Consejo de Estado estudiará demanda contra la licencia ambiental de Carbones del Cerrejón

Consejo de Estado estudiará demanda contra la licencia ambiental de Carbones del Cerrejón

La acción de nulidad va dirigida a mitigar los impactos de la mina Cerrejón en la crisis humanitaria, la pérdida de seguridad alimentaria y la escasez de agua en el departamento de La Guajira, que ha ocasionado la muerte de 5.000 niños y la desnutrición de 40.000 más.

La sección primera de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado admitió la demanda que pide decretar la nulidad de la licencia ambiental otorgada a la empresa Carbones del Cerrejón para sus actividades de explotación en La Guajira, “Por ajustarse a las formalidades previstas en los artículos 162 a 166 de la Ley 1437 de 18 de enero de 201”, código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

La demanda presentada por comunidades, organizaciones defensoras de derechos humanos y congresistas (1) se fundamenta en que el permiso ambiental con que cuenta Cerrejón para su operación tiene cerca de 40 años y ha sido objeto de más de 60 modificaciones. La licencia original fue expedida mediante la Resolución 797 de 1983 del Instituto Nacional de Recursos Naturales y Renovables del Ambiente – Inderena. A lo largo del tiempo la mina se fue expandiendo y absorbiendo a los demás proyectos mineros de la región, hasta que en el año 2005, mediante la Resolución 2097 de 2005, se unificó toda la explotación minera de Cerrejón.

La demanda presentada por comunidades afectadas por los impactos ambientales, centra sus argumentos en que esta última modificación se llevó a cabo sin el debido nuevo Estudio de Impacto Ambiental, necesario para tal modificación, valiéndose de recursos legales para evitar este trámite y echando abajo estudios anteriores. Dentro del texto de cerca de 300 páginas se incluyen resultados de los estudios científicos sobre la contaminación, afectaciones en la salud e impactos negativos en el ambiente por la explotación de carbón, así como hallazgos e informes oficiales (2) donde se evidencia la negligencia y la falta de control y seguimiento con la que opera este proyecto.

La acción recoge, de igual manera, los impactos verificados que ha tenido y tiene esta explotación carbonífera sobre el departamento de La Guajira y sus habitantes: el pueblo milenario Wayuu y las comunidades afrodescendientes. Es así como se evidencian los casos de desplazamiento forzado de las comunidades afro de Tabaco, Patilla y Chancleta; las afectaciones en la salud del niño Moisés Guette Uriana, de otras niñas y niños y de otros integrantes del Resguardo de Provincial; el Estado de Cosas Inconstitucional y la responsabilidad de la mina por haber explotado la zona productiva de la baja Guajira; el desvío de los Arroyo Bruno y Tabaco y del río Palomino, así como la contaminación y el uso desmedido de las aguas.

Es necesario señalar que la acción de nulidad va dirigida a mitigar los impactos de la actividad minera frente a la crisis humanitaria, la pérdida de seguridad alimentaria y la escasez de agua en el departamento de La Guajira, que ha ocasionado la muerte de 5000 niños y la desnutrición de 40.000 más. Además ha intervenido totalmente y se ha apropiado de más de 17 ríos y más de 48 cuerpos de agua, lagunas, arroyos, entre otros están contaminados directamente.

La demanda también solicita medidas cautelares que suspendan cualquier trámite de modificación de la licencia, es decir, una expansión de la actividad de explotación de carbón, hasta que las autoridades ambientales no constaten la protección de los derechos colectivos e individuales afectados con esta autorización, teniendo en cuenta el detrimento ambiental, económico y las graves afectaciones a derechos humanos que se están ocasionando sobre la población de La Guajira impactada por el proyecto.

Notas:
1. Aura Vidalina Robles Gutiérrez, Luis Misael Socarrás Ipuana, Jackeline Romero Epiayú, Iván Cepeda Castro, Feliciano Valencia Medina y Aída Avella Esquivel, actuando en nombre propio; y las entidades sin ánimo de lucro Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Rstrepo, Fundación Centro de Investigación y Educación Ppopular Cinep/PPP, Asociación Centro Nacional Salud, Ambiente y Trabajo, Censat – AGUA VIVA,

2. Incluyendo el más reciente Concepto Técnico de la ANLA, el CT 4698/17, que revisa todo el Plan de Manejo Ambiental de acuerdo a lo ordenado por la sentencia T-704 de la Corte Constitucional.

Escuche a continuación el podcast “Puloui Diosa del agua”, en el que las comunidades denuncian a Cerrejón por la crisis humanitaria en la que se encuentra la región.

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