Alerta temprana por desalojos en ciudadela Sucre, Soacha

Alerta temprana por desalojos en ciudadela Sucre, Soacha

En medio de los hechos, resultó gravemente herido el joven Duván Aldana, de quince años, a quien le impactó un proyectil de bala en su pecho, luego de que algunos miembros de la Policía realizaran disparos con sus armas de dotación. Esta grave herida le produjo la muerte horas después en el Hospital Cardiovascular de Soacha

ALERTA TEMPRANA POR SITUACIÓN DE RIESGO DE LAS COMUNIDADES DESALOJADAS DE LOS PREDIOS CIUDADELA SUCRE EN SOACHA, CUNDINAMARCA

Bogotá D.C. 28 de junio del 2020

Señores

Juan Carlos Saldarriaga
Alcalde Municipal de Soacha, Cundinamarca

Nicolás García Bustos
Gobernador de Cundinamarca

Coronel César Ovidio Castro
Comandante del Departamento de Policía de Soacha

Carlos Alfonso Negrete Mosquera
Defensor del Pueblo

Fernando Carrillo Flórez
Procurador General de la Nación

Francisco Barbosa
Fiscal General de la Nación

ASUNTO: Activación de Alerta Temprana sobre situación de riesgo inminente de las comunidades desalojadas de los predios de Ciudadela Sucre, municipio de Soacha.

El COLECTIVO DE ABOGADOS JOSÉ ALVEAR RESTREPO (CAJAR), organización no gubernamental para la defensa y promoción de los derechos humanos, se dirige a Ustedes con el fin de ALERTAR DE MANERA TEMPRANA sobre la situación de riesgo de familias que habitan los predios de la Ciudadela Sucre en el municipio de Soacha, Cundinamarca, para que en el marco de sus competencias, adopten las medidas necesarias y urgentes para proteger los derechos de varias comunidades que no cuentan con garantías para ejercer su derecho a la vivienda digna, y que han sido objeto de varios desalojos por las autoridades municipales a lo largo del mes, y en cuya última ocasión, que tuvo lugar el 26 de junio de 2020, resultó asesinado el joven Duván Aldana.

I. HECHOS

1. En los últimos meses, decenas de familias residentes en el municipio de Soacha, han sido desalojadas de las viviendas en las que vivían en arriendo, debido a su incapacidad de pago y el atraso en varios cánones, como consecuencia de la falta de ingresos por las medidas de aislamiento adoptadas como reacción a la pandemia COVID-19 (1).

2. Ante la necesidad de procurarse un techo y de atender a poblaciones vulnerables como personas mayores, niñas y niños, las familias han venido instalándose en predios abandonados, armando cambuches. Así, el pasado miércoles 24 de junio, alrededor de 800 familias se movilizaron hacia la Ciudadela Sucre, ubicada al suroriente del casco urbano de Soacha, en su comuna 4, en la parte alta de la montaña sobre la Carrera 53 A Este con Calle 44 A, instalándose en un predio abandonado desde hace varios años, con el fin de resguardarse de la intemperie ante la inexistencia de opciones de vivienda (2).

3. Aunque la Alcaldía Municipal, encabezada por Juan Carlos Saldarriaga hizo un llamado pacífico para que las familias no se dejen engañar por las denominadas mafias de tierreros, dedicados a la invasión de terrenos no aptos para la urbanización, y solicitando el abandono inmediato de zonas de alto riesgo, hasta el momento no se ha concertado un espacio de diálogo permanente con las comunidades para darle solución a la problemática de acceso a la vivienda de miles de personas.

4. En la madrugada del jueves 25 de junio (3), integrantes del ESMAD hicieron presencia en el lote en mención, agrediendo físicamente a las familias desposeídas. La acción violenta de los miembros de la Fuerza Pública generó la reacción de varias personas, en enfrentamientos que se extendieron durante todo el día.

5. En medio de los hechos, resultó gravemente herido el joven Duván Aldana, de quince años, a quien le impactó un proyectil de bala en su pecho, luego de que algunos miembros de la Policía realizaran disparos con sus armas de dotación. Esta grave herida le produjo la muerte horas después en el Hospital Cardiovascular de Soacha (4).

6. Luego de los graves altercados, la Alcaldía Municipal decretó toque de queda desde el 26 de junio hasta el 30 de junio en la Ciudadela Sucre y el Corregimiento 1, ordenando el desalojo inmediato del terreno, en el cual continúan haciendo presencia las comunidades afectadas, que debido a su vulnerabilidad económica no cuentan con recursos para el pago de un arriendo y procurar su derecho a la vivienda en condiciones dignas.

