Las audiencias de reconocimiento de los falsos positivos

 

Originalmente publicado en: https://razonpublica.com

Hay que trabajar más para garantizar la verdad y la restauración a las víctimas en las audiencias de reconocimiento de los falsos positivos. ¿Qué hacer?

Audiencias de reconocimiento

El próximo 18 y 19 de julio se realizará en Valledupar la segunda audiencia de reconocimiento de verdad y responsabilidad del caso 003 sobre “Asesinatos y desapariciones forzadas de civiles ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”.

La primera ocurrió en Ocaña, Norte de Santander. Allí, en medio del sinsabor de las víctimas, 11 comparecientes reconocieron su participación y responsabilidad en estos hechos cuando pertenecieron a la Brigada Móvil 15 y al Batallón Santander.

Estos hechos son importantes para el proceso de reconocimiento adelantado ante la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas de la JEP. Pero hay algunas recomendaciones que pueden ayudar a mejorar los enfoques restaurativo y dialógico del proceso, así como a proteger los derechos de las victimas.

Falsos positivos

La Sala comenzó a abordar el caso de las ejecuciones extrajudiciales, los mal llamados falsos positivos, en julio de 2018. Desde un comienzo dio prioridad a la investigación en seis regiones, entre las que están el Norte de Santander y la Costa Caribe, conforme a criterios que publicó posteriormente.

La Sala publicó el Auto 128 el 7 de julio de 2021, donde determinó los hechos y las conductas respecto de las muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate en la región de la Costa Caribe, atribuibles al Batallón de Artillería No. 2 “La Popa” entre enero de 2002 y julio de 2005; y donde identificó a 15 comparecientes como máximos responsables para que reconociesen, o no, su responsabilidad.

Una vez culminados los términos para la presentación de las observaciones de las víctimas y las respuestas de los comparecientes, la Sala recibió 12 escritos de reconocimiento de responsabilidad, de los 15 máximos responsables incluidos en la decisión.

Para el desarrollo de audiencias verdaderamente restaurativas, conviene que la víctima y el compareciente estén de acuerdo sobre los hechos que sirven de base para el reconocimiento, y que deben ser los determinados en el auto que convocó a los comparecientes a reconocer su responsabilidad.

Heber Hernán Gómez Naranjo, Guillermo Gutiérrez, Eduard Álvarez Mejía, Elkin Burgos, Carlos Andrés Lora Cabrales, Efraín Perea, Manuel Valentín Padilla, José de Jesús Rueda Quintero, Elkin Rojas, Yeris Coronel Gómez, Alex José Mercado Sierra y Juan Carlos Soto Sepúlveda siguieron con la ruta del proceso con reconocimiento.

Los otros tres comparecientes siguieron con la ruta del proceso adversarial: Publio Hernán Mejía Gutiérrez, Juan Carlos Figueroa Suárez y José Pastor Ruiz Mahecha.

La JEP ordenó poner en marcha un proceso restaurativo de preparación y realización de audiencias de reconocimiento. Esta decisión quedó consignada en el Auto CDG 208 de 2021.

Reconocimiento

La Ley de Procedimiento de la JEP no ofrece mucha claridad sobre el desarrollo de los procesos de reconocimientos de responsabilidad; se limita a señalar que estos pueden realizarse en una audiencia pública, si así lo considera la Sala, y que podrá disponerse de la presencia de las organizaciones de víctimas.

Sobre las condiciones del reconocimiento de la verdad y la responsabilidad indica que deberá ser voluntario, libre, completo, detallado y exhaustivo.

Además establece que en la audiencia se tendrán en cuenta los principios de la justicia restaurativa para restaurar el daño causado y repara a las víctimas afectadas por el conflicto, transformando así su situación de exclusión social y dándole prioridad a sus necesidades. La aplicación de dichos principios deberá ser integral para garantizar la justicia, la verdad y la no repetición de lo ocurrido.

Pero para el desarrollo de audiencias verdaderamente restaurativas, conviene que la víctima y el compareciente estén de acuerdo sobre los hechos que sirven de base para el reconocimiento, y que deben ser los determinados en el auto que convocó a los comparecientes a reconocer su responsabilidad. Además no pueden perderse de vista las necesidades específicas de las víctimas, o no habrá restauración.

Por eso debe abordarse la tensión que surge entre la dimensión colectiva e individual de la verdad y la reparación. Para eso hay que abordar el fenómeno macrocriminal incorporando los patrones, las políticas que los auspiciaron y su modus operandi en los hallazgos de los autos de determinación de hechos; y reconociendo las demandas de verdad, las necesidades y los daños de las víctimas de casos específicos.

Pueden presentarse otras tensiones, como que quienes participaron en las ejecuciones no sean necesariamente los comparecientes seleccionados en el auto de determinación de hechos.

Para resolver estas tensiones convendría emplear diálogos paralelos en aplicación del régimen de condicionalidad con comparecientes no seleccionados, pero que participaron y son conocedores de los hechos.

