¡Basta de estigmatización a las personas defensoras de derechos humanos!

¡Basta de estigmatización a las personas defensoras de derechos humanos!

Ginebra-Paris, 20 de noviembre de 2017 – La aprobación por parte del Senado de la República de una disposición que discrimina y estigmatiza a las personas defensoras de derechos humanos en Colombia es una decisión irresponsable que les sitúa en una situación de aún mayor riesgo. Por ello, el Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (OMCT-FIDH) demanda que la disposición sea revertida por la Cámara de Representantes durante el debate que se inicia en el día de mañana.

En el marco del debate de la discusión de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), el Senado de la República aprobó el 15 de noviembre una disposición según la cual no podrán tomar posesión como magistrados/as de la JEP “quienes hayan gestionado o representado acciones en contra del Estado en materia de reclamaciones a los derechos humanos, al derechos internacional humanitario o al derecho penal internacional o pertenezcan o hayan pertenecido a organizaciones o entidades que hayan ejercido dicha representación [y tampoco] quienes hayan tramitado acciones ante Sistemas o Tribunales Internacionales de Derechos Humanos o litigado contra el Estado Colombiano ante dichas instancias o pertenezcan o hayan pertenecido a organizaciones o entidades que hayan ejercido tal actividad” (artículos 100 y 104).

El Observatorio muestra su extrema preocupación por la aprobación de una disposición con un carácter discriminatorio y estigmatizante hacia la actividad de las personas defensoras de derechos humanos, particularmente teniendo en cuenta que defender derechos humanos sigue siendo una actividad de alto riesgo en Colombia.

En este sentido el Observatorio recuerda que el número de asesinatos de personas defensoras de derechos humanos en 2016 osciló entre 59 y 134 según la fuente [1]. Más allá de la diferencia entre cifras, escandalosas en ambos extremos, es importante resaltar que las distintas instituciones nacionales del Estado, organismos internacionales y de la sociedad civil colombiana que recogen estas estadísticas coinciden en señalar un importante incremento en el número de asesinatos de personas defensoras de derechos humanos en comparación con años previos precisamente en el contexto de la negociación, firma e implementación del Acuerdo de Paz [2].

La comparación con otros mecanismos de justicia transicional en el mundo, subraya igualmente el carácter sorprendente y discriminatorio de esta medida. Pues, en la mayoría de estos mecanismos, los defensores de derechos humanos, abogados especializados en derecho internacional humanitario han tenido cargos claves.

Por todo lo anterior, y ante el debate que tendrá lugar en la Cámara de Representantes en el día de mañana 21 de noviembre de 2017, el Observatorio hace un enérgico llamamiento al poder legislativo colombiano para que anule la disposición por su carácter discriminatorio e irresponsable. Además, el Observatorio hace un llamamiento al conjunto de las autoridades colombianas para que contrarresten los efectos negativos de la aprobación de esta disposición mediante un reconocimiento público al máximo nivel a la legitimidad del trabajo de las personas defensoras de derechos humanos en Colombia.


Notas

[1] La cifra de 59 es de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. El Programa Somos Defensores ha empleado la cifra de 80. La cifra de 135 corresponde a datos de la Defensoría del Pueblo.

[2] Para más información véase informe de El Observatorio (OMCT-FIDH) / Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), “ Defender el territorio y el ambiente en contextos de actividad de empresas extractivas”. Véase también el comunicado del Observatorio, “ Conclusiones preliminares de misión internacional de investigación – No hay paz para las personas defensoras de derechos humanos en Colombia”

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