7. De la misma manera, las autoridades ofrecen 20 millones de pesos de recompensa para quienes entreguen información con la cual identificar a los promotores de este tipo de invasiones.

8. En reunión sostenida entre la Administración Municipal y representantes de las comunidades, se les reiteró la orden de desalojo incondicional, so pena de intervención del ESMAD y del Ejército Nacional, con el fin de garantizar la ‘tranquilidad pública’ en el bien donde permanecen pacíficamente las comunidades.

II. SOLICITUDES

Dada la vulneración en conjunto a los derechos fundamentales a la vida, dignidad humana, integridad personal, debido proceso, mínimo vital, vivienda digna, agua y derecho a la protesta, invocamos su acción integral, mancomunada e inmediata, con el fin de que reconozcan su obligación constitucional, como autoridades del Estado cuyos fines son promover el ejercicio de los derechos y libertades, la convivencia pacífica y garantizar las condiciones de ejercicio los derechos de igualdad y justicia material, por lo que exigimos:

1. Al Alcalde Municipal de Soacha, Juan Carlos Saldarriaga, que se abstenga de ordenar toda intervención de la Fuerza Pública sobre el predio ubicado en la Carrera 53 A Este con Calle 44 A, Ciudadela Sucre, Comuna 4 del municipio de Soacha, donde hacen presencia pacífica alrededor de 800 familias sin oportunidades laborales y de acceso a un mínimo vital. Es pertinente recordar que bajo ninguna circunstancia el ordenamiento jurídico faculta a la autoridad militar a ejercer funciones policivas relativas a la perturbación a la posesión.

2. De la misma manera, exigimos al Alcalde Municipal de Soacha que se abstenga de ordenar más desalojos, teniendo en consideración el artículo 1 del Decreto Legislativo 579 del 2020, que ordena suspender cualquier acción de desalojo dispuesta por autoridad administrativa, así como los Principios Básicos y Directrices sobre los Desalojos y el Desplazamiento generados por el Desarrollo, adoptado por Resolución A/HRC/4/18 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

3. En el marco de los principios en mención, exigimos que se adopten estos criterios para atender la problemática, los cuales reconocen la obligación del Estado en materia de Derechos Humanos respecto a la debida atención a personas afectadas por desalojos forzosos con un enfoque humanitario, la garantía del reasentamiento en condiciones de dignidad, y la posibilidad de diálogo previo con las comunidades, más allá de un mero aviso preventivo, que implique:

a. Un aviso apropiado a todas las personas que podrían verse afectadas de que se está considerando el desalojo y que habrá audiencias públicas sobre los planes y las alternativas propuestos;

b. Difusión eficaz por las autoridades de la información correspondiente de manera previa, en particular los registros de la tierra y los planes amplios de reasentamiento propuestos, con medidas dirigidas especialmente a proteger a los grupos vulnerables;

c. Un plazo razonable para el examen público, la formulación de comentarios y/o objeciones sobre el plan propuesto;

d. Oportunidades y medidas para facilitar la prestación de asesoramiento jurídico, técnico y de otro tipo a las personas afectadas sobre sus derechos y opciones; y

e. Celebración de audiencias públicas que den la oportunidad a las personas afectadas de impugnar la decisión de desalojo y/o presentar propuestas alternativas y formular sus exigencias y prioridades de desarrollo.

4. Al respecto, ponemos en conocimiento de estas autoridades que en un caso similar, en el cual varias familias comunicaron la decisión de autoridades judiciales del Estado argentino ordenando una serie de desalojos forzados en las Villas de la Ciudad de Buenos Aires; el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, ordenó al Estado argentino el pasado 27 de mayo, como Medida Provisional “adoptar medidas para evitar a los autores y autoras, así como a sus hijos e hijas, posibles daños irreparables mientras el caso esté siendo examinado…incluyendo suspender el desahucio de las viviendas en las cuales actualmente habitan” (6), en aplicación del Protocolo Facultativo del PIDESC y de la información allegada a este organismo acerca de “la situación de vulnerabilidad de las personas que habitan las villas y la histórica ausencia de políticas efectivas de regularización dominial” (7) , la grave situación socioeconómica generada por la propagación del COVID-19 en todo el planeta, que profundiza las condiciones de vulnerabilidad de las familias, así como la ausencia de soluciones alternativas respetuosas de los derechos humanos por parte del gobierno local y nacional para evitar el desalojo.

