Aprendiendo los DESC

Aprendiendo los DESC

 

Alirio Uribe Muñoz

Se trata pues, de comenzar a despertar la “alarma social” frente a esta clase de criminalidad, dado que la opinión pública está condicionada de manera tal que reacciona contra el que roba una cartera en la calle o comete un homicidio, pero considera que está en el “orden normal de las cosas” o que “corresponde a las leyes del mercado”, el saqueo sistemático de naciones enteras y la condena al hambre, a la enfermedad y a la muerte de millones de seres humanos.

Tabla de contenido

Introduccion.

I. Los derechos humanos como un todo integrador de la dignidad humana – reto para la humanidad a 50 años de la declaracion universal.

1.1 El derecho internacional de los derechos humanos aboga por la integralidad de todos los derechos humanos.

II. Avances en la positivacion internacional de los derechos economicos, sociales y culturales.

2.1 El Sistema Universal

2.1.1 Declaración Universal de Derechos Humanos.
2.1.2 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
2.1.3 Proyecto de Protocolo Facultativo del PIDESC.
2.1.4 Organización Internacional del Trabajo – OIT.
2.1.5 Instrumentos Jurídicos Internacionales específicos y complementarios.

2.2 Sistemas Regionales.

2.2.1 Sistema Americano.
2.2.1.1 Convención Americana de Derechos Humanos.
2.2.1.2 Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. O Protocolo de San Salvador.
2.2.2 Sistema Europeo – Carta Social Europea.
2.2.3 Sistema Africano – Carta Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos.

III. Avances en la positivacion internacional del derecho al desarrollo.

3.1 Proclamación de TEHERAN.

3.2 La Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social.

3.3 Declaración sobre el Derecho al Desarrollo.

IV. Poder juridico vinculante de los derechos economicos, sociales y culturales y del derecho al desarrollo.

4.1 Son derechos y no utopías de la humanidad.

4.2 La realidad de los pueblos y personas se aparta de la normatividad internacional.

4.3 Obligaciones Jurídicas de los Estados a partir del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

V. Mecanismos internacionales de proteccion de los derechos economicos, sociales y culturales.

5.1 El Sistema Universal de Protección.

5.2 El Sistema Regional Americano.

VI. Barreras para la vigencia de los derechos economicos, sociales y culturales y del derecho al desarrollo.

6.1 El ajuste estructural.

6.2 La deuda.

6.3 Las Instituciones Financieras Internacionales.

6.4 Distribución Inequitativa del Ingreso.

6.5 Concepciones Erróneas acerca del Estado.

6.6 El Crecimiento Económico como Panacea.

6.7 La privatización de los derechos humanos.

6.8 Concepciones erróneas acerca del Desarrollo.

6.9 Voluntad Política Deficiente.

6.10 Destrucción del Medio Ambiente.

6.11 Gastos Militares y Conflictos Armados. 6.12 Dualidad de Criterios respecto de los Derechos Humanos.

VII. Del dicho al hecho. Realidad de los derechos economicos, sociales y culturales en colombia.

7.1 Del derecho al Trabajo, a un Salario Equitativo, a la Asociación Sindical, a la Contratación Colectiva y de Huelga.

7.2 Del derecho a la seguridad social y a la salud.

7.3 Del derecho a un nivel de vida adecuado: mujeres, niños, jóvenes, alimentación y vivienda.

7.4 Del derecho a la Educación y a la Cultura.

VIII. Conclusiones y recomendaciones.

Introducción

El presente ensayo pretende una profundización sobre los derechos económicos, sociales y culturales abordados como derechos humanos, buscando que se haga un replanteamiento en la visión que se tiene de estos que a lo sumo se abordan como necesidades insatisfechas, sin tener en cuenta que desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos se plantea la liberación de la persona no solamente del temor al ejercicio arbitrario del poder sino también liberarlo de la miseria para que todos los hombres y mujeres puedan alcanzar una vida digna.

Es decir, buscamos en estas páginas una reflexión profunda que haga entender a los versados en derechos humanos, a la ciudadanía en general que no hay derechos humanos de primera, de segunda o de tercera como se manifiesta usualmente en las clasificaciones generacionales de los derechos humanos, que por el contrario avancemos en una concepción integral en la que todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales sean indivisibles e interdependientes y por tanto esenciales para que se respete la dignidad humana.

Se pretende demostrar que los derechos económicos, sociales y culturales, al igual que el derecho al desarrollo son verdaderos derechos, por tanto están positivados en múltiples pactos internacionales, incluso antes que los derechos civiles y políticos como lo explica el surgimiento de la OIT casi 30 años antes que la ONU; que son exigibles y justificables en el plano nacional e internacional; que al ser derechos son susceptibles de ser violados lo cual implica que hay víctimas de estas violaciones como los miles de niños que mueren diariamente en el mundo por falta de alimentación, y que hay victimarios; que hay necesidad de establecer la verdad, buscar la justicia y reparar a los millones de hombres que sufren la violación sistemática de estos derechos superando la impunidad.

Se debe partir del limite objetivo que es lo poco que se ha avanzado en la sistematización de los derechos económicos, sociales y culturales desde una perspectiva de derechos humanos. Considero que este ensayo es un aporte en el camino que hay que construir para que no se siga mirando la violación de esos derechos como algo natural, de tal manera que la sociedad entera así como se conmueve frente a la tortura o las ejecuciones extrajudiciales fije una posición ética de rechazo al hambre, a la falta de vivienda, de educación, de salud, de empleo y, en general, a unas condiciones infrahumanas que impiden el desarrollo de las personas en condiciones de dignidad.

Sin lugar a dudas este ensayo es apenas una mirada general al tema que se debe profundizar en el siglo que se aproxima, parte de las siguientes hipótesis:

1- Los derechos económicos, sociales y culturales son verdaderos derechos humanos. 2- Los derechos económicos, sociales y culturales hacen parte del derecho internacional de los derechos humanos y hay necesidad de hacerlos visibles. 3- No se puede alcanzar la Paz y liberar a las personas del temor y de la miseria sin garantizar todos los derechos humanos. 4- Los derechos económicos sociales y culturales son exigibles a través de mecanismos internacionales de protección que se hace necesario promover. 5- Los derechos económicos, sociales y culturales al igual que los derechos civiles y políticos son indivisibles e interdependientes y esenciales para garantizar la dignidad humana. 6- El Derecho al Desarrollo como un derecho humano se puede llenar de contenido garantizando la vigencia y disfrute de todos los derechos humanos a la población.

El estudio de estos derechos humanos no desconoce la realidad del país ni mucho menos la guerra sucia que se ha dirigido contra el movimiento social que ha perdido por lo menos 40 mil de sus mejores hombres y mujeres en esta larga noche de más de 40 años. Ellos han luchado por la libertad de expresión, de pensamiento, por la posibilidad de participar políticamente, por su identidad, por la autonomía de los indígenas y de los negros, por los derechos de las mujeres, por la tierra, por la vivienda, por los servicios públicos, por la educación, por la salud, por los derechos laborales y sindicales, en síntesis por una vida digna.

Consecuencia de la guerra sucia es la exclusión social que violenta a millones de colombianos. Para 1995 con una población estimada en 39 millones, se encontraban bajo la línea de pobreza 22 millones, de los cuales 7 millones eran indigentes. Si tomamos la estratificación socioeconómica realizada por el Estado tenemos que son pobres el 80% de los colombianos (estratos 1,2 y 3), un 13% pertenece a la clase media (estrato 4) y el 7% restante pertenece a la clase alta (estrato 5 y 6).

Tomando las cifras que hoy acoge la Comisión Interamericana en el Tercer Informe sobre Colombia aprobado en febrero de 1999 por la OEA, tenemos que: el 57% (23.940.000 personas) de la población no tiene acceso a servicios sanitarios y 73% (30.660.000 personas) de la población no tiene agua potable ; el índice de mortalidad infantil es más del doble que en el resto de la región ; al 10% más rico de la población le corresponde tan sólo el 1% del total del consumo, mientras el 10% más rico de la población recibe el 46,9% ; El desempleo abierto alcanza el 20% de la población económicamente activa; los trabajadores informales ya pasan del 60%; según el DANE hay 2.500.000 niños trabajadores; hay un déficit de 3.800.000 viviendas.

Estas cifras que encierran un profundo drama humano nos muestran la injusticia que vive Colombia, y en forma macabra como han ido de la mano el crecimiento económico, la guerra sucia, la concentración de la riqueza y del ingreso y por ende la concentración del poder político.

Por todo lo anterior el estudio de los derechos económicos, sociales y culturales y la búsqueda de su realización es un tema imprescindible de eventuales agendas sociales de Paz como lo son sin duda los otros derechos humanos y por ello no se trata de una simple discusión académica sino de la realidad que viven millones de personas en Colombia y en el resto del mundo lo que nos lleva a no ignorar y por tanto a hacer visibles estos otros derechos humanos y a sumarnos en la tarea por lograr su realización.

I. Los derechos humanos como un todo integrador de la dignidad humana – reto para la humanidad a 50 años de la declaracion universal.

Abordamos el tema partiendo de la necesidad de manejar una concepción integral de los derechos humanos sin escindirlos en clasificaciones generacionales que plantean diferentes niveles de exigibilidad y abren paso a la impunidad.

En la mayoría de países y a nivel de Naciones Unidas, los derechos humanos y sus defensores han centrado su accionar en materia de derechos civiles y políticos, básicamente en aquellos hechos que atentan contra la vida y la libertad, por ello se ha realizado por varios años un importante trabajo nacional e internacional para denunciar hechos extremos del ejercicio arbitrario del poder como son la desaparición forzada de personas, las masacres, las ejecuciones sumarias, la tortura, el desplazamiento forzado y las detenciones arbitrarias, hechos criminales que han afectado a los pueblos del mundo.

En materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales desde una perspectiva de derechos humanos, y de derechos igualmente exigibles como la vida, poco se ha avanzado. Las mismas ONG de derechos humanos -con algunas excepciones-, no manejan el concepto de interdependencia e indivisibilidad de los derechos civiles y políticos con los derechos económicos y sociales. Igualmente, existen innumerables organizaciones de promoción y desarrollo que luchan por derechos económicos y sociales como la Educación, la Vivienda, la Salud, el derecho a la Tierra, el Medio Ambiente, los derechos laborales y sindicales, los derechos de los niños y niñas, de las mujeres entre otros, pero muchos lo hacen sin tener claridad de que se trata de una gama de derechos exigibles en el orden nacional e internacional, sin tener claro que estos derechos hacen parte del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH), y sin comprender las obligaciones del Estado en esta materia.

Ante la Comunidad de las Naciones, realizan esas entidades una tarea quijotesca e importante pero que no se proyecta en un trabajo nacional e internacional para buscar la justiciabilidad de estos derechos. Ese vacío ha llevado a luchar por la vigencia de los derechos referidos a la vida física, postergando los demás que son inherentes a una vida en condiciones de dignidad.

Se debe avanzar entonces en la construcción de una concepción integral que lleve a prácticas colectivas en la defensa de los derechos humanos sin escindirlos.

Son precisamente los derechos humanos bajo una concepción integral los que permitirían articular los conceptos de DEMOCRACIA, DERECHOS HUMANOS Y DESARROLLO. A partir de los derechos económicos sociales y culturales se podría contribuir a la construcción de una sociedad civil que permita realmente acceder a esferas de poder y luchar por su realización.

La formación en derechos económicos, sociales y culturales afianza igualmente la lucha contra la impunidad. Es claro que si no se tiene conciencia de estos derechos tampoco se harán exigibles y menos aún justiciables; con su aprehensión avanzaremos hacia su realización y justiciabilidad.

Se requiere una gran labor de formación en materia de DERECHOS CIVILES, POLÍTICOS, ECONÓMICOS SOCIALES Y CULTURALES y en el DERECHO AL DESARROLLO. No es posible pedir a los ciudadanos y a las organizaciones civiles y populares -o incluso a los mismos organismos de derechos humanos- que defiendan lo que no conocen, como tampoco crear equipos de trabajo o elaborar informes o realizar una vigilancia social si las propias organizaciones que trabajan cada derecho en concreto no tienen clara su articulación desde una perspectiva de derechos humanos.

1.1. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos aboga por la integralidad de todos los derechos humanos

Esa dicotomía de los derechos y la prelación de unos u otros según las conveniencias políticas de los Estados, nos ha llevado por diferentes rumbos. Los países occidentales consideran que los derechos civiles y políticos priman sobre los derechos económicos, sociales y culturales, y en contraposición los países del bloque socialista y algunos llamados del tercer mundo, le han dado prioridad a los segundos, como lo plantea la Declaración de Teherán.

Lamentablemente en la practica no está del todo superada esa discusión a pesar de más de 30 años de vigencia de los Pactos. Muchos Estados se siguen amparando -para incumplir con el principio de integralidad e interdependencia- en la decisión de la Asamblea General de la ONU de 1951 de expedir dos pactos, separando los derechos civiles y políticos de los económicos, sociales y culturales bajo la consideración de que unos son de aplicación inmediata y otros de aplicación progresiva, lo que implica a su vez en los primeros la abstención del Estado y en los segundos una acción positiva de éste .

En 1977 la Asamblea General de la ONU adoptó la Resolución sobre Los criterios y medios para mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales en cuya parte resolutiva define los siguientes conceptos como básicos para el trabajo de la ONU:

“a) Todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son indivisibles e interdependientes: deberá prestarse la misma atención y urgente consideración tanto a la aplicación, la promoción y la protección de los derechos civiles y políticos como a los derechos económicos, sociales y culturales.

b) La plena realización de los derechos civiles y políticos, sin el goce de los derechos económicos, sociales y culturales resulta imposible; la consecución de un progreso duradero en la aplicación de los derechos humanos depende de las buenas y eficaces políticas nacionales e internacionales de desarrollo económico-social (..)

c) Todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de la persona humana y de los pueblos son inalienables ”

Actualmente Naciones Unidas reconoce la necesidad de eliminar la dicotomía planteando que “..Todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son indivisibles e interdependientes; debe darse igual atención y urgente consideración a la aplicación, promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales” .

De igual forma afirma que “..La promoción, el respeto y el disfrute de ciertos derechos humanos y libertades fundamentales no pueden justificar la denegación de otros derechos y libertades fundamentales”

La Comisión Interamericana considera que existe una relación indisoluble entre las condiciones de vida de la población y la vigencia de los derechos civiles y políticos, y ha indicado que “..pudo observar que una violación persistente y prolongada de los derechos económicos, sociales y culturales acaba provocando situaciones de violencia que terminan por afectar al ejercicio de los derechos civiles y de los derechos políticos. Esto no es algo que la Comisión haya deducido, sino que lo ha podido observar concretamente en la práctica en América Latina” .

Efectivamente se coincide en que no existe ninguna razón que pueda justificar ni las ejecuciones sumarias, ni las desapariciones forzadas, ni la tortura, y que es imprescindible que existan las condiciones mínimas para una existencia digna, como una vivienda y un sistema de salud adecuado y una educación que promueva los valores fundamentales de la persona. Igualmente, servicios básicos de agua potable, alcantarillado, energía, empleo, etc.

En el DIDH a nivel normativo está superada esa diferenciación de los derechos y su jerarquización en de primera o segunda generación, para dar paso a una concepción integral que garantice su indivisibilidad e interdependencia, aclarando que la existencia de los dos Pactos obedece más a las diferentes medidas que hay que adoptar por los Estados para su aplicación, que a la intención de dividirlos o jerarquizarlos . Consideramos que ésta es la interpretación más apropiada.

La humanidad ha venido avanzando hasta entender a los Derechos Humanos como un todo que posibilita la libertad de pueblos y de las personas en condiciones dignas, considerando a los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales como verdaderos derechos en condiciones de igualdad. En este sentido, para que no se entienda que los primeros son exigibles y los segundos meros postulados o utopías de la humanidad, por ello la necesidad de comprenderlos y aplicarlos como indivisibles e interdependientes .

Es importante dejar en claro el concepto de integralidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos, para poder avanzar en su justiciabilidad y poder comprender la gran impunidad que se cierne sobre los derechos económicos, sociales y culturales; comprometiéndonos a erradicarla y a buscar su efectiva realización, pues sume a pueblos y seres humanos en la miseria.

Transformar los sistemas políticos en estructuras antioligárquicas y plurales de participación directa, convertir las economías de exclusión en economías de inclusión social, convertir las tecnologías lineales en reciclables, construir culturas pluralistas y tolerantes que se apoyen en una ética solidaria, constituyen los desafíos por afrontar.

No podemos olvidar que en diversos países los derechos civiles y políticos se violan en el marco de las luchas por los derechos económicos sociales y culturales, entre otros: los derechos laborales, la lucha por la tierra, por la vivienda, Educación, servicios públicos y por la autonomía de los pueblos.

II- Avances en la positivacion internacional de los derechos, económicos, sociales y culturales.

2.1 El sistema universal

En este punto se hará una vista de los principales instrumentos internacionales adoptados a nivel de Naciones Unidas sobre el tema que nos ocupa.

2.1.1 Declaración Universal de Derechos Humanos DUDH .

La DUDH se refiere a “los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana”, propone el “advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y la miseria” disfruten de sus libertades. Se declara a los Estados “Resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de libertad” apuntando a un reconocimiento integral de los derechos humanos .

El articulado de la DUDH establece la igualdad como derrotero, prohibiendo la discriminación y precisando que en el disfrute de los derechos “no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona”. Seguidamente se desarrolla el catalogo de derechos civiles, luego los derechos políticos y los derechos económicos y sociales constituyendo un instrumento jurídico internacional básico e integral de los derechos humanos.

En materia de derechos económicos consagra: El derecho a la seguridad social y prevé que este derecho se debe garantizar “ mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional” ; el derecho al trabajo con un salario igual por trabajo igual y con un poder adquisitivo que permita la manutención del trabajador y la familia ; el derecho de asociación sindical ; el derecho a un nivel de vida adecuado que incluye la salud, bienestar, alimentación, vestido, vivienda, medios de subsistencia en caso de desempleo o discapacidad, protección especial a la maternidad y los derechos de los niños ; el derecho a la educación , el derecho a la cultura ; y además el derecho a un orden justo que “establezca un orden social e internacional en que los derechos y libertades proclamados en esta declaración se hagan plenamente efectivos”

La DUDH es la concreción y expresión de la conciencia común de la humanidad que reivindica todo un complejo de derechos humanos universales, inalienables e imprescindibles para una vida digna, es el inicio en la construcción del Derecho Internacional de los Derechos Humanos , que se desarrolla con los dos Pactos como instrumentos convencionales destinados a “ reforzar la Declaración y conseguir para los derechos que ella tutela una fuerza vinculante indiscutible” .

2.1.2 Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales PIDESC.

Desarrolla la DUDH en cuanto al ideal del ser humano liberado del temor y de la miseria por medio del goce integral de los derechos humanos, económicos, sociales y culturales, como también de los derechos civiles y políticos .

El PIDESC busca establecer normas con mayor poder vinculante para los Estados en materia de los derechos económicos, sociales y culturales, fijando igualmente su contenido, alcance y limitaciones; respecto de la DUDH amplía la gama de los derechos económicos sociales y culturales, y es un derrotero para buscar la materialización de estos derechos.

Clasificó así los derechos: En primer lugar, el derecho de los pueblos a su libre autodeterminación política y a proveer su desarrollo económico, social y cultural, disponiendo libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin que se pueda privar a un pueblo de sus propios medios de subsistencia .

En segundo lugar, un grupo de derechos laborales que comprende el derecho al trabajo, a la formación técnico profesional, a la ocupación plena, a condiciones de trabajo satisfactorias y equitativas, a un salario justo que permita condiciones dignas al trabajador y su familia, al descanso y al tiempo libre, a los derechos sindicales, que comprenden la libertad sindical de asociación y el derecho a la huelga .

Un tercer grupo que tiene que ver con los derechos de subsistencia, que comprenden el derecho a la salud física y mental, el derecho a la seguridad social, el derecho a un medio ambiente sano, el derecho a un nivel de vida adecuado que incluye la alimentación, el vestido y la mejora en las condiciones de existencia .

Un cuarto grupo son los derechos culturales, que comprende el derecho a la educación, la libertad de los padres de escoger la educación de sus hijos, a participar de la vida cultural y a gozar de los beneficios del conocimiento . Y finalmente un quinto grupo, incluye los derechos relativos a la protección de ciertas categorías o sectores, primero la familiar especialmente en lo que se refiere protección de la maternidad, de la adolescencia y los derechos de la niñez

En cuanto a la supervisión internacional para la aplicación del PIDESC el sistema de Naciones Unidas -hasta hace unos años- encargaba de los informes de los Estados, al Consejo Económico y Social, que es un órgano gubernamental integrado por representantes de los gobiernos, debiendo éste recibirlos, evaluarlos y procesarlos

El Consejo Económico y Social no han analizado ningún informe, absolutamente ninguno, desde el año 71 en que está vigente el Pacto. Por ello concluyó que no podía continuar así y resolvió crear un Comité de Estrato Independiente.

En 1985, para llevar un sistema de control parecido al del Comité de Derechos Humanos , se establece el COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES -creado por el ECOSOC mediante Resolución 1985/17 del 28 de mayo de ese año -; este órgano de supervisión cuenta con 18 expertos independientes de los Estados, con mayor autonomía y experiencia.

