PERSISTE GRAVE SITUACION DE DERECHOS HUMANOS Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO EN COLOMBIA

En Colombia, las violaciones a los derechos humanos y al derecho humanitario continúan siendo sistemáticas y generalizadas. Sin pretender un análisis exhaustivo sobre todas y cada una de las modalidades de violación, durante la primera administración del presidente Álvaro Uribe Vélez (2002-2006) resaltan tres tendencias de la situación de derechos humanos y derecho humanitario.

 

 

En Colombia, las violaciones a los derechos humanos y al derecho humanitario continúan siendo sistemáticas y generalizadas. Sin pretender un análisis exhaustivo sobre todas y cada una de las modalidades de violación, durante la primera administración del presidente Álvaro Uribe Vélez (2002-2006) resaltan tres tendencias de la situación de derechos humanos y derecho humanitario: i) la ocurrencia de violaciones del derecho a la vida, a consecuencia de la violencia sociopolítica, se mantiene dentro de la tendencia de la última década; ii) el incremento de las detenciones arbitrarias es una de las consecuencias más visibles de la aplicación de la política de “seguridad democrática”; y iii) la paulatina y creciente paramilitarización de la sociedad y las instituciones colombianas es un hecho notorio y grave, a pesar de las negociaciones entre el Gobierno y los grupos paramilitares. [1]

La comunidad internacional continúa preocupada por la situación de derechos humanos y derecho humanitario en Colombia. En ese sentido, la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en su último informe sobre Colombia, advirtió:

“Durante 2005, la situación de los derechos civiles y políticos estuvo caracterizada por graves violaciones. Se dio seguimiento a denuncias de violaciones a los derechos a la vida, a la integridad y seguridad personales, a la libertad y al debido proceso. Asimismo se denunciaron violaciones al respeto de la vida privada y de la intimidad, y a las libertades fundamentales de opinión y expresión, de reunión, de circulación y de residencia. La oficina en Colombia ha podido observar un patrón de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas, asociadas a violaciones vinculadas a la administración de justicia y la problemática de la impunidad. También se observaron detenciones arbitrarias, torturas, tratos crueles inhumanos o degradantes y ataques a la libertad de expresión”. [2]

1. Persistencia de críticos niveles de violación del derecho a la vida

Durante el primer gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez (agosto de 2002 a agosto de 2006), se redujo el número total de personas asesinadas o desaparecidas por fuera de combate, a consecuencia de la violencia sociopolítica, en relación con las cifras correspondientes al cuatrienio inmediatamente anterior. No obstante, la comparación de los datos anuales sobre el último decenio (julio de 1996 a junio de 2006) evidencia la persistencia de una tendencia estable (véase línea recta en la gráfica), que representa una realidad crítica: en promedio, cada año fueron asesinadas o desaparecidas, por fuera de combate, por lo menos 3.145 personas. Eso significa que la persistencia de la violencia sociopolítica en Colombia, sin tomar en consideración las muertes en combate ni otras violaciones a los derechos humanos y al derecho humanitario, cada año produce el mismo número aproximado de víctimas producidas durante los 17 años de dictadura en Chile (se suele referir la cifra aproximada de tres mil víctimas de asesinato o desaparición forzada).

Durante el período comprendido entre julio de 2002 y junio de 2006, por lo menos 11.084 personas fueron asesinadas o desaparecidas por fuera de combate, a consecuencia de la violencia sociopolítica. En promedio, más de siete (7,7) personas fueron asesinadas o desaparecidas cada día, durante la primera administración del presidente Álvaro Uribe Vélez [3].

En los casos en los cuales se conoce el presunto autor genérico, la responsabilidad del 74,5% de las muertes y desapariciones por fuera de combate es atribuible al Estado: por perpetración directa de agentes estatales, el 12,1% (752 víctimas); y por tolerancia, aquiescencia o apoyo a las violaciones cometidas por los grupos paramilitares, el 62,4% (3.887 víctimas). Así mismo, las guerrillas habrían sido autoras del 25,5% (1.588 víctimas) de las muertes y desapariciones [4].

En relación con las cifras correspondientes a la administración del presidente Andrés Pastrana Arango, durante el primer gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez descendió el número total de personas muertas o desaparecidas por fuera de combate, a consecuencia de la violencia sociopolítica. Entre julio de 1998 y junio de 2002, fueron muertas o desaparecidas, en promedio, más de diez personas (10,8) cada día [5]. En relación con las cifras correspondientes a los dos últimos años de la administración del presidente Ernesto Samper Pizano, durante los dos últimos años del primer gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez es muy similar el número total de personas muertas o desaparecidas por fuera de combate, a consecuencia de la violencia sociopolítica. Entre julio de 1996 y junio de 1998, fueron muertas o desaparecidas, en promedio, más de seis personas (6,2) cada día. [6] Entre julio de 2004 y junio de 2006, también fueron muertas o desaparecidas, en promedio, seis personas cada día .

Durante la primera administración del presidente Álvaro Uribe Vélez, la responsabilidad directa del Estado en la comisión de ejecuciones extrajudiciales o arbitrarias aumentó en un 60%. En promedio, entre julio de 2002 y junio de 2006, agentes estatales serían responsables de la muerte de 188 personas cada año. Entre julio de 1998 y junio de 2002, a agentes estatales se atribuyó la responsabilidad por la muerte de 118 personas cada año, en promedio. Entre 2004 y 2005, tan sólo en la jurisdicción de los municipios del oriente de Antioquia, miembros de la Fuerza Pública presuntamente habrían sido responsables de la ejecución extrajudicial de setenta personas civiles. La Fuerza Pública reportó el deceso de cuarenta de esas personas como guerrilleros muertos en combate [7].

La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha sostenido que, durante 2004 y 2005, aumentó el número de denuncias sobre ejecuciones extrajudiciales perpetradas por miembros de la Fuerza Pública y advirtió que la persistencia de un número elevado de ejecuciones extrajudiciales no es fortuita, sino que obedece a un patrón de ocurrencia [8]. Así mismo, en junio de 2006, la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos dirigió una comunicación al Procurador General de la Nación mediante la cual manifiesta su preocupación por los indicios existentes sobre 37 eventos de presuntas ejecuciones extrajudiciales y le solicita que adelante las investigaciones disciplinarias correspondientes [9]. Sin embargo, durante el 61° período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el Presidente de la República sorprendentemente sostuvo que cada vez son menos las quejas en contra de miembros de la Fuerza Pública por violaciones de derechos humanos:

“(…) los derechos humanos son un imperativo de la seguridad. En los últimos años hemos crecido la fuerza pública en un 30%, las operaciones militares se han multiplicado por 3 y simultáneamente las quejas contra la fuerza pública se ha reducido en un 38%. Esto cobra más importancia al tratarse de un país con plena democracia interna y totalmente abierto a la supervisión y crítica internacional, como ha ocurrido a través de la presencia de una oficina de la Alta Comisionada de Derechos Humanos” I [10] .

Durante el primer cuatrienio del presidente Álvaro Uribe Vélez, los grupos paramilitares continúan siendo los mayores violadores del derecho a la vida. Entre julio de 2002 y junio de 2006, esos grupos asesinaron o desaparecieron forzadamente a 972 personas cada año, en promedio. Entre julio de 1998 y junio de 2002, los grupos paramilitares asesinaron o desaparecieron cada año, en promedio, a 1.950 personas. A pesar del cese de hostilidades que pactaron con el Gobierno, entre el 1° de diciembre de 2002 hasta el 30 de junio de 2006, por lo menos 3.002 personas fueron asesinadas o desaparecidas por grupos paramilitares. Las cifras podrían ser mucho más altas, si se tiene en cuenta que tan sólo el frente José Pablo Díaz [11], bajo el mando de ‘Jorge 40’ y perteneciente al Bloque Norte de las Auc, habría perpetrado 558 asesinatos, entre 2003 y 2005, en un municipio de Magdalena, 17 municipios de Atlántico y el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla [12].

