A juicio teniente de la policía por homicidio, tortura y concierto para delinquir en La Hacienda Bellacruz en 1996

A juicio teniente de la policía por homicidio, tortura y concierto para delinquir en La Hacienda Bellacruz en 1996

El pasado 22 de mayo, la Fiscalía 46 de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario el profirió resolución de acusación en contra del Teniente de la Policía Edison Ladino Barbosa… Foto: verdadabierta.com

…por su presunta responsabilidad en el homicidio de los hermanos Eder y Eliseo Narváez Correa, en la tortura del su sobrino Wilmer Amaris y por el delito de concierto para delinquir al ser parte activa, desde su rol como Comandante de la Policía de Pelaya, de un contubernio entre paramilitares, la familia Marulanda Ramírez, el Ejército Nacional y la Policía Nacional dirigido a consolidar el proyecto paramilitar en la región y salvaguardar los intereses económicos de la familia Marulanda.

Los hechos objeto de esta decisión corresponden al 28 de septiembre de 1996 en Pelaya, sur del Cesar cuando un grupo de 40 paramilitares que tenían su base en la hacienda Bellacruz, vestidos con prendas de uso privativo de las Fuerzas Militares, llegaron a bordo de tres carros a la casa de la familia Narváez con el ánimo de asesinar de los hermanos Eder y Eliseo Narváez, quienes en ese momento no se encontraban. Los delincuentes procedieron a sacar contra su voluntad al joven Wilmer Amaris, sobrino de los Narváez, para que fuera este quien los condujera al lugar en donde se encontraban sus dos tíos y así poder asesinarlos. Los hermanos Narváez eran líderes de los habitantes desplazados forzadamente de la Hacienda Bellacruz por el accionar de esta misma estructura paramilitar.

Según la providencia de la Fiscalía, se comprobó que el Teniente Ladino conoció plenamente de la ocurrencia de estos hechos con base en documentos que acreditan su presencia en la zona el día en que ocurrieron. También las declaraciones del ya condenado paramilitar Alfredo Ballena, alias Rancho, y de la víctima directa Wilmer Amaris y otros familiares, se concluyó que el Teniente Ladino conocía los planes para la ejecución de la operación y mantenía contactos permanentes con el grupo paramilitar que los perpetró.

Cabe resaltar que la Fiscalía negó el beneficio de libertad condicional transitoria al policía Ladino, quien lo solicitó expresando su voluntad de acogerse a la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP. El despacho encontró que no cumplía con el requisito que para los agentes del Estado exige el artículo 52 numeral 2 de la Ley 1820 de 2016, de llevar al menos 5 años privado de la libertad para ser beneficiario de la libertad condicionada y anticipada que prevé la JEP.

De igual forma, la decisión de la Fiscalía puso de presente otro antecedente que justificaba la detención preventiva del Teniente Ladino en tanto éste, aun cuando sabía que su orden de captura fue expedida el 29 de julio de 2014, no compareció ante las autoridades a tal punto que la orden se hizo efectiva 4 años después, el 10 de agosto de 2018, cuando este vacacionaba en un hotel de Cartagena.

En virtud de las pruebas que se recolectaron durante la etapa de indagación en el proceso conocido como la Masacre de Bellacruz, la Fiscalía coligió la coautoría del teniente Ladino en el homicidio de los hermanos Narváez y la tortura de Wilmer Amaris, ambos hechos perpetrados el 28 de septiembre de 1996 por un grupo paramilitar que operaba con el conocimiento y complicidad de la Fuerza Pública.

Una larga historia de impunidad

El caso de la hacienda Bellacruz ubicada en el sur del Cesar ejemplifica la alianza entre sectores económicos, miembros de la fuerza pública y grupos paramilitares, para despojar al campesinado de la región. Después de décadas de disputas, en 1987 los campesinos fueron desalojados por la familia Marulanda alegando la propiedad de la hacienda y basándose en una resolución del Inderena que señalaba que allí había una reserva forestal.

En 1994 el Incora determinó que la familia Marulanda no tenía derecho sobre las tierras que reclamaban los campesinos y que eran baldíos de la Nación. Cuando ya era un hecho la titulación para las familias campesinas, en febrero de 1996 empezó una cruenta incursión paramilitar con quema de casas, asesinatos y desplazamientos forzados. Los hermanos Carlos Arturo y Francisco Alberto Marulanda fueron vinculados a procesos penales por conformación de grupos paramilitares, pero terminaron absueltos, el Exministro Carlos Arturo Marulanda por el Fiscal Luis Camilo Osorio, y su hermano Francisco, por el Tribunal Superior del Magdalena.

Después de la desmovilización de los grupos paramilitares, en 2008, el empresario brasileño Germán Efromovich adquirió 6.000 hectáreas de estas tierras para sembrar allí palma aceitera y las renombró como hacienda La Gloria. Pero en 2013 el Incoder (antiguo Inderena) ratificó la decisión de que estas tierras eran baldíos de la Nación que deben adjudicarse a los campesinos reclamantes, decisión incumplida hasta hoy por el empresario.

Por otra parte, en 2014, la Unidad de Justicia y Paz le pidió a la justicia ordinaria investigar a los hermanos Marulanda por el desplazamiento forzado de las familias de Bellacruz. Un proceso que hasta el presente no ha sido reabierto.

Esta nueva decisión de la Fiscalía de acusar al teniente Ladino, vuelve a señalar de manera inequívoca la responsabilidad de la familia Marulanda en estos crímenes al describir la empresa criminal que operó para el desplazamiento y el despojo de la Hacienda Bellacruz:

“La última, pero quizá más importantes de las partes de la empresa criminal responsable de las violaciones a Derechos Humanos y, en general, de los delitos en cuestión es la Familia Marulanda Ramírez, quienes acudieron a su poderío económico para forzar el desplazamiento de humildes ocupantes de pedazos de tierra que, según ellos, les pertenecían. En miras a la consecución de susodicho propósito conformaron, financiaron, alojaron, armaron y dotaron a un grupo paramilitar que les fuera útil a sus fines latifundistas. De tal suerte que, tal y como las otras facciones de la empresa criminal, la familia Marulanda era indispensable al interior de la empresa criminal en tanto además de las acciones anteriormente dichas, tenían por jerarquía la decisión en operaciones como homicidios selectivos o desplazamientos determinados” p. 17 Radicado 514, FGN.

El concepto del ente acusador señala una deuda que la justicia y la verdad que las autoridades tiene la oportunidad de resarcir: la de esclarecer todos los autores y responsabilidades detrás de los crímenes cometidos en la Hacienda Bellacruz y la de garantizar el retorno seguro de las familias desplazadas, para que hechos como estos jamás se repitan.

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