Violación a la libertad de circulación a integrante del comité ejecutivo central por autoridades mexicanas

Violación a la libertad de circulación a integrante del comité ejecutivo central por autoridades mexicanas

1. En horas de la madrugada del 24 de Marzo de 2016 La integrante del Comité Ejecutivo Central de la Juventud Comunista Colombiana CINDY PAOLA PÉREZ CALVO, viajó desde el aeropuerto el Dorado de la ciudad de Bogotá hacia ciudad de México D.F con el objetivo de participar del Congreso de la Juventud Comunista de México, evento en el que era formalmente invitada.

2. Luego de haber arribado al aeropuerto internacional Benito Juárez de la ciudad de  México, fue retenida por funcionarios de Migración de ese país, quienes inicialmente le preguntaron sobre los últimos viajes realizados, el origen de la financiación de los mismos, sobre su conocimiento de los diálogos de Paz entre el gobierno y las FARC-EP y posteriormente le preguntaron cuánto dinero llevaba para la estadía en México.

3. En un segundo momento fue conducida a una oficina en la que se le pidió llenar un formulario en el que debía especificar una vez más el monto del presupuesto para su estadía en México (el cuál no excedía los cien dólares).

4. Fue llevada a otra oficina en la que un agente realizó un interrogatorio en el que se le preguntó de nuevo por sus viajes recientes, por la financiación de los mismos y por su lugar de estudio en Colombia. Al responder que era estudiante de la Universidad Nacional le preguntaron si “era alumna del profesor Miguel Ángel Beltrán”.

5. A Cindy Pérez le fue solicitado un número de contacto en México, por lo cual suministró datos de una integrante de la Juventud Comunista de México, contacto al que finalmente no llamaron las autoridades. Posterior a esto llamaron a  una amiga de la afectada, también de nacionalidad Colombiana que está de visita por otros asuntos  en México a la que las autoridades le expresaron que ella (la amiga contactada) se encontraba como ilegal y no debió invitar a nadie en esas condiciones; este hecho resulta falso ya que ni el contacto fue quien realizó la invitación, ni su condición es de ilegalidad en ese país.

6. Al finalizar el proceso de interrogatorio las autoridades Mexicanas hicieron de nuevo referencia al profesor Miguel Ángel Beltrán y finalmente le informaron que sería deportada hacia Colombia. Uno de los uniformados le expresó a la joven afectada que  “personas como ella no eran gratas en México”.

7. Durante el tiempo de la retención no se le permitió a la joven comunicarse con nadie, ni siquiera con el cuerpo Diplomático Colombiano en México,  ni se le aclaró el motivo de la deportación. Al llegar a Colombia tampoco se le suministró información sobre lo que motivó su deportación.A los múltiples cuestionamientos, el aislamiento y el trato hostil e indigno por parte de las autoridades Mexicanas, se suma el trato hermético que manejaron las autoridades Colombianas de Migración,  quienes la  fotografiaron al llegar al aeropuerto El Dorado de Bogotá, sin aclararle o comunicarle si esto hacía  parte o no del procedimiento.

CONTEXTO

1. La Juventud Comunista Colombiana y múltiples sectores sociales y académicos  se han sumado a la campaña por la libertad del profesor Miguel Ángel Beltrán. En el año 2009 el académico fue detenido  en México y posteriormente deportado a Colombia. El proceso que inicio en el gobierno de Álvaro Uribe Vélez hasta la fecha sigue en curso y las organizaciones sociales han insistido en que se trata de un montaje judicial en su contra y que busca insistentemente vincular al académico con la insurgencia fundamentado en los aportes teóricos e investigativo que sobre el conflicto armado ha aportado el docente.

2. Vienen siendo recurrentes los casos de vulneración de Derechos a la militancia de la Juventud Comunista Colombiana, con un recrudecimiento en lo que va del 2016. Pese a los múltiples compromisos del Gobierno Nacional, parece que la escalada de acciones de lesión, hostigamiento y  persecución avanza sin que se ofrezca un freno efectivo.

