EPU: sociedad civil lleva a la ONU caso de incendios como prueba de violación de DDHH a indígenas

EPU: sociedad civil lleva a la ONU caso de incendios como prueba de violación de DDHH a indígenas

Este martes, la dirigente indígena y activista por la defensa del medioambiente, Ruth Alípaz Cuqui expondrá en el Palacio de las Naciones Unidas de Ginebra, la situación de vulneración de los derechos de los pueblos indígenas.

La Paz, 7 octubre (ANF)

La sociedad civil boliviana presentará este martes, durante la pre-evaluación del Examen Periódico Universal (EPU) del Estado boliviano ante las Naciones Unidas, el informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que contempla de manera categórica por primera vez, denuncias de violación de los derechos de los pueblos indígenas y del medioambiente durante el Gobierno de Evo Morales.

La información fue proporcionada por Marco Antonio Gandarillas, responsable de incidencia política del Centro de Documentación e Información Bolivia (Cedib), quien en contacto con ANF desde la ciudad de Ginebra, capital de Suiza y sede del Palacio de las Naciones Unidas, explicó el alcance que tendrá para el país, la presentación del “Resumen de las comunicaciones de las partes interesadas sobre el Estado Plurinacional de Bolivia”.

“La gran noticia es que en ese informe se ha resumido 17 contribuciones, que tienen que ver con temas de medioambiente, pueblos indígenas, salud, el derecho a la defensa de los derechos humanos, puntos críticos que, por supuesto contradicen lo que el Gobierno dice en foros internacionales sobre la Madre Tierra y los pueblos indígenas (…). En los anteriores EPU -el anterior fue el 2014- esos temas no estaban en la agenda”, destacó.

El investigador y defensor de derechos humanos, dijo que, durante la pre-evaluación ante la ONU, un espacio destinado a la sociedad civil, la líder indígena y defensora del medioambiente, Ruth Alipaz Cuqui leerá el informe sobre la situación de violación de derechos humanos de los pueblos indígenas y pedirá a los Estados miembros tomen atención sobre estos temas y hagan recomendaciones a Bolivia para mejorar su desempeño.

“Ruth partirá de la evidencia de los incendios en la Chiquitanía y de las medidas que han provocado estos incendios, que el Estado incumple sus obligaciones de protección del medioambiente por privilegiar un modelo económico de explotación y exportación de recursos naturales, para demostrar la sistemática violación de los derechos de los pueblos indígenas”, señaló.

Posteriormente el informe de 17 puntos será desarrollado, donde los puntos focales de las preocupaciones y recomendaciones están en torno a los derechos humanos de los pueblos indígenas, los derechos del medio ambiente, incluyendo el agua, la alimentación, la salud; la consulta previa a los pueblos indígenas y su derecho a ser informado sobre los impactos en sus medios de vida, sustento y medio ambiente.

También se expondrá la importancia del derecho a la vida que tienen los pueblos indígenas en aislamiento voluntario, así como el derecho a defender los derechos humanos, incluyendo la libertad de asociación, información y prensa. “Este es un gran logro, ya que en procesos anteriores estos temas estuvieron invisibilizados”, dijo Gandarillas.

El resumen de las comunicaciones de las partes interesadas sobre Bolivia contemplado en el Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Consulta previa

Varias comunicaciones observaron que, a pesar del reconocimiento constitucional del derecho a la consulta, una serie de normas relativas a actividades de extracción y utilización de recursos naturales o realización de obras de infraestructura, como carreteras y represas habían introducido excepciones o limitaciones procedimentales que violaban este derecho.

Recomendaron que el Estado derogara esta normativa, ajustara el marco jurídico sectorial minero e hidrocarburífero al Convenio 169 de la OIT y estableciera medidas de reparación integral para las comunidades indígenas afectadas por el incumplimiento del derecho a la consulta, y que se garantice la participación plena de las mujeres indígenas en los procesos de consulta.

Tres comunicaciones señalaron que la ley 969 de 2017, que permitía la construcción de una carretera que atravesaba el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS), zonas anteriormente protegidas en las que residían aproximadamente 14 mil personas, en su mayoría indígenas, había suscitado preocupaciones sobre la ausencia de consultas, los perjuicios ambientales y la posibilidad de que se desarrollaran otros proyectos de infraestructura y extracción de recursos naturales en la zona.

Recomendaron que el Estado derogara la Ley 969 y garantizara el derecho al consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas afectados.

Varias instituciones destacaron que la Constitución protegía los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y no contactados. Sin embargo, observaron que la Ley 450 de Protección a Naciones y Pueblos Indígenas Originarios en Situación de Alta Vulnerabilidad no había sido reglamentada y no declaraba la intangibilidad de los territorios ocupados por estos pueblos.

Tampoco la Dirección General de Protección a Naciones y Pueblos Indígenas Originarios (DIGEPIO), prevista por la ley, había sido constituida.

La Defensoría del Pueblo destacó los avances respecto al cumplimiento del derecho a la consulta previa, libre e informada en las áreas de hidrocarburos y minería. Sin embargo, recomendó que el Estado realizara ajustes a los procedimientos de consulta a fin de mejorar la participación de los pueblos indígenas y el acceso a la información oportuna y suficiente sobre impactos ambientales.

