- En un nuevo acto de discriminación antisindical contra sus empleados, Ecopulpack, antes denominada Pulpack, les entregó carta de despido a dos de las personas absueltas recientemente.
- El Juez penal destacó en audiencia que hubo una persecución en contra de estos trabajadores por su condición de sindicalistas.
- Señaló también que durante la etapa de indagación la Fiscalía se limitó a recoger la denuncia de la empresa, volverla una acusación y traerla a juicio.
- Resaltó que en Colombia los trabajadores tienen el pleno derecho a asociarse y a reclamar al empleador lo que consideran justo, pero que lamentablemente parece que a algunos sectores aún les cuesta entenderlo.
Bogotá, 26 de noviembre de 2024. El Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar), quien actuó como defensa en el caso, informa que el Juez 2 Penal del Circuito de Zipaquira, Gabriel Darío Hincapié, absolvió de todos los cargos que se les imputaban a tres sindicalistas de la empresa Ecopulpack S.A.S y manifestó que existió una persecución en su contra por la determinación de fundar y mantener el sindicato de los trabajadores de esa compañía: Sinaltraindustrias.
“(…) queda plenamente probado que ocurrió una circunstancia racionalmente incomprensible: personas a las que les tomó días ponerse de acuerdo para crear un sindicato, en 3 días decidieron renunciar (…) renunciaron al sindicato ante el empleador. ¿Por qué se persiguió judicialmente solamente a las personas que decidieron mantenerse en el sindicato? ¿Por qué se realizaron actos de persecución o se habrían realizado en contra de quienes mantuvieron su postura inicial? (…) ¿Por qué reunía la empresa a sus empleados para cuestionarlos por esa decisión? (…),” manifestó el juez penal.
Resaltó el funcionario que transcurrieron 11 años desde la acusación y dado que no se logró probar una conducta punible de los trabajadores, ante la enorme persistencia de la duda razonable, era forzoso absolver a Edison Ferney Castillo, Marlen Ávila, Edgar Castiblanco y Luis Hernando Chávez por los delitos de falsedad en documento privado, así como en el delito de falso testimonio para la señora Marlén y el señor Edgar.
“(…) quien tuvo a cargo este proceso en la Fiscalía, en fase de indagación, se limitó a recoger la denuncia, volverla acusación y traerla juicio (…) la prueba presentada no es suficiente para cumplir con deber constitucional de superar la duda razonable en relación con los elementos que integran la conducta punible”, indicó.
Por su parte, la presidenta del Cajar, Yessika Hoyos, y el abogado Sebastián Escobar, representantes de los tres trabajadores, resaltaron que está probado que la empresa ejerció presión y amenazas contra sus empleados por querer fundar un sindicato y promover los derechos de los trabajadores en un contexto de precariedad laboral, persiguiéndolos hasta lograr que la mayoría renunciara al sindicato. Ecopulpack, según testigos del caso, también ofreció estímulos a los empleados que renunciaron, como ascensos.
Agregaron los abogados que, además de la persecución, los trabajadores que permanecieron en el sindicato padecieron durante años amenazas, la precarización de su condición laboral en la empresa e infinidad de procesos disciplinarios, así como montajes judiciales como el que tras 11 años fue resuelto por el Juzgado de Zipaquirá. Recordó la abogada Yessika Hoyos que, incluso, la empresa les impidió a los tres trabajadores asistir a la audiencia de imputación de cargos, afectando su derecho a contar con garantías judiciales.
“Estos hechos se enmarcan en un contexto colombiano de cultura antisindical y no solo como contexto abstracto de buena parte de la empresa privada del país, sino de manera particular por parte de la empresa Ecopulpack (…),” concluyó Sebastián Escobar.
Desde el Cajar, junto a otras organizaciones defensoras de derechos humanos y sindicales, hemos manifestado que actos de acoso, persecución y criminalización de la acción sindical atentan contra las libertades de los trabajadores y trabajadoras en Colombia y desconocen el alcance y amparo que sobre este derecho fundamental han otorgado las altas Cortes y el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo OIT.
Nuevos hechos de discriminación antisindical
Pese a esta importante decisión, lamentamos informar que tras haber sido absueltos y en un nuevo acto de persecución contra sus empleados, Pulpack les entregó carta de despido a dos de las personas absueltas en este proceso y, además, les prohibió el ingreso a la empresa desde la fecha y hasta que culmine su contrato.
Ante esto, desde el Cajar solicitamos al Ministerio del Trabajo que investigue los distintos actos de persecución sindical que se han venido registrando durante por lo menos 11 años por parte de esta compañía, violatorios del derecho a la libertad sindical.
De igual manera, solicitamos a la Fiscalía que, según lo establecido en el artículo 200 del Código Penal, investigue estos hechos, dado que se trata de actos atentatorios contra el derecho a asociación sindical.