Las Plataformas de Derechos Humanos y las organizaciones de la COSESU hacemos un urgente llamado a las bancadas del Senado de la República para elegir el mejor perfil profesional y ético que garantice la toma de decisiones judiciales adecuadas y la paridad de género en la Corte Constitucional.
Bogotá, D.C., 3 de septiembre de 2025. Para el día de hoy, el Senado de la República tiene prevista la elección del reemplazo del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, quien culmina su periodo constitucional en la Honorable Corte Constitucional en las próximas semanas. El pasado 14 de agosto, la Corte Suprema de Justicia conformó la terna para esta elección, compuesta por los abogados Jaime Humberto Tobar y Carlos Camargo Assis y la magistrada María Patricia Balanta.
Como le manifestamos en su momento a la Honorable Corte Suprema de Justicia, este proceso de selección es de crucial relevancia para las plataformas y organizaciones que integramos la Comisión de Seguimiento de la Sociedad Civil a la Sentencia SU-546 de 2023 (COSESU), dado que quien resulte elegido o elegida conocerá del proceso judicial que llevó a esta importante decisión. Dicha sentencia no solo reconoció el derecho a defender derechos humanos en Colombia como derecho autónomo, sino también declaró que la falta de protección a los liderazgos sociales y personas que defienden los derechos humanos en el país configura un Estado de Cosas Inconstitucional y emitió una serie de órdenes a diversas entidades para resolver la grave afectación a la vida e integridad de personas defensoras de derechos humanos.
A la fecha, la Corte Constitucional no ha conformado una Sala Especial de Seguimiento, como ha ocurrido en otros casos similares, ni ha establecido interlocución con la Comisión de Seguimiento y las organizaciones defensoras de derechos humanos, quienes hemos presentado varias comunicaciones expresando nuestra voluntad de trabajar en el seguimiento y con propuestas para la materialización de las órdenes. En consecuencia, la labor de evaluación y seguimiento a las entidades obligadas continúa dependiendo del despacho que será ocupado por la persona que resulte electa de la terna definida por la Honorable Corte Suprema.
Ante la gravedad de la crisis humanitaria y de derechos humanos que enfrenta la población defensora de derechos humanos en Colombia, víctima de más de 1.577 homicidios desde 2016, entre ellas 201 mujeres defensoras, y el aumento de estas agresiones, sumada a la notoria ausencia de planes institucionales efectivos de protección y prevención, insistimos en nuestra alerta a las bancadas del Honorable Senado de la República para que elija un perfil que cumpla rigurosamente no solo con el requisito de idoneidad profesional, y probidad quien resulte seleccionada, sino también su compromiso con los derechos humanos y la construcción de paz, asegurando así la integridad, honestidad y rectitud ética de quien llegue a conformar la Corte Constitucional.
Además de lo anterior, insistimos también a esta Corporación garantizar la paridad de género en la conformación del Alto Tribunal. Tanto la Ley 2424 de 2024 como la sentencia C-134 de 2023 exigen que la conformación paritaria en las ternas no es un objetivo deseable, sino un mandato constitucional ineludible en el que se debe asegurar que por lo menos el 50% de los cargos de máximo nivel decisorio estén conformados por mujeres. Actualmente, cursa ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca una acción de cumplimiento que busca garantizar esta exigencia normativa ampliamente reiterada.
Insistimos a las distintas bancadas que conforman el Honorable Senado de la República sobre nuestra preocupación ante las amplias probabilidades que tiene de tener las mayorías para su elección Carlos Camargo Assis, ex Defensor del Pueblo entre 2020 y 2024 y ex Magistrado del Consejo Nacional Electoral entre 2015 y 2017, dado que ha sido ampliamente cuestionado por su gestión en ambos cargos públicos.
Recordamos a las y los Honorables Senadores, que durante su paso por el Consejo Nacional Electoral, fue objeto de señalamientos por archivar sin fundamento investigaciones contra sus aliados políticos, y en la Defensoría se evidenciaron nombramientos en cargos directivos de personas vinculadas a los partidos políticos que apoyaron su elección en la Cámara de Representantes. Además, es de público conocimiento que durante su periodo en la Defensoría se otorgaron contratos a familiares de 7 de los 22 magistrados actuales de la Honorable Corte Suprema de Justicia, quien al final decidió ternarlo a pesar de estos graves cuestionamientos sobre el conflicto de interés.
