Persecución y seguimiento contra lideresa judicializada por Paro Agrario de 2013

Persecución y seguimiento contra lideresa judicializada por Paro Agrario de 2013

La compañera en la actualidad se encuentra afrontando un proceso penal, seguido por la Fiscalía 48 Especializada de Villavicencio, por los delitos de Secuestro Simple y Rebelión, estos iniciados a raíz del legítimo Paro Agrario de 2013, donde actuó como mediadora y defensora de derechos humanos. El 8 de septiembre de 2015 fueron dos hombres de civil a buscarla, siendo las 9:00 AM de la mañana en la antigua domiciliaria haciéndose pasar por señores de Fiscalía a la cual la señora de la casa le dijo que ya no viva allí los señores hicieron comentarios que supuestamente perdería la domiciliaria y se retiraron.

 

Villavicencio Meta, 09 de septiembre de 2015

Señor:
DEFENSORÍA REGIONAL DEL PUEBLO
PROCURADURIA REGIONAL DEL META
Ciudad.

Ref.: Persecución y seguimiento a la compañera INGRID PINILLA ESPITIA, Coordinadora Movimiento Político MARCHA PATRIOTICA Guaviare, miembro CONAP, Miembro de la Asociación– ASCATRAGUA, ex candidata a la Cámara de Representantes por el Partido Político UNION PATRIOTICA

La fundación por la defensa de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario del oriente y centro de Colombia, organización no gubernamental que defiende y promueve la defensa de los derechos humanos, DENUNCIA, los hechos acecidos el día 08 de septiembre de 2015 y puestos en conocimiento por la afectada, que ponen en riesgo la vida e integridad de la compañera INGRID PINILLA ESPITIA, quien es Coordinadora Departamental del Guaviare y Delegada Nacional del Movimiento Político MARCHA PATRIOTICA, miembro de la Comisión Nacional de la Coordinación Nacional Popular – CONAP, Miembro de la Asociación de Campesinos Trabajadores del Rio Guayabero – ASCATRAGUA, Víctima del Genocidio contra la Unión Patriótica, ex candidata a la Cámara de Representantes por el Partido Político UNION PATRIOTICA,

HECHOS

1. Que la compañera en la actualidad se encuentra afrontando un proceso penal, seguido por la Fiscalía 48 Especializada de Villavicencio, por los delitos de Secuestro Simple y Rebelión, estos iniciados a raíz del legítimo Paro Agrario de 2013, donde actuó como mediadora y defensora de derechos humanos.

2. Que el día 16 de Julio fue capturada en el hospital de San José del Guaviare, por agentes del CTI, en momentos en que se encontraba cuidando de su menor hijo el cual había salido de una cirugía de perforación de un pulmón y estaba en un grave estado de salud.

3. Que en audiencias concentradas el día 17 de Julio en la ciudad de Villavicencio, por decisión del juez de control de garantías acogiendo la solicitud impetrada por la defensa se le concedió la detención preventiva en su lugar de residencia, esta ubicada en San José del Guaviare.

4. Que una vez traslada por el INPEC, a San José del Guaviare donde cumpliría esta medida preventiva y habiéndoLe presentado a la personería la estación de policía y la cárcel municipal para la respectiva reseña y arraigo, me dirigí al apartamento, donde hemos visto una camioneta sospechosa que se ha quedado por horas al frente de mi apartamento con placas DYH 631 de color blanco.

5. Que el 25 de julio de 2015 la camioneta estuvo parqueada desde las 7 de la noche hasta las 11:00 PM y el 26 desde las 9 de la mañana a las 10:00 AM.

6. El apartamento donde estaba queda a la orilla de la calle donde en las noches es muy oscuro y temía por un atentado o algo más.

7. Que en razón a ello, solicitó a los abogados de la fundación DHOC, junto con mi abogado de confianza le ayudaron a que el juzgado de Villavicencio le otorgara el cambio de domicilio, solicitud que fue atendida hace 8 días junto a una acta de compromisos otorgada por la rama judicial.

8. Que el 8 de septiembre de 2015 fueron dos hombres de civil a buscarla, siendo las 9:00 AM de la mañana en la antigua domiciliaria haciéndose pasar por señores de fiscalía a la cual la señora de la casa le dijo que ya no viva allí los señores hicieron comentarios que supuestamente perdería la domiciliaria y se retiraron.

9. Por medio de una llamada la señora le informó de los hechos a lo cual e Ingrid le dijo que para una próxima pidiera por favor identificación y números telefónicos de la persona que van y que si necesitaban alguna información las únicas responsables de su seguridad y vigilancia son el INPEC departamental y la cárcel de Granada (Meta).

10. Siendo las 6 de la tarde aproximadamente llegaron los mismos señores preguntando nuevamente por ella y esta oportunidad la señora les pidió sus respectivas identificaciones lo cual a los señores le contestaron con indignación que ellos no tenían por qué hacerlo y entraron sin ningún permiso a registrar la casa y llegar hasta la habitación donde antes vivía.

11. Que por lo anterior vemos que la vida e integridad de la compañera INGRID PINILLA ESPITIA y su núcleo familiar, están en grave riesgo, ya que son acciones que denotan la persecución en su contra.

Ante estos graves hechos:

EXIGIMOS

A las autoridades civiles y de protección nacional, departamental y municipal, en especial para con los defensores/as de derechos humanos con base a la resolución de la asamblea general de las naciones unidas 53/144 del 9 de diciembre de 1.998 salvaguardar la vida, integridad, libertades y libre desarrollo garantizada de las actividades que se adelantan y adelantaran en pro del progreso y desarrollo de las comunidades del oriente colombiano, en especial para con la situación expresada en el contexto de los hechos narrados anteriormente en pro de salvaguardar y proteger la vida e integridad de LA Compañera INGRID PINILLA ESPITIA y su núcleo familiar.
SOLICITAMOS

• Al Defensor Regional (DEFENSORIA DEL PUEBLO): instar, requerir y exhortar a las autoridades civiles y de seguridad ciudadana tanto departamental como municipal para el caso de puerto libertador con el fin de brindar escenarios de seguridad y salvaguarda permanente de las vidas e integridad de la dirigente social, política y campesina INGRID PINILLA ESPITIA.
• A la Procuraduría General de la Nación vigilar y requerir a las instituciones pertinentes y/o competentes en pro de que brinden garantías para el libre desarrollo del derecho a la defensa y promoción de derechos humanos en el territorio colombiano,
• A la Oficina en Colombia de la Organización de las Naciones Unidas acompañar este acontecimiento victimizante haciendo seguimiento a las labores que adelanten las autoridades civiles, administrativas, de seguridad e investigación en materia de prevención de hechos que afecten o degraden la vida e integridad de la dirigente social, política y campesina INGRID PINILLA ESPITIA y su núcleo familiar.

Atentamente,

OMAR BETANCOURT LEON
Secretario General

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