2.1.3 Proyecto de Protocolo Facultativo del PIDESC.

El Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales en su noveno periodo de sesiones pidió a el Sr. Philip Alston analizar un posible procedimiento para la presentación de denuncias, antes, en el Séptimo Periodo de Sesiones, el Comité había adoptado un documento analítico que se presentó a la Conferencia Mundial de Derechos Humanos y allí expresó la necesidad de adoptar un procedimiento en forma de un protocolo facultativo del Pacto, respecto de toda la gama de derechos económicos, sociales y culturales, muy similar al primer Protocolo en materia de derechos Civiles y Políticos.

En la Declaración y Programa de Acción de Viena se insta a la Comisión de Derechos Humanos para que en colaboración con el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales siga examinando la elaboración de Protocolos al PIDESC.

Actualmente, hay un proyecto de Protocolo del PIDESC, es facultativo y en esa medida solo se aplicará a los Estados partes que lo acepten expresamente mediante adhesión o su ratificación. Este proyecto no prevé un procedimiento interestatal pero la discusión al respecto sigue abierta; plantea la posibilidad de recibir y considerar comunicaciones de individuos o grupos que se hallan bajo jurisdicción del Estado Parte, que aleguen una violación de los derechos consagrados en el pacto .

Tiene como condiciones de admisión de una comunicación por violaciones de los Estados: no presentar comunicaciones anónimas ni contra un Estado que no sea parte; que las afirmaciones constituyan violación del Pacto; que infrinjan el derecho a presentar una comunicación; y que se relacionen con actos u omisiones ocurridas en vigencia del Protocolo ( salvo que sea una violación constante del pacto o que estén aun vigentes los efectos).

Para admitir la comunicación por violaciones de los Estados se requiere el agotamiento de los recursos internos disponibles, salvo que el Comité no considere razonable este requisito; y que ese mismo caso no se venga tramitando por otro procedimiento de orden internacional . Se faculta al Comité para solicitar al Estado parte la adopción de medidas provisionales a fin de evitar daños irreparables .

Luego regula la notificación al Estado, la posibilidad de solución amistosa, el examen de las comunicaciones, los resultados del examen que son básicamente las recomendaciones para adoptar medidas especificas para remediar la violación e impedir que se repita, reparar los daños causados, y un informe posterior de las medidas adoptadas; también se proponen medidas de seguimiento. No se permite reserva alguna al Protocolo

Se debe buscar que este Protocolo entre en vigencia lo antes posible como un instrumento que fortalecería la labor del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, máxime si se tiene claro que es difícil exigir los derechos sustantivos consagrados en el Pacto, si no hay un procedimiento eficaz que permita a las víctimas privadas de los derechos exigir su disfrute. Hay que buscar avanzar para que la presentación de quejas no sea una facultad solo de las víctimas sino también cualquier persona, o grupos de personas o de una entidad no gubernamental.

2.1.4 La Organización Internacional del Trabajo – OIT.

Nace en 1919 con la firma del Pacto de Versalles que puso fin a la Primera Guerra Mundial y que consideró que la Paz no puede existir sin justicia social, siendo necesario establecer una regulación mínima en la relación capital – trabajo para enfrentar la injusticia, la miseria y las privaciones. Por ello desde su Constitución se previó como fin primordial establecer normas internacionales del Trabajo consistentes en Convenios y Recomendaciones adoptadas por la Conferencia General. Su normatividad ha influido en materia internacional en lo que toca con los derechos humanos, política social y política de desarrollo .

El Derecho Internacional del Trabajo debe servir como derrotero a todos los Estados para la legislación y practicas del trabajo a nivel interno. Históricamente casi 30 años antes del nacimiento de la ONU ya se venían produciendo instrumentos internacionales de los derechos sociales. Con el nacimiento de la ONU, la OIT se incorpora como un Mecanismo Especializado en el área del trabajo.

La adopción de convenios y recomendaciones internacionales de trabajo ha sido una de las tareas permanentes de la OIT, por ello la gran cantidad de legislación internacional que ha producido, con un rasgo especial que es el tripartismo que permite a Estados, Patronos y Trabajadores en un plano de igualdad, construir ese cuerpo normativo de acuerdo a las necesidades que el Consejo de administración de la OIT ha considerado prioritarias.

Entre la normatividad que más se destaca está la relativa a la Libertad Sindical en áreas rurales, urbanas, la protección de ese derecho y la negociación colectiva ; a los salarios, a la jornada laboral, al descanso remunerado, a las vacaciones, al trabajo de las mujeres, al trabajo de los niños, a la seguridad e higiene y servicios sociales en el trabajo, a la seguridad social con asistencia medica y prestaciones, a los trabajadores migrantes, a los trabajadores del mar, entre otras materias fundamentales en el mundo del trabajo.

Esa positivación de los derechos laborales se ha venido ampliando a las reivindicaciones definidas de los trabajadores pasando a instrumentos que inciden sobre la totalidad de la población sobre todo en el campo de la política social en general , lo que toca con la política de empleo , sobre fijación de salarios mínimos para todos los trabajadores , sobre edad mínima de trabajo para abolir el trabajo de los niños , sobre discriminación y trabajo forzoso , o como la Recomendación 132 de 1968 sobre los arrendatarios y aparceros.

Su normatividad busca elevar el nivel de vida de toda la población y no solamente de quienes tienen un empleo y están organizados sindicalmente; sin embargo, podemos afirmar que es un derecho en evolución como lo es la totalidad del DIDH, y que en materia de universalidad y cumplimiento de esta normatividad hay mucho por hacer.

Para la justiciabilidad de estos derechos la OIT cuenta con procedimientos propios que posibilitan a los trabajadores por medio de sus sindicatos elevar “reclamaciones” ante el Consejo de la Organización, contra los Estados violadores del Derecho Internacional del Trabajo; también pueden recurrir ante el Comité de Libertad Sindical como mecanismos independiente de control.

Igualmente hay una supervisión general que realiza la Comisión de Expertos sobre la Aplicación de Convenios de OIT, se efectúa sobre las “memorias” que anualmente deben presentar los Estados. Esta Comisión presenta informes anuales a la Conferencia Internacional del Trabajo, señalando los casos de persistente violación de las obligaciones asumidas por los Estados.

2.1.5 Instrumentos Jurídicos Internacionales sobre derechos específicos y complementarios.

Son instrumentos dedicados a un solo derecho o a un sola aspecto de los derechos humanos, por regla general son instrumentos del sistema Universal, incluyen Tratados, Declaraciones y Convenciones por el limite de este articulo solo mencionaremos algunos de ellos.

La Declaración de los Derechos del Niño y la Convención Sobre los Derechos del Niño que busca la protección especial de los niños para que puedan desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y en condiciones normales. Reconoce igualmente la necesidad de la cooperación internacional para mejorar las condiciones de vida de los niños en todos los países, para ello impone a los Estados adoptar medidas legislativas , administrativas y disponer del máximo de los recursos para garantizar los derechos económicos, sociales y culturales de los niños .

La Declaración Universal sobre la Erradicación del Hambre y la Malnutrición , parte de reconocer la crisis alimentaria, que afecta especialmente a los países en desarrollo, donde viven la mayoría de las personas hambrientas y malnutridas del mundo. La eliminación de este flagelo es uno de los objetivos de la declaración sobre el Progreso y el Desarrollo Social. El bienestar de los pueblos del mundo depende de la producción y distribución adecuada de los alimentos, para alcanzar la paz y la justicia; eso implica eliminar la brecha entre países ricos y países pobres buscando un nuevo orden económico internacional.

Declaración Sobre la Utilización del Progreso Científico y Tecnológico en Interés de la Paz y en Beneficio de la Humanidad parte de que el progreso científico y tecnológico es uno de los factores más importantes para el desarrollo de la humanidad, que puede servir para mejorar las condiciones de vida de los hombres y pueblos del mundo, pero su desviada utilización puede crear problemas sociales y violar los derechos humanos como cuando se utiliza para el armamentismo o para sofocar los movimientos de liberación nacional .

Se impone como deber a los Estados el promover la cooperación internacional para que los avances científicos y tecnológicos se utilicen para fortalecer la paz, la libertad y la independencia , el desarrollo, económico y social de los pueblos y hacer efectivos los derechos humanos que incluyen la realización de los derechos económicos y sociales de los pueblos de esos países .

Declaración de los Principios de la Cooperación Cultural Internacional , parte de reivindicar toda cultura con su valor y dignidad que debe ser respetados y protegidos; titula este derecho en cabeza de los pueblos y rescata su diversidad y enriquecimiento mutuo.

La interacción de las culturas constituye un patrimonio para la humanidad, poniendo como objetivos desarrollar las relaciones de amistad entre los pueblos al comprender sus modos de vida, permitiendo a todos los hombres el acceso al saber, al disfrute de las artes y letras de todos los pueblos, y buscando que sean los beneficiarios de progresos logrados por la ciencia en todas las regiones del mundo, mejorando sus condiciones de vida espiritual y las de su existencia material.

2.2. Sistemas regionales.

2.2.1. Sistema americano.
2.2.1.1. Convección Americana de Derechos Humanos – CADH.

En el sistema Americano la CADH maneja igualmente una concepción integral de los derechos humanos, pero no desarrolla el Capitulo III relativo a los Derechos Económicos Sociales y Culturales sino que remite a las normas económicas, sociales y culturales contenidas en los articulo 29 a 50 de la Carta de la OEA y deja constancia expresa de lo ordenado en la Tercera Conferencia Interamericana Extraordinaria Celebrada en Argentina en 1967 , donde se aprobó “ la incorporación a la propia Carta de la Organización de normas más amplias sobre derechos económicos, sociales y educacionales y resolvió que una convención interamericana sobre derechos humanos determinara la estructura, competencia y procedimiento de los órgano encargados de esa materia”.

En el articulo 26o, los Estados partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa o por otros medios apropiados.

Establece el desarrollo progresivo de estos derechos y compromete a los Estado Partes a garantizar estos derechos incluidos en la Carta de la OEA reformada por el referido Protocolo de Buenos Aires que tiene unos enunciados que son realmente propósitos políticos cuando afirma:

“Los Estados miembros -dice el articulo 31 de la Carta- a fin de acelerar su desarrollo económico, convienen en dedicar sus máximos esfuerzos al logro de las siguientes metas: 1) Incremento sustancial y autosostenido del producto nacional per capita 2) Distribución equitativa del ingreso nacional, 3) Sistemas impositivos adecuados y equitativos, 4) Modernización de la vida rural, 5) Industrialización acelerada y diversificada, 6) Estabilidad del nivel de precios internos, de la armonía con el desarrollo económico sostenido y el logro de la justicia social, 7) Salarios justos, oportunidades de empleo y condiciones de trabajo aceptables para todos, 8) Erradicación rápida del analfabetismo, 9).Defensa del potencial humano, mediante la extensión y aplicación de los modernos conocimientos de la ciencia médica, 10) Nutrición adecuada, 11) Vivienda adecuada, 12) Condiciones urbanas que hagan posible una vida sana, productiva y digna, 13) Promoción de la iniciativa de la inversión privada en armonía con la acción del sector público, 14) Expansión y diversificación de las exportaciones”.

2.2.1.2 Protocolo adicional a la convencion americana de derechos humanos en materia de derechos economicos sociales y culturales o Protocolo de San Salvador .

Desde que la OEA adopto el Protocolo de San Salvador estableció en el preámbulo “ la estrecha relación que existe entre la vigencia de los derechos económicos sociales y culturales y la de los derechos civiles y políticos, por cuanto las diferentes categorías de derechos constituyen un todo indisoluble que encuentra su base en el reconocimiento de la dignidad de la persona humana” , de la misma forma deja claro que no puede justificarse la violación de unos derechos en aras de la realización de los otros derechos.

El protocolo amplia los derechos económicos sociales y culturales, precisa contenidos y limitaciones, como vimos la CADH dedica solo el articulo 26 a estos derechos remitiendo a la Carta de la OEA, en el protocolo podemos clasificarlos en cuatro grupos.

En primer lugar, llamémosle así, un grupo de derechos laborales que comprende el derecho al trabajo, el derecho a condiciones justas, equitativas y satisfactorias, un salario justo, el derecho a la estabilidad de los trabajadores en el empleo y los derechos sindicales, que comprenden la libertad sindical, y el derecho a la huelga . Un segundo grupo que tiene que ver con la subsistencia, que comprende el derecho a la salud, el derecho a la seguridad social, el derecho a un medio ambiente sano, el derecho a la alimentación .

En tercer lugar están los derechos culturales, el derecho a la educación que comprende la libertad de educación, y la libertad de los padres de escoger la educación de sus hijos . El cuarto grupo, incluye los derechos relativos a la protección de ciertas categorías o sectores, primero la familiar especialmente en lo que se refiere protección de la maternidad y de la adolescencia, los derechos de la niñez, los derechos de los ancianos y los derechos de los minusválidos .

El Protocolo establece como MEDIOS DE PROTECCION para la justiciabilidad de los derechos los, siguientes: El deber de los estados de presentar informes periódicos respecto de las medidas progresivas que hayan adoptado para asegurar la realización de esos derechos.

También se pueden presentar peticiones individuales por violación de los derechos conforme a los artículos 44 a 51 y 61 a 69 de la CADH, con una limitación, y es que el sistema no opera para todos los derechos; opera cuando los Estados partes hayan incurrido en violación del párrafo a) del artículo 8o (derecho de sindicalización y huelga ) y del artículo 13 (derecho a la libertad de educación), en tal evento interviene la Comisión Interamericana y si es del caso la Corte Interamericana. Nos perece que allí el Protocolo excluye injustificadamente del mecanismo de protección importantes derechos (salud, vivienda, alimentación, agua potable etc.) que no pueden tramitarse como casos de violaciones, lo que contribuirá a la impunidad.

El Protocolo, por tanto, en ese acápite de quejas individuales se queda corto, máxime si se tiene en cuenta que la libertad sindical y la libertad de educación se comportan como derechos políticos y, en el fondo, de una u otra manera, ya están reconocidos en la Convención Americana de Derechos Humanos. Sobre todo el derecho sindical que reconoce el derecho de asociación. De manera que ahí no hay una gran novedad

El control político lo ejerce sin limitaciones la Comisión Interamericana, que podrá realizar informes especiales con observaciones y recomendaciones a algunos o a todos los Estados partes, o las podrá incluir en el informe anual a la asamblea general.

2.2.2 El sistema europeo – la carta social europea .

La Carta se ocupa de los derechos económicos y sociales con énfasis en los derechos de los trabajadores, garantizando: el acceso al empleo o pleno empleo, la libertad de escoger empleo, a unas condiciones laborales equitativas, a seguridad e higiene en el trabajo, a una remuneración equitativa para el sostenimiento del trabajador y su familia, a la libertad de asociación sindical a nivel nacional e internacional para proteger sus derechos, libertad de negociación colectiva para fijación de las condiciones de trabajo, protección de niños y adolescentes física y moralmente, protección especial a la trabajadora para su no discriminación y para la maternidad, derecho a la orientación y capacitación profesional, el derecho de todas las personas a la asistencia social y a la salud, a seguridad social, la familia en su derecho a la protección social, jurídica y económica para su libre desenvolvimiento, y los derechos de los trabajadores migrantes .

En Europa con el fin de ampliar la Convención de 1950 y hacerla extensiva a los derechos económicos, sociales y culturales, el Consejo de Europa propuso incorporar esos derechos pero sin mecanismo de protección , el mecanismo jurisdiccional era inseparable y para todos los derechos de la Convención Europea por ello no se incluyeron, los estudios realizados los llevaron a concebir que los derechos económicos y sociales se derivan del derecho al trabajo y a la seguridad social, y los derechos culturales se realizan con el derecho a la educación, los informes relativos al cumplimiento de la Carta Social Europea debía recibirlos un Comité de Status independiente, emanado del Comité de Ministros del Consejo de Europa.

En el sistema europeo, además, no sólo hay un Comité de Expertos sino que, en el caso de los informes de cada país, las organizaciones empresariales, patronales y sindicales envían sus observaciones al informe. Si el Comité es de expertos independientes que no tienen que rendirle cuentas al gobierno, probablemente no van a tener la tendencia a la complicidad, la cual inexorablemente existe entre gobiernos.

2.2.3 El sistema africano – la carta africana sobre derechos humanos y de los pueblos

reivindica el derecho al desarrollo al cual se le debe prestar especial atención, agrega que los derechos civiles y políticos no pueden ser disociados de los derechos económicos sociales y culturales tanto en su concepción como en su universalidad, y plantea que la satisfacción de los derechos económicos , sociales y culturales es una garantía para el ejercicio de los derechos civiles y políticos .

La Carta es consciente del deber de lograr la total liberación de Africa eliminado el Colonialismo y el apartheid, a partir de esos principios fundamentales la carta desarrolla los diferentes derechos.

La Carta Africana aborda de manera integral los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales e incluyendo los derechos de los pueblos y el derecho al Desarrollo, y establece como medio de promoción y protección para todos los derechos la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos que tiene competencia para conocer de la totalidad de los derechos de la carta que sean infringidos.

III – Avances en la positivacion internacional del derecho al desarrollo.

La finalidad del Desarrollo no es otro que el ser humano y la satisfacción de sus necesidades liberándolo de las contingencias como el hambre, la enfermedad, la pobreza y en general de los obstáculos para su libre desarrollo.

A nivel universal la ONU reconoce que:

“El derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable, en virtud del cual, todos los seres humanos y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de él (…) implica también la plena realización del derecho de los pueblos a la libre determinación (…). La persona humana es el sujeto central del desarrollo y debe ser el participante activo y el beneficiario (todos) tienen, individual y colectivamente, la responsabilidad del pleno respeto de sus derechos humanos y libertades fundamentales, así como sus deberes para con la comunidad”.

“Los Estados tienen el deber primordial de crear condiciones nacionales e internacionales favorables para la realización del derecho al desarrollo (…) de cooperar mutuamente (…) de adoptar, individual y colectivamente medidas para formular políticas adecuadas de desarrollo internacional”

“Todos los derechos humanos y libertades fundamentales son indivisibles e interdependientes; deben dar atención y urgente consideración a la aplicación, promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales”.

Sobre el Derecho al Desarrollo se ha expedido innumerables instrumentos internacionales nos referiremos a continuación a algunos de ellos en orden de expedición.

3.1 Proclamación de TEHERAN

Veinte años después de la vigencia de la DUDH y en un proceso de evaluación de los progresos obtenidos se produce la proclamación de Teherán que puso de presente la necesidad del desarrollo para todos los países del mundo para superar la creciente disparidad existente entre los países económicamente desarrollados y los países en desarrollo que impide la realización de los derechos humanos en la comunidad internacional , promoviendo que los países desarrollados procuren por todos los medios superar esa disparidad .

Pone igualmente de presente que “los derechos humanos y las libertades fundamentales son indivisibles, la realización de los derechos civiles y políticos sin el goce de los derechos económicos, sociales y culturales resulta imposible”, destaca la necesidad de “buenas y eficaces políticas nacionales e internacionales de desarrollo económico y social” para lograr la aplicación efectiva de los derechos humanos

Finalmente la Conferencia Internacional de Teherán en la resolución final: “Exhorta a todos los pueblos y gobiernos a consagrarse a los principios contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y a redoblar sus esfuerzos para ofrecer a todos los seres humanos una vida libre y digna que les permita alcanzar un estado de bienestar físico, mental, social y espiritual “.

Este llamado tiene aun vigencia para lograr superar la contradicción existente en los países en vía de desarrollo entre un gran desarrollo económico y un atraso político, y entre una gran opulencia con la miseria absoluta.

3.2. La Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social .

En este primer instrumento se da la titularidad del derecho al desarrollo a los pueblos y a todos los seres humanos que sin distinción tienen derecho a vivir con dignidad y a gozar libremente de los frutos del progreso social. Con ese fin se debe eliminar los obstáculos que impiden el progreso social y el desarrollo como son: todas la formas de desigualdad y de explotación de pueblos e individuos, el colonialismo y el apartheid . Centra la posibilidad del Desarrollo en la autodeterminación de los pueblos como son: la independencia nacional, respeto a la soberanía e integridad territorial de los Estados, usufructo soberano de sus riquezas y recursos naturales, determinar sus propias prioridades, objetivos y métodos para lograr el desarrollo y la necesidad de la Paz con relaciones de amistad y cooperación entre los Estados .

Para cumplir el objetivo del desarrollo que es la elevación del nivel de vida material y espiritual de todos los hombres la declaración plantea varios objetivos: garantizar el derecho al trabajo, pleno empleo, un salario justo; la eliminación del hambre y la malnutrición; la eliminación de la pobreza con una distribución justa y equitativa del ingreso; garantizar los servicios de salud y la seguridad social; eliminación del analfabetismo y posibilitar la enseñanza gratuita a todos los niveles; proveer a toda la población de vivienda y servicios comunales; lograr una protección especial a sectores vulnerables como los niños, los ancianos, las mujeres embarazadas, a los minusválidos e impedidos mentales.

También crear las condiciones necesarias para un desarrollo social y económico acelerado y continuo especialmente en los países en desarrollo; modificar las relaciones económicas internacionales y la adopción de nuevos métodos en la colaboración internacional; la eliminación de todas las formas de discriminación y explotación; la eliminación de todas las formas de explotación económica extranjera, especialmente la ejercida por los monopolios internacionales; la participación de todos los países de manera equitativa en los avances científicos y tecnológicos, utilizando la ciencia y la tecnología en beneficio del desarrollo social .

Para lograr estos objetivos la Declaración exige la movilización de los recursos necesarios mediante la acción nacional e internacional y propone como medios y métodos: La planificación del progreso y del desarrollo social integrando un desarrollo global equilibrado; la participación efectiva de los miembros de la sociedad en la elaboración y ejecución de planes y programas de desarrollo ; impone la movilización máxima de los recursos nacionales disponibles con utilización racional y eficiente, con incremento progresivo del presupuesto social y del desarrollo; una distribución equitativa del ingreso nacional utilizando como instrumento el sistema fiscal. Medidas para evitar salida de capitales de los países en vía de desarrollo que van en detrimento de su desarrollo económico y social; medidas para acelerar el proceso de industrialización; fomento rural para elevar el nivel de vida de los campesinos fiscalizando la utilización de la tierra en interés de la sociedad, incluso una reforma agraria que permita la justicia social y el suministro adecuado de alimentos a toda la población.

Medidas legislativas, administrativas o de otra índole que garanticen a todos los derechos civiles, políticos, económicos , sociales y culturales; construcción de vivienda a bajo costo en zonas rurales y urbanas; proporcionar servicios sanitarios a toda la población y servicios médicos preventivos y curativos ; poner en practica amplios sistemas de seguridad social y servicios de asistencia social, mejorando los existentes; la rehabilitación de las personas mental o físicamente impedidas.

Respetar la libertad sindical y participación cada vez mayor de los sindicatos en el desarrollo económico y social; medidas para acelerar, mejorar y ampliar los niveles de enseñanza que deben ser gratuitos para toda la población y evitando el éxodo intelectual; Buscar altas tasas de crecimiento económico; Asistencia técnica, financiera y material bilateral y multilateral en la mayor medida posible, prestamos con bajas tasas de interés , largos periodos de gracia para su pago, facilitando a los países en desarrollo la explotación directa de sus riquezas y recursos naturales; intensificar la cooperación internacional técnica, científica y cultural en materia de progreso y desarrollo social.

Finalmente propone la indemnización por los daños de carácter social y económicos causados por una agresión u ocupación ilícita de un territorio por parte del agresor; el desarme general liberando los recursos para el bienestar económicos y social de todos los pueblos .

Como podemos observar, se trata de un importante instrumento que de ser aplicado en toda su dimensión permitiría rescatar el desarrollo como un patrimonio de la humanidad y deponer el modelo de desarrollo excluyente y violento aplicado durante los últimos cincuenta años. Sin duda buena parte de lo que hay que decir esta dicho, hay que pasar a los hechos, a la exigibilidad de esta normatividad, tarea que debe estar al centro del quehacer de los hombres y los pueblos en lo que resta de este siglo y en el inicio del próximo milenio.

3.3. Declaración sobre el Derecho al Desarrollo

Frente al Derecho al Desarrollo las Naciones Unidas tienen claro que la persona humana es el sujeto central del desarrollo humano, y es participante y beneficiario del desarrollo humano conforme al preámbulo y art. 2-1 de la Declaración de Naciones Unidas Sobre Derecho al Desarrollo de 1986 : El art. 1o lo concibe como un derecho inalienable en cabeza de los hombres y de los pueblos, facultándolos para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el cual puedan de manera plena disfrutar todos sus derechos humanos.

Se insta a los Estados para tomar todas las medidas necesarias para la realización del derecho al desarrollo (Art. 3, 4 y 8) ; La responsabilidad por la realización del derecho al desarrollo se asigna primordialmente a los Estados individual y colectivamente, pero también a los hombres y los pueblos; Impone la declaración medidas activas tanto en el plano nacional como en el internacional para la realización del derecho al desarrollo ( Art. 3-1, 4 y 8).

Se desprende de la declaración que los sujetos activos o beneficiarios del derecho al desarrollo son los seres humanos y los pueblos , los sujetos pasivos del derecho al desarrollo son los Estados Individual y Colectivamente que tienen la responsabilidad emanada de la Declaración.

Estas importantes normas sobre el Desarrollo imponen nuevos retos y entender que :

“Para la mitad más pobre de la humanidad, el desarrollo esta primero que todo en el derecho a la salud, a la nutrición, al alojamiento, a un mínimo de energía y a la educación que dé posibilidades de una vida digna. Estos bienes dependen esencialmente de un medio ambiente global. En el otro extremo, una minoría de países, por su sobre-consumación desde hace un siglo, a comprometido gravemente la capacidad autoregeneradora de la biosfera. Para estos países superdesarrollados, donde crecen grupos de miseria, debe darse una verdadera conversión cultural sobre el desarrollo, medir el desarrollo no por la acumulación de mercancías, sino por la calidad del tiempo y la reducción de las desigualdades”.

En cuanto a la Justiciabilidad y la posibilidad de exigir jurídicamente el Derecho al Desarrollo en el sistema de Naciones Unidas, se debe tener en cuenta que el preámbulo hace referencia a los instrumentos pertinentes de Naciones Unidas y a sus organismos especializados en este campo. Cabe la posibilidad de utilizar los mecanismos de protección como sería el sistema de protección contenido en la Resolución 1503.

Cabria también una supervisión o control político por el sistema de informes periódicos, o el diseño de un sistema de monitoreo por un grupo de expertos o por un relator especial para el desarrollo designado por Naciones Unidas, todo esto refleja como el derecho al Desarrollo debe fortalecer todo el sistema normativo del derecho internacional de los derechos humanos y conducirnos por derroteros ciertos hacia la exigibilidad jurídica del derecho al desarrollo.

IV – Poder juridico vinculante de los derechos economicos, sociales y culturales y del derecho al desarrollo

Hay necesidad de superar la mera positivación de los derechos económicos, sociales y culturales pasando a su exigibilidad y realización. Estos derechos comprometen la dignidad y la vida misma de los pueblos y las personas, entonces no podemos posponer o excluir a una parte de la humanidad del ejercicio pleno de esos derechos escudándonos en consideraciones como el nivel de desarrollo económico, ahí que sea importante entender que la vigencia de estos derechos implica la voluntad de los Estados y compromete a múltiples actores internacionales, entre ellos a la comunidad de las naciones.

4.1. Son derechos y no utopías de la humanidad

Uno de los grandes problemas a resolver en el tema que nos ocupa , es el de la Redacción como Normas Programáticas de los Instrumentos Jurídicos Internacionales que consagran los derechos económicos, sociales y culturales, ya que tanto el PIDESC y los Principios de Limburgo sobre su aplicación, la Carta Social Europea, el Protocolo de San Salvador, entre otros, para la aplicación, introducen el concepto de progresividad es decir que difirieren en el tiempo la realización de los derechos, aplazando su materialización a un futuro indeterminado.

El carácter programático y de simples expectativas de los derechos económicos sociales y culturales y del derecho al desarrollo niega el carácter de verdaderos derechos y los aplaza en su realización para épocas futuras lo que es un contrasentido y genera gran impunidad. Como ejemplo nos preguntamos si recientemente la FAO ha dicho que mueren en el mundo 11.000 niñ@s diariamente de hambre, como decirle a la humanidad que el derecho a la alimentación es programático o como seguirlo posponiendo?

La “prohibición de la discriminación” y la “universalidad” se vulneran con el concepto de progresividad, que no tiene una interpretación unívoca, que conlleva un disfrute y carencia desigual de estos derechos tanto entre los Estados, como entre las personas al interior de un mismo Estado. Implica un nivel de disfrute desigual entre las personas frente a un mismo derecho, lo mismo que el desigual disfrute frente a derechos diferentes. Lo jurídicamente acertado debido al desarrollo desigual sería una Discriminación Positiva en favor de los sectores sumidos en la pobreza para propiciar la justicia social, la igualdad y garantizar la paz.

Es importante anotar que frente a la exigibilidad el Grupo de Trabajo de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente de la OEA , que realizó los estudios y anteproyectos del protocolo de San Salvador, partió de la premisa de que los derechos económicos, sociales y culturales son efectivamente derechos exigibles, por ello la necesidad de adoptar mecanismos jurídicos internacionales de protección que no hagan nugatorios los derechos, que permitan su efectividad frente a los Estados violadores de estos derechos.

Consideramos que los contenidos mínimos de los derechos son plenamente exigibles a los Estados y a la Comunidad de las Naciones independientemente de factores externos como el nivel de desarrollo. Los contenidos mínimos que conforman el Núcleo Esencial de los derechos económicos, sociales y culturales es intangible, absoluto e inalienable y se debe permitir su disfrute a toda persona para garantizar su dignidad humana.

Por lo tanto se debe realizar un esfuerzo para buscar el núcleo identificador de esos derechos y propiciar a nivel universal su exigibilidad inmediata .La progresividad solo sería viable para satisfacer elementos adicionales a los contenidos mínimos de los derechos, ejemplo una vivienda lujosa.

Si no morigeramos el concepto de progresividad estamos aceptando que se puede posponer el derecho a la salud, a la alimentación, a la educación, a la vivienda, al trabajo u otros derechos fundamentales de las personas inherentes a una vida digna, no se puede aceptar que por los obstáculos que tienen estos derechos y las diferencias económicas de los Estados hagan que esos derechos devengan en simples utopías para millones de seres humanos. Por ello el énfasis en su exigibilidad inmediata y la responsabilidad que deben asumir para garantizar esos derechos no sólo los Estados sino la comunidad internacional.

De las normas abordadas citadas se derivan obligaciones claras para los Estados como es que : “actúen tan rápidamente como sea posible”, el no “diferir indefinidamente los esfuerzos desplegados para la completa realización de los derechos”, el “aumento de los recursos” económicos y de todo orden para su realización, utilización del máximo de los recursos disponibles y la utilización “eficaz” de esos recursos.

Los Principios de Limburgo establecen que la parte II del PIDESC impone a los Estados utilizar todos los medios apropiados, legislativos, judiciales, administrativos, económicos, sociales, educativos, eliminación de normas contrarias a la normatividad del pacto, utilización eficaz de los recursos, con el fin de cumplir las obligaciones en él contenidas. El fracaso de un Estado para cumplir con una obligación del Pacto constituye una violación.

A veces puede uno concluir que los derechos económicos, sociales y culturales pueden llegar a ser vulnerados de manera parecida a los derechos civiles y políticos; no como consecuencia de la no realización de estos derechos, sino como consecuencia de la adopción de políticas que están directamente orientadas a la supresión de los mismos como podría ser la política neoliberal.

4.2 La realidad de los pueblos y personas se aparta de la normatividad internacional

De la mirada que hemos realizado a las principales normas sobre derechos económicos, sociales y culturales y sobre desarrollo podemos decir que hay un importante avance en la positivación, en elevar esos derechos a norma internacional, pero el problema es si se cumple o no con los mismos.

Basta una mirada a la realidad para comprender que hay una distancia entre la verdad jurídica y la cotidianidad de pueblos y personas, esto lo ponen en evidencia las Cumbres Mundiales en favor de la Infancia, sobre Medio Ambiente y Desarrollo, sobre Derechos Humanos , sobre Población y Desarrollo, Sobre la Mujer, sobre Hábitat II y sobre Desarrollo Social entre otros múltiples foros internacionales, que se convierten en grandes esfuerzos para llamar la atención de los Estados y de la Comunidad Internacional en la urgencia de dar aplicación a esa normatividad que es constantemente violada. Si miramos la realidad encontramos que: “Aunque 106 países han ratificado el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales , es desolador el verificar que más de mil millones de seres humanos viven en el abandono, unos 180 millones de niñ@s sufren de malnutrición aguda, 1.5. millones de personas no tienen acceso a los servicios médicos primarios, ni al agua potable. Dos millones de individuos no disponen de instalaciones higiénicas y más de mil millones de adultos no saben leer ni escribir. Estas cifras, lejos de disminuir, aumentan .

Y no es un problema de los llamados países pobres, tenemos que “En Europa todo acontece como si la miseria no existiera, cuando ella toca 55 millones de nuestros compatriotas, una cifra que nunca antes la habíamos tenido, ni siquiera en los tiempos de la revolución industrial del siglo pasado. La Comunidad Europea cuenta con 18 millones de desempleados. 17 millones de migrantes extranjeros que no pertenecen a la CCE y 3 millones de personas sin techo”.

La barreras para la realización de los derechos económicos, sociales y culturales, al igual que al derecho al desarrollo nos alejan de la motivación de la normatividad internacional.

La deuda externa genera día a día mayor pobreza y afecta la soberanía económica de los países en desarrollo, la UNICEF estima que los problemas unidos a la deuda son el origen directo de la muerte de 500.000 niñ@s por año, igualmente “la formulación y aplicación de políticas económicas ya no le pertenecen a las autoridades nacionales, sino a las esferas internacionales, con una consecuencia negativa para las poblaciones de los países en desarrollo, asegurando de alguna manera muy clara el beneficio de las clases sociales que tienen el dominio del comercio exterior”.

La políticas de ajuste estructural impulsadas por el FMI y el Banco Mundial, condicionan a los Estados, justifican la dominación y niegan el desarrollo humano, sus recetas se traducen, entre otras cosas, en una disminución impresionante de los presupuestos de salud, de educación, en la reducción de los salarios, en el recorte de servicios públicos, en más de 1.000 millones de seres humanos viviendo en la pobreza extrema y padeciendo hambre cada día .

Las políticas de ajuste afianzan la injusta distribución de la riqueza incluso en los países industrializados, donde el 20% más rico recibe 7 veces más que el 20% más pobre de la población. En los países en desarrollo, el 20% más rico recibe el 50% del total de ingresos familiares y el 20% de las familias más pobres recibe un 4% o menos de ese ingreso. El ingreso medio de los países ricos es 58 veces mayor que el de los países en desarrollo, pero lo más grave es que los países en desarrollo sostienen a más de la mitad de la población mundial con el solo 5,6% del ingreso mundial . Esta criminal desigualdad en la distribución de la riqueza pone en peligro la estabilidad política y social de los países y amenaza la seguridad de la población dejando propagar el crimen, la violencia, los conflictos y la guerra.

Esta relación entre deuda y desarrollo, torna imposibles de aplicar y buscar la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales. Políticas económico-sociales impuestas por los organismos internacionales multilaterales, un modelo de crecimiento y modernización superficial, la destrucción del medio ambiente, la inequidad en la tenencia de la tierra, el desarrollo asimilado a crecimiento económico, la industrialización incompleta, la distribución regresiva del ingreso, la inflación, el desempleo, la mala estructura del sector público, el deterioro de los indicadores sociales básicos: empleo, educación, salud y vivienda, producen graves consecuencias en el avance democrático y la estabilidad política de los países en desarrollo, y afecta, estructuralmente, los derechos humanos en su dimensión integral.

En materia de desarrollo la realidad es desoladora, la fórmula de considerar que el crecimiento económico se traduce en prosperidad para el conjunto de la sociedad, facilitó un modelo de desarrollo genocida que sirvió para aumentar la brecha entre ricos y pobres con un crecimiento geométrico de la pobreza .

El administrador del PNUD, M. Janes Gustave Speth, afirmó durante la conferencia anual de las ONG del 8 de septiembre de 1993: “En algunos países, el desarrollo fracasó en lo que concierne a la garantía y protección de la seguridad de las poblaciones: seguridad alimentaria, seguridad del acceso al agua y a la tierra, seguridad de empleo y renta y muchas veces seguridad de sobrevivencia”. En otros casos, las disparidades socioeconómicas son tan importantes que “el desarrollo ha venido a ser una mayor fuente de violaciones de los derechos humanos” en la medida en que el Desarrollo se rinde a las leyes e intereses del mercado .

Queda claro que la sola positivación de los derechos económicos, sociales y culturales y del derecho al desarrollo, es apenas el punto de partida para alcanzar la realización de esos derechos , su inclusión en Declaraciones, Convenciones, Recomendaciones, o en Constituciones Nacionales, debe ir acompañada de una voluntad política y un compromiso, teniendo en cuenta que la exigibilidad jurídica de estos derechos ciertos e indiscutibles se soporta en una realidad : “la vigencia de los derechos económicos, sociales y culturales, es un problema, no de generación de recursos, sino de asignación de recursos; y como problema de asignación de recursos que es, es un problema político.”

4.3 Obligaciones jurídicas de los Estados a partir del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en materia de los derechos económicos, sociales y culturales

Existen dos fuentes principales del derecho Internacional, los tratados que establecen reglas expresas reconocidas por los Estados partes y la costumbre como una práctica generalmente aceptada que tuvo mayor fuerza antes de existir un derecho internacional escrito.

Los Estados se obligan para con los Pactos a partir de su ratificación conforme a las normas correspondientes del tratado mismo, si bien los Estados pueden hacer reservas, de acuerdo con la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, ellas no pueden ser incompatibles con el objetivo del tratado.

Es importante tener claro que el derecho consuetudinario producto de la costumbre tiene gran poder vinculante que se afianza cuando se transforma en derecho escrito con las Declaraciones o los Pactos donde se declara por escrito su existencia, por ello se debe entender que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos esta en un proceso de construcción y positivación permanente, que ha venido transitando de la costumbre, a las declaraciones, de allí a los Pactos y finalmente a sistemas de protección jurídica internacional para su exigibilidad si los Estados se sustraen de su aplicación.

Los que se debe tener claro para los efectos de este análisis es que tanto el Derecho Consuetudinario, como las Declaraciones de Derechos y los Pactos formulan principios y normas jurídicas que han de regir las conductas de los Estados y que son de obligatorio cumplimiento.

Es importante resaltar las OBLIGACIONES DEL ESTADO en materia de derechos económicos, sociales y culturales derivadas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos :

1. Obligación de no discriminación en el ejercicio de los DESC.

2. Obligación de adoptar medidas inmediatas : Legislativas, Administrativas, Judiciales, Económicas y Educativas.

3. Obligación de garantizar los niveles esenciales de los derechos económicos, sociales y culturales a toda la población, satisfaciendo un mínimo de subsistencia que permita garantizar una vida digna.

4. Obligación de reconocer legalmente los DESC y adecuar el marco legal para posibilitar el ejercicio de los DESC

5. Obligación de proveer recursos judiciales y otros recursos efectivos para garantizar los DESC

6. Obligación de producir y publicitar información sobre los DESC

7. Obligación de satisfacción, incluye la progresividad, de los DESC y su correlativa prohibición de regresividad, es decir de mantener los niveles de calidad de vida alcanzados sin retroceder.

8. Obligación de respeto , que consiste en la no interferencia del Estado en la libertad de acción y uso de los recursos propios de las personas para autosatisfacer sus DESC.

9. Obligación de Protección, impidiendo que personas naturales o jurídicas (empresas nacionales o multinacionales) violen los DESC de los ciudadanos.

10. Obligación de sancionar los delitos de servidores públicos y de particulares en los casos de corrupción que obstaculizan la realización y violan los DESC.

11. Se deben destinar el máximo de los recursos disponibles para satisfacer los DESC.

12. Adoptar una estrategia nacional para cada uno de los DESC en que se definan los objetivos para el desarrollo de las condiciones de acceso a los derechos, se determinen los recursos disponibles para alcanzar estos objetivos, la forma eficaz y equitativa para emplear los recursos, metas claras de avance con sistemas de monitoreo y verificación.

13. Garantizar la protección de los sectores colocados en situación de vulnerabilidad.

14. Tener información fiable y clara con indicadores actualizados que permitan saber cual es la situación década derecho pudiendo así adoptar y conducir políticas públicas para la realización de los DESC.

Puede uno concluir que los derechos económicos, sociales y culturales pueden llegar a ser vulnerados de manera parecida a los derechos civiles y políticos; no como consecuencia de la no realización de estos derechos, sino como consecuencia de la adopción de políticas que están directamente orientadas a la supresión de los mismos.

Hay necesidad de superar la mera positivación de los derechos económicos, sociales y culturales pasando a su exigibilidad y realización. Estos derechos comprometen la dignidad y la vida misma de los pueblos y las personas, entonces no podemos posponer o excluir a una parte de la humanidad del ejercicio pleno de esos derechos escudándonos en consideraciones como el nivel de desarrollo económico, de ahí que sea importante entender que la vigencia de estos derechos implica la voluntad de los Estados y compromete a múltiples actores internacionales, entre ellos a la comunidad de las naciones.

V- Mecanismos internacionales de proteccion de los desc

Los derechos económicos, sociales y culturales como en general los Derechos Humanos cuentan con unos instrumentos Internacionales en los cuales se hallan consagrados como normas sustantivas y están acompañados de mecanismos para vigilar su cumplimiento por parte de los Estados.

En términos generales puede afirmarse que la verificación del cumplimiento de las obligaciones de los Estados y la evaluación de los niveles de desarrollo o retroceso de los niveles de disfrute de los Derechos económicos, sociales y culturales desde una instancia Internacional es, en alguna medida, una fórmula de exigibilidad legal de los mismos. Las imperfecciones del derecho Internacional de los Derechos humanos, que en la mayoría de los casos implican la inexistencia de mecanismos judiciales para hacerlos efectivos en el plano internacional, invitan a explorar ésta y las demás formas existentes para realizarlos de manera concreta. El conocimiento de los instrumentos y mecanismos y su uso creativo permitirán ir madurando y perfeccionando la normativa internacional en la materia, con las consecuencias positivas que de allí se van derivando para la realización de la dignidad humana.

Presentar de manera suscinta las posibilidades y limitaciones de los mecanismos propios del derecho Internacional que sirven para la supervisión, es el propósito de estas notas. Los procedimientos internacionales tienen en general los siguientes objetivos:

a) Función asesora: mejorar las políticas nacionales de asesoramiento general.

b) Función asistencial: para mejorar las situaciones concretas en lo social, con apoyo técnico y logístico.

c) Correctiva: para modificar la conducta de Estados que violan, desconocen o transgreden las normas de los derechos internacionales, en su espacio nacional. Las principales formas de supervisión correctiva son: comités, informes y relatores.

5.1. El Sistema Universal de Protección.

En el espacio de la ONU existen varios Comités de Supervisión relacionados con derechos económicos, sociales y culturales, en términos generales las facultades de los comités son: de investigar y de producir conclusiones, observaciones, sugerencias o recomendaciones.

El principal mecanismo utilizado para la supervisión general son los comités integrados por expertos independientes. Otra forma a la que a veces se recurre es a los relatores, que a su vez pueden ser de dos clases: Por países; lo cual en la práctica ha estado ligado a situaciones persistentes y graves de violación de derechos civiles y políticos. Por temas, como por ejemplo: Grupo de trabajo del derecho al desarrollo y Comité contra la prevención de la discriminación y protección de las minorías.

El Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales realiza una supervisión general del cumplimiento de los derechos económicos, sociales y culturales. Este es un organismo que, aunque no es directamente convencional, como si lo es el Comité de Derechos Civiles y Políticos, realiza el seguimiento a nombre del Consejo Económico y social (ECOSOC ) organismo que sí tiene este origen.

La vigilancia la realiza principalmente a través de la presentación de informes de los gobiernos y evaluación de la situación de los DESC con la colaboración de organismos técnicos de la ONU (OMS – OIT – UNICEF) y de las ONG nacionales e internacionales.

En la actualidad los Estados deben presentar informes cada 5 años sobre el estado de cumplimiento de sus obligaciones en general y respecto de todos los grupos sociales en particular.

Existen también órganos de supervisión específicos: son organismos encargados de supervisar los derechos respecto de determinados grupos sociales.

– Comité contra toda forma de discriminación racial

– Comité de seguimiento a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

– Comité encargado de la Convención de los derechos del niño.

La participación de las ONG en la supervisión se puede dar:

– Señalando que los informes del gobierno deben ser conocidos con anterioridad y en lo posible discutidos con ONG y organizaciones sociales.

– Permitiendo y provocando el envío de preguntas por parte de las ONG que finalmente un grupo del trabajo del Comité selecciona y completa para que el gobierno prepare su informe directo (en audiencia) sobre puntos que aparezcan en el documento estatal como imprecisos, insuficientes o incorrectos.

– Provocando el envío de informes paralelos alternativos elaborados por las ONG nacionales y publicando una síntesis y resumen de los mismos a manera de documentos de trabajo y como documento oficial en la carpeta que la secretaría entrega a cada uno de los expertos Independientes. Para el efecto el documento de trabajo no debe extenderse mas allá de diez (10) hojas y el documento oficial debe reducirse a tres (3) o cuatro (4) hojas; ambos documentos deben referirse a la situación de los DESC y en particular analizar el informe gubernamental.

– Permitiendo y provocando la intervención directa de las ONG en las sesiones en las cuales se analiza la situación de país con intervención oral ante el comité DESC, a la que se agrega una sesión de preguntas y respuestas.

– Permitiendo que se incida con la redacción de borradores, en la elaboración de conclusiones y recomendaciones que finalmente es definida y adoptada por el Comité.

El procedimiento de análisis permite la intervención de gobiernos y de las ONG: en una primera etapa pública se realiza una sesión con gobierno y con organismos especializados y luego con otras ONG.

Se destaca también el sistema de la OIT que es un organismo tripartito compuesto por delegados del gobierno, los trabajadores y los empleadores, ésta composición le determina un perfil político a sus actuaciones.

Son facultades de la OIT: Establecer normas que regulan la vida del mundo laboral; Establecer mecanismos de supervisión de cumplimiento por los Estados de las obligaciones derivadas de los pactos y recomendaciones y verificar concretamente ese cumplimiento

La OIT tiene varios mecanismos relacionados directa o indirectamente con funciones de supervisión. La autoridad máxima de la OIT es la Conferencia Internacional reunida cada año. En esta asamblea se procede a estudiar asuntos generales o temáticos y situaciones especiales que den lugar a un párrafo especial, referido a un país específico, cuando la conferencia lo considere necesario por que en ese territorio exista una situación en el cual las violaciones o desconocimientos sean graves y sistemáticos.

La Comisión de Expertos de OIT es un órgano técnico encargado de analizar las memorias que debe presentar anualmente cada gobierno sobre determinados convenios ratificados, los documentos alternativos producidos por el movimiento sindical y específicamente elaborados por las organizaciones más representativas. Esta comisión hace solicitudes directas a los Estados para que en casos específicos ajusten su conducta a las obligaciones internacionales en la materia y observaciones cuando se producen en el país violaciones graves y persistentes de los derechos laborales.

Procedimientos contenciosos cuasijudiciales son: Reclamaciones planteadas por organizaciones: de empleados o de trabajadores y quejas presentadas por un Estado.

Existen algunos procedimientos especiales que acompañan acciones específicas y procedimientos diferenciados, nos referimos a las acciones de Libertad sindical y la Contra discriminación en el empleo, el resultado final de estas acciones pueden ser recomendaciones específicas que se publican en los órganos de difusión de la OIT.

5.2 El Sistema Regional Americano

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos es un Organismo de supervisión cuasijudicial, vela por el cumplimiento de las obligaciones establecidas por los Estados en el Pacto de San José, se realiza utilizando informes generales que corresponde presentar a los Estados. Este mecanismo no se ha usado y sus posibilidades están aún por explorar.

El protocolo de San Salvador formaliza y afianza la facultad de la Comisión Interamericana para conocer de informes generales y quejas particulares en materia DESC. Este protocolo es un tratado multilateral que aún no ha entrado en vigencia por que no se han logrado las suficientes ratificaciones para que entre en vigor.

Otro mecanismos son la peticiones individuales (cuasijudicial) cuyos casos pueden ser estudiados y definidos por la Comisión Interamericana. En derechos Económicos, sociales y culturales las peticiones individuales o de casos pueden presentarse en los siguientes derechos: Asociación Sindical, Educación y Derecho a la salud (de manera indirecta en tanto afecta el derecho a la vida).

También la Corte Interamericana de Derechos Humanos es un Organismo judicial en el Sistema Americano. Al estudio de este organismo se llega por dos vías muy restrictivas: a petición de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos o a petición de un Estado. Esta circunstancia hace que hasta la fecha no se haya estudiado ningún caso de derechos económicos, sociales y culturales por la Corte Interamericana. Sin embargo se ha pronunciado indirectamente sobre el tema utilizando su facultad de ser órgano consultivo, indicando que los derechos económicos, sociales y culturales son judiciables e insinuando que le solicite una opinión específica que le permita desarrollar doctrinalmente el tema.

Como puede observarse existen instrumentos y mecanismos desde el espacio Internacional de los Derechos Humanos que permiten que las ONG incidan en la mejoría de estos derechos en el país y en el avance del desarrollo social. A pesar de sus limitaciones estos recursos pueden y deben utilizarse para mejorar los niveles de bienestar de la población y para perfeccionar el derecho Internacional de los derechos humanos y su eficacia real.

VI- Barreras para la vigencia de los derechos economicos, sociales y culturales y del derecho al desarrollo

A sabiendas de la dificultad de reducir la problemática a un número limitado de causas, concentramos nuestra atención en las siguientes :

6.1 El Ajuste Estructural

El proceso de ajuste estructural sigue teniendo un efecto desalentador sobre los derechos humanos y sobre la capacidad de los regímenes legales comprometidos en hacer cumplir y respetar estos derechos.

Es destacable la relativa disminución de la soberanía nacional y del control interno sobre los procesos y recursos económicos locales y el crecimiento correspondiente del nivel de influencia directa de los organismos financieros internacionales sobre las decisiones políticas nacionales. Son a todas luces aspectos del proceso de ajuste que sin duda afectan los DESC .

Otros analistas afirman que el ajuste consiste más en justificar la dominación del Banco y del Fondo respaldando financieramente el statu quo, que en promover el desarrollo humano .

Parece pues, que la iniciativa en materia de formulación de políticas económicas ha pasado de las autoridades nacionales a las fuentes internacionales con efectos frecuentemente negativos para los pueblos del mundo en desarrollo, estableciéndose al mismo tiempo una clara dominación de las clases sociales orientadas al comercio exterior . A medida que los inversionistas y los acreedores extranjeros han ido aumentando su poder e influencia en las estructuras normativas nacionales, el poder y el alcance del Estado han ido disminuyendo, en especial en los países que aplican medidas de ajuste .

Para lograr una explicación a la contradicción éxito-fracaso -depende quien lo diga-, de las medidas del FMI y del BM es interesante examinar algunos documentos. Un autor señala que los beneficios económicos del ajuste en la mayoría de los casos africanos han sido modestos o nulos. Pocos programas de reforma han conseguido la tasa de crecimiento o el aumento de la producción agrícola per cápita deseados, mejorar el saldo en cuenta corriente o la situación de la deuda externa.

Al examinar la misma región, el FMI interpreta respecto de aquellos países que han experimentado un escaso crecimiento a largo plazo, con un continuo deterioro del ingreso per cápita, tal como ha ocurrido en el África Subsahariana, que “..donde se han aplicado con firmeza programas de ajuste estructural se han mejorado los resultados en materia de crecimiento..” .

El Relator Especial no considera cierta, por otro lado, la afirmación frecuentemente escuchada en el FMI y el BM de que el ajuste es la única alternativa para las economías de países no desarrollados . No obstante, los conceptos más recientes de ajuste que aplican el FMI y el BM, éstos parecen aún inspirarse con demasiada frecuencia en la teoría económica y no en las consecuencias humanas, políticas, sociales y económicas del ajuste en más de 70 países .

“..Parecería, a primera vista, que la aplicación de las mismas normas a este respecto haría inaplicable el compromiso contraído por cada uno de los Estados parte en el Pacto “a adoptar medidas… hasta el máximo de los recursos de que disponga, para lograr progresivamente… la plena efectividad de los derechos aquí reconocidos” lo cual, desde luego, no es cierto. Por otra parte, las condiciones generalmente establecidas por el FMI, que todo país beneficiario debe cumplir antes de recibir financiamiento del BM o antes que se le considere solvente internacionalmente se refieren a esferas de participación del Estado que pueden influir de manera decididamente negativa en la realización de los DESC. Como principio general, las condicionalidades jamás deberán redundar en violaciones flagrantes de los DESC, ni deberán amenazar la satisfacción de las necesidades de subsistencia básicas” .

Según cifras recientes acerca del ajuste aplicado en América Latina y el Caribe, el consumo per cápita del sector empresarial aumentó en un 16% mientras que el consumo de la mano de obra disminuyó en un 25% .

La Red Europea sobre Deuda y Desarrollo considera que el ajuste debería abordar al menos los siguientes puntos:

a) aumentar considerablemente el nivel y calidad de participación popular, concretamente a quienes más afecta el ajuste,

b) mayor transparencia institucional de las instituciones financieras internacionales y autoridades nacionales que negocian el ajuste,

c) efectuar un ajuste económico en el mundo industrializado, que tome en cuenta las ramificaciones internacionales de la adopción de decisiones a nivel nacional,

d) el suministro de recursos financieros y de otra índole para alcanzar los objetivos fijados por medidas de ajuste adecuadamente elaboradas,

e) elaborar un programa de ajuste en el que se aplique un planteamiento que tome realmente en cuenta las características de cada caso,

f) la defensa y el aumento de las inversiones en desarrollo de los recursos humanos, especialmente importantes en periodos de ajuste.

6.2 La Deuda

Los factores que inciden en este fenómeno los resumimos en los siguientes:

a) Apertura Económica: implica tener que gastar cantidades fabulosas cada año en importaciones, y en consecuencia, verse obligado a pedir prestado dinero para hacer esas importaciones. La naciente industria debe ser protegida de la competencia de los países con más recursos, más tecnología y más desarrollo. Esto fue abandonado, por lo que la industria se arruinó; aumentando los desempleados y subempleados.

Los Estados Unidos, el país más industrializado del mundo, paradójicamente protege celosamente con todo tipo de fórmulas arancelarias y de otra naturaleza, no sólo a su industria que está lejos de ser competitiva en muchas ramas, sino también los productos agrícolas como el azúcar de remolacha y el jarabe de maíz para endulzar refrescos.

b) Endeudamiento externo: como consecuencia del incremento de las importaciones, es uno de los factores principales de la deuda.

c) La corrupción: es un elemento a tener en cuenta, aunque no el determinante, porque está en los orígenes de la deuda. Es un ejemplo de cómo la actuación de los gobiernos puede ser mejor o peor y tiene incidencia en la situación.

c) Gastos militares: le compran a los países del Tercer Mundo las materias primas a precios de hambre, para fabricar portaaviones, acorazados, cohetes estratégicos, submarinos nucleares, y sufragar, además, la guerra de las galaxias. Es en la guerra contra el hambre y aquí en la tierra donde deben invertirse esos recursos.

d) Fuga de capitales: cuando se pierde la confianza en la moneda nacional que es lo que ha ocurrido en los países latinoamericanos, mucha gente que quiere asegurar su dinero, lo cambia, lo deposita en Estados Unidos o en Europa con un alto interés y tienen asegurado el dinero y los intereses.

e) Las tasas de interés: el problema está en los enormes intereses que hay que pagar cada año, religiosa y puntualmente, acompañados de medidas políticamente inaplicables, exageradas e irreales metas relacionadas con la inflación, reducción del déficit presupuestario, restricción a los gastos sociales en países llenos de necesidades alimenticias, médicas, educacionales, de empleo, de vivienda, etcétera, y otros puntos exigidos por el FMI.

f) Intercambio desigual: el crecimiento constante de los precios de los equipos, maquinaria y demás productos elaborados que se importan de los países industrializados y, la pérdida creciente del poder adquisitivo de las exportaciones básicas de los países en desarrollo. El fenómeno se ha ido presentando históricamente y puede seguirse con precisión en las últimas cuatro décadas. Es una especie de ley que prevalece en el comercio entre los países en desarrollo y los países industrializados.

Según el BM, la deuda del Tercer Mundo ascendía a 1.351 billones de dólares a fines de 1991 . La Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) coloca esta cifra en 1.450 billones.

Como señala el Relator Especial, la crisis de la deuda ha producido una transferencia sin precedentes de recursos del Sur al Norte, que, entre 1982 y 1990, ascendió a por lo menos 432.000 millones de dólares, equivalente a seis Planes Marshall, en dólares de 1991 . Entre 1985 y 1990, el Brasil pagó a sus acreedores 54.500 millones de dólares más de lo que recibió en nuevos préstamos. Según la Organización Meteorológica Mundial se necesitaría poco menos de esa cantidad (50.000 millones) para abastecer de agua potable y desagüe a toda América Latina durante el próximo decenio.

La crisis de la deuda condujo a un tremendo aumento del empobrecimiento. La UNICEF estima que más de 500.000 niños mueren anualmente como consecuencia directa de problemas actuales vinculados con la deuda .

La Red Europea sobre Deuda y Desarrollo (EURODAD) propone::

Los pagos de la deuda no deben primar sobre los derechos fundamentales del pueblo de los países deudores, en particular respecto del derecho a la alimentación, la vivienda, el vestido, el empleo, la atención de la salud y un medio ambiente sostenible y sano. Todo país debe contar con recursos suficientes para permitir que haya un desarrollo y un crecimiento sostenido y sostenible .

AnáIogas declaraciones han hecho en más de una oportunidad la Comisión de Derechos Humanos y la Asamblea General de Naciones Unidas. De no haber una reducción considerable o una condonación de la deuda, serán muy escasas las perspectivas de un mundo en que sea viable la realización de los DESC .

Es sencillamente imposible pagar la deuda, ni puede llevarse a cabo en la práctica ni lo resisten nuestros países, ni resolvería jamás el problema del desarrollo. Constituye un imposible económico, un imposible político y un imposible moral . Lo anterior obliga a un rediseño del esquema polarizante de distribución de riquezas, dirigido a combatir la pobreza a escala mundial, que resuelva las necesidades básicas humanas empleadas como indicador de los grupos de población que están comprendidos en esa franja económica.

Pareciera que la idea del FMI es conducir al establecimiento de un programa mundial para la reducción de la pobreza en el decenio de los 90, programa compuesto de 3 puntos principales: a) desarrollo de las políticas nacionales, b) estímulo de las condiciones económicas externas favorables y c) expansión de las políticas adecuadas de financiación del desarrollo . Esta política se viene implementando en América Latina con Nicaragua y Bolivia.

El FMI plantea que los gastos militares que superen el límite básico exigido por la seguridad pueden denominarse gastos improductivos . De acuerdo a la perspectiva mundial actual el gasto militar interno no fomenta el bienestar, mientras que los gastos en servicios sociales y económicos si lo hacen. Es alentador escuchar que el FMI insiste en los aspectos sociales del ajuste.

Resulta claro que el estudio de estas cuestiones, y una reforma de estatutos de estos organismos, exigiría un mandato específico y los aspectos de política estudiados en párrafos anteriores deben figurar entre las consideraciones fundamentales en el exámen de una posible reforma de estas instituciones.

Otra orientación posible o complementaria de las actividades sería, según el Relator Especial, intensificar la cooperación interinstitucional, dentro del sistema de la ONU, incluida la cooperación entre los órganos de derechos humanos y las instituciones financieras .

6.3. Las lnstituciones Financieras lnternacionales

Tomando en cuenta que el BM, el FMI y otros órganos de la ONU diseñan los programas de ajuste económico, se debe dar más énfasis en la coordinación entre ellos y en la inclusión de los aspectos sociales desde el diseño mismo del programa y no una especie de postre social . La preparación de documentos básicos de política podrían Ilegar a ser una esfera importante en la que deberían concentrarse las actividades en materia de DESC .

La cuestión de políticas fiscales en el contexto de la aplicación de programas de estabilización y ajuste guarda relación directa con la realización de los DESC. Aunque se ha reconocido claramente su importancia “… las dificultades políticas, las directrices sobre condicionalidad y los problemas de calendario han impedido que se los tomara en cuenta seriamente en los programas del Fondo” .

6.4. Distribución Inequitativa de los lngresos (¡OJO!)

En general existe una lamentable tendencia a vincular la distribución de los ingresos tanto dentro de los Estados como entre ellos con la realización de los DESC. Por ejemplo, el BM advierte contra la redistribución de los ingresos, aduciendo que “puede ser perjudicial y, en todo caso, sucede con frecuencia que los beneficios los perciben los menos necesitados” .

La distribución de los ingresos dentro de los Estados sigue siendo penosamente injusta. Aún en los países industrializados, donde existen normalmente formas de tributación relativamente progresivas y elevados niveles de desarrollo económico y de consumo, el 20% más rico recibe 7 veces más que el 20% más pobre .

Las condiciones de la distribución en gran parte del mundo en desarrollo son considerablemente peores. Países tan diversos como Botswana, Brasil, Colombia, Costa Rica, Costa de Marfil, Jamaica, Guatemala, Malasia, Panamá, Perú, Sri Lanka, Tailandia y Venezuela mantienen sistemas económicos donde el 20% más rico de la población posee más del 50% del total de ingresos familiares (y en algunos casos más del 60) mientras que la proporción correspondiente al 20% de familias más pobres oscila alrededor del 4% .

En los 80 hubo cambios en la repartición del ingreso en los países. Las clases trabajadoras urbanas y grandes sectores de la clase media se han empobrecido, mientras que los grupos y los empresarios vinculados de una forma u otra con la internacionalización del capital, representan los principales beneficiarios económicos de los últimos 10 años .

Entre los Estados la situación es también critica. El ingreso medio de los países ricos es 58 veces superior al de los países menos adelantados. Visto desde un ángulo diferente, los más pobres entre los países en desarrollo sostienen a más de la mitad de la población mundial, pero su ingreso es sólo el 5,6% del ingreso mundial .

Pese al objetivo de la ONU de que los países de la OCDE dediquen el 0,7% de su PNB a la “asistencia para el desarrollo” (objetivo logrado por un puñado de países solamente), la proporción real de toda ayuda que llega no solamente a los sectores más pobres sino al propio país beneficiario, es denigrantemente exigua. Por ejemplo, actualmente, en los EE.UU., un 70% de cada dólar de “asistencia” al Tercer Mundo en realidad nunca sale de ese país. Respecto de otros países industrializados la proporción es análoga .

