Privación de la libertad, condena y traslado del lider Feliciano Valencia hace parte de persecución contra el movimiento social

Privación de la libertad, condena y traslado del lider Feliciano Valencia hace parte de persecución contra el movimiento social

La Red de Derechos Humanos del suroccidente colombiano “Francisco Isaías Cifuentes”, Luego de analizar la estrategia sistemática de señalamiento mediático y persecución institucional y judicial, que afrontamos las organizaciones indígenas, afro descendientes, campesinas, populares, políticas y de Derechos Humanos. Estrategia que se agudiza con la detención, privación de la libertad, condena y traslado al Establecimiento Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad y Carcelario “San Isidro” en el Municipio de Popayán de nuestro compañero FELICIANO VALENCIA MEDINA.

 

www.reddhfic.org

COMUNICADO DE PRENSA
LA RED DE DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO
“Francisco Isaías Cifuentes”

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL MOVIMIENTO POLÍTICO Y SOCIAL MARCHA PATRIÓTICA.

COMUNICA

Suroccidente de Colombia, 17 de Septiembre de 2015.

La Red de Derechos Humanos del suroccidente colombiano “Francisco Isaías Cifuentes”, Luego de analizar la estrategia sistemática de señalamiento mediático y persecución institucional y judicial, que afrontamos las organizaciones indígenas, afro descendientes, campesinas, populares, políticas y de Derechos Humanos. Estrategia que se agudiza con la detención, privación de la libertad, condena y traslado al Establecimiento Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad y Carcelario “San Isidro” en el Municipio de Popayán de nuestro compañero FELICIANO VALENCIA MEDINA.

Ante proceso penal en curso y la retención de que fue objeto el dirigente indígena Feliciano Valencia en el Corregimiento Mandiva del Municipio de Santander de Qulichao en el Departamento del Cauca el día 15 de septiembre de 2015, comunicamos a las organizaciones sociales, populares y políticas, a los pueblos indígenas y al pueblo colombiano, y a los pueblos del mundo:

El reconocimiento constitucional a las culturas y las autoridades de los pueblos indígenas se enmarca dentro de la concepción y defensa del pluralismo jurídico, entendido como la convivencia y concordancia de los sistemas normativos coactivos, que tienen su origen en prácticas y creencias culturales diversas y que pueden coexistir en el ámbito del Estado Social de Derecho Colombiano.

La Carta Política Colombiana y la jurisprudencia de la Corte Constitucional ha realizado un reconocimiento expreso al pluralismo jurídico, desarrollando diferentes criterios que definen la extensión del derecho colectivo a la diversidad cultural y su interrelación con los derechos y garantías individuales, así como el ámbito de la jurisdicción especial indígena.

La orden de captura se presenta por hechos ocurridos en el marco de la Minga Indígena y Popular del año 2008, en donde es de señalar se presento un caso enmarcado en la practica sistemática de infiltración y saboteo de la movilización social por parte de militares y policías. En esa ocasión pese a que un militar fue retenido haciendo inteligencia militar y portando elementos de uso privativo de las Fuerzas Militares en La María-Piendamó. Posteriormente, el militar victimario posa de víctima y es protegido por el aparato institucional.

El caso de nuestro compañero FELICIANO VALENCIA MEDINA, guarda estrecha relación en relación a móviles, imputación (Secuestro simple) y privación de la libertad, con la injusta judicialización de que recientemente fueron objeto los defensores de Derechos Humanos ESMER MONTILLA GUTIÉRREZ, INGRID PINILLA ESPITIA, JOSÉ SAMUEL ROJAS MORA y RAMIRO ATEHORTUA, quienes son reconocidos líderes agrarios, presidente e integrantes respectivamente de la Fundación por la defensa de los Derechos Humanos y el DIH del Oriente y Centro de Colombia – DHOC, y en desarrollo precisamente de su función cumplieron labores humanitarias en el marco de las retenciones de miembros de la fuerza pública realizadas por las comunidades campesinas durante el mes de agosto de 2013 en el paro en el que participaron más de 8000 campesinos y campesinas de los departamentos del Meta y Guaviare. Al igual que en la privación de libertad de HUBER BALLESTEROS GÓMEZ, destacado dirigente agrario y sindical, que hace parte de la Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria (Fensuagro) filial de la FSM y es miembro del Comité Ejecutivo Nacional de la Central Unitaria de Trabajadores y de la (CUT). Es vocero de la Mesa Agropecuaria de Interlocución y Acuerdo (MIA). Quien fue detenido el 25 de agosto de 2013, en la ciudad de Bogotá, durante el desarrollo del Paro Nacional Agrario y Popular del cual era vocero nacional al momento de su detención y que aún permanece privado de su libertad.

Los intereses políticos actuales y el acenso de la movilización social inciden en que el Estado Colombiano, desarrolle una tendencia de intromisión jurisdiccional en donde arbitraria y desproporcionadamente se violan garantías constitucionales y Derechos Humanos de algunos colombianos.

Considerando que el Estado Colombiano, lejos de brindar garantías políticas a la oposición, continúa realizando actos en desarrollo de la estrategia sostenida de intimidación y represión violatorios del Derecho Propio y de los derechos y garantías constitucionales; que criminaliza los derechos a disentir, de opinión, de asociación y oposición política, y viola flagrantemente, entre otros, derechos constitucionales como el debido proceso, el libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la libertad de expresión, a la unidad familiar, el trabajo, la protesta social y la participación política; señalamos:

1. Que a través de procesos parcializados, amañados e ilegítimos en ejercicio de sus facultades jurisdiccionales el Estado Colombiano, pretende continuar con la cruzada de criminalización a los líderes y organizaciones populares y además judicializa a todo aquel que levante su voz para rechazar el régimen de miseria y terror que afronta la mayoría de colombianos. En el que a su vez la rama judicial, sienta de esta manera un precedente nocivo para el pueblo colombiano y sus procesos de resistencia al prestarse como instrumento funcional a la pretensión del Estado de judicializar y encarcelar a líderes de organizaciones sociales, políticas y populares.
2. Que los entes de control, a pesar de haber sido puestos en conocimiento de esta situación mantienen su silencio cómplice, desconociendo las garantías, principios, criterios y límites jurisdiccionales consagrados en la Constitución Política de 1991, en tratados y convenios internacionales y en el desarrollo contenido en sentencias de la Honorable Corte Constitucional.
3. Que nuestros compañeros FELICIANO VALENCIA MEDINA, ESMER MONTILLA GUTIÉRREZ, INGRID PINILLA ESPITIA, JOSÉ SAMUEL ROJAS MORA, RAMIRO ATEHORTUA y HUBER BALLESTEROS, son presos políticos del régimen, y que las organizaciones indígenas, afro descendientes, campesinas, populares, políticas y de Derechos Humanos, de la mano con las comunidades del Suroccidente y el Pueblo Colombiano exigimos su liberación, hoy como ayer, hacemos un llamado a la solidaridad material que puede ser expresada de diversas formas en rechazo a estas acciones arbitrarias y a las políticas de este régimen que las sustentan.

RED DE DERECHOS HUMANOS DEL SUR OCCIDENTE COLOMBIANO
“Francisco Isaías Cifuentes”

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL MOVIMIENTO POLÍTICO Y SOCIAL MARCHA PATRIÓTICA.

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