Durante el primer gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez, la responsabilidad de los grupos guerrilleros en la comisión de asesinatos o desapariciones forzadas se redujo en un 32%. Entre julio de 2002 y junio de 2006, en promedio, las guerrillas asesinaron o desaparecieron a 397 personas cada año, por fuera de combate. Entre julio de 1998 y junio de 2002, a las guerrillas se atribuyó la responsabilidad por la muerte de 521 personas, en promedio, cada año. A pesar de la disminución del número de personas muertas o desparecidas por las guerrillas, continúa siendo muy alto el número de víctimas mortales ocasionadas por las acciones de las guerrillas que infringen el derecho humanitario.

2. Incremento desmesurado de las detenciones arbitrarias

En Colombia, las detenciones arbitrarias se han convertido en una práctica generalizada, masiva y sistemática. Durante el período comprendido entre el 7 de agosto de 2002 y el 30 de junio de 2006, por lo menos 6.912 personas fueron detenidas arbitrariamente. Eso significa que cada día, en promedio, fueron detenidas arbitrariamente casi cinco (4,7) personas [13]
. En relación con las cifras correspondientes a los seis años precedentes, durante la administración del presidente Álvaro Uribe Vélez las detenciones arbitrarias se incrementaron en un 240,9%. Entre julio de 1996 y junio de 2002, por lo menos 2.869 personas fueron víctimas de detención arbitraria. Eso significa que cada día, en promedio, más de una persona (1,3) fue detenida arbitrariamente [14] .

Entre los principales rasgos que caracterizan la ocurrencia de las detenciones arbitrarias, se destacan los siguientes (con base en información documentada detalladamente por el Observatorio [15] ):

Carácter masivo e indiscriminado. Entre el 7 de agosto de 2002 y el 6 de agosto de 2004, por lo menos 5.535 personas fueron detenidas arbitrariamente en 77 eventos de capturas masivas, en los cuales fueron aprehendidas simultáneamente entre diez personas [16] y dos mil personas [17]. Las capturas masivas ocurrieron durante la realización de operaciones militares o policiales que, en muchos casos, contaron con el irregular apoyo de la Fiscalía General de la Nación.

El 11 de febrero de 2006, en la inspección de policía Piñuña Negro (Putumayo), miembros de la Fiscalía General de la Nación detuvieron a diez personas. Como motivo para practicar la detención arguyeron la existencia de “sospecha”, pues no traían consigo orden judicial alguna [18].

El 5 de marzo de 2006, en el caserío Pueblo Nuevo de Tame (Arauca), aproximadamente a las 8:30 de la mañana, fueron detenidas 14 personas [19] por militares adscritos a la Brigada VIII y la Brigada Móvil n.° 5 del Ejército Nacional, detectives del Departamento Administrativo de Seguridad (Das) y funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigaciones (CTI) de la Fiscalía General de la Nación. Los funcionarios y militares encerraron a la población del caserío en las instalaciones del Colegio de Promoción Agropecuaria y, sin poseer mandamiento judicial, capturaron a las 14 personas que fueron señaladas por seis reinsertados que pertenecieron a grupos guerrilleros [20].

La ocurrencia de esas detenciones masivas nunca se fundó en investigaciones serias y, en cambio, reveló que el único motivo que había contra las personas aprehendidas simultáneamente era considerarlas “sospechosas” de colaborar con los grupos guerrilleros [21] . Además, el Presidente de la República intentó justificar como una necesidad imperiosa su realización:

“Cómo nos preocupa el occidente de Caldas y su confluencia con el occidente de Risaralda, (…) estamos en la misma tarea. En esta zona se han adelantado unas operaciones masivas. Disgustan a muchos observadores nacionales e internacionales, pero es una manera de aislar a los terroristas, de quitarles los puntos de apoyo, de afectarles las fuentes de abastecimiento.

“La semana pasada le dije al General Castro Castro que en esa zona no podíamos seguir con capturas masivas de 40 o de 50 todos los domingos, sino de 200, para acelerar el encarcelamiento de los terroristas y golpear estas organizaciones” [22].

Inexistencia de orden de captura válida. Es frecuente que las detenciones arbitrarias ocurran sin que exista mandamiento escrito de la autoridad judicial competente, mediante el cual se ordene la captura de una o varias personas. En esos casos, además, las circunstancias que rodean la privación de la libertad no corresponden a una situación de flagrancia, ni se adecuan a una situación que justifique la realización de una “captura administrativa”. También es frecuente que la orden de captura no sea válida porque: i) no contiene datos precisos que permitan la identificación e individualización previa y adecuada de la persona que debe ser aprehendida; ii) se elabora durante el momento en que las autoridades practican la aprehensión; o iii) su elaboración se efectúa después de que las autoridades han restringido la libertad de una o varias personas (entre otros, véase caso Operación Soberanía (Caquetá) [23] ).

Órdenes de captura expedidas sin que existan motivos fundados que las justifiquen. Según las normas de procedimiento penal colombianas, la expedición de una orden de captura debe producirse en el marco de un proceso formal, es decir, después de que la autoridad judicial haya decidido la apertura de instrucción. Para tomar esa decisión, la autoridad judicial debe contar con suficientes elementos sobre la existencia de una conducta punible y la individualización o identificación de los presuntos responsables, así como con suficientes motivos para presumir la responsabilidad penal de las personas procesadas. Si tuviese dudas, la autoridad judicial está obligada a realizar o continuar las diligencias de investigación previa.

Frecuentemente, las autoridades judiciales han emitido órdenes de captura que desconocen la legislación procesal colombiana, pues la decisión de expedirlas no está suficientemente motivada. En muchos casos, la expedición de órdenes de captura no está antecedida de averiguaciones previas adecuadas. De tal forma, las autoridades judiciales deciden la privación de la libertad de una persona, presumiendo como ciertas: i) las acusaciones formuladas por “informantes”, “cooperantes” y “reinsertados”; y ii) las acusaciones contenidas en informes de inteligencia y órdenes de batalla producidas por la Fuerza Pública y los organismos de seguridad (entre otros, véase caso La Palma (Cundinamarca) [24] ) .

Utilización ilegal de informes de inteligencia y órdenes de batalla como pruebas. A pesar de que la legislación procesal establece que los informes de inteligencia y las órdenes de batalla no pueden obrar como pruebas válidas en un proceso penal, en muchos casos, las autoridades judiciales han procesado y ordenado la captura de personas arguyendo como motivo válido y suficiente la información contenida en esos informes (entre otros, véase caso Granada (Antioquia) [25] ).

Señalamientos de “informantes”, “cooperantes” y “reinsertados”. La mayoría de detenciones arbitrarias ocurridas recientemente en el país se fundan en señalamientos efectuados por “informantes”, “cooperantes” y “reinsertados” (que colaboran con la Fuerza Pública y los organismos de seguridad estatales), según los cuales las personas detenidas tienen algún tipo de vínculo con los grupos guerrilleros. El examen de 37 procesos penales (relacionados con la detención arbitraria de más de 1.500 personas) permitió determinar que: i) en la mayoría de casos, la información aportada por “informantes”, “cooperantes” y “reinsertados” fue inconsistente (no obstante, las autoridades judiciales le otorgaron el carácter de indicios o testimonios válidos a sus señalamientos); ii) en algunos casos, se identificaron con un documento falso o con dos documentos de identidad distintos; iii) el suministro de información estaba condicionado por un beneficio económico o un beneficio judicial; y iv) varias personas que contribuyeron a la detención y el procesamiento de “presuntos guerrilleros”, aparecen aportando información, simultáneamente, en múltiples procesos, radicados en distintas zonas del país (distantes entre sí).

El 29 de enero de 2006, en la cabecera del corregimiento El Coco de Tiquisio (Bolívar), miembros del batallón Nariño del Ejército Nacional detuvieron a Edilberto Pérez y Edinson Campuzano de la Rosa. Los militares no traían consigo órdenes de captura. Arguyeron como motivo de la detención de ambas personas la existencia de señalamientos en su contra, formulados por “informantes” y paramilitares desmovilizados. Hacia la medianoche de ese día, fueron dejados en libertad, aunque condicionaron la liberación de Edinson Campuzano a que se presentara a la guarnición militar, acompañado de su padre, al día siguiente.