Las desigualdades cada vez mayores en materia de ingresos no sólo ponen en peligro la realización de los DESC, sino que polarizan excesivamente y fragmentan a las sociedades en el precario y desestabilizador dualismo de “ricos y pobres”. La distribución de los ingresos es una cuestión critica fundamentalmente por su relación con la democracia . Lo importante no es sólo el nivel de ingreso, sino también el uso que se hace de ese ingreso .

6.5. Concepciones erróneas acerca del Estado

La base jurídica sobre la que se asientan los DESC supone fundamentalmente la presencia de un Estado “fuerte” como motor que impulse la realización de esos derechos, junto a una orientación nacional favorable a ellos. Las realidades políticas prevalecientes en la mayoría de los Estados contradice esto y la visión del “papel apropiado” que propugna cada vez más el Banco Mundial, según la cual toda acción del Estado en la economía es sospechosa .

Más bien la norma es un Estado “particularista” o “débil” (cada vez más) que tiende a gobernar, sobre todo basándose en las conexiones, los incentivos, los vínculos políticos, el dinero, y el clientelismo . El Estado “particularista” hará que la modificación de políticas se convierta en mera retórica. Además, este problemas es uno de los principales factores que explican por qué se insiste tan poco en la caracterización de los DESC como “derechos”. Por consiguiente, los problemas relacionados con estos derechos podrían no depender únicamente de las políticas, sino de la naturaleza de la estructura del propio Estado .

En muchos países los ciudadanos consideran que el “Estado” democráticamente elegido o no, es una entidad que tiene poco que ofrecerles. En la mayor parte de los países, los pobres, sobre todo, suelen temer al Estado y a sus agentes en lugar de percibirlos como colaboradores en su lucha por la sobrevivencia. Basta observar que muchas de las acciones llevadas a cabo por grupos sociales desfavorecidos son consideradas por los funcionarios públicos de numerosos países como técnicamente “ilegales”, mientras que la aplicación de la ley está destinada a violar y a no respetar los derechos de los pobres .

6.6. El Crecimiento Económico como Panacea.

Aunque se debe reconocer que el crecimiento es necesario para el éxito de una política de realización de los DESC, las políticas orientadas hacia su logro no son, por si mismas, suficientes .

Al parecer no existe ninguna seguridad de que el crecimiento impulsado por un mercado abierto, conducirá necesariamente a la disminución de la pobreza o a un mejoramiento de la situación efectiva de los DESC. En algunos casos se considera que el crecimiento económico, que es la ideología dominante de los círculos internacionales del desarrollo, se ve amenazado por los aumentos de salarios. El crecimiento no es por si mismo una garantía de prosperidad para el conjunto de la sociedad.

Hoy en día se reconocen ampliamente las extensas y serias deficiencias del PNB como indicador de bienestar y al parecer el índice de desarrollo humano (IDH) del PNUD puede constituir una alternativa, al menos en parte, a su utilización . Si bien el IDH sólo tiene cinco años de existencia, ya ha tenido grandes repercusiones en la formulación de políticas de desarrollo humano .

Según la UNICEF: “Máxima inversión en la población y mínima en los mercados es el mensaje central de las actuales recomendaciones del BM… (pero) el Banco no valora en los mismos términos ambos aspectos de la política de desarrollo y sigue dando a entender que los mercados pueden cometer pocos errores y que todo crecimiento económico es necesariamente favorable (incluido el tipo de crecimiento rápido por el BM en la región amazónica y que no ha beneficiado a la mayoría más pobre de la población ni tampoco al medio ambiente). Al mismo tiempo, la intervención gubernamental en la economía se considera invariablemente culpable mientras no se demuestre su inocencia” .

6.7. La Privatización de los Derechos humanos

El reconocimiento retórico del papel del Estado, hecho por el BM, aunque sólo sea en una posición secundaria detrás del mercado, no oculta la propensión general en favor de la privatización y la reducción de la participación del Estado en la economía. El FMI ha afirmado a este respecto que “en la actualidad se reconoce ampliamente que los gobiernos deben reducir su alcance a aquellas esferas en las que pueden aportar una contribución positiva al funcionamiento de la economía”. Incluso en los países que han seguido estos consejos, la situación de los derechos socioeconómicos no han visto progreso alguno, más bien un retroceso al reformar a los ajustes los códigos laborales, la medicina, salud y otras esferas en las que antes intervenía el Estado .

La fiebre de privatizaciones ha generado la errónea creencia de que la propiedad privada debe constituir un aspecto intrínseco del proceso de desarrollo del decenio del 1990. Desde luego, se debe recordar que en ninguna parte de los Pactos se menciona el derecho de propiedad.

La nueva insistencia en la supuesta necesidad de reformar los sistemas jurídicos para incluir el derecho de propiedad quizá se pueda apreciar mejor en el contexto del conflicto con los objetivos aún más acuciantes relacionados con los derechos sobre la tierra, la reforma y la redistribución agraria y el derecho, igualmente decisivo, a una vivienda apropiada .

6.8. Concepciones Erróneas Acerca del Desarrollo

En la actualidad se advierte un alentador consenso en casi todos los organismos de ONU referido a que alguna forma de desarrollo humano debe acompañar al desarrollo económico. No obstante ello se limita a esta ecuación simple y evidente, y es aquí donde las opiniones discrepan; en particular en cuanto a la forma de alcanzar este doble objetivo simultáneamente. Una mayor inclusión de las pautas y objetivos de derechos humanos en todos los aspectos del proceso de desarrollo (lo que está ocurriendo más que nunca antes), podría ayudar a promover un enfoque más integrado .

El desarrollo humano nunca ha sido prioritario para los países ricos. Según la proporción de gastos en proyectos de desarrollo humano del PNUD, los Estados Unidos, pese a tener el PNB más elevado del mundo, sólo dedican el 0,01% de su PNB a la ayuda en esferas relacionadas con el desarrollo humano . Los 12 principales países donantes de ayuda internacional dedican menos del 10% a la satisfacción de las necesidades básicas de los países receptores . La ayuda para el desarrollo ha sido tan extremadamente limitada que no ha afectado de modo significativo la pobreza mundial.

Cada vez se cuestionan más los avances que los proyectos de organismos como el BM tienen en materia de desarrollo, e incluso el mismo Banco habla de fracaso en un altísimo porcentaje. Por su parte, el enfoque imaginativo y nuevo adoptado por el PNUD respecto al desarrollo humano constituye evidentemente un paso importante, oportuno y constructivo para fomentar el desarrollo real en todo el planeta .

Las pautas de desarrollo que perpetúan la desigualdad actual no son ni sostenibles ni dignas de sostenerse. El desarrollo humano sostenible entraña que tenemos una obligación moral de hacer por las generaciones que nos sucederán, significa que el consumo actual no puede financiarse durante mucho más tiempo incurriendo en deudas económicas que deben pagar otros. Significa que hay que hacer inversiones suficientes en la enseñanza, en la salud y que los recursos deben utilizarse de manera que no creen deudas ecológicas .

6.9. Voluntad Política Deficiente

“La ausencia de compromiso político, y no la falta de recursos financieros, es con frecuencia la causa verdadera del abandono en que se encuentra el hombre”, comienza diciendo el PNUD en su Informe de 1991. Calcula asimismo que cerca de 50 mil millones de dólares (2% PNB de países en desarrollo) podrían asignarse anualmente a propósitos más productivos. La congelación de los gastos militares, la contención de la fuga de capitales, la lucha contra la corrupción, la reforma de las empresas públicas y la reducción de las actividades de vigilancia interna se cuentan entre las esferas en que se podrían lograr nuevas economías .

Con demasiada frecuencia se supone que la voluntad política en materia de DESC es suficiente, una vez que se ha puesto en vigor la legislación concerniente a un derecho especifico o a aspectos de éste. Si bien la adopción de medidas legislativas puede ser un medio apropiado, es evidente que esto no basta. Un ejemplo es el derecho a la vivienda (párrafo 1 del articulo 2 del Pacto), estipulado en más de 30 constituciones nacionales, puede decirse que en ninguno de esos países se lo ha reconocido en la práctica .

6.10. Destrucción del Medio Ambiente

Las medidas de ajuste estructural, entre las que figura invariablemente un aumento de las exportaciones, suelen traducirse en una explotación excesiva de los recursos naturales, que neutraliza los esfuerzos de los gobiernos por resolver problemas ecológicos. La destrucción de los recursos naturales aumenta la incapacidad de las personas cuya subsistencia depende del medio ambiente para procurarse materiales de construcción y alimentos y, por tanto, satisfacer sus necesidades.

Los grandes embalses que inundan los pueblos y las tierras poseídas tradicionalmente por indígenas, la tala de las selvas pluviales tropicales, la falta de regulación de las industrias contaminantes y otros numerosos ataques destructores al medio ambiente no sólo amenazan la estabilidad a largo plazo de la ecoesfera sino que, con el tiempo, pisotean los derechos de las personas .

lgualmente se producen cotidianamente violaciones a la “higiene ambiental” como la contaminación de las aguas, eliminación inadecuada de los desperdicios, tratamiento nulo o inadecuado de las aguas residuales y la basura, insuficiente cantidad de agua y de instalaciones de aseo, la presencia de vectores de enfermedades o de parásitos en las viviendas, las dimensiones inadecuadas de las viviendas, la contaminación del aire en el interior de los edificios, el estrés mental unido al temor del desalojo forzoso, las carencias nutricionales, el acceso inadecuado a la atención sanitaria curativa o preventiva .

En términos relativos, los factores ecológicos afectan más a la economía de los países en desarrollo. El costo estimado de deforestación en Etiopía oscila entre el 6 y el 9% del PNB y en Burkina Faso es del 5,7% .

6.11. Gastos Militares y Conflictos Armados

La relación entre los gastos militares y los conflictos armados y la vigencia efectiva de los DESC, es obvia y no requiere explicación, Sin embargo, debería tenerse en cuenta el Principio de Limburgo No. 65 que dice:

“La violación sistemática de los derechos económicos, sociales y culturales socava la verdadera seguridad nacional y puede poner en peligro la paz y la seguridad internacional. El Estado responsable de una violación a estos derechos no deberá invocar la seguridad nacional como medio para justificar la adopción de medidas destinadas a suprimir toda oposición a tal violación para perpetrar prácticas represivas contra la población” .

El PNUD afirma que los gastos militares a escala mundial, pese a una disminución recibida con beneplácito, aún siguen siendo equivalentes cada año a los ingresos combinados de la mitad de los habitantes del planeta y propone que todos los países del mundo deberían convenir en una reducción del 3% anual de los gastos militares durante el lapso 1995-2005.

En los países en desarrollo, los militares han desempeñado también su papel central. En sistemas democráticos débiles su rol ha sido más directamente político, han tenido mejor financiación y a menudo han estado en posición de fuerza para dirigir el proceso político .

6.12. Dualidad de Criterios Respecto a los Derechos Humanos

Pese a que el derecho internacional concede sin reservas la misma importancia a los DESC que a los civiles y políticos, se sigue prestando a estos últimos mayor atención. No hay mas que analizar la incapacidad de garantizar judicialmente el ejercicio de los DESC y los distintos aspectos de la falta de reconocimiento, el número relativamente pequeño de ONG que se ocupan principalmente de ellos -y especialmente de su vigilancia- y la formulación lingüística que presentan en los instrumentos jurídicos. El hecho que el Comité de DESC sea el único comité no creado en virtud de un tratado que se encarga de controlar el respeto por los Estados del Pacto en cuestión, pone de relieve el doble tratamiento de facto de aquellos derechos.

La Comisión de Derechos Humanos debiera considerar seriamente el desarrollo de la voluntad y de los medios de responder a los informes de los Estados y, de ser necesario, pedir al ECOSOC que estimule este proceso .

VII- DEL DICHO AL HECHO. Realidad de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en Colombia.

Colombia presenta grandes avances constitucionales y legales que nos muestra la distancia que hay entre la positivación de los derechos económicos, sociales y culturales y su materialización; su consagración constitucional no se traduce en su cumplimiento automático, ni en su justiciabilidad; ello se refleja en las miles de acciones de tutela interpuestas por los ciudadanos para buscar materializar esos derechos que son desconocidos y vulnerados a diario con absoluta impunidad. En el primer informe del Defensor del Pueblo en 1995 muestra como las tutelas son en alta proporción por violaciones de los derechos económicos: 7% para garantizar la seguridad social por inasistencia a sectores pobres; 18.3% por el derecho a la educación, por inadecuada prestación como por falta de docentes, discriminación etc; 11.3% por servicios públicos deficientes como salud y saneamiento ambiental; 16.9% por el derecho al trabajo; 5,6% por el derecho a la igualdad; 5,6% por derechos de los menores. De 10.387 quejas interpuestas en la defensoría del pueblo en 1993, 1557 fueron por vulnerar derechos laborales, 381 por violar el derecho a la salud, 330 por violar el derecho a la vivienda y 289 por violar el derecho a la educación.

Aparte de las normas internacionales la Carta Política de Colombia ha llevado a rango Constitucional los DESC sin que esto se traduzca en mecanismos eficaces para su protección, dejándolos como meros enunciados teóricos y sin buscar su realización y exigibilidad como derechos, si hacemos visibles los derechos económicos , sociales y culturales constitucionales tenemos:

Artículo 1: Colombia se reclama como un ESTADO SOCIAL DE DERECHO

Artículo 2. Fines esenciales del Estado entre otros promover la prosperidad general, garantizar la efectividad de los derechos, facilitar la participación en lo económico, político, administrativo y cultural, asegurar la convivencia pacifica y la vigencia de un orden justo, entre otros.

Artículo 5: El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona humana y ampara la familia como institución básica de la sociedad.

Artículo 7: Reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación.

Artículo 8: El Estado debe proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

Artículo 9: Unas relaciones internacionales fundadas en el respeto a la autodeterminación de los pueblos, la soberanía nacional, y la integración Latinoamericana.

Artículo 10: Oficializa las lenguas y dialectos de los grupos étnicos, y garantiza una enseñanza bilingüe.

Artículo 13: Todas las personas nacen libres e iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades. El Estado debe promover que la igualdad sea real y efectiva. El Estado debe proteger a los que se encuentren en situación de debilidad manifiesta.

Artículo 16: El libre desarrollo de su personalidad, que tiene que ver con la forma de autosatisfacción de los DESC.

Articulo 18: La libertad de conciencia que incide por ejemplo en el derecho a una alimentación conforme a sus creencias.

Artículo 22: El derecho a la Paz.

Articulo 23: El Derechos de Petición ante las autoridades y ante particulares.

Artículo 25: El Derecho al trabajo en condiciones dignas y justas, y la especial protección del Estado.

Artículo 26: La libertad de escoger profesión u oficio.

Artículo 27: Libertad de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.

Artículo 34: Prohibe la Confiscación, permite la extinción de dominio para bienes adquiridos por enriquecimiento ilícito, en perjuicio del Tesoro público o grave deterioro de la moral social.

Artículo 36: Se reconoce el derecho de asilo. Que hay que reconocerlo frente a situaciones de desplazamiento forzado como las que vive el país.

Artículo 37: Se garantiza la reunión y la manifestación pública pacífica, que sirven, entre otros, como mecanismos de exigibilidad social y política de los DESC.

Artículo 38: El derecho de asociación.

Artículo 39: El derecho de asociación sindical, la autonomía frente al Estado, y el fuero sindical.

Artículo 40: Derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para incidir en el diseño y monitoreo de políticas públicas que tiendan a satisfacer los DESC.

Artículo 42: La obligación del Estado de Garantizar una protección integral a la familia.

Artículo 43: Igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres. No discriminación de la mujer. Protección durante el embarazo y después del parto y subsidio alimentario si lo requiere. Apoyo especial a la mujer cabeza de familia.

Artículo 44 : Derechos fundamentales de los niños. Incluye sus derechos económicos, sociales y culturales.

Artículo 46: Atención a la tercera edad que incluye seguridad social y derecho a la alimentación.

Artículo 47: Una política de previsión, rehabilitación e integración social de los disminuidos físicos, sensoriales y síquicos.

Artículo 48: Sobre seguridad Social para toda la población.

Artículo 49: El deber del Estado de proporcionar el servicio de salud y el saneamiento ambiental.

Artículo 50: Sobre seguridad social y salud gratuita para los niños inferiores a un año.

Artículo 51: Sobre el derecho a una vivienda digna para todos las personas.

Artículo 52: Sobre el derecho para todas las personas a la recreación, al deporte, y al aprovechamiento del tiempo libre.

Artículo 53: El derecho a un Estatuto de Trabajo, que garantice los mínimos constitucionales. No se ha expedido.

Artículo 54: El derecho a recibir formación y habilitación profesional y técnica a quiénes lo requieran. El deber de propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar incluyendo a los inválidos.

Artículo 55: Sobre el derecho a la negociación colectiva.

Artículo 56: Sobre derecho a la huelga y la concertación de políticas salariales y laborales.

Artículo 57: Participación de los trabajadores en las empresas.

Artículo 58: Derecho a la propiedad privada, como derecho colectivo con función social y ecológica. Fomentando las formas de propiedad asociativas y solidarias. Expropiación por utilidad pública o interés social con o sin indemnización.

Artículo 60: El acceso a la propiedad para todas las personas.

Artículo 61: Sobre la propiedad intelectual. Artículo 63: Sobre los bienes de uso público, parques naturales, resguardos, el patrimonio arqueológico entre otros que son inalienables, inembargables e inprescriptibles.

Artículo 64: Sobre el deber de promover el acceso a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios en forma individual y asociativa. Al igual que educación, salud, vivienda, seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones, recreación, asistencia técnica, para mejorar la calidad de vida de los campesinos.

Artículo 65: Protección especial a la producción de alimentos.

Artículo 67: Sobre el derecho a la Educación.

Artículo 70: Sobre el derecho al acceso a la cultura.

Artículo 72: Sobre la protección al patrimonio cultural de la nación.

Artículo 79: Sobre el derecho a gozar de un ambiente sano.

Artículo 80: Sobre el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales con garantía de un desarrollo sostenible.

Artículo 82: Sobre la protección del espacio público.

Gran parte de esta carta de derechos sigue siendo un pliego de peticiones que implica reformas institucionales para que se apliquen y se vean como derechos que hay que garantizar a toda la población y a los sectores específicos a los que están dirigidos.

El desarrollo en nuestro país no puede contraerse simplemente al crecimiento económico máxime si se tiene en cuenta que se presenta paralelamente un crecimiento geométrico de la pobreza, mostrando cómo el primero se da a costa del segundo, y cómo dentro de un modelo neoliberal no se repara en desconocer los derechos de la mayoría aumentando la brecha entre pobres y ricos, transformando los pobres en miserables. El desarrollo y crecimiento implica la satisfacción de las necesidades básicas para todos los coasociados de un país.

En suma el desarrollo y el crecimiento hacen parte de la anhelada paz. Evidentemente, ésta no tiene que ver sólo con el desarme, ha de estar también relacionada con la forma en que viven los seres humanos. De este planteamiento se desprende que el logro de la paz está igualmente vinculado a la transformación de las estructuras de producción, el poder, el uso de la fuerza y la coerción.

Las graves violaciones a los derechos civiles y políticos en Colombia, como masacres, desapariciones forzadas, torturas, los miles de asesinatos, no son otra cosa que la ratificación de lo afirmado por la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en la proclamación de Teherán, en cuanto a “que la realización de los derechos civiles y políticos sin el goce de los Derechos Económicos Sociales y Culturales resulta imposible”. Nuestro país se caracteriza por tener los mas altos índices de violación de derechos civiles y políticos, es indudable que existe alguna relación entre el incumplimiento de los derechos económicos y sociales y la violación de los derechos civiles.

El derecho humano al desarrollo se ve vulnerado por cuanto bajo las reglas darwinistas del mercado se impone competir, y que el pez grande se coma al chico, siendo lícito dentro de la competencia la ética del más fuerte; por ello se explica que aumente la concentración de la riqueza en manos de unos pocos, tanto en lo nacional como en lo internacional, lo que muestra la realidad Colombiana es que no es la libre competencia la fórmula para llegar a la justicia social.

7.1. Del derecho al Trabajo, a un Salario Equitativo, a la Asociación Sindical, Contratación y Huelga. (Artículos 6 ,7 y 8 del P.I.D.E.S.C.).

El Estado con la Reforma Laboral profundizada a partir de 1990, tanto en el sector privado como en el sector estatal -dentro del marco de la globalización de la economía-, buscó la desregularización y flexibilización del trabajo, a fin de que las leyes de mercado (oferta y demanda) y la voluntad autónoma de patronos y trabajadores sean los ejes reguladores del intercambio capital-trabajo. Esto se traduce en afectar en forma directa los derechos incorporados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, como pasamos a demostrar:

Perdida de la Función Protectora del Derecho al Trabajo. Hasta antes de la reforma primaron como principios del derecho al trabajo los que la legislación establecía, que constituían unos derechos mínimos de orden público e irrenunciables, para garantizar la justicia en las relaciones obrero – patronales. Este postulado deviene en inexistente en la medida en que acoge la supuesta autonomía o libertad del trabajador para contratar en igualdad de condiciones con el empleador. Se permite que las partes, como en los contratos privados, pacten cláusulas que relativizan esos mínimos antes irrenunciables, lo que permite: Que se fijen ingresos para el trabajador que no constituyen salario; desmonte de la retroactividad de las cesantías para los trabajadores enganchados a partir del año 1991 y la renuncia de ese beneficio para los trabajadores antiguos; deslaboralicen los contratos de trabajo mediante contratos civiles, comerciales o administrativos. Esta última modalidad de contratación se aplica en el sector público y hoy permite que de cada cuatro servidores públicos uno este deslaboralizado por este sistema de contratación. Este tipo de contratos son sin limites en cuanto a jornada laboral, a los honorarios, sin prestaciones sociales, sin seguridad social, pues el trabajador pierde su condición y se le reduce a un simple contratista. Entidades como el Seguro Social tiene un 44% de los trabajadores vinculados con contratos administrativos.

