente al crimen de desaparición forzada y frente a las violencias que recaen sobre las personas buscadoras.
La aprobación de la Ley 2364 de 2024, que reconoce y protege de manera integral la labor de las buscadoras de víctimas de desaparición forzada, representa un avance normativo significativo. Sin embargo, el impacto real de esta ley dependerá de su implementación efectiva, brindando garantías de participación vinculante y con un enfoque interseccional a las mujeres buscadoras para atender sus condiciones específicas.
Esta implementación debe traducirse en cuatro ejes centrales:
- Reconocimiento político y social de las buscadoras, combatiendo la estigmatización y afianzando su legitimidad como actor de derechos humanos.
- Protección integral y diferenciada, superando los esquemas de seguridad meramente reactivos y apostando por medidas colectivas y comunitarias.
- Garantía de derechos económicos, sociales y culturales, evitando que la búsqueda condene a las familias a la pobreza y precariedad.
- Combate efectivo a la impunidad, asegurando investigaciones diligentes tanto de las desapariciones como de las violencias contra quienes buscan.
Para el Movice, organizaciones y plataformas defensoras de derechos humanos, la desaparición forzada es una práctica que compromete la responsabilidad directa del Estado, y no una simple secuela del conflicto. En consecuencia, exigimos que la política pública de búsqueda sea asumida como una prioridad nacional, con acciones inmediatas y articuladas entre la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, la Jurisdicción Especial Para La Paz, el Centro Nacional de Memoria Histórica y la Fiscalía General de la Nación.
Así mismo, demandamos una asignación de recursos públicos y presupuestales acordes con la magnitud del crimen. Cualquier dilación en la implementación de la Ley 2364 y en la búsqueda efectiva de las personas desaparecidas, constituye una prolongación de la impunidad, lo que también puede entenderse como una forma de reproducir la violencia hacia las víctimas de desaparición forzada y las personas buscadoras.
En este Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, reiteramos que la voz de las mujeres buscadoras debe ocupar el centro de la agenda pública y las decisiones estatales. Su lucha no es únicamente por encontrar a sus familiares, sino por desmontar la impunidad y transformar las estructuras de poder que han permitido la desaparición forzada en Colombia. Su resistencia señala un horizonte de justicia y democracia que el Estado tiene la obligación de materializar, aunque hasta el día de hoy no lo ha hecho de manera seria ni suficiente.