Adicionalmente, como lo expresamos en su oportunidad a la Corte Suprema de Justicia, sobre la gestión de Carlos Camargo Assis como Defensor del Pueblo, pesan denuncias relacionadas con el presunto uso indebido del laboratorio forense de evidencia digital, financiado mediante un crédito de US$18 millones otorgado a la Defensoría del Pueblo por el Banco Interamericano de Desarrollo. Se ha señalado que dicho laboratorio fue utilizado para perfilar, espiar e investigar a funcionarios sindicalizados de la Defensoría del Pueblo críticos de su gestión. Aunque la Fiscalía General de la Nación adelanta una investigación al respecto, estos hechos configuran un riesgoso precedente para un cargo de tan alta relevancia constitucional.
En cuanto a su desempeño en la defensa y promoción de los derechos humanos en el país, su gestión ha sido calificada como deficiente. Dos situaciones concretas lo ejemplifican. Por un lado, la actuación de la Defensoría durante el Paro Nacional de 2021 fue totalmente ausente, habiendo omitido intencionalmente el acompañamiento al ejercicio de la protesta social, facilitando con su ausencia deliberada, su falta de postura clara y la ausencia de un ejercicio riguroso de veeduría y documentación, las agresiones y el uso desproporcionado y arbitrario de la fuerza de la Policía Nacional que condujeron a la muerte de decenas de ciudadanos y ciudadanas y cientos de casos de privación arbitraria de la libertad. En segundo lugar, frente a los graves hechos ocurridos en la masacre de Alto Remanso en marzo de 2022, donde el Ejército Nacional ejecutó extrajudicialmente a varios civiles, la Defensoría bajo el mando de Camargo Assis, no presentó una condena enfática del actuar desproporcionado de la Fuerza Pública.
Si bien el candidato Camargo Assis cuenta con una amplia experiencia en la función pública, aquella ha estado fuertemente cuestionada por todos los hechos anteriormente mencionados. Además, su perfil no incluye un elemento indispensable para la conformación adecuada de la Corte Constitucional y es la toma de decisiones en derecho. Por el contrario, sus experiencias profesionales han estado mediadas por la parcialización política e ideológica, lo cual es un grave riesgo para la vigencia de un orden político y social justo, como lo ordena la Carta Política.
Exigimos a las distintas bancadas que componen el Senado de la República para que en esta etapa final del proceso de selección ejerza un estricto control de legalidad y ética pública, aplicando con el mayor rigor la exigencia de probidad, y analizando exhaustivamente no sólo los perfiles profesionales sino también los antecedentes éticos de cada persona preseleccionada. La composición de la Corte Constitucional, a quien se le ha confiado la guarda y supremacía del orden constitucional colombiano, no debe estar guiado por cálculos políticos, ideológicos y electorales, sino por la verificación exhaustiva de los mejores perfiles, privilegiando la experiencia en la toma de decisiones judiciales en derecho, y no la parcialización ideológica en la toma de posturas sobre la garantía de los derechos humanos en Colombia.
Suscriben:
Comisión de Seguimiento de la Sociedad Civil a la Sentencia 546 de 2023 – Derecho a Defender derechos – COSESU
Alianza de Organizaciones Sociales
Coordinación Colombia- Europa- Estados Unidos – CCEEU
Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo – PCDHDD
Colectivo de Abogadas y Abogados “José Alvear Restrepo” (Cajar)
Programa Somos Defensores
Asociación Minga
Corporación Jurídica Yira Castro
Instituto Latinoamericano para una Sociedad y un Derecho Alternativos – ILSA
Plataforma de Organizaciones Sociales, de Víctimas y Defensa de los Derechos Humanos de Nariño – POSVDH
Campaña por la Independencia de la Justicia
Corporación Jurídica Libertad – CJL
Descarga comunicado:
20250813 Comunicado Terna Corte Constitucional COSESU