Abuso de autoridad en Buenaventura contra integrantes de Justicia y Paz(Colombia) (Autor: Comisión Intereclesial de Justicia y Paz) (Fecha: Diciembre 1 de 2005)

En un procedimiento excesivo, irregular, desproporcionado el Defensor de Derechos Humanos, DIEGO FIGUEROA, integrante de nuestra Comisión de Justicia y Paz fue sometido a una serie sistemática de interrogatorios y actuaciones de presión psicológica con privación ilegal de la libertad por parte de agentes del DAS de Buenaventura.

 

 

NFORME 23

Justicia y Paz

ABUSO DE AUTORIDAD EN BUENAVENTURA

CONTRA INTEGRANTES JUSTICIA Y PAZ

?Y hostigan porque lo recto, lo justo se busca?Salmo 38, 21

RESUMEN

En un procedimiento excesivo, irregular, desproporcionado el Defensor de Derechos Humanos, DIEGO FIGUEROA, integrante de nuestra Comisión de Justicia y Paz fue sometido a una serie sistemática de interrogatorios y actuaciones de presión psicológica con privación ilegal de la libertad por parte de agentes del DAS de Buenaventura.

El hecho se inició en la tarde de ayer en el Barrio La Playita de esa ciudad, cuando DIEGO FIGUEROA y WILLIAM KAYAPUL, también integrante de nuestra Comisión de Justicia y Paz fueron sometidos a una requisa, en desarrollo de una redada de efectivos del DAS y unidades de las Fuerzas Militares. A WILLIAM luego del cumplir el requerimiento lo dejaron transitar, pero a DIEGO lo sometieron a un interrogatorio en un carro polarizado y posteriormente en las instalaciones del DAS de espalda en el lugar con luz y en un lugar oscuro, donde según agentes del DAS ?ahí nos va a decir la verdad?.

Los dos Defensores de Derechos Humanos, acompañantes de las comunidades del Bajo Naya, quienes se preparaban a participar en el apoyo a las actividades dentro del proceso de titulación del Territorio Colectivo, fueron fotografiados en las instalaciones de DAS con su rostro de frente y un letrero con su nombre. Se desconoce el destino y uso de estas fotografías.

SOLICITUDES

Al Vicepresidente de la República FRANCISCO SANTOS [email protected] y al Director del DAS, ANDRES PEÑATE, apeñ[email protected] responder las siguientes preguntas:

Existen o no garantías para la legítima defensa de los derechos humanos y el acompañamiento humanitario a comunidades afrodescendientes que afirman sus derechos territoriales en el Bajo Naya?

¿Qué significa que los agentes del DAS expresen que el Bajo Naya es de control guerrillero? Qué quiénes allí habitan o quiénes allí van son guerrilleros o auxiliares?

O se pretende desconocer la existencia de un conflicto armado? Se les deben negar, por esta razón, los derechos a estas comunidades?

Cuáles son los alcances de las expresiones que afirman que la labor de derechos humanos, apoyada por grupos de iglesia de Madrid como los grupos ROMERO son estructuras de milicias?

Cuáles son los principios que rigen las operaciones de control, de inteligencia del DAS ? ¿Son legales los procedimientos que niegan la posibilidad de las personas trasladas a instalaciones del DAS de comunicarse, en este caso, con la organización de Derechos Humanos de la que son parte?

¿Qué significa el uso de cuartos oscuros para los interrogatorios? O la obligación de responder de espaldas a los mismos? En que se van a usar las fotografías de los dos defensores de derechos humanos? ¿Son una reseña? Se pasarán a archivos de inteligencia? Qué se quiere decir con la expresión que las fotos son para identificar, si aparecen por ahí muertos? Qué acciones de prevención se van adoptar a fin de que no se vuelva a repetir este tipo de situaciones con ningún defensor de derechos humanos ni ciudadano colombiano? Que garantías tendrán los defensores de derechos humanos de realizar su labor legal y legitima en el Bajo Naya en medio del control paramilitar que se vive en el perímetro urbano de Buenaventura del que depende jurisdiccionalmente el Bajo Naya? Estos son los mecanismos de acatamiento a las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos respecto de las comunidades del Bajo Naya y de nuestra Comisión de Justicia y Paz?

Ver adjunto

HECHOS EN DETALLE Y LINEAS DE INTERPRETACION

 

 

Bogotá, D.C 30 de noviembre de 2005
COMISION INTERECLESIAL DE JUSTICIA Y PAZ

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