Manipulación de pruebas judiciales. Durante el procesamiento de muchas personas capturadas, a la arbitrariedad de las aprehensiones se suma la manipulación de pruebas: i) en muchos casos, autoridades judiciales o miembros de la Fuerza Pública han instruido sobre el contenido de la declaraciones a quienes sirven de testigos (normalmente “informantes”, “cooperantes” y “reinsertados”), con el propósito de incriminar a las personas procesadas; ii) en algunos casos, militares subalternos han sido presionados por sus mandos para rendir testimonios que incriminen a las personas procesadas; iii) en otros casos, miembros de la Fuerza Pública y los organismos de seguridad estatales han adicionado datos a la información suministrada por “informantes”; iv) en algunos casos, las autoridades judiciales han falsificado los documentos que contienen las diligencias de indagatoria y reconocimiento en fila; y v) en muchos casos, son notorias las irregularidades de las diligencias de reconocimiento en fila o presentación de fotografías (entre otros, véase caso Operación Orión (Medellín) [26]).

Detenciones que resultan del ejercicio de derechos o libertades. De manera particular, la práctica sistemática de detenciones arbitrarias afecta a quienes ejercen la defensa de los derechos humanos y a las personas que ejercen legalmente la oposición política.

El 21 de marzo de 2006, en el sitio El Mangolo de Apartadó (Antioquia), aproximadamente a las 8:45 de la mañana, Gildardo Tuberquia (integrante del Consejo Interno de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó) fue detenido en un puesto de control (retén) de la Policía Nacional. La razón de la detención fue que Gildardo se negó a dejarse empadronar y exigió a los policías que acataran la sentencia C-1024 de 2002 de la Corte Constitucional, mediante la cual el alto tribunal prohibió que las autoridades administrativas obligaran a la población a suministrar informaciones de carácter personal (relativa a sitios de vivienda y trabajo, actividades, relaciones de familia y otras, diferentes a la identificación legal de la persona). Debido a la presión nacional e internacional, tres horas más tarde fue puesto en libertad.

Detenciones con el propósito de obligar a las personas a guiar las tropas militares. Durante la realización de operaciones contrainsurgentes, se ha convertido en una costumbre militar obligar a personas civiles a servir de guías de las tropas en aquellas zonas sobre las cuales los militares no tienen suficiente conocimiento.

El 29 de enero de 2006, en la vereda Las Nieves de Río Viejo (Bolívar), aproximadamente a las 2:30 de la tarde, militares adscritos al batallón Nariño del Ejército Nacional privaron de la libertad al joven Edwin Santander Luna y lo obligaron a conducirlos hasta la vereda Mina Yuca, también ubicada en la jurisdicción de Río Viejo.

Detención ilegal de menores de edad. En algunos casos, durante la realización de operativos militares, también son detenidas personas que aún no tienen la mayoría de edad (entre otros, véase caso Santo Domingo (Antioquia) [27]).

El sábado 4 de febrero de 2006, en el caserío La Cafra de Vista Hermosa (Meta), militares adscritos al batallón de Contraguerrilla n.° 53 del Ejército Nacional detuvieron a Dugan Velandia Oliveros, de 16 años de edad. Cuando un defensor de derechos humanos indagó por la detención, inicialmente, los militares ocultaron su paradero. Posteriormente, reconocieron tenerlo en su poder y anunciaron que no lo liberarían antes del lunes 6 de febrero de 2006.

Asesinatos, desapariciones y atentados posteriores en contra de personas que fueron sometidas a detención arbitraria. En algunos casos, existen serios indicios sobre los vínculos que habría entre la detención arbitraria de una persona y su posterior asesinato o desaparición.

El 20 de marzo de 2004, Gilberto Cadena fue detenido arbitraria por unidades del Gaula de Barranquilla. Con base en señalamientos formuladas por “informantes”, fue acusado de participar en el atentado contra el entonces candidato presidencial Álvaro Uribe Vélez, ocurrido el 15 de abril de 2002, y en el atentado contra el centro comercial Vivero-Sao, ocurrido el 16 de diciembre de 2003. El 7 de marzo de 2005 Gilberto recobró la libertad, luego de que las autoridades judiciales precluyeran la investigación en su contra. En relación con el atentado contra el centro comercial, el 10 de junio de 2004, en Barraquilla, también fue detenido Mauricio Avilez, quien permaneció recluido en la cárcel distrital El Bosque hasta el 20 de octubre de 2004.

El 27 de diciembre de 2005, en Barranquilla (Atlántico), Gilberto Cadena Bohórquez, integrante de la Asamblea Nacional de Desplazados (Andescol), fue abordado en la estación central de autobuses interurbanos de Soledad 2000, por una persona de nombre Arnoldo Echeverría, quien se presentó como trabajador de la Segunda Brigada del Ejército e informante del programa de reinserción. Arnoldo le propuso a Gilberto Cadena que se sumara a ese programa:

“Si usted quiere trabajar conmigo, cuadramos con Sergio, el encargado del Gaula en Barranquilla, llámelo al celular -anotándole dos números de celulares: 3152392091 y el 3004976864- o marca el numero 147 pregunta por Sergio y ahí mismo se lo pasan (…). Yo me encuentro con él en Metrocentro, mi celular es 3157963497, píenselo y me llama o llama a Sergio y si no quiere trabajar con él, yo lo comunico con Gregorio que es el encargado en Bogotá. Si usted dice que sí, le ayudamos a su familia y la sacamos enseguida para Bogotá o para donde usted quiera, y le vamos a pagar bien para que no ande llevado y sus hijos estén mejor. Píenselo y nos dice”.

A cambio de los servicios que prestara Gilberto, recibiría un pago de $2.200.000 (U.S $1.000), según le dijo Arnoldo, quien también le manifestó que él era muy importante, pues conocía a varios defensores de derechos humanos, entre ellos a Mauricio Avilez y Milton Mejía. Respecto a esos dos defensores de derechos humanos, Arnoldo Echeverría manifestó: “a estos dos defensores se les va a dar bala”; “son escorias que tenemos que fregar o eliminar porque se mueven para la guerrilla”; “nosotros supimos que él (Mauricio Avilez) estuvo en Barranquilla en diciembre en reuniones en el Presbiterio, él duro acá varios días nosotros le estábamos siguiendo la pista pero se nos perdió”; y “sabemos que te reunías con Mauricio y Milton Mejía (…) en el Presbiterio; esa iglesia es fachada de la guerrilla, ahí se manejan cosas de las Farc y el Eln. Milton y Mauricio trabajan con las Farc (…) a ellos los queremos, no para meterlos presos, sino para otra cosa”.

El 9 de enero de 2006 Gilberto Cadena fue abordado nuevamente por el informante Arnoldo Echeverría. Gilberto le manifestó que no quería meterse en problemas y que no contara con él. El 12 de enero de 2006, aproximadamente a las 9:00 de la mañana, Gilberto advirtió que la puerta de su casa había sido forzada y sus enseres destruidos. También encontró un papel en el que estaba escrito: “está muerto”. Unos minutos después, salió a la calle para comentar los hechos con dos conocidos, Luis Aurelio Rudas Revollo y Anarael Alfonso Daigo Montes. Cuando estaba hablando con ellos, en la esquina de la calle 50 con carrera 14, dos hombres que se desplazaban en motos blancas se les acercaron y dispararon. Luis Rudas murió en el acto y Alfonso Diago unos minutos después, mientras que Gilberto Cadena logró escapar.