3. A los hechos anteriormente narrados se suma lo ocurrido el día miércoles 23 de marzo de 2016, entre las 9:30 AM y las 10:30 AM en la ciudad de Santa Marta departamento del Magdalena, cuando los miembros de la Juventud Comunista Colombiana Luis Fernando Sánchez Güette, Anabel Zúñiga Céspedes, ambos miembros de su Comité Central y Omar Gómez integrante del Comité Ejecutivo Central y militantes los tres del Partido Político Unión Patriótica se encontraban desayunando en un pequeño negocio en el barrio 20 de Julio acompañados de integrantes del esquema de seguridad  de la UNP con el que se cuenta en esa ciudad, quiénes durante el desayuno de trabajo fueron víctimas de un despliegue policial por parte de la Unidad Antiterrorista de la policía Nacional; esta operación estaba a cargo del Subteniente Oscar García y un grupo conformado por alrededor de 20 uniformados, durante el mismo se les impidió movilizarse durante una hora, fueron requisados ellos y su vehículo, además de recibir un trato hostil y amenazante por parte de los uniformados sus documentos de identidad fueron fotografiados en varias oportunidades.

4. También está el caso del joven militante de la Juventud Comunista Colombiana Klaus Zapata ocurrido el domingo 6 de marzo del año en curso En Soacha en donde desarrollaba un activo trabajo en defensa de la vida, el medio ambiente y la paz con justicia social a través de la cultura. Su muerte fue perpetrada por un sujeto desconocido que le propinó varios impactos de bala mientras departía en medio de un partido de futbol en su barrio Ciudad Latina.

PRONUNCIAMIENTOS Y EXIGENCIAS

1. Rechazamos enérgicamente los casos de lesiones a la vida e integridad, hostigamientos, estigmatización y trato indigno del que están siendo víctimas los sectores populares del país especialmente los ataques en contra de la Juventud Comunista Colombiana.

2. Reiteramos la necesidad de hacer efectivas por parte del Gobierno de Juan Manuel Santos las garantías que  permitan a los sectores democráticos continuar en su justa lucha por la paz, los territorios y la vida digna.

3. Al gobierno de Juan Manuel Santos que investigue ante la cancillería los hechos en los que por parte de funcionarios de la Migración Mexicana fueron ultrajados los derechos y la dignidad de una joven nacional Colombiana, comprometida con la vida y que en ningún momento se encontraba actuando por fuera de la ley.

4. Se solicite por parte de la cancillería Colombiana a la Cancillería Mexicana una explicación formal sobre los motivos que no permitieron la entrada al país de la joven Cindy Pérez Calvo y los fundamentos que tuvieron las autoridades Mexicanas para restringir el Derecho Humano. Mientras los elementos que sustenten tal acción no sean aportados por las autoridades competentes y teniendo en cuanta las preguntas que se le hicieron durante el interrogatorio a la persona afectada, se puede entender que se trató de un asunto de discriminación por razones políticas e ideológicas, en el que se ven comprometidos derechos como la libertad de expresión, de asociación entre otros, agravados por la condición de incomunicación y trato cruel.

5. A las organizaciones defensoras de derechos Humanos e interesadas en la paz de Colombia a nivel Nacional e internacionales invitarlas  a estar atentas a la situación de recrudecimiento de la violencia en contra de luchadores y luchadoras sociales en lo que va del 2016, y de igual manera exigirle al gobierno nacional voluntad política para  esclarecer todos los casos, juzgar a los autores materiales e intelectuales y garantizar el libre ejercicio de la lucha por la paz con justicia social, el territorio y el agua sin que esto implique riesgo para la vida y la integridad de defensoras y defensores.

6. A las delegaciones diplomáticas con sede en Colombia del Alto Comisionado para los Derechos Humanos ONU que en correspondencia con sus facultades inste al Gobierno Colombiano y a sus utoridades para que se garanticen y respeten los derechos de la oposición, evitando la repetición de escenarios de exterminio y exilio masivo como el que ha enfrentado en país en décadas anteriores.

7. Hacemos al Estado Colombiano garante y responsable de la vida e integridad de la militancia de la Juventud Comunista Colombiana desde su deber primario de salvaguardar los Derechos Constitucionales y asegurar el cumplimiento de los tratados y convenios suscritos por el Estado Colombiano en materia de Derechos Humanos.

Ver denuncia original:
https://www.colectivodeabogados.org/wp-content/uploads/2021/07/au_cajibio_11_febrero_2016.docx

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