Se legitiman las Empresas de Servicios Temporales cuyo objeto social es suministrar trabajadores a terceros, se les da el carácter de empleadores cuando realmente son intermediarios, hoy ocupan el 21% de los trabajadores formales de la economía sustituyendo a miles de trabajadores permanentes y directos por temporales. La motivación de los patronos para acudir a estas empresas es reducir costos laborales, bajo salario, sin pagar prestaciones convencionales, evitar la sindicalización por estar dispersos en empresas particulares y estatales, no asumir los riegos laborales ya que no hay solidaridad entre la empresa temporal y la empresa usuaria. El tener trabajadores rotativos polivalentes sin estabilidad, es una forma de explotación permanente que convierte el trabajo en una mercancía con una profunda discriminación. Las maquilas o famiempresas, son formas de contratar trabajo por unidad de obra en las casas en dónde laboran amas de casa, infantes y ancianos sin ninguna protección laboral ni de seguridad social.

El Estado plantea el desmonte de las garantías laborales con el argumento de que no se genera empleo por los altos costos laborales que desestimulan la inversión, por ello consideró legítimo eliminar el reintegro para los trabajadores después de los 10 años de servicio, eliminar la retroactividad de las cesantías, tabular los despidos colectivos, eliminar la pensión sanción, entre otros.

Lo cierto es que el problema del desempleo continua constante, las cifras del informe reflejan que la tasa de desempleo en las principales ciudades del país sigue para 1994 casi en el mismo nivel de 1990, 10.3%, sin que exista una mejoría. El desempleo encubierto alcanza el 54 % de la PEA, pero se debe aclarar que en otras ciudades diferentes a las siete más grandes del país los índices de desempleo superan el 50% por no tener centros de producción. Igualmente, por el desplazamiento -forzado por la violencia de los campos a las ciudades de los trabajadores agrarios-, el desempleo en el sector es de un 12%. Como consecuencia de la apertura el subempleo sigue en el 14%.

Pese a lo anterior no se garantiza en Colombia el subsidio de desempleo, lo que se traduce en una economía informal o subnormal y en un alto índice de delincuentes sociales que son expresión de la pobreza en que se encuentra más del 53% de la población, que equivalen a 17 millones de pobres, de los cuales más de 6 millones son pobres absolutos.

Inestabilidad en el Empleo. se afectó obstensiblemente durante este período con leyes como la Ley 50 y 60 de 1990; Decreto 1660 de 1991, Ley 27 /92, Ley 200/95, mostrando una tendencia legislativa de eliminación de la estabilidad en el empleo. Se crean tablas para permitir de manera unilateral que los patronos terminen los contratos de trabajo pagando una irrisoria indemnización. Estas tablas indemnizatorias se aplicaban sólo a trabajadores particulares. En 1991 con el Decreto 1660 se introducen tablas indemnizatorias para trabajadores estatales en carrera, bajo la modalidad de retiros compensados, que son planes de retiro colectivo con un número predeterminado de trabajadores. Con esta norma se despidieron miles de trabajadores en carrera, hasta que en el año de 1992 gracias a la presión de los trabajadores la Corte lo declaró contrario a la Constitución, pero ya el fin de despedir a miles de trabajadores se había logrado. En 1992 con la reestructuración del Estado nuevamente se reviven las tablas indemnizatorias, desconociendo el fallo de la Corte, para los trabajadores estatales que prestaban su servicio a las entidades objeto de reestructuración, y luego se incluyeron en los estatutos de carrera normas que la flexibilizan y permiten despidos.

Se han ampliado las causales para terminar de manera unilateral los contratos de trabajo; se ha estimulado los contratos precarios de períodos fijos de tres o cuatro meses, que aplicados en forma rotativa, socializan el desempleo. Se eliminó el reintegro de los trabajadores de más de 10 años de servicio que facilitaba su estabilidad después de un período de carencia de 10 años, vencidos los cuales el trabajador sólo podía ser despedido por conductas antilaborales que configuraran justa causa de despido.

Para facilitar despidos colectivos se fijaron tablas porcentuales para desvincular masivamente trabajadores sin incurrir en despido colectivo. Esto permite a los patronos, por ejemplo, en una empresa despedir hasta el 30% de los trabajadores en un período de seis meses sin incurrir en despido colectivo. Se permite al Ministerio del Trabajo autorizar despidos masivos de trabajadores invocando causales indeterminadas y a veces inexistentes en la legislación, como la apertura o el contrabando. Ello se presenta al no establecer de manera taxativa los casos en que se permiten despedir masivamente trabajadores en el último año se hicieron más de 1300 solicitudes de las cuales el Ministerio autorizó 410.

Prueba del inmenso desempleo que ha dejado la política neoliberal es que se tuvo que crear un Servicio de Adaptación Laboral Integral, del sector privado y estatal, que busca reubicar a los miles de trabajadores despedidos con las medidas adoptadas en este período.

Empobrecimiento de los Trabajadores por Deterioro de los Salarios y de las Condiciones de Trabajo. Los salarios han venido en un proceso de pérdida de su poder adquisitivo. En este período han estado por debajo del incremento del Indice de Precios al Consumidor IPC. En 1993 la inflación fue del 32.36% y los aumentos de salarios del 26%. En el último año, los empleados públicos recibieron un aumento del 4.59% por debajo de la inflación, en virtud del pacto social que prevé fijar salarios según la inflación esperada y no según la inflación real.

Se ha desnaturalizado el concepto de salario por cuanto ya no se tiene como válido que todo lo que reciba el trabajador del patrono es salario, al minimizar el salario este pierde su función protectora y se integraliza. Se congelaron las cesantías y sus intereses perdiéndose la retroactividad que implicaba liquidarlas al terminar el contrato con el último salario. El trabajo en maquilas con ingresos ínfimos y sin cobertura de seguridad social: trabajadores temporales baratos. Imposibilidad de contratar colectivamente para mejorar los mínimos de ley.

Hoy en Colombia, una canasta para obreros vale 2.5 salarios mínimos y apenas el 17% de los trabajadores ganan más de dos salarios mínimos legales; el 20% recibe menos de un salario mínimo y el 50% recibe entre uno y dos salarios mínimos, lo cual refleja lo inalcanzable que es para miles de trabajadores su canasta familiar. El gran número de desempleados es un factor de presión para la baja salarial por las leyes de oferta y demanda.

Discriminación Laboral. Se observa que las mujeres son las más afectadas por la desregularización en materia laboral. En el sector estatal devengan en promedio 30% menos que los hombres. A pesar de que el 51% de los servidores públicos son mujeres, menos del 9% de ellas se encuentran en puestos de dirección. De la misma manera se permite el despido de la trabajadora embarazada pagando una indemnización pese a que la ley formalmente prohibe su despido no permite su reintegro por no existir recurso.

Se sigue fomentando la división sexual del trabajo, en el sentido de que las mujeres resuelven los problemas básicos de alimentación, cuidado de los niños y todo aquello considerado dentro de la prolongación de lo doméstico y, los hombres, de la generación de la riqueza y los proyectos de desarrollo; como si éstos fueran distintos a los espacios destinados a las mujeres. Ellas están vinculadas a la producción generalmente en condiciones de más explotación y es menos favorable su contratación, por ejemplo: contratos de trabajo a término fijo, contratos civiles de prestación de servicios para el cumplimiento de una determinada labor -conocido comúnmente como contrato a destajo-, contratos a través de empresas mediadoras conocidas comúnmente como Agencias de Servicios Temporales. Así las mujeres con contrato laboral a termino fijo fueron para 1990 el 66%, y las de contrato a termino indefinido fueron el 34%.

La Libertad Sindical (Asociación – Contratación – Huelga). Se desconoce la Libertad Sindical por un intervencionismo del Estado en la vida de los sindicatos, se prescribe la forma de sus estatutos e impone un control previo para la validez de los mismos o de sus reformas.

Derecho de Asociación. Sólo el 7.8 % de la PEA esta sindicalizada. Hay en Colombia 1.085.000 trabajadores temporales, frente a solo 903.000 sindicalizados. Existen muchos sindicatos minoritarios que son los que tienen afiliados menos de la tercera parte de los trabajadores, que no pueden resolver sus conflictos colectivos de trabajo.

El registro de los sindicatos es complejo y la inscripción de juntas, o los cambios de la misma, para su legalidad deben ser notificados y autorizados por el Ministerio de Trabajo. Existe como sanción al trabajador la interdicción hasta por 3 años para ejercer el derecho de asociación sindical. La disolución, liquidación y cancelación del registro del sindicato se hace por vía judicial, y no se aplica el proceso ordinario sino un juicio breve y sumario. Se redujeron los fueros sindicales con perjuicio grave especialmente para los sindicatos de industria.

El derecho de asociación se ha visto menguado por las masacres, desapariciones forzadas y asesinatos, que ha llevado a que cada dos días se asesine un dirigente sindical; amenazas generalizadas, detenciones arbitrarias por criminalizar la acción sindical, como en el caso de trabajadores de TELECOM, petroleros actualmente encarcelados, y el desplazamiento de miles de trabajadores en razón de su actividad sindical. Únicamente de la CUT han asesinado, de 1987 a la fecha, más de 1500 de sus afiliados, por ello en 1995, la OIT reconoció a Colombia como el país en el cual se asesinan más dirigentes sindicales en el mundo.

Derecho de Contratación Colectiva. Este derecho está vedado para los sindicatos conformados por empleados públicos los cuales solo pueden presentar memoriales respetuosos. De igual manera no tienen los servidores públicos derecho a permisos sindicales para adelantar su función sindical. La legislación laboral impide negociar libremente, apenas el 3% de la PEA negocia colectivamente sus condiciones de trabajo y de ellos, más del 50%, lo hace por medio de pactos colectivos con trabajadores no sindicalizados donde cada trabajador se adhiere a la propuesta patronal. Para los trabajadores oficiales que si pueden contratar, se fijan por ley topes que no se pueden exceder, lo cual lleva a que sea nugatoria la negociación, si por ley se fijan los máximos en materia laboral, y no los mínimos.

El Derecho a la Huelga. Tiene grandes limitaciones, lo que se ha traducido en la necesidad de que los trabajadores utilicen vías de hecho como el PARO no aceptado en el derecho colombiano. Las cifras muestran como en Colombia hay más paros que huelgas; solo los trabajadores particulares tienen el derecho a la huelga por cuanto la legislación excluye a los servidores públicos que no ejercen cargos políticos sino administrativos. Se excluye también del derecho a la huelga a los que laboren en servicios públicos no esenciales como el servicio Bancario. La regla, que es la huelga según el mandato constitucional, se ha convertido en una excepción ya que no se permite para los trabajadores del Estado, ni en las actividades de servicio público; su duración no puede exceder de 60 días, vencidos estos, puede convocar, el Ministerio del Trabajo, el Tribunal de Arbitramento Obligatorio. El Ministerio interviene en la votación de la Huelga y puede declarar ilegal los ceses de actividades y autorizar despidos masivos, incluso de los trabajadores aforados, así como destruir administrativamente los sindicatos pidiendo su disolución y liquidación. Permite imponer Tribunales de Arbitramento, poniendo fin a la huelga en cualquier momento, por el Presidente, si considera que afecta la economía nacional.

Estado en Retirada. En virtud de la llamada Modernización del Estado se profundizó la política de descargar al Estado de su función social; para ello se vendieron y privatizaron por lo menos 48 entidades y empresas estatales. Se despidieron más de 100 mil trabajadores en los dos últimos años, sometiendo los servicios públicos esenciales a las leyes del mercado, eliminando los servicios con un profundo deterioro de la calidad de vida para todos los ciudadanos.

Como conclusión, la reforma laboral genera una gran inseguridad para los asociados. Inseguridad en el Mercado del trabajo por la imposibilidad de acceder al empleo; inseguridad en el empleo por la inestabilidad laboral; inseguridad para los profesionales nuevos que no tienen posibilidad de empleo. Inseguridad en las Condiciones de trabajo que permite altos riesgos profesionales de accidentes o enfermedades con ocasión del servicio; inseguridad en la representación de los trabajadores por la debilidad de los sindicatos y la baja tasa de sindicalización, y, finalmente, inseguridad en el ingreso por fijar salarios por debajo de la inflación y que hoy al fijarlos , por la inflación esperada o proyectada, resulta ser menor a lo real.

7.2 Del Derecho a la Seguridad Social y a la Salud (Artículos 9 y 12 del P.I.D.E.S.C.)

No se reconoce la importancia que tiene la salud dentro del proceso de desarrollo y por lo tanto, el presupuesto que se le asigna no es el adecuado, pues el gasto en salud es de 1.8 billones de pesos al año, equivalente al 4.0% del PIB. Es así como el 33% de los colombianos no tienen acceso a las instituciones de salud, ya sea porque éstas no los cubren o porque no están en capacidad de asumir los costos por si mismos. El Sistema Nacional de Salud cubre el 39% de dicha población; las instituciones de seguridad social llegan al 18%, es decir, que un 43% de los 33 y medio millones de habitantes del país no tienen garantizada su atención en salud. Esta situación contrasta con la de países de similar desarrollo como Costa Rica donde el gasto de salud es equivalente al 6,5% del PIB y cubre el 82% de la población.

La “NUEVA POLITICA” que comprende tres ejes centrales, sobre los que gira el engranaje social -Descentralización, Privatización y Participación Comunitaria-, busca que con los aportes de los trabajadores y los independientes con capacidad de pago, se subsidie y garantice la prestación del servicio de salud al resto de la población, lo que implica un deterioro en la prestación del servicio a los actuales beneficiarios y que se degrade el sistema de salud pública. Sólo el 21% de la población tiene cobertura en salud y se busca ampliarla bajo las reglas del mercado.

La privatización: persigue que las áreas rentables de la salud sean asumidas por el sector privado, ya no se ofertan servicios subsidiados sino que se subsidia la demanda con criterio de lucro y ganancia en el marco del mercado, con individualismo y sin solidaridad. Estas empresas de salud operarán en las ciudades rentables donde los aportantes asuman los costos de servicios que no incluye el Plan Obligatorio de Salud, se busca el costo – efectividad para lograr la productividad en el sector de la salud.

La participación comunitaria: busca que los servicios para la población mas pobre sean cubiertos a través de Empresas Solidarias de Salud, en las cuales la gente gestiona y administra los recursos que le transfiere el Estado y presta los servicios.

En 1993 once millones de Colombianos no recibieron ninguna atención en salud, la participación comunitaria busca encubrir las deficiencias del aporte estatal, concertando su prestación con medidas como los vigías de la salud, el servicio de bienestar, el plan de supervivir y las campañas de vacunación, ofreciendo sólo paliativos a los graves problemas de salubridad pública y mostrando cifras de cobertura que no se ajustan a la realidad, sin que las causas de la enfermedad y muerte sean atacadas.

Para los trabajadores y personas con capacidad de pago se crea un Régimen Contributivo y se prestará el servicio a través de las Empresas Promotoras de Salud (EPS). Estas se constituirán con las entidades estatales de seguridad social y las cajas de previsión social que se transforman en “empresas”, sumadas a las EPS que se creen en el sector privado.

Las EPS son entidades de intermediación de servicios responsables de: la afiliación, del registro de los afiliados, del recaudo de sus cotizaciones, y sus funciones serán garantizar directa o indirectamente la prestación del Plan Obligatorio de Salud (POS), que es un “paquete básico de servicios” de acuerdo a la cuantía de la Unidad de Pago por Capitación y con limitada cobertura. El nuevo sistema de salud tiene períodos de carencia o espera hasta de 100 semanas de cotización para que se atiendan enfermedades como: insuficiencia renal aguda, diabetes, trastornos cardiovasculares severos, fallas graves del metabolismo, o de 52 semanas para cirugías abiertas. Establece copagos (cofinanciar el POS) para el beneficiario del seguro médico familiar, y exige cuotas moderadoras para racionalizar el servicio tanto para los beneficiarios como para el afiliado cotizante. No garantiza el tratamiento integral a los afiliados, entre otras cosas, por las exclusiones del POS, que van desde el cáncer y el sida pasando por cirugía estéticas, enfermedades siquiátricas, elementos ortopédicos, transplantes de órganos salvo cornea, corazón , riñón y médula ósea. Excluye igualmente el POS, las drogas no autorizadas por el INVIMA; es una salud incompleta y discriminatoria, y sólo será plena con todos los servicios y drogas de alta calidad para quiénes paguen los servicios complementarios de salud.

Las empresas promotoras buscarán que los que subcontratan para prestar el servicio atiendan más pacientes en menos tiempo, pidan menos exámenes médicos y limiten las drogas para competir en el mercado. De igual manera se aumentarán los períodos de carencia para asumir las contingencias en aras de la rentabilidad.

El concepto de solidaridad desaparece con una atención discriminatoria a la población sin capacidad de pago que se le vincula al sistema de salud en el Régimen Subsidiado, creado para los independientes sin capacidad de pago y para los pobres absolutos. Este régimen hasta la fecha es retórico, por cuanto el propio Superintendente Nacional de Salud, denunció que no se ha constituido el Fondo, que no se han remitido allí los descuentos del 1% a la nómina total de trabajadores y que el Estado no ha girado un sólo peso. Lo mismo sucede con el Fondo de Solidaridad Pensional, lo cuál pone en grave peligro el sistema que puede entrar en crisis, afectando la cobertura, aún para los cotizantes que soportaran el peso de todo el sistema de salud.

La baja cobertura de servicios esta orientada a la atención curativa concentrada en la infraestructura hospitalaria, sin darle importancia a las actividades de prevención y promoción que permitiría mantener sana la población, esto se refuerza con las reformas en la medida en que es más rentable y da más posibilidades a las empresas y a la medicina prepagada, curar que prevenir.

Persisten las patologías sintomáticas que reflejan el deterioro de la salud como la tuberculosis, la malaria , las diarreas el cólera que en 1996 ha cobrado muchas víctimas con aumento de otras enfermedades degenerativas entre la población, al no existir una buena alimentación, ni servicios públicos adecuados especialmente de agua potable, sin los cuales la labor de prevención de enfermedades se hace imposible. A esto se suma la inexistencia de una salud ocupacional, no hay controles y se presentan altos índices de trabajadores afectados por accidentes y enfermedades de origen profesional.

También hay que señalar que el desmejoramiento progresivo de las condiciones del medio ambiente y de higiene tienen gran incidencia en el estado de la salud de la población, especialmente en la infantil que tiene como principales causas de morbimortalidad las relacionadas con la contaminación ambiental, las cifras muestran que el 80% de las enfermedades registradas en países en desarrollo son debido a la contaminación del agua, deficiente manejo de las basuras, etc.

Pensiones. Resulta muy preocupante ver como los ancianos de hoy en Colombia no vivieron como indigentes, sino que en su mayoría fueron trabajadores del campo o del sector informal que no contaron con ninguna forma de seguridad social y lo más preocupante es que esta población día a día aumenta. Para 1993 había en Colombia 2.293.000 ancianos mayores de 60 años de los cuales solamente el 58% cuenta con medios de subsistencia como un trabajo, ingresos por pensión o renta; aclarando que en la mayoría ese ingreso no alcanza siquiera un salario mínimo; el 42% restante no cuenta con medios de subsistencia, lo cuál muestra que casi todos los ancianos en Colombia se encuentran en situación de pobreza.

Ante esta problemática se estableció un subsidio que en 1995 es de $ 45.600 pesos mensuales (US 46), y éste no es entregado en su totalidad por la red de solidaridad, ya que se exige la participación de las entidades territoriales, mediante convenio, con infraestructura yo aportes en efectivo (reglamento operativo: programa revivir). El subsidio termina siendo solo de subsistencia, sin tener en cuenta el afecto, la recreación, la libertad, etc. De la misma manera se prevé, del Fondo de Solidaridad Pensional, dar cobertura a los ancianos indigentes pero este fondo aún no se ha constituido.

Aquellos ancianos indigentes a quienes se les compruebe la mendicidad como actividad productiva, quedan excluidos del subsidio o de la pensión; resulta así muy irónico y poco consecuente el ideal de subsidiar a quienes no practiquen la mendicidad si precisamente, estas personas son indigentes por no tener acceso ni a una vivienda, ni a un servicio de salud y mucho menos acceso a una actividad productiva, ya que si contaran con alguna de las anteriores posibilidades no estarían deambulando por las calles y padeciendo toda clase de carencias.

