Organizaciones Internacionales solicitan atención a la continuación del proceso en contra de David Ravelo Crespo

Organizaciones Internacionales solicitan atención a la continuación del proceso en contra de David Ravelo Crespo

Todas las versiones de este artículo: [English] [Español]

 

El pasado 11 de febrero se radicó ante el Tribunal Superior de Bucaramanga, (Santander), la sustentación de la demanda de casación en el marco del proceso judicial adelantado en contra del defensor de derechos humanos David Ravelo Crespo, miembro de la Corporación Regional de Defensa de los Derechos Humanos del Magdalena Medio (CREDHOS), de la ciudad de Barrancabermeja, (Colombia). En numerosas ocasiones las organizaciones y redes internacionales, abajo firmantes, hemos mostrado nuestra preocupación ante las diversas irregularidades denunciadas a lo largo del proceso judicial en contra del Sr. Ravelo, que culminó con la condena en primera y segunda instancia, a 220 meses de cárcel del reconocido defensor de derechos humanos.

 

El Sr. David Ravelo Crespo se encuentra privado de su libertad, desde el 14 de septiembre de 2010, acusado de un “homicidio agravado” cometido en 1991. Consideramos que en un Estado de Derecho es fundamental el respeto de las garantías del debido proceso, incluyendo el derecho a una legítima defensa y a un juicio justo, garantías que, según las denuncias, han sido repetidamente violadas en el desarrollo de este proceso. Por este motivo, cuestionamos esta sentencia condenatoria y volvemos a recordar que David Ravelo no ha gozado de los derechos y garantías exigidos en las normativas nacionales e internacionales, por lo que consideramos que el proceso ha sido viciado y que David Ravelo debe ser puesto en libertad y en todo caso, sometido a un proceso justo e imparcial en el que se le brinden todas las garantías hasta ahora negadas.

Desde que David Ravelo se encuentra detenido, ONG nacionales, internacionales y mecanismos de las Naciones Unidas han llamado la atención sobre su caso y la falta de cumplimiento de los estándares internacionales del debido proceso. El 4 de septiembre de 2013, abogados y abogadas británicas presentaron un escrito de amicus curiae(1) en relación con el juicio y la sentencia contra David Ravelo, ante el Tribunal Superior de Bucaramanga, (Colombia). Entre otras consideraciones, el amicus curiae concluye que el juicio amerita una nulidad y que, en todo caso, David Ravelo debería ser absuelto ya que “la condena del Sr. Ravelo fue en contra del peso de la evidencia que en este caso demostró su inocencia”(2).

Entre las varias irregularidades denunciadas durante el proceso, los abogados de David Ravelo señalaron la ilegitimidad del fiscal que dirigió la investigación, el cual había sido inhabilitado en 1993 para ejercer cualquier función pública, cuando fue vinculado a la desaparición forzada de Guillermo Hurtado Parra, en Armenia, (Quindío, Colombia), por los hechos ocurridos en el año 1991. Además, la defensa de David Ravelo argumenta otra serie de irregularidades como que el proceso actual equivale a una reformulación de los cargos anteriores, de los cuales David Ravelo ya fue absuelto.

Puesto que se vuelve a argumentar, que como parte de la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), ordenó el asesinato de Nuñez Cala. Recordamos que David Ravelo ya estuvo encarcelado 27 meses, entre 1993 y 1995 acusado de rebelión, fue juzgado y absuelto de todos los cargos en primera y segunda instancia y además ganó, posteriormente, una demanda de reparación contra el Estado que fue condenado a indemnizarle por detención arbitraria (3).

Como organizaciones no gubernamentales y redes internacionales, urgimos a las autoridades de Colombia a ordenar la puesta en libertad inmediata del Sr. David Ravelo Crespo, así como admitir y procesar de forma efectiva y transparente el recurso extraordinario de casación interpuesto por la defensa del Sr. Ravelo Crespo. Así mismo, solicitamos que todas las irregularidades que se han venido denunciando desde la encarcelación de David Ravelo, y sus responsables, sean investigados y sancionados conforme al derecho colombiano y los estándares internacionales del debido proceso.

Firman:

– ABColombia, (Plataforma de organizaciones de Reino Unido).
– ASK! – Grupo de Trabajo Suizo por Colombia, (Suiza)
– Brigadas Internacionales de Paz -PBI, (Organización Internacional).
– Colombian Caravana UK Lawyers Group, (Reino Unido).
– Cooperacció, (Estado Español).
– DKA, (Austria).
– Frontline Defenders, (Irlanda).
– Iniciativa Solidaria Internacionalista, (Estado Español).
– Justicia por Colombia, (Estado Español).
– Kolko – Derechos Humanos en Colombia, (Alemania).
– MISEREOR, (Alemania).
– Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos OMCT / FIDH, (Organización Mundial Contra la Tortura – OMCT y Federación Internacional para los Derechos Humanos – FIDH).
– Oficina Internacional de Derechos Humanos –Acción Colombia – OIDHACO, (Plataforma de organizaciones europeas).
– Paz Christi, (Alemania).
– Protection International, (Bélgica).
– Taula Catalana per la Pau i el Drets Humans a Colòmbia, (Estado Español).
– United Steelworkers, (Estados Unidos).
– Washington Office on Latin America – WOLA, (Estados Unidos).

NOTAS:

1. El amicus curiae, (literalmente amigo de la corte o amigo del tribunal), se refiere a presentaciones realizadas por terceros ajenos a un litigio, que ofrecen voluntariamente

su opinión frente a algún punto de derecho u otro aspecto relacionado, para colaborar con el tribunal en la resolución de la materia objeto del proceso.

2. Comité de Derechos Humanos de la Barra de Inglaterra y Gales (BHRC), amicus curiae ante el Tribunal Superior de Santander, en relación con el juicio y la sentencia

dictada por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado-Adjunto- (Providencia nº151, radicado: 2011-0049-01, del 16 de noviembre de 2012. Causa contra David Ravelo Crespo), Párrafo 72.

3. La Sandunga Films: En medio del Magdalena Medio, 2012.

Share This