Cajar resalta la importancia de la condena del Coronel (r) Jorge Alberto Amor Páez a 31 años y 11 meses de prisión por su responsabilidad en la Masacre de Alaska

Cajar resalta la importancia de la condena del Coronel (r) Jorge Alberto Amor Páez a 31 años y 11 meses de prisión por su responsabilidad en la Masacre de Alaska

  • La sentencia resuelve un recurso de apelación presentado por el Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar).
  • La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Buga encontró culpable al Coronel (r) Amor Páez por omisión, es decir, por no haber desplegado acciones que evitaran la masacre ejecutada en contra de los pobladores de los corregimientos de La Habana, Alaska y La Magdalena, quienes se encontraban en riesgo conocido por las institucionales estatales, debido a la presencia de grupos paramilitares en la zona.

Bogotá, diciembre 19 del 2023 (@CCajar). El Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo resalta la importancia del fallo de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Buga, que revocó sentencia que absolvía al Coronel(r) Jorge Alberto Amor Páez por los hechos de la Masacre de Alaska.

El Tribunal profirió sentencia condenatoria en su calidad de autor por omisión impropia del delito de homicidio en persona protegida en concurso homogéneo, tras considerarse su actuar como una “decisión consciente y voluntaria de dejar a la población desprotegida”, procediendo entonces a determinar una condena a 31 años y 11 meses de cárcel, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 15 años y 10 meses.

Para el Cajar esta decisión constituye un paso más en la lucha contra la impunidad y por la verdad, al tiempo que demuestra que las estructuras paramilitares se desarrollaron y consolidaron como una estrategia de Estado en Colombia, a través de la cual, con el apoyo, connivencia y/o conductas omisivas de altos mandos de las autoridades civiles, políticas y militares, se cometieron miles de crímenes de lesa humanidad.

Recordamos que en octubre de 2001 integrantes del Bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia ingresaron a los corregimientos de La Habana, Alaska y La Magdalena, en Buga, Valle del Cauca, donde asesinaron a 24 personas en total estado de indefensión, entre ellas, niños y jóvenes que apenas alcanzaban la mayoría de edad, a quienes acusaban de tener vínculos con grupos guerrilleros. Para la época, el Coronel(r) Jorge Alberto Amor Páez actuaba como Comandante del Batallón Palacé de Buga y era el responsable de la seguridad y la protección de la comunidad, la cual había previamente informado a las autoridades del riesgo en el que se encontraban por la presencia de los paramilitares.

En el marco de la investigación, el 17 de febrero de 2014 la Fiscalía Octava Delegada ante el Tribunal Superior de Cali, profirió resolución de acusación en contra del Coronel (r) Amor Páez. Sin embargo y luego de más de 2 años de juicio en los que el Cajar, como representante legal de las víctimas, solicitó la condena, en octubre de 2022 se profiere sentencia absolutoria, la cual fue apelada.

Es entonces cuando el Tribunal Superior analiza los hechos y concluye que el obrar omisivo del Comandante del Batallón de Artillería #3 Batalla de Palacé, Amor Páez, fue absolutamente doloso, pues permitió a los paramilitares tiempo, espacio y control para masacrar a los pobladores de la región. En criterio de la Sala:

[E]n una extraña conjunción de omisiones y acciones, la finalidad institucional del militar Coronel JORGE ALBERTO AMOR PAEZ de combatir la insurgencia y el fin contrainsurgente aducido por los paramilitares, confluyeron con toda crueldad y barbarie para asesinar a la población civil de esos corregimientos los que, se insiste, siempre debieron estar protegidos por los militares al mando del Coronel AMOR PAEZ, y jamás haber sido dejados expuestos y a su suerte y cruel destino en manos de los paramilitares. Además, la conjunción del objetivo contrainsurgente se hace palmar con las declaraciones de los paramilitares de alto mando, Herbert Veloza, Elkim Casarrubia, e incluso Armando Lugo, en cuyos testimonios de manera natural, sencilla y simple confluyen en develar que los mandos militares, entre ellos el Coronel AMOR PAEZ, les colaboraban para llevar adelante los cometidos contra la insurgencia, que implicaba, perseguir, asesinar y masacrar a la población civil que consideraban colaboradores de la guerrilla.

El Tribunal, a su vez, es enfático en señalar que el Coronel (r), debido a su rango, trayectoria en el Ejército, cursos de entrenamiento y especialidad en inteligencia militar, estaba en plena capacidad de haber tomado las medidas necesarias para proteger a la comunidad o haber solicitado apoyo a otra Brigada o a sus superiores.
Esperamos que esta decisión establezca un precedente para que estos hechos nunca más vuelvan a ocurrir y también para que los integrantes de la fuerza pública cumplan a cabalidad con su deber de protección a la población civil en el marco de una estricta garantía a los derechos humanos.

 

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