El 15 de enero de 2006 el informante del Gaula, Arnoldo Echeverría, arribó a la casa de Gladys Londoño, esposa de Gilberto Cadena, la indagó sobre el paradero de su marido, la amenazó y le dijo que transmitiera el siguiente mensaje: “todavía tiene otra oportunidad, podemos trabajar juntos y no va a pasar nada”. Tras esos sucesos, Gladys Londoño, al igual que su esposo, se vio obligada a abandonar su lugar de residencia, llevando consigo a sus cuatro hijos. Durante la noche del 26 de enero de 2006, el informante del Gaula llegó al lugar de refugio temporal de Gladys Londoño, la amenazó de nuevo y le advirtió que tenía plazo hasta la noche del siguiente día para que Gilberto apareciera: “su esposo tiene que aparecer a las buenas o las malas (…) tiene hasta mañana en la noche para decir donde está o para que aparezca (…) todavía existe forma de ayudarle, por ‘la vuelta’ en que Gilberto tiene que ayudar le van a dar cinco millones” [28]
.
3. Creciente paramilitarización de la sociedad y las instituciones

Transcurrido más de un año, nuevas evidencias permiten reafirmar la idea de una ampliación de la influencia política, social, económica y militar del paramilitarismo [29]
. Un caso regional paradigmático es la influencia ejercida en la Costa Caribe, especialmente en Atlántico, por las estructuras paramilitares encabezadas por Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’. La información que encontró la Fiscalía General de la Nación el 11 de marzo de 2006, cuando allanó la residencia del capitán (r) Edgar Ignacio Fierro Flórez del Ejército Nacional (conocido por los alias de ‘Don Antonio’ y ‘Comandante 101’), ubicada en Santa Marta (Magdalena), y practicó su captura [30] , pareciera que le permitirá al país “conocer por primera vez las entrañas de un grupo paramilitar” [31] . Se trata diverso material que la Fiscalía incautó y sometió a cadena de custodia, mediante su agrupación en nueve bolsas [32] , y de información virtual contenida en los dispositivos electrónicos de dos computadores y una memoria portátiles, aparatos que fueron hallados en la mesa principal del comedor de la vivienda de Fierro Flórez [33] . Seguramente, los medios escritos de prensa y televisivos continuarán divulgando el contenido de toda la información incautada durante lo que resta de 2006 [34].

Durante 2006, al tiempo que culminaron las ceremonias de desmovilización de los grupos paramilitares, se ha tenido noticia de varios escándalos que dan cuenta de la influencia política, económica e institucional que aún mantienen esos grupos [35] . Entre todos, hay uno que reviste la mayor importancia: la infiltración paramilitar en el Departamento Administrativo de Seguridad (Das). A pesar de su gravedad, por tratarse de una institución nacional y de un organismo de inteligencia bajo la tutela directa del Presidente de la República, antes de finalizar 2006 pareciera a punto de ser condenado al olvido.

Posibles vínculos de la Dirección del Das con grupos paramilitares. Según el ex jefe de la Oficina de Informática y Comunicaciones del Das, Rafael Enrique García Torres, el ex Director de ese organismo de seguridad, Jorge Noguera, fijó “como uno de los ejes centrales de su administración (…), la colaboración con los grupos de autodefensa” [36] . Esa colaboración habría tomado forma “específicamente en la Costa Atlántica, (…) con el Bloque Norte, el cual es liderado por ‘Jorge 40’, inclusive muchas veces le escuché decir a Jorge Noguera que ‘Jorge 40’ estaba muy agradecido con él, (…). Jorge mantenía contactos con Hernán Giraldo (jefe del Frente Resistencia Tayrona), David Hernández, si no estoy mal alias ‘39’ que era el jefe de las autodefensas en el Cesar, ‘Jorge 40’ que en aquel entonces era el segundo al mando en el Bloque Norte y algunas veces lo escuché mencionar a Salvatore Mancuso, pero con este último no se que relación tenía” [37] . El Das también habría colaborado con los paramilitares de los Llanos Orientales [38] y con el cartel del norte del Valle [39]
.

Presunta participación de funcionarios del Das en la comisión de ejecuciones extrajudiciales. El 10 de septiembre de 2005 el detective del Das, Carlos Andrés Moreno, le confesó al entonces subdirector del Das, José Miguel Narváez, su participación en el asesinato de informantes y otras personas, y la existencia de grupos del Das dedicados a matar a algunos detectives de la institución:

“Agente que acompaña a Carlos Moreno: Mire doctor, lo que pasa es que aquí al muchacho, a Carlos, lo tenían, según el término que nosotros utilizamos, para ir a ‘cascar gente’. Ariza -entonces jefe de Inteligencia- le decía que había que hacer la vuelta. Le compraban la moto, le compraban el arma y eso ‘tantan’, iban y cascaban, iban y botaban. Esa es la verdad. (…). Él no se les salió de las manos porque en ningún momento ha sido desleal con la institución. Pero ¿qué pasó? Que a ellos sí les comenzó a preocupar que él ya conoce muchas cosas.

“Carlos Moreno: Cuando a Enrique Ariza lo aprobaron como jefe de Inteligencia, me llamaron para reunirme con unos pelados que son de un grupito que trabaja con Scott. Yo conozco a Scott, es de la CIA. En ese momento se estaba conformando un grupo para limpieza de la misma gente del Das. Muchas veces hice el trabajo de matar informantes. Me lo encargaban y entonces yo lo hacía. (…)

“Agente que acompaña a Carlos Moreno: Hay vainas muy graves. Enrique (Ariza) nos utilizó mucho. Matamos gente por él. Una vez pensamos que era gente de las Farc pero después nos dimos cuenta de que era por intereses personales. Esa es la verdad” [40] .

El 11 de noviembre de 2003, en Santa Marta (Magdalena), fue asesinada Zully Esther Codina Pérez (49 años de edad) por dos hombres armados que se desplazaban en una moto. Según Rafael García, la Dirección de la Seccional Magdalena del Das habría estado implicada en el asesinato de Zully Codina [41]
El 9 de diciembre de 2003, en el kilómetro 13 de la vía que conduce de El Banco (Cesar) a Chimichagua (Cesar), fue asesinado Fernando Pisciotti Van Strahlen, representante a la Cámara de Representantes por el Partido Liberal y ex alcalde de El Banco [42] . En relación con el asesinato de Fernando Pisciotti, el ex Jefe del Grupo de Informática y Comunicaciones del Das señaló:

“Con posterioridad a la muerte de Fernando Pisciotti, supe por personas cercanas al Bloque Norte que lo habían asesinado las mismas autodefensas, puesto que el señor Pisciotti al parecer tenía intenciones de denunciar los hechos que demostraban la influencia paramilitar en el departamento de Magdalena. Desconozco quienes fueron los autores materiales de sus asesinato” [43].

Listados presuntamente elaborados por el Das sobre líderes sociales, sindicales, defensores de derechos humanos y otras personas que deberían ser asesinadas por las Auc [44] .

Según Rafael García, a comienzos de 2004 [45], funcionarios adscritos a la Dirección General de Inteligencia del Das tenían conocimiento sobre la existencia de “listados de líderes sindicalistas, activistas de izquierda, profesores y estudiantes universitarios, los cuales eran entregados a grupos de autodefensas del Bloque Norte para que atentaran contra ellos” [46]. De acuerdo con las declaraciones del ex Jefe del Grupo de Informática y Comunicaciones, la información sobre las personas relacionadas en esos listados “era entregada personalmente por el director del Das, Jorge Noguera Cotes, al señor Álvaro Pupo (…). La información que suministraba era la que correspondía todos los sindicalistas y activistas de izquierda que debían ser objeto de atentado. Vale la pena aclarar que el Das le hacía seguimiento a todas estas personas” [47] .

Existencia de “oficinas paralelas” del Das. Entre febrero de 2003 y junio de 2005, en Honda (Tolima), funcionó una “oficina paralela” del Das, que servía como: i) centro de operaciones en Cundinamarca y Magdalena Medio; ii) bodega de acopio de armas y municiones; y iii) sede de encuentros con paramilitares de Cundinamarca, bajo el mando de John Fredy Gallo Bedoya, alias ‘El Pájaro’ John Fredy Gallo Bedoya, alias ‘El Pájaro’, es un jefe paramilitar que, inicialmente, operó en el Magdalena Medio a órdenes de “Botalón”. Comenzó a operar de manera independiente, en Cundinamarca, debido a problemas que enfrentó con algunos comandantes del Bloque Central Bolívar de las Auc. Según la Fundación Seguridad y Democracia, su “principal territorio es el municipio de Guaduas, desde donde ha ampliado su presencia a Bituima, Quipile, Anapoima, San Juan de Rioseco, La Mesa, Tocaima, Apulo, Sesquilé y Beltrán. Esta estructura es una de las más activas de la región, con una economía basada en el hurto y comercialización ilegal de la gasolina, así como la extorsión, lo cual le ha permitido su crecimiento”. Fundación Seguridad y Democracia, Desmovilización de las autodefensas de Cundinamarca, Bogotá, 16 de diciembre de 2004, (www.seguridadydemocracia.org/docs/pdf/ocasionales/desmov11.pdf ). Al igual que otros dos jefes paramilitares (“McGiver” y “El Gurre”) cercanos a Ramón Isaza, ‘El Pájaro’ [48]. En Girardot (Cundinamarca), también funcionó otra oficina paralela, “que se usa más para instalar, por períodos cortos, los equipos de monitoreo de comunicaciones” [49] .

