Las mujeres víctimas de violencia sexual también tienen acceso a medidas de atención en salud.
La atención en salud es prioritaria, gratuita y es considerada una urgencia independientemente del tiempo transcurrido entre la agresión y la consulta. Se puede acudir directamente al hospital o centro de salud más cercano. Bien sea EPS, institución prestadora de salud u otras de cualquier naturaleza que presten este servicio. Allí se puede solicitar la practica de examenes para detectar enfermedades de transmisión sexual incluido el sida. También pueden pedir el suministro de anticoncepción de emergencia.
En caso de que la mujer esté embarazada, puede recibir orientación acerca de la interrupción voluntaria de embarazo. Esto pues debe contar con el consentimiento informado de ella. Si decide interrumpir el embarazo la institución prestadora de salud debe otorgarlo, permitirlo, practicarlo en el menor tiempo posible.
No es necesario que la persona víctima este afiliada al sistema de seguridad social. En cualquier caso tiene derecho a ser atendida y la institución prestadora de salud debe remitir la información a la Secretaria Distrital de Salud para que se inicie los trámites de afiliación al sistema de salud.
Se puede solicitar la historia clínica que incluya todas la acciones realizadas por parte de la institución prestadora de salud. Esta historia clinica es bastante útil para tener acceso a la justicia y lograr otras medidas de protección. Las entidades prestadoras de salud también tienen la obligación de recolectar evidencia forense que pueda ser util en los procesos judiciales, en particular muestras biológicas.