Policía publica reconocimiento de responsabilidad en condiciones no satisfactorias para familia de joven asesinado

Policía publica reconocimiento de responsabilidad en condiciones no satisfactorias para familia de joven asesinado

El pasado mes de agosto de 2014, la Policía Nacional publicó una nota de prensa en el diario EL TIEMPO reconociendo su responsabilidad en la muerte del joven Manuel Edgardo Álvarez Silva, en cumplimiento de una sentencia del Consejo de Estado de abril de 2013. Después de 14 años de impunidad, este paso en la justicia se vio empañado por el hecho de que, después de un año de emitida la sentencia, la Policía hizo la publicación en condiciones no satisfactorias para la familia. A continuación, reproducimos el texto que la familia aprobó para honrar la memoria de su ser querido:

 

El pasado mes de agosto de 2014, la Policía Nacional publicó una nota de prensa en el diario EL TIEMPO reconociendo su responsabilidad en la muerte del joven Manuel Edgardo Álvarez Silva, en cumplimiento de una sentencia del Consejo de Estado de abril de 2013. Después de 14 años de impunidad, este paso en la justicia se vio empañado por el hecho de que, después de un año de emitida la sentencia, la Policía hizo la publicación en condiciones no satisfactorias para la familia. A continuación, reproducimos el texto que la familia aprobó para honrar la memoria de su ser querido:

CONDENAN A LA POLICÍA NACIONAL POR ASESINATO DE JOVEN Y MONTAJE DE HECHOS QUE LO SINDICABAN COMO TERRORISTA

El 7 de febrero de 1999, la Policía Nacional asesinó y elaboró un cruel montaje contra el joven Manuel Edgardo Álvarez Silva, quien fuera presentado a los medios de comunicación de la época como terrorista por el entonces Coronel de la Policía Nacional Marco Fidel Pava

El 5 de abril de 2013, el Consejo de Estado declaró responsable a la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional, por los daños ocasionados a la familia de Manuel Edgardo Álvarez Silva, con ocasión de su muerte ocurrida el 7 de febrero de 1999, después de que fuera herido por agentes de la Policía Nacional quienes dispararon su arma de dotación oficial contra el joven, quien se movilizaba en una motocicleta como parrillero y no atendió un retén policial en la localidad Ciudad Bolívar de la ciudad de Bogotá.

Para la fecha de los hechos, los agentes policiales participantes en la persecución y asesinato del joven de 21 años de edad, rindieron falsos informes en los que señalaron que Manuel Edgardo Álvarez, y la persona que conducía la motocicleta en la que viajaban, atacaron un retén de la Policía Nacional mediante el lanzamiento de una granada, que según los agentes, había sido recuperada en cercanías al sitio donde ocurrieron los hechos. En su versión, los agentes señalaron que “(…) se les hizo la señal de PARE, pero estos hicieron caso omiso, el acompañante sacó del interior de su chaqueta, parte del estómago, la granada ya enunciada, arrojándola hacía los policías que allí se encontraban. Estos al ver que se trataba de una granada reaccionaron con sus armas de fuego, disparándole a las llantas de la motocicleta para lograr desestabilizarla. (…)

En diferentes medios de comunicación se replicó la versión ofrecida por el Coronel Marco Fidel Pava, quien en su momento aseveró que las dos personas habían sido capturadas en el momento en que intentaron dirigir un atentado terrorista en contra del retén. En la edición del 8 de febrero de 1999, en el diario el Tiempo se publicó la noticia bajo el titular que decía: “Atentado contra retén de Policía. Las autoridades dijeron que los autores son responsables de hacer explotar, la semana pasada, un CAI de Ciudad Bolívar” y más adelante señalaban: “El Comandante de la Estación de Tunjuelito, coronel Marco Fidel Pava, dijo que las dos personas hicieron caso omiso a las señales de pare del retén y lanzaron una granada contra los agentes. El artefacto no exploto”

En investigación adelantada por la Fiscalía General de la Nación se realizó especial énfasis en la poca credibilidad que merecían los informes de policía y resultó probado que no eran ciertas las imputaciones hechas al occiso, con fundamento en las propias versiones de los policiales que desmintieron sus primeras declaraciones.

Sobre la Sentencia proferida por el Consejo de Estado:

Señaló el Consejo de Estado que dentro del proceso se lograron probar las reales circunstancias en las que se produjo la muerte de Manuel Edgardo Álvarez, suceso que causó profundo dolor a los familiares y determinó que existe responsabilidad a cargo de la Policía Nacional además de los daños por la muerte, por una lesión a la memoria “defucti” del occiso.

Al respecto, la Alta Corporación ordenó a la Policía Nacional que a su costa dispusiera los medios necesarios para que previa concertación con las víctimas se publicara el presente artículo de prensa en las diferentes versiones de los periódicos el Tiempo y el Espacio y dirigido a la opinión pública la aclaración sobre la información que en la fecha de los hechos se dio a los medios de comunicación y ordenó hacer especial énfasis en que i) No es cierto que el señor Manuel Edgardo Álvarez hubiera lanzado una granada contra el puesto de control de la Policía Nacional, y ii) Que tampoco era verdadero que el joven era sospechoso de haber cometido otro atentado terrorista en contra de un CAI ubicado en la localidad de Ciudad Bolívar.