Según la declaración que rindió el detective Andrés Hoyos Duque a la Oficina de Control Disciplinario Interno del Das, el director General de Inteligencia, Enrique Ariza, tenía previsto “montar una sala técnica privada al servicio de los paramilitares, específicamente patrocinada por un sujeto conocido con el alias de ‘Macaco’” [50]
En septiembre de 1999, la Fiscalía General de la Nación y la Procuraduría General de la Nación ya habían descubierto, en Bogotá, varias casas que funcionaban como “oficinas paralelas”, desde las cuales se efectuaban interceptaciones ilegales de líneas telefónicas. Según un ex Director de Inteligencia del Das, se trata de una práctica común, sobre la cual no tienen conocimiento ni control las directivas nacionales y seccionales de esa entidad:

“Es normal que se usen casas como fachadas para realizar labores de inteligencia. En la mayoría de los casos, el director general o incluso el de una seccional no está enterado de que existen, cuántas son o dónde están. Una de las divisiones del Das puede hacer uso de ese recurso sin necesidad de que otras divisiones estén enteradas. Por ejemplo, la dirección de inteligencia puede tener una de esas casas y la dirección operativa desconoce que eso ocurre. El problema es que nadie tiene un control real sobre la utilización de esas casas y eso se presta para todo tipo de cosas, algunas de ellas por fuera de la ley” [51] .

Utilización de escoltas y vehículos del Das por paramilitares. El 1° de agosto de 2005 el paramilitar conocido con el alias de ‘Salomón’, principal lugarteniente de alias ‘El Pájaro’, fue visto en una cafetería ubicada en la calle 73 con carrera novena de Bogotá. Estaba custodiado por seis agentes del Das y utilizaba dos vehículos de esa entidad para movilizarse, a pesar de tener en su contra orden de captura y ser investigado por varios homicidios, narcotráfico y brindar protección a un narcotraficante del norte del Valle [52]. El 13 de noviembre de 2005, en su columna dominical de opinión, la periodista Salud Hernández-Mora denunció que Jhon Fredy Gallo Bedoya, alias ‘El Pájaro’, utilizaba “una camioneta Rodeo verde de vidrios polarizados, asignada al Das, de placas BIB-806” [53]ra/ARTICULO-WEB-_NOTA_INTERIOR-2607933.html.

En noviembre de 2005, la Subdirección del Das comunicó a los directores de las seccionales Atlántico y Cesar del Das que Jorge Noguera, entonces director del Das, había dispuesto asignar un vehículo presidencial a Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’:

“Los fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia que investigan a Jorge Noguera, ex director del Das y hoy cónsul de Colombia en Milán, encontraron la semana pasada algo escandaloso.

“El 17 de noviembre de 2005, el entonces subdirector del Das, José Miguel Narváez, llamó por teléfono a los directores seccionales en Atlántico y Cesar y les dijo que por instrucciones de Noguera debían poner a disposición de Rodrigo Tovar Pupo, ‘Jorge 40’, en Santa Fe de Ralito -donde estaban concentrados los comandantes de las Auc-, una camioneta blindada para su protección personal. Así ocurrió y días después el jefe paramilitar ya usaba una Toyota Prado, roja, de placas QGC-851, con blindaje cinco y dotada de un chip especial para pasar de largo en los retenes de la Fuerza Pública.

“Lo increíble de la historia es que el vehículo había sido adquirido por la Gobernación de Atlántico y entregado en comodato al Das para uso exclusivo del presidente Álvaro Uribe cuando visitara la Costa Atlántica. Enterado del asunto, el Gobierno ordenó buscar la camioneta, que fue hallada en Valledupar con ‘Jorge 40’ al volante” “Jorge 40 al volante” [54]
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Bogotá, 14 de octubre de 2006
* * *

Notas

[1Próximamente, el Observatorio de derechos humanos y derechos humanitario de la CCEEU hará público un balance pormenorizado sobre la situación de derechos humanos y derecho humanitario correspondiente al primer cuatrienio de gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez

[2Comisión de Derechos Humanos, Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de derechos humanos en Colombia, 62° período de sesiones, doc. E/CN.4/2006/9, 20 de enero de 2006, párr. 24.

[3El promedio siete personas asesinadas o desaparecidas representa una tendencia histórica. En 1995, organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos ya advertían: “Desde 1988, en promedio diariamente son asesinadas siete personas por razones políticas (…). La mayoría de los asesinatos políticos son cometidos por miembros de la Fuerza Pública y de los cuerpos de seguridad del Estado y por grupos paramilitares”. Coordinación Belga por Colombia, Conferencia Europea sobre los derechos humanos en Colombia. Memoria, Bruselas, Ediciones Sago y Coordinación Belga por Colombia, junio de 1995, pág. 12.

[4Fuente: Comisión Colombiana de Juristas (CCJ). Es necesario advertir que “los datos correspondientes al primer semestre de 2006 (…) son incompletos porque falta procesar algunas de las fuentes usualmente utilizadas”. CCJ, Colombia 2002-2006: situación de derechos humanos y derecho humanitario, Bogotá, multicopiado, septiembre de 2006, pág. 1. También hay que señalar que “la información procesada por la CCJ proviene de 20 periódicos nacionales y regionales, dos revistas semanales de circulación nacional, las denuncias recogidas por la CCJ, las denuncias de otras organizaciones, tanto nacionales como regionales de derechos humanos que hacen seguimiento de la situación de derechos humanos y derecho humanitario, las informaciones entregadas por las entidades nacional (Defensoría, Procuraduría, Fiscalía, Fuerza Pública) la revista Noche y niebla del Banco de Datos de Cinep. CCJ, “Cómo procesa su información la Comisión Colombiana de Juristas”, En contravía de las recomendaciones internacionales. “Seguridad democrática”, derechos humanos y derecho humanitario en Colombia: agosto de 2002 a agosto de 2004, Bogotá, CCJ, diciembre de 2004, pág. 157.

[5El incremento de personas asesinadas o desaparecidas estuvo determinado por la frecuente ocurrencia de masacres. Durante el quinquenio comprendido entre julio de 1996 y junio de 2001, por lo menos ocurrieron 953 masacres. Los grupos paramilitares presuntamente fueron responsables de la comisión del 66% (629) de esas masacres y de la muerte del 69,29% (4.037) de las personas masacradas (Comisión Colombiana de Juristas 2003:25).

[6En la medida en que la CCJ sólo tiene información consolidada a partir de 1996, la comparación con el cuatrienio del presidente Ernesto Samper Pizano comprende, exclusivamente, los dos últimos años de su administración.

[7Fuente: Corporación Jurídica Libertad.

[8Comisión de Derechos Humanos, Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de derechos humanos en Colombia, 61° período de sesiones, doc. E/CN.4/2005/10, 28 de febrero de 2005, párr. 85. Comisión de Derechos Humanos, Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de derechos humanos en Colombia, 62° período de sesiones, doc. E/CN.4/2006/9, 20 de enero de 2006, párrafos 24 a 26.

[9“¿Ejecuciones extrajudiciales?”, semanario El Espectador, Bogotá, 11 al 17 de junio de 2006, pág. 3A. Según el semanario, 15 de los 37 episodios de ejecuciones extrajudiciales reportados por la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos habrían sucedido en Antioquia, entre enero y marzo de 2006.

[10intervención del Presidente de la República de Colombia durante el 61° período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, Nueva York, 21 de septiembre de 2006, pág. 6 (el texto completo se puede consultar en www.un.org/spanish/aboutun/organs/ga/61/statements19.shtml).

