El Ministerio Público ordenó la destitución del uniformado que incurrió en un uso excesivo e injustificado de la fuerza en contra de la víctima, que participaba en las movilizaciones convocadas en rechazo al homicidio de Javier Ordóñez a manos de agentes de Policía.
Por: Jonathan Daniel Beltran Gaviria/Cambio
La Procuraduría inhabilitó y destituyó por 20 años al patrullero Óscar Alexander Márquez, quien habría asesinado a un manifestante en el desarrollo de una jornada de movilizaciones convocada el 9 de septiembre de 2020. Según la investigación, el agente de la Policía Nacional disparó su arma de forma indiscriminada en contra de la víctima y de otras personas que protestaban de forma pacífica.
El Ministerio Público determinó que el uniformado incurrió en un comportamiento relacionado con uso excesivo e injustificado de la fuerza letal que provocó la muerte del ciudadano venezolano Anthony Gabriel Estrada. Según el órgano de control, el patrullero violó los protocolos institucionales sobre el uso de armas y el respeto al derecho a la protesta.
“Óscar Márquez Rojas actuó con dolo al disparar su arma de dotación oficial en un entorno de alta agitación y aglomeración, desconociendo los principios de necesidad, proporcionalidad y precaución, lo que derivó en una falta disciplinaria gravísima”, explicó la Procuraduría en su fallo de primera instancia en contra del uniformado.
Anthony Estrada, quien llegó a Colombia en busca de mayores oportunidades para su familia, fue alcanzado por una de las balas disparadas por agentes de la Policía contra quienes se manifestaban en la estación León XIII, en Soacha. Al parecer, el asesinato se produjo en medio de las fuertes confrontaciones entre uniformados y ciudadanos.
En su decisión, la Procuraduría reiteró que los manifestantes tenían derecho a protestar de forma pacífica como muestra de su inconformismo con el procedimiento policial en el que la noche anterior había perdido la vida Javier Ordóñez. En ese sentido, enfatizó en que los agentes deben actuar en todo momento conforme al Derecho Internacional Humanitario y a los derechos humanos.
La Procuraduría sancionó a otro agente por el uso imprudente de su arma de fuego
El Ministerio Público también determinó que el uniformado Wilmer Andrés Ricaurte, quien se encontraba en funciones durante el desarrollo de las manifestaciones, usó de manera indebida su arma de fuego. Por eso, el órgano de control le impuso una inhabilidad de ocho años por el incumplimiento de los mecanismos institucionales definidos para garantizar la seguridad en las protestas.
“El uniformado Ricaurte Pinilla incurrió en una falta de culpa gravísima al disparar de forma indiscriminada, poniendo en riesgo la vida de los manifestantes”, explicó la Procuraduría. Así mismo, la entidad añadió que su actuación vulneró los protocolos del uso de la fuerza y representó una grave transgresión a los principios que rigen la labor policial en contextos de protesta.
De acuerdo con la Procuraduría, en el desarrollo de las movilizaciones realizadas en el municipio de Soacha se reportó también el fallecimiento de Lorwan Stiwen Mendoza y Cristian Andrés Hurtado. Sus muertes, según la necropsia realizada por los peritos del Instituto de Medicina Legal, se produjo de manera violenta por proyectil de arma de fuego.
Un informe realizado por la ONU reveló que los uniformados Márquez y Ricaurte no fueron los únicos responsables de atentar contra quienes participaron en las movilizaciones de septiembre de 2020. Según su relatoría, el uso ilícito de la fuerza por parte de los integrantes de la Policía fue una práctica reiterada y generalizada con la cual se enfrentaron las alteraciones al orden público.
La decisión de la Procuraduría corresponde a un nuevo avance en el esclarecimiento de los hechos y la administración de justicia en contra de los uniformados que protagonizaron hechos violentos documentados por múltiples organismos internacionales. Sin embargo, el ente de control indicó que su fallo puede ser apelado ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento.