Bogotá, 13 de junio de 2024. Luego de 2 años, 1 mes y 17 días, el Juzgado Décimo Penal con función de control de garantías de Neiva otorgó esta tarde la libertad a 8 jóvenes, entre líderes, periodistas y defensores de derechos humanos, quienes habían sido detenidos por orden de la Fiscalía en Neiva el 27 de abril de 2022 en el contexto del denominado estallido social.
Inicialmente, la Fiscalía los había acusado de delitos tan graves como terrorismo y secuestro, lo que justificó la decisión de privarlos de la libertad, al considerar que podían constituir un peligro para la sociedad. Aceptando su error, seis meses después de haber sido detenidos, la misma Fiscalía retiró estos delitos del caso.
“Desde el Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar), consideramos que estos jóvenes y periodistas nunca debieron ser privados de la libertad y que el derecho a la protesta nunca debió ni debe seguir siendo estigmatizado ni criminalizado. Celebramos esta decisión de devolverles su libertad y reconocemos la labor judicial que en este momento se ejerce en garantía del derecho humano a la libertad y del Estado social de derecho”, afirmó la abogada de Cajar, July Henríquez.
Explicó la abogada que en este caso la Fiscalía se extralimitó al solicitar una privación de la libertad con una imputación desproporcionada, que privó de la libertad a estos jóvenes durante más de dos años, sin que hayan sido llevados a juicio.
El sistema penal acusatorio y el sistema interamericano de derechos humanos establecen que la libertad debe ser la regla general, y su privación, la excepción. La ley establece límites de duración de las medidas de aseguramiento impuestas en los procesos penales como, por ejemplo, que hayan transcurrido 240 días desde la presentación del escrito de acusación y que las personas no hayan sido llevadas a juicio, según los artículos 317 del Código de procedimiento penal.
En este caso, han transcurrido 661 días desde la radicación del escrito de acusación por parte de la Fiscalía y no se ha dado inicio al juicio oral, lo cual excede el término máximo de 240 días, motivo por el cual la juez ordenó su libertad inmediata.
Finalmente, vale la pena recordar que, durante el estallido social, el gobierno de Duque y la fiscalía de Barbosa, estigmatizaron y criminalizaron la protesta social, asociando este derecho de manera general con acciones criminales y grupos delincuenciales organizados, para restar importancia a las justas demandas sociales de la población colombiana a nivel nacional. Este tratamiento peligrosista perjudicó a centenares de jóvenes a nivel nacional, quienes fueron presentados ante los medios de comunicación como terroristas secuestradores y otras conductas de gran impacto ante la opinión pública.