En cualquier caso, debe asegurarse en la audiencia que los testimonios de aceptación de responsabilidad aborden los aspectos más importantes del fenómeno macrocriminal y la responsabilidad de las instituciones.

Espacios

Uno de los grandes retos de la audiencia de reconocimiento es la retórica espacial. La disposición del espacio físico y virtual debe estar dedicado al reconocimiento de los crímenes en específico y de las víctimas.

No se trata de un espacio formal del sistema de justicia retributiva. Se necesita una distribución horizontal, con mesas redondas que sirvan para aliviar las tensiones entre los relatos del fenómeno criminal y las necesidades de las victimas, en vez de las salas de audiencias donde los jueces tienen un lugar privilegiado.

Por eso se recomienda adecuar el espacio de la manera que propongan las víctimas y que se permitan las expresiones artísticas, las galerías y otros actos de memoria que se han convertido en importantes medios de resiliencia.

Reglas del proceso

Aunque parezca una obviedad mencionarlo, participar en encuentros restauradores supone que los victimarios aceptan su responsabilidad en un delito, puesto que un componente importante de la audiencia consiste en identificar y reconocer el mal causado.

Si bien el comienzo del proceso restaurativo se debe al reconocimiento de la responsabilidad que por escrito hicieron los comparecientes, se espera que estos actúen con sinceridad.

Este aspecto ha sido desarrollado desde la Relatoría para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición de la ONU. Allí se hizo énfasis en que los actos de reconocimiento implican “la aceptación inequívoca de los hechos sin justificación o explicación, a fin de demostrar que se tiene conciencia de cada injusticia cometida”, así como la mención explícita de las víctimas y del daño que se les causó, para evitar que el reconocimiento sea “vago o eufemístico” y que minimice la gravedad de los hechos.

Esto exige también que los máximos responsables no tengan un interés exclusivo por obtener beneficios jurídicos, sino que reconozcan el espacio como una oportunidad para expresar verdaderamente las razones por las que cometieron los hechos y que ellos mismos comprendan su inmoralidad.

En momentos donde la verdad cobra un protagonismo especial, el protagonismo de las víctimas y el aporte genuino de los victimarios necesita de todos los esfuerzos para que su mensaje transformador y de no repetición llegue con contundencia a la sociedad

Así se hace un llamado al cuidado del lenguaje de los comparecientes para que no sea justificatorio ni se aproveche del espacio para controvertir lo determinado sobre la responsabilidad, como ocurrió en la audiencia de Ocaña en el caso del general Paulino Coronado.

Por eso deben establecerse reglas claras sobre las consecuencias que acarrea el incumplimiento de las dimensiones y la valoración del reconocimiento para el compareciente. Los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para evaluar la responsabilidad internacional de los Estados por graves violaciones a los derechos humanos podrían ser una guía:

  1. El reconocimiento no debe ser de carácter meramente formal;
  2. debe adecuarse el efecto del reconocimiento a la gravedad de las agresiones y las circunstancias especiales del fenómeno criminal; y,
  • debe respetarse la posición de las víctimas.
que paso con falsos positivos
Foto: Facebook:JEP – Participar en encuentros restauradores supone que los victimarios aceptan su responsabilidad en un delito.

Cambios en la sociedad

Por lo demás, la audiencia de reconocimiento es un acto comunicativo y por eso necesita considerar a quiénes va dirigida. Sin duda las víctimas y los comparecientes son los principales destinatarios del proceso restaurativo, pero también la sociedad e instituciones como las fuerzas militares están presentes. Y aquí la fuerza expresiva del mensaje puede ser aún más importante para la no repetición.

Desde esta visión deben evitarse narrativas como la de las “manzanas podridas”, pues desdibujan la responsabilidad de las instituciones que sobrepasa las responsabilidades individuales.

Una sugerencia final dirigida a la JEP: hay que garantizar un margen amplio de flexibilidad en la preparación y en el desarrollo de la audiencia de reconocimiento de responsabilidad.

Es necesario adaptar los programas a las circunstancias individuales de las víctimas y las comunidades donde ocurrieron los crímenes, considerando también los diferentes derechos afectados, las tradiciones y prácticas de las comunidades, y los enfoques diferenciales.

Asimismo deberían evitarse los modelos que homologuen la preparación y el desarrollo de las audiencias de reconocimiento, pues ello atentaría contra una de las características del enfoque: la posibilidad de adaptarse a las necesidades de las partes. La monotonía en el formato de las audiencias también reduciría el interés de la sociedad en seguirlas.

En momentos donde la verdad cobra un protagonismo especial, el protagonismo de las víctimas y el aporte genuino de los victimarios necesita de todos los esfuerzos para que su mensaje transformador y de no repetición llegue con contundencia a la sociedad.

*Este artículo hace parte de la alianza entre Razón Pública y Espacio Litigio Estratégico.

Share This