[11Informe de la Fiscalía General de la Nación sobre la información contenida en el computador incautado al capitán (r) Édgar Ignacio Fierro Flórez (alias ‘Don Antonio’), lugarteniente de ‘Jorge 40’, que fue dado a conocer por el diario El Tiempo. Véase “Así opera el imperio criminal de ‘40’”, diario El Tiempo, Bogotá, 8 de octubre de 2006, págs. 1-1, 1-8 y 1-9. El diario advierte: “En él (sic) computador apenas se registran las acciones del frente ’José Pablo Díaz’, del cual vale decir que nunca se había hablado. Ni tampoco está entre los 33 frentes desmovilizados de las autodefensas”. Ibíd.., pág. 1-8.

[12El Frente José Pablo Díaz de las Auc operaría mediante seis comisiones: i) Comisión Centro, que habría perpetrado 54 asesinatos en jurisdicción de Baranoa, Galapa, Polonuevo y Usiacurí (Atlántico); ii) Comisión Dique, que habría perpetrado 87 asesinatos en jurisdicción de Sabanalarga, Luruaco, Repelón y Manatí (Atlántico); iii) Comisión Magdalena, que habría perpetrado 29 asesinatos en jurisdicción de Sitio Nuevo (Magdalena); iv) Comisión Oriental, que habría perpetrado 97 asesinatos en jurisdicción de Malambo, Sabanagrande, Santo Tomás, Palmar de Varela, Ponedera, Candelaria, Santa Lucía y Suán (Atlántico); y v) Comisión Metropolitana, que habría perpetrado 291 asesinatos en jurisdicción de Barranquilla y Soledad (Atlántico). Ibíd., pág. 1-8.

[13Fuentes: Observatorio de derechos humanos y derecho humanitario de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos (7 de agosto de 2002 a 6 de agosto de 2004) y Comisión Colombiana de Juristas (7 de agosto de 2004 a 30 de junio de 2006).

[14Fuente: Comisión Colombiana de Juristas.

[15Observatorio de derechos humanos y derecho humanitario de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos (CCEEU), Libertad: rehén de la “seguridad democrática”. Detenciones arbitrarias en Colombia: 7 de agosto de 2002 a 6 de agosto de 2004, Bogotá, CCEEU, 2006, 295 págs.

[16Por ejemplo, detención ocurrida el 22 de mayo de 2003, en Villa Hermosa (Tolima) (Observatorio CCEEU 2005: 1).

[17Por ejemplo, detención ocurrida el 12 de noviembre de 2002, en Arauca (Arauca). Ibídem.

[18Las campesinas y campesinos detenidos responden a los siguientes nombres: Ariel Ortiz Ramírez, María Isabel Cabrera, Luis Fernando Duque, Telmo Cuervo Tejue, Cesar Alonso Castro, Santander Tapia Moreno, Arbey Mina Estupiñán, Humberto Jaime Tejuan, Argemiro Narváez, y Yarley Enerica Maniguay.

[19Joaquín Alberto Vásquez (identificado con la cédula de ciudadanía C.C. 88.242.230); Albeiro Ramírez (C.C. 96.192.806); Richard Bernarez Espinel (C.C. 96.198.296); Jesús Alex Campo Pinto (C.C. 96.121.694); Merardo Alfaro Rincón (C.C. 7.489.908); Pedro Alfaro Montoya (C.C. 80.149.723); Benjamín Ortega Jaimes (C.C. 13.828.871); José César Gélvez Jerónimo (C.C. 96.191.162); Carlos Julio Suárez (C.C. 96.124.024); Giovanny Téllez Pineda (C. C. 96.123.891); Olimpo Bautista (C.C. 17.259.864); Guillermo Jaimes León (C.C. 96.167.240); Humberto Hernández (C. C. 13.353.052); y René Prieto Vernate.

[20Los funcionarios y militares se encontraban acompañados por alias ‘Roldán’ (guerrillero desertado de la columna móvil Arturo Castellanos de las Farc), John Kennedy Caballero Reyes, alias ‘Parales’(guerrillero desertado del frente 10 de las Farc), por alias ‘Sangre Chulo’ (desertor de las milicias del ELN), alias ‘Santa Rosa’ (desertor del ELN) y dos reinsertados más que no fueron identificados.

[21Resultan ilustrativos los criterios usados por los integrantes de las redes de informantes y cooperantes para determinar quién puede ser una persona “sospechosa”. Según un informante de Cesar, “es sospechosa la persona que no es del pueblo. (…). Si un vendedor pasa varias veces por la misma calle, enseguida llamo a la policía. (…). Si un tipo se viste como campesino, no sabe combinar la ropa, se pone una camiseta roja con verde y tiene rasguños en los brazos, ahí mismito le analizo la cintura porque puede ser guerrillero. (…). Si tiene tatuajes o un arete, puede ser paramilitar”. “Así vigilan los informantes”, diario El Tiempo, Bogotá, 20 de agosto de 2002, pág. 1-11.

[22Palabras del presidente Uribe al instalar Congreso anual cafetero, Bogotá, SNE, 10 de diciembre de 2003, www.presidencia.gov.co/discursos/congreso cafetero.htm Las consideraciones del Procurador General de la Nación sobre las detenciones masivas fueron diametralmente opuestas, tomando como referencia específica las ocurridas en la zona de rehabilitación y consolidación de Bolívar-Sucre: “Los operativos de la fuerza pública que llevaron a la detención masiva de personas, a pesar de su espectacularidad, mostraron su debilidad una vez se produjo la judicialización correspondiente, lo que puso en evidencia la afectación innecesaria de los derechos de muchas personas”. Procuraduría General de la Nación (PGN), Estados de excepción, Bogotá, PGN, 2004, pág. 201.

[23Observatorio de derechos humanos y derecho humanitario de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos (CCEEU), Libertad: rehén de la “seguridad democrática”. Detenciones arbitrarias en Colombia: 7 de agosto de 2002 a 6 de agosto de 2004, Bogotá, CCEEU, 2006, págs. 200 a 206.

[24Observatorio de derechos humanos y derecho humanitario de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos (CCEEU), Libertad: rehén de la “seguridad democrática”. Detenciones arbitrarias en Colombia: 7 de agosto de 2002 a 6 de agosto de 2004, Bogotá, CCEEU, 2006, págs. 101 a 103.

[25Observatorio de derechos humanos y derecho humanitario de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos (CCEEU), Libertad: rehén de la “seguridad democrática”. Detenciones arbitrarias en Colombia: 7 de agosto de 2002 a 6 de agosto de 2004, Bogotá, CCEEU, 2006, págs. 85 a 88.

[26Observatorio de derechos humanos y derecho humanitario de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos (CCEEU), Libertad: rehén de la “seguridad democrática”. Detenciones arbitrarias en Colombia: 7 de agosto de 2002 a 6 de agosto de 2004, Bogotá, CCEEU, 2006, págs. 124 a 149.

[27Observatorio de derechos humanos y derecho humanitario de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos (CCEEU), Libertad: rehén de la “seguridad democrática”. Detenciones arbitrarias en Colombia: 7 de agosto de 2002 a 6 de agosto de 2004, Bogotá, CCEEU, 2006, págs. 89 a 92.

[28Red Ecuménica de Colombia y Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, Por amenazas y presiones de informante del Gaula de Brigada II del Ejército se conocen amenazas contra defensores de derechos humanos Milton Mejía y Mauricio Avilez, Bogotá, Informe ejecutivo n.° 24, 10 de febrero de 2006, es.geocities.com/archivo_cijp/ie2006b.htm#fb10 Dos casos significativos: i) el asesinato de Alfredo Correa de Andreis, en Barranquilla (Atlántico), ocurrido el 17 de septiembre de 2004 (el 17 de junio de 2004 fue sometido a detención arbitraria prolongada, pues la Fiscalía dictó medida de aseguramiento en su contra, y 15 días antes de su muerte recobró la libertad); y ii) el asesinato de Teresa Yarce, en Medellín (Antioquia), ocurrido el 6 de octubre de 2004 (el 12 de noviembre de 2002 fue aprehendida y fue sometida a detención arbitraria durante nueve días). El Observatorio de derechos humanos y derecho humanitario de la CCEEU todavía esta recaudando información precisa y cierta sobre 27 casos de personas que, luego de ser detenidas arbitrariamente, fueron asesinadas o desparecidas.