En Pensiones se aclara que apenas el 9% de los ancianos cuenta con una pensión y en su mayoría son hombres, con la Ley 100/93 se crea un sistema único pensional con dos regímenes: el solidario de prima media con prestación definida donde los aportes de trabajadores y patronos al igual que sus rendimientos van a un fondo de naturaleza pública, su eje fundamental es la solidaridad con una redistribución del ingreso horizontal de los jóvenes a ancianos, de los sanos a los enfermos, de los ocupados a los desocupados, de los ricos a los pobres, preestableciendo el monto de la pensión, la edad y el número de cotizaciones.

Paralelamente al anterior, se crea el régimen de ahorro individual con solidaridad es una cuenta individualizada con los aportes obreropatronales, cotizaciones voluntarias y rendimientos financieros, es incierto en el monto de la pensión y dependerá de las fluctuaciones en el mercado de capitales; incierta la edad y lo más grave incierta la rentabilidad. Con este último se busca fortalecer el mercado de capitales con recursos de largo plazo – cesantías y pensiones – que es un negocio parasitario y especulativo en detrimento del trabajador. Se rige bajo las reglas de los seguros privados con un régimen individualista sin solidaridad real, desconoce que el 80% de los trabajadores no tienen capacidad de ahorro para aportar al fondo, la cobertura a futuro de la pensión dependerá del alcance del ahorro y del saldo que tenga en la cuenta, no se garantiza la pensión en forma vitalicia ni por la vida de los beneficiarios sobrevivientes, eso dependerá de si el fondo no se agota, todo hace prever como lo señalan estudios de la OIT en Chile, que en este régimen las pensiones tiendan al mínimo legal con garantía estatal, como ha sucedido allí al aplicar el mismo modelo.

La reforma permite aumentar el número de cotizaciones de 500 semanas a 1150; aumentar en dos años las edades para obtener el derecho a la pensión; 62 años los hombres y 57 años las mujeres; disminuir la base salarial y el monto máximo de las pensiones llevándolas al mínimo legal; aumento de la cotización en un 68%; se desconocen los derechos adquiridos de los trabajadores que venían en condición más beneficiosa, sólo dejo a salvo con un régimen de transición a los trabajadores hombres con más de 40 años y mujeres de más de 35 años que adicionalmente hubiesen cotizado más de 15 años, se aclara que para las pensiones de invalidez y de sobrevivientes no hay transitoriedad y la reforma se aplica de plano.

Las pensiones que estaban a cargo de los municipios las debe asumir el Instituto del Seguro Social en su condición de EPS pero aquellos municipios no tienen recursos para pagar los Bonos Pensionales (el valor de todos los aportes del trabajador realizados en su vida) que suben a miles de millones quedando los actuales afiliados sin pensión y sin que el Ministerio de Hacienda realice los traslados presupuestales.

Queda claro que la reforma no busca aumentar la cobertura en la medida que el sistema con los dos regímenes mencionados va dirigido a quiénes cuentan con un empleo dependiente o independientes con altos ingresos, en la medida que el trabajador independiente para insertarse al sistema debe asumir el 100% de la cotización y ya veíamos atrás como en el sector informal tienen muy bajos ingresos, por tanto la cobertura resulta muy marginal.

7.3 Derecho a un Nivel de Vida Adecuado: Mujeres, Niños, Jóvenes, Alimentación y Vivienda (Artículos 10 y 11 del P.I.D.E.S.C.).

Analizando la familia, como fundamento de la sociedad, la que debería encontrar mejores espacios y mayores posibilidades para su continuación y buen desarrollo, encontramos que su situación realmente no mejora.

Niños y Jóvenes. Cerca de la mitad de la población colombiana la constituyen niños y jóvenes menores de 18 años (14 millones). 5 millones son menores de 7 años y 800 mil tienen menos de un año de edad. Más de la tercera parte de los menores de 18 años padecen de abandono, carencias y privaciones; 30.000 entre 7 y 14 años viven en las calles, 37.6% carecen de servicios públicos.

Mortalidad Infantil: Las tasas más altas de mortalidad infantil en el mundo, se reflejan en regiones como Chocó, donde 60 mil niños menores de cinco años mueren anualmente por causas prevenibles. De los 700 mil niños que nacen en Colombia cada año, 34 mil no alcanzan a cumplir un año de vida, siendo las causas principales de su deceso la desnutrición, las afecciones perinatales -en el parto y en la semana siguiente-, las enfermedades respiratorias, las infecciones intestinales, y también la carencia de vacunas cuyo valor unitario, es aproximadamente 40 centavos de dolar. Tres millones de infantes tienen algún grado de desnutrición. los alimentos que hacen parte de la dieta diaria de esos colombianos, son el arroz, la papa, la yuca), por lo tanto es permanente la ausencia de verduras, legumbres y carnes por ser los alimentos más costosos o por la falta de conocimiento en cuanto a valores nutricionales de dichos alimentos. Un 87% de los niños presenta bajo peso al nacer por problemas de nutrición y durante su desarrollo vemos un retardo en cuanto a su motricidad y bajo rendimiento escolar, dificultad en sus movimientos y poca participación en los juegos y en actividades recreativas.

Trabajo Infantil: Existen dos millones quinientos mil niños, entre 6 y 17 años, que se ganan la vida trabajando como cualquier adulto. Eso significa que el 20% de los niños debe trabajar. En el campo uno de cada tres niños entre 12 y 13 años trabajan; la proporción en la ciudad es bien distinta, uno de cada 15 niños en esa edad, ha salido a buscar trabajo para sobrevivir o ayudar a su familia.

El 50% de estos menores trabajadores no percibe salario y el 50% restante no gana ni siquiera medio salario mínimo, que equivalen a 70 dólares mensuales. El Código del Menor permite que los niños entre los 12 y los 14 años de edad puedan laborar cuatro horas diarias diurnas y deben ganar el equivalente tomando como base el salario mínimo legal, violando el Convenio Internacional No 5 de 1919 de la OIT ratificado por la ley 129/31 que prohibe el trabajo de menores de 14 años, salvo cuando sea una famiempresa donde sólo labore la familia. Otro aspecto preocupante es, que el 20 % de los niños trabajadores laboran en actividades de alto riesgo.

A medida que crecen el problema se agrava, el 40% de los jóvenes han tenido que salir a vender su mano de obra al sector productivo, formal o informal. Entre los jóvenes de 14 a 17 años, en el agro trabajan tres de cada cinco y en las ciudades uno de cada cuatro. Si se toma en cuenta que la mayor parte de los menores trabaja en el sector informal, el 25 % de los jóvenes empleados realizan actividades de alto riesgo, como en minería, construcción, calderas y ladrilleras, entre otros. Los riesgos para esta población vulnerable aumentan, pues únicamente el 10% de ellos está cubierto por la seguridad social en salud, riesgos profesionales y pensiones. El otro 90% no tiene garantías en salud y menos en caso de accidente de trabajo o muerte.

Los programas dirigidos a los jóvenes son muy pocos y los que se empiezan a desarrollar no tienen una real cobertura ni alcance, donde se respeten los sueños y anhelos de los jóvenes. Los que no logran trabajar deben engrosar las filas de los cientos y cientos de desempleados que deambulan por las calles de las diferentes ciudades o ingresan a la también cifra elevada de drogadicción, prostitución, pandillas juveniles y el sicariato.

Los jóvenes son buscados y perseguidos por las brigadas de la mal llamada “limpieza social”. Según estadísticas recientes, casi mil jóvenes han sido asesinados solamente en Ciudad Bolívar (zona marginal y tugurial de Santafé de Bogotá), en el último año por estas brigadas, en las que actúan miembros de organismos del Estado y en ocasiones vecinos, que creen que una salida para controlar la creciente cifra de delincuencia juvenil es este tipo de acciones.

Calidad de Vida. El calificativo de social, que aplicado al Estado debería traducirse en el cumplimiento de unos fines de bienestar general, mejoramiento de la calidad de vida, solución a necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental y de agua potable, no se cumple, se inicia el desmonte de garantías sociales minimizando el papel del Estado. El nivel de vida de un gran numero de colombianos no es siquiera de un nivel aceptable, basándonos en dos ejes que no pueden analizarse por separado como son: la Línea de Pobreza LP y el índice de Necesidades Básicas Insatisfechas NBI.

Las características del modelo de desarrollo económico adoptado han contribuido a mantener una inequitativa distribución de ingresos, a la falta de oportunidades laborales, las bajas remuneraciones y a la concentración de los recursos en un número muy pequeño de la población. Estos factores se expresan en las áreas rural y urbana y dentro de ellas actúan diferencialmente según las características regionales y los entornos productivos. Sobre estas bases tienen lugar los marcados contrastes que se observan en la medición de la pobreza, entre los diferentes sectores socio-económicos y físicos del país, así como la forma en que se distribuyen espacialmente las familias pobres.

Según NBI tenemos en Colombia: hogares en viviendas inadecuadas o con materiales frágiles de construcción el 21.8%; hogares en viviendas sin servicios públicos, hogares con hacinamiento crítico o en viviendas con tres personas o más por cuarto el 19.4%; hogares con alta dependencia económica (que subsisten con sólo un salario mínimo) el 15.9%; hogares con ausentismo escolar el 13.8%. Así, analizando la Línea de Pobreza y tomando como base el NBI existían, para el año 1985, 13’250.000 personas con necesidades básicas insatisfechas, actualmente se calcula en 17 millones el número de personas totalmente pobres.

Desplazamiento Forzado. El proceso de los desplazamientos a las ciudades, se ha venido presentando desde hace algunos años en Colombia; pero en los últimos años se ha incrementado sobre todo en las ciudades capitales.

Hay un desplazamientos económico producto de las condiciones precarias que presentan las zona rurales, el no acceso a una vivienda digna, a la desvalorización de las parcelas, o que los costos de la producción de alimentos sobrepasan las capacidades económicas de nuestros campesinos; al fenómeno de la carencia de fuentes de empleo en casi todas las regiones del país, a la falta de preparación para poder vincularse al mercado laboral. También se debe reconocer que buena parte de los desplazados han sido migrantes económicos repatriados de Venezuela de forma forzada. No existen cifras sobre desplazados por razones económicas, a pesar de la cifra cada vez más elevada de personas y de familias completas, que emigran de sus sitios de origen.

El desplazamiento también se viene presentando como resultado del conflicto armado interno, de los enfrentamientos entre los organismos de seguridad del Estado y la Coordinadora Nacional Guerrillera. El conflicto social, expresado particularmente por las formas de distribución y tenencia de las tierras, los desalojos violentos y ocupaciones militares, así como la represión del movimiento sindical, cívico y comunal ha generado también desplazamientos.

Como el número de desplazados es cada vez mayor por razones de violencia, se ha tomado como definición, para posibilitar el análisis y conocimiento de este fenómeno, la siguiente: “Es desplazado toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional, abandonando su localidad de residencia o sus actividades económicas habituales, porque su vida integral física o libertad han sido vulneradas o se encuentra amenazada, debido a la existencia de cualquiera de las siguientes situaciones: conflicto interno, disturbios o tensiones interiores, violencia generalizada, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias emanadas de las situaciones anteriores”

La aguda y sistemática violación de los derechos humanos en nuestro país a través de modalidades como la desaparición forzada, los asesinatos selectivos, las masacres, las torturas, detenciones y allanamientos arbitrarios ejecutados por la fuerza pública y organismos de seguridad del Estado, han provocado desplazamientos forzados de personas y familias.

El desarrollo del conflicto armado interno a través de las modalidades de operativos militares indiscriminados por parte del ejército (bombardeos, ametrallamientos, ataques desproporcionados, quemas de viviendas y cultivos, control y registro de personas y de la movilización, presión sobre la sociedad civil a colaborar con las fuerzas armadas), como parte de la lógica de la guerra contrainsurgente, ha generado desplazamiento forzado y está siendo utilizado para legitimar el proyecto paramilitar, una verdadera estrategia de repoblamiento. El desplazamiento definitivo de habitantes de las zonas campesinas -porque se presume sirven de apoyo social a la guerrilla-, para ser sustituidos por grupos paramilitares, individuos simpatizantes de las fuerzas armadas.

Estas acciones violentas que hemos señalado, originan diversas formas o tipos de desplazamiento. Por ejemplo, los bombardeos o ametrallamientos indiscriminados generan éxodos campesinos temporales: los desplazados se quedan en zonas aledañas, atentos al momento en que termine el operativo militar para regresar.

Después de los operativos, se instalan grupos paramilitares y empiezan a perseguir a las organizaciones populares, los desplazamientos se hacen a largo plazo. Cuando hay control militar o paramilitar y acciones de contra insurgencia en la región de manera permanente o amenazas y atentados sistemáticos contra los pobladores o dirigentes, los desplazamientos se convierten en definitivos, pues las personas temen por sus vidas en caso de regresar a sus viviendas.

La cifra de desplazados por razones políticas, de 1980 a 1993, supera las 500 mil personas. Esta población es en su mayoría campesina, aunque también son afectados miembros de organizaciones populares, líderes cívicos, indígenas, religiosos, activistas de derechos humanos, militantes políticos, maestros, etc. Las principales víctimas resultan ser las mujeres, los niños, los jóvenes y los ancianos.

Situación de la Mujer. Es urgente mirar la situación que se presenta con las mujeres desplazadas por la violencia económica o política, convertidas en cabezas de hogar o madre de sus hermanos menores al quedar huérfanos. No hay salidas concretas para propiciar el retorno a sus tierras.

Las mujeres sufren problemas como el de la violencia, por ser la primer víctima de agresiones físicas con un porcentaje de 18.8% ; 30.4% agresiones verbales, y un 8.8% abusos sexuales. Por lo general estas situaciones no se denuncian, por el estrecho marco donde conviven las mismas y también por la creencia, aún no superada, de que las mujeres deben ser abnegadas al padecer estas situaciones.

Uno de cada cinco hogares está dirigido por una mujer y casi la totalidad de estas mujeres dirigen los hogares sin cónyuge conviviente, es decir, encabezan las llamadas “familias incompletas”. De acuerdo a las ultimas estadísticas del país, DANE 1994, el 43% de las Jefas de Familia con tenencia de niños menores de siete años se encuentran en los estratos de extrema pobreza -estratos 1 y 2-, afectando a 453.000 mujeres de un total de 1.014.000 jefas de hogar con niños menores de siete años; de estas mujeres, el 28% son analfabetas y solo una reducida minoría -1.9%-, tienen estudios superiores.

Para 1994, el 47% de los niños de madres jefas de familia se encontraban en estratos de extrema pobreza, 641.000 a nivel nacional. La condición de pobreza en las mujeres está altamente relacionada con la economía informal. En efecto, el 37% de los trabajadores informales pobres está representado por mujeres. Así, las condiciones en que viven los sectores con trabajo informal son más criticas que los trabajadores formales, pues éstos últimos reciben un ingreso superior en un 38% respecto a los primeros.

Los Hobbies (hogares de bienestar) son atendidos por madres de la comunidad a las que el Estado paga una beca de $21.000 mensuales (US$ 21), por atender a 15 niños o más diariamente. Es importante señalar que estos programas no se llevan a cabo en todos los barrios populares de las ciudades, por lo tanto no siempre las cifras que se han manejado dan una idea de la cobertura real, al hablar del desarrollo de dichos programas.

El ICBF optó por delegar la administración de los Hobbies en asociaciones de carácter cívico sin ánimo de lucro. Las trabajadoras de los hogares no pueden organizarse en sindicatos, ni de empleados, ni de jardineras, ya que tienen un patrón diferente al Estado, por lo tanto no se establece la relación entre quien contrata y quien es contratado, no se reconoce esta labor como un trabajo, se habla de ” becas” y no de salarios, violando la legislación laboral, además carecen de prestaciones sociales y licencias de maternidad. Sólo un número muy reducido son atendidas por el Instituto de Seguros Sociales.

Se está busca mejorar la alimentación diaria, lo que se traduce en el aumento de la asignación de Bienestarina -que es un complemento alimenticio pero que no compensa la deficiente alimentación de los infantes-, ya que los mercados que se entregan a los Hobis carecen de frutas y verduras y la cantidad es mínima. Las madres comunitarias tienen que hacerlos rendir con la inclusión de más harinas y carbohidratos. Los Hobis son bodegas de niños que se proponen protegerlos de los riesgos de abandono y de desnutrición pero son una alternativa insuficiente.

En la actualidad más 60 mil madres pobres realizan esta labor. Los aspectos educativos y pedagógicos no han logrado desarrollarse en su totalidad; una de las dificultades ha sido la rotación de las mujeres que hacen las veces de Madres Comunitarias, que no encuentran salidas concretas a sus necesidades con estos programas.

La Alimentación y la Problemática Agraria. Desde hace muchos años el sector agrícola colombiano no ha logrado solucionar sus problemas socio-económicos con respuestas coherentes y viables dentro de la política estatal, lo que viene generando la agudización de esta problemática y obliga así a los campesinos a buscar salidas en la medida de sus capacidades, generando un empobrecimiento en la zona rural cada vez mayor.

El rezago del medio rural frente al urbano se refleja en la concentración de los beneficios del desarrollo social en las ciudades, en el campo la proporción de pobres es dos veces mayor, basándonos en la Línea de Pobreza, ya que la ausencia de oportunidades para lograr acceder a un trabajo bien remunerado, a la utilización de los servicios de salud, son más difíciles de lograr. En el campo el proceso neoliberal ha incrementado la brecha entre los más ricos y los más pobres de la población.

Para el caso del campo, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi y el Instituto Colombiano de Reforma Agraria, revelaron que en 1992 1.4 millones de pequeños propietarios ocupan una superficie de 1.02 millones de hectáreas; unos 500 mil propietarios poseen 2.2 millones de hectáreas; 400 mil son dueños de 6.6 millones de hectáreas; 160 mil tienen 14.3 millones de hectáreas y 11 mil grandes terratenientes acaparan 12.9 millones de hectáreas.

Lo anterior significa que el 55% de los propietarios posee el 2.8% de la tierra, mientras que menos del 0.5% de los propietarios controla el 35% de la tierra. El 7% de los propietarios es dueño de las tres cuartas partes de la tierra. Casi un millón de familias campesinas no tienen tierra y para satisfacer esta demanda se requiere 5.3 millones de hectáreas.

Los Métodos de Producción, Conservación y Distribución de Alimentos, siguen adoleciendo de reales mecanismos que permitan al agro un desarrollo y mejoramiento de vida. Los pobres se ven privados de las posibilidades de acceder a los medios para producir alimentos y del acceso al trabajo como resultado de la marginalización; los alimentos están siendo producidos con una visión de ganancia que debe superar lo invertido en su producción, lo que ocasiona que los costos de los alimentos se eleven.

El sector agrario es frágil a las políticas económicas y de desarrollo que se proyectan en cada período presidencial, las medidas en cuanto a las importación de alimentos -sorgo, cebada, etc, de gran producción en Colombia- ha permitido traerlos de países vecinos con bajos aranceles, reduciendo los costos y ocasionando la no comercialización de los nuestros y la lógica perdida que deben asumir los campesinos. Es evidente como las políticas de apertura muestran las deficiencias por las que atraviesa el agro, a saber: productivas, financieras, falta de consistencia en los modelos de política previos, lo obsoleto de los instrumentos usados para el control, la poca efectividad de los subsidios, el anquilosamiento del mercado de tierras y la falta de perspectivas a futuro.

La lógica neoliberal funciona sobre el criterio de integración a los mercados, pero no tiene en cuenta que los campesinos pobres padecen dificultades como: escasez de tierra, poco acceso a las innovaciones tecnológicas dados los costos y los desarrollos pedagógicos exigidos, costos crecientes del crédito, la violencia y la discriminación social de que son objeto por parte de los actores en conflicto en el campo y las políticas sociales estatales; las barreras para entrar a nuevos mercados de trabajo y diversificación productiva; mercados e instituciones poco desarrollados; exclusión de las instancias de decisión política y servicios educativos formales muy precarios.

Esta situación se ve reflejada en las 22 acciones de protesta campesina realizadas en solo siete meses del gobierno de Samper, y que nos recuerdan las 32 acciones de protesta y los cuatro éxodos campesinos ocurridos a finales del gobierno de Gaviria, mostrándonos cómo la problemática del sector rural se mantiene; así, en el Urabá Antioqueño los campesinos protestan por los operativos contrainsurgentes y la presencia de grupos paramilitares; en el municipio de El Molino, en la Guajira, por hostigamientos de la Guardia Nacional de Venezuela en operativos de fumigación a cultivos ilícitos. En la región de Miraflores (Guaviare), las fumigaciones se han concentrado pues se presume que es allí donde se encuentran los cultivos ilícitos de cocaína y amapola más extensos del departamento. Sin embargo, el glifosfato cayó indiscriminadamente sobre todo tipo de cultivos e incluso sobre la población, ocasionando, como se ha denunciado en repetidas ocasiones, envenenamiento de ganado y animales domésticos, enfermedades, irritación en las mucosas de los niños y de las mujeres embarazadas. Las expectativas que ha generado la ley de reforma agraria, causaron paros agrarios y movilizaciones regionales en Huila, Magdalena y Atlántico donde los campesinos protestaron por las políticas de recuperación de cartera, que los obliga a hipotecar sus parcelas, debiendo cancelar en menos tiempo sus créditos.