El Front Line Defenders (FLD) señaló que en la nueva Ley de 2016 relativa a las funciones de la Defensoría del Pueblo ya no figuraban las referencias anteriores a la independencia de ese órgano respecto de las injerencias políticas y que se consideraba que los defensores del pueblo designados desde entonces se encontraban bajo la influencia de los intereses del Gobierno.

Extractivismo y derechos

En los temas transversales sobre desarrollo, medio ambiente y las empresas y los derechos humanos, tres comunicaciones reportaron que el incremento de las actividades de exploración y explotación minera y de hidrocarburos y la realización de grandes obras infraestructurales, acompañados por medidas legislativas que restaban protección al medioambiente y habían causado varios casos de grave contaminación y de violación de los derechos al agua y la alimentación.

Otra comunicación conjunta observó la prevalencia de un supuesto preminente “interés público” o “carácter estratégico” de las actividades extractivas sobre los derechos humanos de las comunidades afectadas.

También se observó las crecientes emisiones de mercurio por actividades mineras e indicó que, a pesar de haber ratificado el “Convenio de Minamata sobre el Mercurio”, el país no contaba con una legislación integral sobre contaminación por metales pesados.
La comunicación conjunta 16 apuntó que la ampliación de la frontera agrícola, promovida por el Estado, ponía en riesgo los territorios y los medios de vida de las familias indígenas y alimentaba la deforestación y la destrucción de los ecosistemas.

El uso creciente de agroquímicos y la falta de control sobre el uso de los mismos, incluidos los más tóxicos, y la comercialización y el uso de maíz genéticamente modificado a pesar de la prohibición legal existente, también están incluidos en el informe.

Derecho a participar en la vida pública y política

Tres comunicaciones observaron que la Constitución Política del Estado garantizaba el ejercicio de derechos fundamentales, como el derecho de asociación, opinión, libre expresión, información y prensa, pero que en la práctica estos derechos habían sufrido varias limitaciones.

En ese orden se observó que la Ley 351 de 2013, que reglamenta el otorgamiento de la personalidad jurídica a organizaciones no gubernamentales (ONG) que desarrollan actividades en más de un departamento, así como a iglesias y agrupaciones religiosas, y los decretos reglamentarios permitían decisiones discrecionales para la concesión y la revocación de la personalidad jurídica.

“Varias comunicaciones expresaron preocupaciones similares y recomendaron que el Estado derogara esta normativa y respetara los estándares internacionales sobre el derecho a la libre asociación”, señala el informe.

También se estableció que en los últimos años, ONG y defensores de los derechos humanos habían sido víctimas de ataques y actos de hostigamiento, incluidas declaraciones públicas de las autoridades del Gobierno que cuestionaban y estigmatizaban su labor. Recomendaron que el Estado garantizara un entorno seguro y propicio a las ONG y los defensores de los DDHH; investigara todas las denuncias de ataques y hostigamiento en contra de esas entidades, y reconociera públicamente a los defensores de los derechos humanos como agentes legítimos y vitales de la sociedad.

La Fundación Internacional para el Protección de los defensores de los derechos humanos (FLD) indicó que el acoso judicial era una de las formas más habituales de represalia contra los defensores de los derechos humanos, en particular quienes promovían los derechos de los pueblos indígenas, los derechos ambientales y las demandas de que las autoridades del gobierno rindieran cuentas por su actuación.

La FLD señaló que, el 2018, el Estado boliviano había firmado el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, comprometiéndose a promover la participación popular y a fortalecer la protección de los defensores de los derechos ambientales.

La Asociación de Periodistas de La Paz (APLP) reportó que el Gobierno suspendió la asignación de publicidad estatal a medios considerados opositores. La comunicación conjunta observó que esta medida, junto con la obligación de los medios de comunicación de difundir gratuitamente avisos y campañas estatales, generó cuantiosas pérdidas económicas que afectaron en particular a medios medianos y pequeños medios, y a la libertad de prensa.

La comunicación conjunta observó además que diferentes funcionarios del Gobierno acusaban sistemáticamente a periodistas de mentir para fines políticos. La APLP denunció que el Gobierno intentó procesar a periodistas ante la justicia ordinaria sin tomar en cuenta que la ley que rige la actividad informativa señala que los mismos deben ser juzgados por un Tribunal de Imprenta.

Derechos económicos, sociales y culturales

También se observó que la Constitución garantiza los derechos a la alimentación y a la propiedad intelectual colectiva de los saberes de los pueblos indígenas, pero que la normativa existente está orientada a privatizar la semilla y atentaba contra la propiedad colectiva y ancestral de la misma.

En el informe se indica que el uso de agroquímicos y semillas genéticamente modificadas contribuirá a la desaparición de las semillas nativas.

Se observó que los proyectos de suministro de agua no proveían agua en calidad y cantidad suficiente y recomendó que no fueran utilizados para fines políticos. También se reportó la contaminación de fuentes de agua como resultado de actividades extractivas y agroindustriales.

Se solicitó recomendar al Estado declarar como prioridad nacional el tratamiento integral de las cuencas, el abastecimiento de agua potable, el riego y la preservación de las reservas naturales.

Se observó que el sistema de salud público no incluía la medicina tradicional y que la atención médica no se realizaba en la lengua de los pueblos indígenas ni de acuerdo a su cultura y sin perspectiva de género. Pero, además, que en los territorios afectados por la actividad minera, no se contaba con servicios de salud especializados en enfermedades relacionadas con la misma.

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