[29En septiembre de 2005, el Observatorio de derechos humanos y derecho humanitario de la CCEEU sostuvo: “Los grupos paramilitares han ampliado su influencia social, económica y militar. Es notoria su injerencia sobre las administraciones departamentales y municipales, los procesos de contratación pública y las empresas del régimen subsidiado de salud. En algunas regiones del país, la consolidación del paramilitarismo ha sido la consecuencia de operativos militares realizados en desarrollo de la política de seguridad democrática.
“En los municipios de Consaca, Sandoná y Tumaco (Nariño), se han conocido acciones de ‘limpieza social’, homicidios, extorsiones, intimidación y masacres, a manos del Bloque Central Bolívar de las Auc. En Tumaco, los grupos paramilitares, en connivencia con agentes del Estado, controlan los cultivos de palma aceitera y en Pasto (Nariño), mantienen sus estructuras de control social, económico y militar, a partir de la acción de efectivos del Bloque Calima y el Bloque Cacique Nutibara, aparentemente desmovilizados”. Observatorio de derechos humanos y derecho humanitario de la CCEEU, “¿Democracia profunda?”, Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, Más allá del embrujo. Tercer año de gobierno de Álvaro Uribe Vélez, Bogotá, Plataforma, septiembre de 2005, pág. 149.

[30Fiscalía general de la Nación, Informe n.° 118 CTI/SIA/STM, Santa Marta, 15 de marzo de 2006, 2 págs.

[31“El computador de ‘Jorge 40’”, revista Semana, Bogotá, n.° 1.270, 4 al 11 de septiembre de 2006, pág. 31.

[32Fiscalía General de la Nación (Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Humanitario), Acta de levantamiento de la cadena de custodia de los documentos incautados en diligencia de registro y allanamiento a la residencia del señor Edgar Ignacio Fierro Flórez, Bogotá, 14 de marzo de 2006, 4 págs.

[33Fiscalía General de la Nación, Diligencia de allanamiento y registro, Santa Marta, 11 de marzo de 2006, pág. 33.

[34Hasta ahora las principales revelaciones están contenidas en: i) “El computador de ‘Jorge 40’”, revista Semana, Bogotá, n.° 1.270, 4 al 11 de septiembre de 2006, págs. 30 a 36; ii)”El 8.000 de la Costa”, revista Semana, Bogotá, n.° 1.271, 11 al 18 de septiembre de 2006, págs. 40 a 44; iii) “Algo huele mal en Palermo”, revista Semana, Bogotá, n.° 1.272, 18 al 25 de septiembre de 2006, págs. 48 y 49; iv) “El imperio de ‘Jorge 40’”, revista Semana, Bogotá, n.° 1.274, 2 al 9 de octubre de 2006, págs. 36 y 37; v) “El chat que compromete al senador Dieb Maloof”, revista Semana, Bogotá, n.° 1.275, 9 al 16 de octubre de 2006, págs. 38 y 39; y vi) “Los 558 crímenes de ‘J. 40’” y “Así opera el imperio criminal de ‘J. 40’”, diario El Tiempo, Bogotá, 8 de octubre de 2006, págs. 1-1, 1-8 y 1-9.

[35Como una muestra, entre el 26 de diciembre de 2005 y el 29 de enero de 2006, el Observatorio de la CCEEU registró 15 notas de prensa sobre la influencia política del paramilitarismo: i) “Chance para el ‘gatico’”, revista Cambio, Bogotá, n.° 652 y 653, 26 de diciembre de 2005 al 9 de enero de 2006, págs. 48 y 49; ii) “Por primera vez, revelan nombres de políticos que podrían ser vetados por vínculos con ‘paras’”, diario El Tiempo (El Tiempo.com), Bogotá, 14 de enero de 2006, eltiempo.terra.com.co/proy_2005/elecciones2006/elecc_camara/noticias/ ARTICULO-WEB-INTERNA_SECCION_PROY_2005-2693655.html; iii) “Uribe pide a Fiscalía investigar a senadores Juan Manuel López Cabrales y Miguel de la Espriella”, diario El Tiempo (El Tiempo.com), Bogotá, 15 de enero de 2006, eltiempo.terra.com.co/poli/2006-01-16/ARTICULO-WEB-_NOTA_INTERIOR-2695027.html; iv) “Gaviria promete purga si hay ‘paras’ en listas de candidatos al Congreso por su partido”, diario El Tiempo (El Tiempo.com), Bogotá, 15 de enero de 2006, eltiempo.terra.com.co/poli/2006-01-16/ARTICULO-WEB-_NOTA_INTERIOR-2695028.html; v) ‘Jorge 40’ ha sido el artífice del reacomodamiento político en el Cesar desde hace al menos cuatro años. Según una investigación de la Corporación Nuevo Arco Iris (Corporación Nuevo Arco Iris, Análisis sobre el proceso con las Auc, Bogotá, 2006, www.nuevoarcoiris.org.co/article.php?op=Print&sid=9); vi) “Gobierno respalda expulsión de candidatos de Cambio Radical y el Partido de la U”, diario El Tiempo (El Tiempo.com), 18 de enero de 2006, eltiempo.terra.com.co/proy_2005/elecciones2006/elecc_senado/noticias/ ARTICULO-WEB-INTERNA_SECCION_PROY_2005-2698097.html; vii) “Los expulsados de Cambio Radical y el Partido de la ’U’”, diario El Tiempo (El Tiempo.com), 18 de enero de 2006, eltiempo.terra.com.co/proy_2005/elecciones2006/elecc_senado/noticias/ARTICULO-WEB-INTERNA_SECCION_PROY_2005-2698096.html; viii) “Políticos costeños se reunieron con el jefe paramilitar ‘Jorge 40’ para definir listas al Congreso”, diario El Tiempo (El Tiempo.com), 18 de enero de 2006, eltiempo.terra.com.co/proy_2005/elecciones2006/elecc_senado/noticias/ ARTICULO-WEB-INTERNA_SECCION_PROY_2005-2698094.html; ix) “El Fiscal General, Mario Iguarán, pidió a jefes de partidos pruebas de políticos con nexo ‘para’”, diario El Tiempo (El Tiempo.com), 21 de enero de 2006, eltiempo.terra.com.co/proy_2005/elecciones2006/elecc_ senado/noticias/ARTICULO-WEB-INTERNA_SECCION_PROY_2005-2703418.html; x) Procurador pide a Corte Suprema investigar a congresistas acusados de tener vínculos con grupos al margen de la ley, Bogotá, 18 de enero de 2006, www.procuraduria.gov.co/html/noticias_ 2006/ noticias_020.htm; xi) Presidencia de la República, “Haré todo el esfuerzo para que no haya campañas desde el escondite”, Bogotá, SNE, 16 de enero de 2006, www.presidencia.gov.co/sne/2006/enero/16/09162006.htm; xii) “La empresaria del chance en la costa, Enilse López, ‘La Gata’, le contesta al ex presidente Gaviria”, diario El Tiempo (El Tiempo.com), 19 de enero de 2006, eltiempo.terra.com.co/proy_2005/elecciones2006/ elecc_senado/noticias/ARTICULO-WEB-INTERNA_SECCION_PROY_2005-2701150.html; xiii) “La lupa de Washington”, revista Cambio, Bogotá, n.° 656, 23 al 30 de enero de 2006, págs. 22 a 31; xiv) “El paraestado de Atlántico”, revista Cambio, Bogotá, n.° 656, 23 al 30 de enero de 2006, págs. 38 y 39; y xv) “Se abre la caja de Pandora”, revista Semana, Bogotá, n.° 1.238, 23 al 30 de enero de 2006, págs. 34 a 38.

[36Fiscalía General de la Nación (Unidad Delegada ante la Corte Suprema de Justicia), Declaración rendida por Rafael Enrique García Torres, Bogotá, 13 de octubre de 2005, pág. 2.

[37Fiscalía General de la Nación (Fiscalía 11 de la Unidad Nacional para la Extinción del Derecho de Dominio y contra el Lavado de Activos), Declaración rendida por Rafael Enrique García Torres, Bogotá, 16 de diciembre de 2005, pág. 8.