La Sala aclaró que la orden de la rectificación la impone entre otras razones, porque aun cuando la persona titular de los derechos a la honra y al buen nombre haya fallecido, estos derechos pueden verse proyectados en sus familiares y amigos, y citando a Mariano Alfonso Pérez y su libro La protección civil de la personalidad pretérita: regulación positiva señaló:

“El hombre nunca muere del todo. Perdura en el recuerdo, en sus obras, en los sentimientos de parientes, amigos e instituciones. Hay una continuidad histórica, afectiva y espiritual de unos hombres con otros. Vivos y muertos se enlazan en una cadena ininterrumpida. (…)

E indicó que: “El buen nombre es un interés jurídico protegido y su afectación en el caso de una persona fallecida puede tener consecuencias sobre familiares que le sobreviven, pues siendo una de las razones de ser del mencionado atributo de la personalidad – el nombre – la de identificar a la persona como perteneciente a un grupo familiar o a una estirpe, cualquier distorsión negativa de la imagen de uno de los miembros de ese grupo social – aun cuando se trate de fallecidos – suele tener consecuencias en los demás integrantes, en cuanto unidos por los mismos lazos e identificados con igual nombre familiar – apellidos – tanto de manera autoreflexiva en la concepción de la propia identidad, como en su exteriorización ante la sociedad.

Medidas como la ordenada en el presente caso están siendo adoptadas bajo el presupuesto de que están dirigidas a reconocer la dignidad de las víctimas, orientadas a rescatar el recuerdo y la memoria.

Sobre la Orden impartida por el Consejo de Estado

A pesar de que durante todo el proceso judicial y a lo largo de los 14 años transcurridos desde el asesinato de Manuel Edgardo Álvarez, la Policía Nacional a través de sus apoderados, solicitaron que se negaran las pretensiones de la familia manifestando que los agentes Policiales actuaron en ejercicio de una orden legal y de un deber legitimo, en virtud de la orden impartida por el Consejo de Estado en sentencia del 5 de abril de 2013, , el Ministerio de Defensa – Policía Nacional se permite informar a la opinión pública en general que:

La Policía Nacional reconoce su responsabilidad por el exceso en el uso de la fuerza y la violación del derecho a la vida de Manuel Edgardo Álvarez, de conformidad con lo probado en el proceso contencioso administrativo. De igual manera, la Policía reconoce públicamente que les asiste responsabilidad por presentar al joven como delincuente y falsear las circunstancias de su deceso, hecho que generó dolor a sus familiares y ofendió la memoria de la víctima.

En consecuencia, la Policía Nacional se permite rectificar las versiones que fueron dadas a la prensa y a diferentes medios de comunicación toda vez que las mismas no eran ciertas y nunca ocurrieron, pues no era cierto que Manuel Edgardo Álvarez hubiera lanzado una granada o que hubiera realizado un atentado terrorista contra un CAI en Ciudad Bolívar.
Por estos hechos, la Policía Nacional presenta sus disculpas y solicita perdón a la familia de Manuel Edgardo Álvarez y a la sociedad colombiana.

En memoria de Manuel Edgardo Álvarez:

Manuel Edgardo Álvarez Díaz, nació el 12 de Septiembre de 1978, en la ciudad de Ibagué (Tolima), fue el segundo de cuatro hermanos del Matrimonio entre Ana Adelina Silva Díaz y Edgardo Álvarez Herrera. Su familia recuerda y señala que Manuel fue ese hijo “Especial”, el más amoroso, cariñoso y consentidor con su madre y con los demás miembros de su familia, para el demostrar su amor hacia las personas era realmente algo muy fácil, era el que sobresalía de los cuatro hermanos por su humor, alegría y amor a la vida.

La familia recuerda que Manuel Edgardo reunía hermosas virtudes que era un excelente hermano, era hasta el momento de su trágica muerte la única compañía en su casa de su Madre y su hermanita menor de seis años a quien con cariño llamaba “Mi Zancudita”.

Su muerte marcó profundamente no solo a sus Padres y familiares sino también a todo su núcleo social tanto residencial como laboral, en cuyos ambientes se le apreciaba y conocía bastante por sus cualidades destacadas. Para la fecha de los hechos la familia y un indignado grupo de dolientes y conocidos recogieron cientos de firmas para demostrar su inocencia y limpiar su buen nombre.

A sus cortos veinte años de edad, Manuel Edgardo estaba lleno de sueños e ilusiones, pensaba en ingresar a terminar sus estudios los cuales se vio obligado a abandonar para trabajar y colaborar a su familia tras la dura situación económica; dos de sus hermanos ya habían partido del hogar y por ello asumió desde entonces la responsabilidad de ayudar y colaborar a su madre y hermanita menor.

Manuel Edgardo Álvarez soñaba hasta ese trágico día con montar su propia empresa de confección de jeans y ropa informal, ya se encontraba poniendo en marcha la realización de su sueño con el que estaba seguro le iría muy bien, pues ya se encontraba trabajando junto con su hermana Catalina en ese proyecto.

La familia manifiesta su profunda tristeza no solo por el dolor causado por parte de la Policía Nacional, en razón al asesinato de Manuel Edgardo, si además por las dificultades que se presentaron para el cumplimiento de la sentencia respecto de la medida de satisfacción, toda vez que la policía publicó la noticia sin atender a la voluntad de las víctimas lo que genera un acto de revictimización por parte de la Institución condenada”

Esta fue la publicación de la Policía Nacional, en el diario EL TIEMPO, el lunes 25 de agosto de 2014:

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