Desalojo por vía policiva de la comunidad indígena wayuu “El Rocío”

Desalojo por vía policiva de la comunidad indígena wayuu “El Rocío”

Organizaciones nacionales e internacionales que trabajamos por los derechos humanos, el territorio y el agua en el departamento de La Guajira alertamos a todas las instituciones garantes de los derechos humanos en los municipios de Albania y Maicao, en el Departamento de La Guajira, y a toda la comunidad nacional e internacional por anuncio de desalojo por la fuerza de la comunidad indígena wayuu de El Roció previsto para estos días 23 de julio al 24 de julio de 2019.

Hechos

• La comunidad indígena wayuu el Rocío ubicada entre Albania y Maicao, ha habitado el predio por más de 40 años de forma pacífica e ininterrumpida, heredada de generación en generación. Actualmente está conformada por alrededor de 30 familias (de las cuales 10 familias habitan permanentemente el territorio y están compuestas por más de 15 niños y niñas y 5 madres lactantes y 1 mujer embarazada).

• La comunidad del Rocío ha sido víctima en dos ocasiones del desplazamiento forzado por hechos ocasionados por grupos armados en el marco del conflicto armado, primero en 1997 y posteriormente en el 2010, sin embargo al pasar 3 o 6 meses de los hechos han retornado a sus tierras, debido a su pertenencia territorial y dado sus condiciones de vulnerabilidad, puesto que no tienen otras opciones para habitar y desarrollar sus actividades económicas, sociales y culturales.

• La comunidad El Rocío habita, junto a otras comunidades indígenas wayuu, en la parte media y alta del Arroyo Bruno, fuente hídrica que esta en permanente riesgo por el proyecto de desviación del arroyo Bruno de la empresa Carbones del Cerrejón Limited. Es fundamental que esta comunidad permanezca en sus predios para que pueda continuar en la defensa de este territorio y del agua, en especial del arroyo Bruno.

• La autoridad tradicional de la comunidad del Rocío instauró acción de tutela contra el municipio de Maicao, inspección central de Policía de Maicao y Policía nacional-ESMAD en procura de sus derechos fundamentales a la vida, mínimo vital, subsistencia, protección a territorios indígenas, debido proceso y otros, para que se suspenda la orden de desalojo en el marco del ilegitimo proceso de lanzamiento por ocupación de hecho. El Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Maicao fallo en contra, por lo que se impugnó y ahora en segunda instancia el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha resolvió confirmar la decisión del primer fallo.

• Sin embargo, en los dos fallos no se abordaron ni revisaron los temas de fondo que corresponden a la posible vulneración de los derechos fundamentales de la comunidad indígena como sujeto de especial protección constitucional, ni la posible vulneración de los derechos de los niños y niñas que habitan la comunidad, y las instancias se limitaron a tener en cuenta aspectos de forma declarando improcedente el amparo.

• El día de ayer, 22 de julio, el inspector de policía de Maicao, aseguró que no hay manera de detener el desalojo, ni por intervención de Defensoría del Pueblo u otro órgano de control, a menos de que la Corte Constitucional se pronuncie. Desconociendo que el desalojo implica inducir a la comunidad a situación de pobreza extrema y a la vulneración de los derechos de los niños, niñas, madres lactantes y adultos mayores.

Solicitudes

1. A la Alcaldía de Maicao y Albania, a la Inspección Central de Policía de Maicao y Policía Nacional- ESMAD se abstengan de adelantar cualquier desalojo debido a que la Corte Constitucional no se ha pronunciado.
2. Se consideren de manera detallada y se prioricen los aspectos de fondo en ocasión a la protección de los derechos fundamentales de todos los integrantes de la comunidad indígena wayuu el Rocío, y se establezcan garantías para su pervivencia en el territorio.
3. A la Defensoría del Pueblo Regional y Nacional sírvase de agente oficioso para presentar acciones en representación de la comunidad dadas sus condiciones de indefensión o presentar coadyuvancia en las solicitudes correspondientes para detener el desalojo toda vez que este representa una amenaza y riesgo inminente para los derechos fundamentales de la comunidad wayuu El Rocío.
4. A la Personería municipal y a la Procuraduría General de la Nación ser garantes de los derechos humanos de los pueblos indígenas en condición de riesgo ante el desalojo previsto para esta semana.
5. A la Procuraduría departamental adelantar acompañamiento a las posibles quejas sobre actos en contra de derechos fundamentales y fuera de la ley para que investigue a los funcionarios y servidores públicos que obren fuera de los parámetros y protocolos establecidos en materia de derechos humanos, derechos de los niños y de las comunidades indígenas.
6. A la Unidad Nacional de Restitución de Tierras URT y a la Unidad para las Víctimas UARIV adelanten investigaciones sobre los desplazamientos de los cuales han sido víctimas la comunidad wayuu y a instar a la no ejecución de la medida de lanzamiento debido a la directa vulneración de derechos humanos de población víctima y ofrecer medidas de reparación integral en el marco de la Ley 1448 de 2011.
7. Se advierte que en el marco de este proceso no se ha realizado un levantamiento topográfico para la real identificación del predio, lo cual urge hacerlo.

Martes 23 de Julio de 2019 Comunidad Wayuu El Rocío Comunidades Negras del sur de La Guajira
Fuerza de Mujeres Wayuu ASK Grupo de Trabajo Suiza Colombia
London Mining Network
War on Want Colombia Solidarity Campaing Emma Banks – Vanderbilt University
Avi Chomsky – Salem State University Steve Striffler – University of Massachusetts Boston
CINEP/PPP
CENSAT-Agua Viva
CAJAR

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