[38El ex detective Carlos Moreno señaló al ex director de Inteligencia, Enrique Ariza, como el responsable de la pérdida de una carpeta de información sobre el jefe paramilitar ‘Martín Llanos’ y unos documentos sobre el jefe paramilitar Miguel Arroyave.

[39En una entrevista que concedió a la revista Semana (Semana.com), Rafael García se refirió a otros vínculos de la Dirección del Das con paramilitares y narcotraficantes:
“Semana: Aparte del Bloque Norte, ¿qué otros grupos infiltraron el Das?
“Rafael García: Lo que más conocí fue la relación con el Bloque Norte de las Auc porque como era gente que yo conocía… Alguna vez Jorge Noguera me dijo que tenía que hacerle un favor a unos paramilitares de los Llanos. Que tenía que nombrarle a alguien porque le habían pedido ese favor.
“Semana: ¿Los paramilitares de los Llanos eran los de Miguel Arroyave y el Bloque Centauros?
“Rafael García: Sí, señor.
“Semana: ¿También había infiltración y colaboración con narcotraficantes?
“Rafael García: A Diego Montoya le pasaban información reservada Giancarlo [Auque] y Jorge Noguera. (…). Jorge Noguera utilizaba a Jimmy Nassar como su mandadero porque era el que tenía las relaciones directas con el cartel del norte del Valle”. “Entrevista exclusiva con Rafael García”, revista Semana (Semana.com), Bogotá, 8 de abril de 2006, semana.terra.com.co/wf_InfoArticuloNormal.aspx?IdArt=93812

[40“Sigue el destape”, revista Cambio, Bogotá, n.° 667, 10 al 17 de abril de 2006, págs. 22 y 23 (www.cambio.com.co/html/portada/articulos/4675/).

[41Fiscalía General de la Nación (Fiscalía 33 Especializada Delegada adscrita a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Humanitario), Declaración rendida por Rafael Enrique García Torres, Barranquilla, 25 de abril de 2006, pág. 18..

[42Banco de datos de derechos humanos y violencia política, Noche y niebla. Panorama de derechos humanos y violencia política, Bogotá, n.° 28, Cinep & Justicia y Paz, junio a diciembre de 2003, pág. 244. Sobre los antecedentes y las circunstancias de su muerte, véase “El asesinato de Fernando Pisciotti” (recuadro), revista Cambio, Bogotá, n.° 667, 10 al 17 de abril de 2006, pág. 25.

[43Fiscalía General de la Nación (Fiscalía 33 Especializada Delegada adscrita a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Humanitario), Declaración rendida por Rafael Enrique García Torres, Barranquilla, 25 de abril de 2006, pág. 9. El 4 de mayo de 2005 la Fiscalía General de la Nación emitió un boletín, en el cual se lee: “Por el homicidio del ex congresista Fernando Pisciotti Van Strahlen, un fiscal de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y DIH de Barranquilla acusó a Wilson Poveda Carreño, alias ‘Rafael’ o ‘Rafa’, supuesto jefe de autodefensas del sur del Magdalena. (…). De acuerdo con la investigación, el hoy acusado ordenó, presuntamente, la muerte del ex congresista por el Magdalena. Alias ‘Rafa’ fue capturado el 4 de julio de 2004 por miembros del Ejército Nacional durante la operación Jeremías IV adelantada en zona rural de San Sebastián (Magdalena)”. Fiscalía General de la Nación, A juicio jefe paramilitar por homicidio de ex congresista, Barranquilla, 4 de mayo de 2005, www.fiscalia.gov.co/PAG/DIVULGA/noticias2005/seccosta/schomicidioMay04.htm

[44Sobre la existencia de listas de sindicalistas que deberían ser asesinados, el Presidente de la República manifestó que se pretendía “poner en duda la legitimidad del Gobierno, por supuestas listas sobre sindicalistas”. Y agregó: “Si hay algún funcionario en alguna entidad del Estado, de las fuerzas de seguridad o del Das, comprometido en el asesinato de sindicalistas, yo no sería el primero en pedir que lo metieran a la cárcel, sino en desear que lo metan a la cárcel. Porque eso va en contra de todo lo que ha sido la política del Gobierno de garantías democráticas”. Entrevista del Presidente en RCN Radio, Bogotá, SNE, 11 de abril de 2006, www.presidencia.gov.co/sne/2006/abril/11/17112006.htm

[45Fiscalía General de la Nación (Fiscalía 33 Especializada Delegada adscrita a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Humanitario), Declaración rendida por Rafael Enrique García Torres, Barranquilla, 25 de abril de 2006, pág. 6.

[46Fiscalía General de la Nación (Fiscalía 11 de la Unidad Nacional para la Extinción del Derecho de Dominio y contra el Lavado de Activos), Declaración rendida por Rafael Enrique García Torres, Bogotá, 16 de diciembre de 2005, pág. 2.

[47Fiscalía General de la Nación (Fiscalía 11 de la Unidad Nacional para la Extinción del Derecho de Dominio y contra el Lavado de Activos), Declaración rendida por Rafael Enrique García Torres, Bogotá, 16 de diciembre de 2005, pág. 3.

[48fue renuente a desmovilizarse. Sin embargo, el 7 de febrero de 2006 participó en la ceremonia de desmovilización de las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio. Unos días después, la Fiscalía General de la Nación ordenó su captura, pues habría sido el determinador del asesinato de Luis Orlando Rocha Forero, ocurrido el 22 de febrero de 2004. “Fiscalía ordena capturar a El Pájaro”, semanario El Espectador, Bogotá, 26 de febrero de 2006, pág. 4A.

[49La información sobre esas “oficinas paralelas” fue aportada por un ex Teniente del Ejército Nacional que, desde finales de 2004, trabaja para el frente Celestino Mantilla de las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio, comandando por ‘El Pájaro’. “El Das y los paras”, revista Semana, Bogotá, n.° 1.226, 31 de octubre a 7 de noviembre de 2005, págs. 28 y 29.

[50Oficina de Control Disciplinario Interno del Das, Declaración rendida por Andrés Hoyos Duque, Bogotá, 15 de octubre de 2005. .

[51Información aportada por un ex Director de Inteligencia del Das, “quien pidió mantener en reserva su nombre. “El Das y los paras”, revista Semana, Bogotá, n.° 1.226, 31 de octubre a 7 de noviembre de 2005, pág. 30.

[52Testimonio de un detective del Das. “El Das y los paras”, revista Semana, Bogotá, n.° 1.226, 31 de octubre a 7 de noviembre de 2005, pág. 29.

[53Salud Hernández-Mora, “Las aves vuelan en el Das”, diario El Tiempo, Bogotá, 13 de noviembre de 2005, pág. 1-26 (eltiempo.terra.com.co/opinion/colopi_new/saludhernandez-mo

[54(recuadro informativo), revista Cambio, Bogotá, n.° 667, 10 al 17 de abril de 2006, pág. 20 (www.cambio.com.co/html/portada/articulos/4675/). El Presidente de la República se refirió a la asignación del vehículo presidencial a ‘Jorge 40’, en una entrevista que le concedió al director de la emisora radial RCN, Juan Gossaín:
“Juan Gossaín: (…) a raíz de las acusaciones que se hacen sobre el Das, el manejo del Das, ¿cómo se explica uno entonces, señor Presidente, que la camioneta para su uso personal de usted en Barranquilla, haya terminado, por cuenta del Das, en manos del jefe paramilitar Jorge Cuarenta?
“Presidente Uribe: A mí me parece muy grave. Además poca conciencia tengo yo de camionetas para mi uso. Donde yo llego me prestan camionetas las gobernaciones, me presta camioneta el CTI, me presta camioneta la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía. En Barranquilla, yo había tenido todas las dificultades del mundo, a mí me hicieron allá dos atentados en la campaña, dos atentados graves, muy serios. Entonces me he preguntado: ¿y para qué de camioneta para mí, si al Presidente de la República donde va le prestan una camioneta blindada? Ahora, yo ese hecho, Juan, yo no lo puedo explicar. Lo tiene que explicar el Das y lo tiene que clarificar la Fiscalía y la Procuraduría”. Entrevista del Presidente en RCN Radio, Bogotá, SNE, 11 de abril de 2006, www.presidencia.gov.co/sne/2006/abril/11/17112006.htm

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