5. En ese sentido, exigimos al Alcalde Municipal de Soacha y al Gobernador de Cundinamarca, que de manera inmediata convoquen un espacio de concertación y diálogo permanente con las comunidades y familias desalojadas por sus arrendadores y forzadas a vivir en condiciones infrahumanas, no sólo en la Ciudadela Sucre sino en distintos lugares del departamento. Resulta indispensable la apertura de un espacio de participación de las comunidades y de interacción con diversas entidades departamentales y nacionales, debido a la grave vulneración de derechos fundamentales y la situación de debilidad manifiesta de las comunidades aquí referidas, así como el pronunciamiento del Comité DESC antes referido, que sirve como parámetro de actuación de las autoridades en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales como el acceso a la vivienda digna.

6. Al Comandante del Departamento de Policía de Cundinamarca, le exigimos que ordene cesar todo acto de vulneración de la integridad y seguridad personales realizados por miembros de la Policía Nacional en la zona de asentamiento de las familias afectadas; que no permita ninguna intervención de sus subordinados en días y horas no hábiles, con el fin de garantizar el debido proceso de las familias. Igualmente llamamos a aplicar la Resolución 1190 de 2018, por la cual se adopta el Protocolo para la coordinación de las acciones de respeto y garantía a la protesta pacífica.

7. Al Defensor del Pueblo, le exigimos hacer presencia de la manera más pronta posible en el lugar de asentamiento de las familias afectadas en sus derechos fundamentales, con el fin de realizar una labor de veeduría y denuncia de la situación actual de vulneración de sus garantías básicas, y actuar ante la administración municipal para que se abstenga de ordenar la intervención militar en la zona.

8. Al Procurador y al Fiscal General de la Nación, exigimos que, en el marco de sus competencias, en especial el poder preferente de conocimiento, inicien con prontitud las investigaciones pertinentes para identificar e individualizar los responsables del homicidio del joven de 15 años Duván Aldana, con el fin de lograr su judicialización y sanción.

Asimismo, exigimos de estas entidades el acompañamiento idóneo a las comunidades para evitar su revictimización por las autoridades municipales y la debida intervención de los servidores públicos respectivos en las actividades de tratamiento de la problemática de acceso a la vivienda digna en el municipio de Soacha.
Finalmente, responsabilizamos a la Administración Municipal de Soacha, en cabeza de Juan Carlos Saldarriaga y su Secretario de Gobierno, Danny Caicedo, por cualquier afectación a la vida e integridad personal de los integrantes de las comunidades asentadas en el predio de la Ciudadela Sucre, como pudo evidenciarse con el grave asesinato de Duván Aldana.

Agradeciendo la atención prestada

Reinaldo Villalba Vargas
Presidente
Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR)

Notas:

1. El programa Arriba Bogotá, de Canal City TV, en su emisión del pasado 6 de mayo, relató cómo varias familias fueron desalojadas por no poder pagar sus arriendos y se encontraban viviendo en un predio abandonado, prácticamente a la intemperie, solicitando ser escuchados por las autoridades municipales, con el fin de ser atendidas dada su extrema vulnerabilidad. EL TIEMPO- CITY TV. Arriba Bogotá. Familias fueron desalojadas de sus viviendas en el municipio de Soacha. 6 de mayo del 2020. Disponible https://www.youtube.com/watch?reload=9&v=yrOoomNls_w
2. EL TIEMPO. Tensión en Soacha por invasión de un terreno por 800 familias. 24 de junio de 2020. Disponible en https://www.eltiempo.com/bogota/invasion-en-soacha-tension-por-toma-ilegal-de-un-terreno-por-800-familias-510508
3. Radio Nacional de Colombia. Denuncian que joven de Soacha habría muerto en medio de un desalojo. 27 de junio de 2020. Disponible en: https://www.radionacional.co/noticia/actualidad/joven-soacha-desalojo-esmad
4. EL TIEMPO. Niño murió en el desalojo de un predio en Soacha. 27 de junio de 2020. Disponible https://www.eltiempo.com/bogota/nino-murio-en-desalojo-de-un-predio-en-soacha-511890
5. Noticias RCN. Toque de queda y ley seca en sector de Soacha por desórdenes en operativo de desalojo. 26 de junio de 2020. Disponible en https://noticias.canalrcn.com/nacional/operativo-de-desalojo-en-soacha-termino-en-enfrentamientos-359051
6. Subdivisión de Tratados de Derechos Humanos, Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. Oficio G/SO-CESCR-ARG (3). Comunicación 187/2020. 27 de mayo de 2020. Disponible en: https://cejip.files.wordpress.com/2020/06/medida-proviciona-comitc3a9-desc-difusic3b3n-1.pdf
7. CEJIL. El Comité DESC ordenó al Estado Argentino suspender un desalojo en Villa 15. 5 de junio del 2020. Disponible en https://cejip.org.ar/2020/06/05/el-comite-desc-ordeno-al-estado-argentino-suspender-un-desalojo-en-villa-15/

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