Del Derecho a la Vivienda. En los últimos años nuestras ciudades han crecido en forma vertiginosa. El conflicto armado interno y las difíciles condiciones de vida en el campo, -sumadas al espejismo de la ciudad que hace creer a los campesinos que la metrópoli ofrece garantías, estabilidad laboral y servicios públicos básicos-, han sido los elementos que contribuyen a la migración masiva a las ciudades, transformando al país de rural en un 70% y un 30% urbano hace 30 años, a ser hoy un país urbano en más de un 70%.

El Proceso de Desarrollo Urbano. se ha producido en condiciones aceleradas, irreversibles y desequilibradas en lo que tiene que ver con los servicios esenciales, dentro de los cuales merece especial atención el agua potable que tiene una cobertura del 50% de la población; el 31% de la población urbana carece del servicio de acueducto y aproximadamente un 42% no tiene alcantarillado. En el área rural la cobertura de servicios medioambientales sigue siendo precaria, agravándose la deforestación, con perdidas totales de grandes zonas de gran valor para la biodiversidad.

Las políticas de vivienda son soluciones precarias de interés social, entendiendo que las soluciones por medio de subsidios sólo cubren entre el 10 y el 20% del valor total de la vivienda, con retrasos hasta de dos años para su asignación. Se destinó el 20% a la creación de viviendas nuevas y el 80% restante para mejoramientos de viviendas. Las cifras manejadas por el gobierno son de 31.600 soluciones, pero las cifras que arrojan las estadísticas de Camacol muestran que en realidad son 5.000. Estas difieren porque el gobierno contabiliza las soluciones totales, pero ni se entera cuáles son realizadas o desarrolladas. Según el Inurbe la cantidad de solicitudes de subsidio en cola son 121.431 (colectivas 91.112 e individuales 30.309), que equivalen a un déficit de 164.207 millones de pesos. De acuerdo a lo presupuestado sólo se dispone para este rubro de 48.000 millones, quedando nuevamente en espera miles de familias. Las demás viviendas, se aproximan a un desarrollo urbano, escapan a los propósitos de los gobiernos de la Revolución Pacífica y el Salto Social. El problema social es claro y de acuerdo a los indicadores de Camacol 1 millón de viviendas no cuentan con condiciones mínimas de espacio, esto es el 30% y son caracterizadas por hacinamiento, carencia de servicios, fallas en las estructuras, entre otros.

Al hablar de vivienda nueva se habla de viviendas mínimas y unidades básicas, que son áreas de 35 a 40 metros cuadrados con tres cuartos (incluidas la cocina y la sala-comedor) para ser habitadas por familias de seis o siete personas y en las que generalmente hay de tres o cuatro niños.

Se concluye que no ha existido un real manejo del desarrollo urbano y no se trazan soluciones a largo plazo, dando solo respuestas coyunturales a los problemas de mayor urgencia, sometiendo el desarrollo urbano, la vivienda y el agua potable a los vaivenes del ejercicio de la política sin continuidad y con una mínima cobertura.

Se puede hablar de viviendas “subnormales”, es decir aquellas que no tienen condiciones mínimas para habitar; a esto se suma el hecho de la no existencia de garantías sobre la propiedad del terreno sobre el cual está asentada la vivienda. En una situación económica precaria la familia hace un gran esfuerzo para adquirir un pedazo de tierra, celebra un contrato con algún urbanizador pirata y terminan perdiendo sus pesos y siendo desolojados de su precaria vivienda. Ciudad Bolívar, con aproximadamente medio millón de habitantes que viven en la miseria absoluta, puede ser una muestra de esta situación. Otras ciudades capitales de departamento como Medellín, Barranquilla, Cali y Bucaramanga, también han aumentado su población y tienen barrios marginados y de invasión.

El 21% cuenta con vivienda normal, con casas o apartamentos independientes, con muros de ladrillo o bloques de cemento revocados y pintados; techos de placa de cemento o teja de zinc; generalmente están conectados con todos los servicios públicos. Estas viviendas constituyen conjuntos residenciales técnicamente construidos planeados, generalmente por firmas urbanizadoras, construidas en zonas aledañas al centro de la ciudad con vías pavimentadas y facilidades de transporte.

El otro 52% cuenta con vivienda hacinada, muchas casas están en obra negra para ser terminadas por auto-construcción. Pueden ser casas independientes, cuartos con alto grado de hacinamiento, disponen de algunos servicios públicos como agua, luz y alcantarillado. Cada cama sencilla es ocupada por más de una persona en la siguiente proporción: un 51% en los estratos subnormales; un 48% en el estrato bajo-bajo y un 40% en el estrato bajo. Los barrios que constituyen estas viviendas están situados por lo general en la periferia urbana y no disponen de algunas vías públicas sin pavimentar y escasos medios de transporte, son habitadas por personas de estrato bajo. Las familias de estrato bajo-bajo residen en viviendas construidas sin plan determinado y generalmente con materiales de desecho tanto en las paredes como en los techos. Pertenecen a este tipo los ranchos, chozas, carpas, cuevas, viviendas de desecho y en general cualquier recinto de carácter provisional o permanente; carecen de dos o más servicios públicos (agua,luz,alcantarillado, teléfono), ubicadas en zonas marginadas no urbanizadas ni urbanizables, pues son casi siempre zonas de alto riesgo como las orillas de los caños, al borde de las quebradas, expuestos a que en cualquier momento se desborden, o se desplome la montaña por la erosión que presenta esta zona.

7.4 Del Derecho a la Educación y a la Cultura (Artículos 13, 14 y 15 del P.I.D.E.S.C).

Cobertura. Para el año de 1.985 se encontraban en edad escolar un total de 12’959.000 personas -sin tener en cuenta a las 2’120.000 personas analfabetas absolutos mayores de quince años-, de las cuales solamente 6’740.834 consiguieron matrícula en la educación formal y 460.000 jóvenes entre los 10 y los 14 años que no saben leer ni escribir. La educación no formal atendió a 1’154.286 personas, con una cobertura del 4.2% del total de la población colombiana, contando entre estos los cursos de capacitación dados a los trabajadores a través de las Cajas de Compensación Familiar y los cursos de actualización profesional. Del total de la matrícula, la primaria cubrió el 58.8% con una tasa de escolarización del 85%; la básica secundaria y media vocacional el 31.3%, con una tasa de escolarización del 51.5% y la superior el 5.9% y una tasa de escolarización del 8.9%.

Para 1.993 las matrículas estuvieron distribuidas así: 5’769.699 en el sector oficial y 2’124.668 en el sector privado; en preescolar el sector oficial cubrió el 43.3 % y el sector privado el 56.7%,. En básica primaria 82.8% el sector oficial y 17.2% el sector privado. En el nivel de secundaria la proporción es de 62.4% y 37.6% respectivamente. En el nivel superior 60% privada y 40 % oficial. Lo que hace del nivel de preescolar y el superior sean los más elitistas del sistema educativo.

Según el Departamento Nacional de Planeación, la primaria y la secundaria está atendida por 22 mil empleados administrativos y 280.000 docentes. Aunque el nivel educativo de los docentes ha mejorado en los últimos cuatro decenios, continúa siendo bajo y solo el 18% termina estudios universitarios. La tasa promedio anual del crecimiento del número de maestros, ha sufrido una fuerte disminución en los últimos lustros. En Primaria de 4.346 nuevos maestros nombrados en promedio por año entre 1.960 y 1.980, se ha bajado a 690 entre 1.980 a 1.985.

Para 1.985 el país disponía de 48.219 establecimientos educativos, para 1.993 disponía de 47.853 en el sector oficial distribuido por niveles: preescolar 5.123, primaria 39.290 y en secundaria y media vocacional 3.440 establecimientos. El sector privado cuenta con 13.044 establecimientos distribuidos así: 4.663 en preescolar, 5403 en primaria y 3078 en la secundaria y media vocacional.

Comparativamente, el número de los establecimientos escolares ha venido disminuyendo, especialmente en el sector oficial, donde también la infraestructura física presenta el mayor deterioro, las cifras de la oficina de análisis y desarrollo de información del Ministerio de Educación Nacional 1994, así nos lo muestran. Ahora bien, sin tener en cuenta necesariamente los anteriores datos, es preciso señalar lo que está sucediendo en cuanto a acceso, calidad y condiciones tanto de estudiantes como de docentes, en el cumplimiento del ejercicio del derecho a la Educación. Esta se encuentra permeada por improvisación, desigualdad, inequidad, incoherencia, intolerancia, autoritarismo, encarecimiento y discriminación, no obstante encontrarse reconocido constitucionalmente, desarrollado legalmente y organizado el sistema educativo, como parte del cumplimiento del deber del Estado colombiano de dar educación.

En cuanto a Cubrimiento, Calidad, Planificación, Desarrollo, Presupuesto Destinado para Inversión y Funcionamiento, estas condiciones difieren sustancialmente en tanto la educación se presta en los niveles primaria, secundaria o superior, en los sectores rural o urbano, y a su vez, dentro de los grandes centros urbanos o de la provincia; en las modalidades formal, no formal o informal; o en las jornadas diurna o nocturna; presencial, semipresencial o a distancia; o a poblaciones de niños, jóvenes y adultos, grupos étnicos, para personas limitas o excepcionales, campesinas y de rehabilitación social; para ricos y pobres; de tal forma que unas personas tan solo consiguen ser analfabetos “funcionales”, frente a reconocidos profesionales especializados, quienes tienen grandes posibilidades de acceso al mercado laboral, frente a los “funcionales” quienes no tienen opciones laborales, ni pueden lograr mejorar su calidad de vida y se ven condenados a permanecer dentro de los sectores mas bajos de la población, sometidos a una vida indigna y con todas las carencias.

Problemas en la Educación:

La Educación es Improvisada. Ha sido común dentro del Estado colombiano la improvisación en materia educativa. Cada uno de los gobiernos que se han tenido durante la época republicana ha considerado que su programa político es el que va a permitir el pleno ejercicio del derecho a la educación, además, la educación ha sido parte fundamental de los programas de gobierno en las campañas políticas, puesto que en los diagnósticos que hacen los candidatos siempre se señala a la educación como un eje de solución a los problemas del subdesarrollo que se vive en Colombia.

Los métodos pedagógicos se caracterizan por ser autoritarios, no tener en cuenta las condiciones particulares e individuales de cada uno de los educados y en buena medida logra conseguir la producción en serie de un individuo normalizado, que desconoce su identidad y niega sus condiciones materiales de vida, olvidando los recursos y un manejo racional de los mismos.

Hay una deficiente formación pedagógica y científica de los docentes, debido a que las instituciones formadoras se han caracterizado hasta ahora por la disociación entre el saber específico de una disciplina y el saber pedagógico, por falta de articulación entre el componente pedagógico, el disciplinario y el investigativo por el predominio de los modelos autoritarios y tradicionales de relación pedagógica, por el aislamiento de estas instituciones frente a los problemas del país, por la precariedad de los recursos con que desarrollan sus programas, etc. De tal forma que los egresados poseen grandes carencias de formación, que se reflejan en una práctica pedagógica de graves limitaciones en cuanto a la calidad del ejercicio profesional.

La Educación es un Servicio Costoso. Al cambiar el modelo de desarrollo y convertirse la educación en servicio, el gasto en educación quedó sometido a los cálculos de costo – beneficio y costo – efectividad, tornándose el derecho a la educación en un artículo de consumo para la población escolar, donde las familias mas pobres y las de escasos recursos no pueden acceder a esta clase de productos y las de bajos ingresos sienten limitada su capacidad de gasto para acceder a escuelas y colegios de mediana calidad y sienten como imposible el acceso a otros servicios y menos pueden generar ahorro, de esta manera, por lo menos 4.5 millones de personas en edad escolar se encuentran por fuera del sistema educativo, y del total de la población que se encuentra matriculada un alto número de personas se ven obligadas a retirarse por no contar con el dinero suficiente para cubrir los costos.

El sistema educativo propicia diferenciaciones sociales en la escuela según el origen de clase del educado y el lugar que le corresponda en la división social del trabajo: los hijos de las clases trabajadoras reciben una formación para el trabajo, mientras que los demás cuentan con la posibilidad de ingreso a la universidad; así, el 24.4% de la población económicamente activa carece de educación formal; el total de jefes de hogar sin educación formal mínima y cuyos hogares tienen necesidades básicas insatisfechas alcanza a 1’107.250; y la población pobre, medida a partir de las condiciones básicas insatisfechas, presenta analfabetismo, subescolaridad e inasistencia escolar.

Recursos para la Educación. Según la Misión de Ciencia, Educación y Desarrollo, para garantizar una reforma educativa de envergadura, que implique avanzar significativamente en el acceso a la educación básica, mínimamente se requiere que en la próxima década la inversión pública en educación crezca al mismo ritmo del crecimiento del gasto militar en la década pasada y que esté acompañada de un crecimiento de la inversión privada en un 2%.

A partir de la modernización del Estado, la educación fue trasladada a los municipios, entidades que se encargan de presupuestar el gasto social, invertir el situado trasladado de la nación y proyectar los recursos que debe producir para efectos de cumplir con el compromiso estatal de dar educación (construcción y mantenimiento de la infraestructura física, bibliotecas, laboratorios, pago de docentes, etc.).

Educación Primaria. El sistema como tal, pese a su continuidad, no se configura realmente, no logra desarrollar una coherencia y no cuenta con mecanismos que faciliten su proyección dentro de la sociedad y dentro de la productividad.

La jornada real ha sido determinada por el mismo gobierno en 3.5 horas diarias, tiempo que no es suficiente para desarrollar los programas eficientemente.

La Gratuidad y la Obligatoriedad de la Educación Básica, queda sometida a la posibilidad real con que puedan contar los padres del estudiante y del mismo estudiante, quienes tienen que pagar un valor mínimo de acuerdo a su capacidad de pago, y a la disponibilidad de tiempo para dedicarle a una actividad improductiva, en tanto que padres e hijos tienen que trabajar o dedicarse a alguna actividad mediante la cual puedan conseguir dinero para su sustento diario.

El compromiso de la educación básica no lo puede cumplir el Estado Colombiano y así lo ha reconocido el mismo gobierno, quien aspira que para finales del periodo presidencial se logre una escolaridad promedio de 6.9 años. Pero la dificultad primordial se desprende de la falta de cubrimiento de infraestructura física, puesto que de las 38.000 aulas de básica primaria sólo 12.000 aulas están en condiciones de recibir a los egresados de primaria, generándose un alto déficit de cupos de básica secundaria y media vocacional.

Universalización de la Educación Primaria. Actualmente la cobertura neta de la educación primaria es del 85%, lo cual indica que de cada cien niños en edad escolar, 15 no pueden ingresar al sistema, pero el principal problema es la poca capacidad de retención del estudiante en el sistema.

Particularmente para las familias pobres, de 100 niños que inician el ciclo, lo terminan 60 y de éstos, solo 40 finalizan los cinco años.

Los logros en el aumento de cobertura se han visto contrarrestados por la baja eficiencia del sistema, la repitencia es del 25.5% en el primer grado y una deserción escolar cercana al 35% en los tres primeros años.

La tasa de deserción y repitencia hasta 1.988 era alta, 60% de los estudiantes terminaban quinto grado en la zona urbana y sólo el 20% en la zona rural. La repitencia de alumnos de primer grado era del 20% y de los de quinto el 7%. Y con el fin de superar este problema el gobierno estableció la promoción automática, pero un nuevo diagnóstico del Departamento Nacional de Planeación, mediante el Plan de Apertura Educativa 1991 – 1.994, señala que la situación subsiste: “La Promoción Automática que se implantó sin medidas administrativas complementarias, tales como la capacitación, los apoyos didácticos y la supervisión y asesoría pedagógica, no ha logrado reducir apreciablemente las tasas de repetición”.

En el área rural las escuelas existentes albergan entre 40 y 50 alumnos para todos los cursos; el cubrimiento es del 70%; el 50% de los centros rurales no poseen los cinco años de primaria; solo el 20% de los estudiantes concluyen la primaria; el promedio escolar es de 1.7 años y en aras de lograr un mayor cubrimiento y mantener a los estudiantes, el gobierno nacional, creó el programa escuela nueva con promoción automática y con un programa pedagógico de autodesarrollo, para el cual no capacitaron a los profesores, no existe vigilancia pedagógica y en las escuelas no cuentan con el material didáctico indispensable para el desarrollo del programa.

En particular, la universalización de la primaria, es uno de los programas bandera de cada uno de los gobiernos que se han tenido en los últimos quince años, los que a través de los programas de alfabetización han pretendido erradicar el analfabetismo. Lamentablemente, el porcentaje de población que aún continúa analfabeta absoluta es del 12.2% de la población, en tanto los analfabetos funcionales aumentan año a año, y de acuerdo al censo de 1.985 la población con menos de dos años de educación era de 5 millones de habitantes.

La población analfabeta entre 12 y 44 años comprende el 54.10% del total, es decir que la mayoría de analfabetos pertenecen al sector de la población en disponibilidad de trabajar.

La Educación Superior. El sistema denota su falta de coherencia. El estudiante ingresa sin conocer sus capacidades y su inclinación profesional, allí solo acceden quienes tienen recursos económicos para sostenerse, sus costos son elevados, el cubrimiento existente obedece a las políticas de una empresa que ofrece servicios y desea captar ingresos y solo el 11.5% de la población apta puede ingresar a la educación superior.

La educación superior se encuentra dividida en Formación Técnica Profesional, Formación Tecnológica, Formación Universitaria en Pregrado y Formación Universitaria en Post-grado; en total hay 242 establecimientos registrados en el Icfes, para cubrir la demanda, en modalidades Presencial, Semipresencial y a Distancia y en jornadas Diurna y Nocturna.

De los programas universitarios ofrecidos la mayoría de la matrícula corresponde a carreras de administración y de derecho, donde no se requieren grandes infraestructuras para su enseñanza, y solo con salón y un profesor basta, por ser la de menor costo; le siguen las ingenierías y luego las carreras de la salud, en los últimos renglones se encuentran las carreras de ciencias básicas y ciencias humanas; la matrícula en las carreras técnicas corresponde en gran medida a estudiantes rechazados en la modalidad universitaria o de escasos recursos económicos. En algunas de estas instituciones tecnológicas, muchos estudiantes permanecen solamente uno o dos semestres hasta cuando logran el ingreso en las instituciones universitarias en ingeniería o afines.

A cualquiera de estas instituciones, modalidades y jornadas se accede de acuerdo a la condición económica del estudiante y de su disponibilidad de tiempo; así, los bachilleres de escasos recursos que tienen que trabajar para ayudar al sostenimiento de sus familias, pueden estudiar en instituciones técnicas o en universidades que ofrecen carreras de administración o derecho en la jornada nocturna.

No existe una política global sobre el financiamiento de la educación superior. En el sector oficial, los aportes del presupuesto nacional dejaron de incrementarse en términos relativos en la década de los ochenta y en ocasiones decrecieron en términos reales de aportes por alumno; en el sector privado las instituciones se quejaban por el control que ejercía el Icfes. Los cambios que se han presentado conllevan la autofinanciación de las universidades públicas, con aumentos de matrículas desmesuradas y la disminución del control de las privadas.

El ICFES, en gran medida ha amparado la proliferación de universidades privadas con fines exclusivamente comerciales, debido a la inexistencia de un adecuado sistema de control y vigilancia levantado sobre evaluaciones rigurosas y al tradicional descuido por el desarrollo de la pedagogía en la educación superior.

La atomización y dispersión de la educación superior: cerca de medio millón de estudiantes en mas de 200 instituciones de tipo universitario y no universitario, estatales de régimen nacional, departamental, municipal y las universidades privadas, que bajo la forma jurídica de fundaciones o corporaciones, responden a intereses de tipo confesional, económico o académico, con independencia y autonomía, sobre todo en su manejo administrativo y financiero.

Educación No formal e informal. La educación no formal comprende los programas de capacitación que tan solo preparan para ejercer algún oficio y no conducen a ningún título, sin embargo, una parte de establecimientos que se dedican a la educación no formal preparan a las personas que no se encuentran matriculadas en la educación formal para que presenten exámenes de validación y pruebas de estado ante el Instituto Colombiano de Fomento para la Educación Superior ICFES y para los exámenes de admisión a las Universidades. Por esta razón proliferan salones en las casas familiares, donde particulares se dedican a dictar estos cursos con fines mercantiles. No hay control de calidad, solo preparación técnica para presentar exámenes; no se sabe cuántos de estos lugares funcionan en el país, sin que se le pueda garantizar al estudiante la capacitación que está recibiendo. No hay una reglamentación que determine en que condiciones debe funcionar.

Modalidades de educación para atender a poblaciones en desventaja y especiales.

Educación para Personas con Limitaciones. Existen en Colombia 2’700.000 discapacitados físicos, mentales o sensoriales y para ellos no existe un sistema educativo, no hay suficiente destinación de recursos, no existen centros de atención y no hay personal preparado para atender a esta población, la ley prevee que se podrá contratar con entidades especializadas en el tratamiento y formación de estas personas, pero de las pocas instituciones que existen la mayoría se encuentran en los grandes centros urbanos y su costo es elevado.

Educación para Personas Excepcionales. No se tienen sistemas de identificación de personas excepcionales y los establecimientos existentes para el desarrollo de las capacidades son muy pocos y de costos elevados, solo las personas de los sectores más ricos de la población tienen acceso a ellos.

Educación para Adultos. Adelantada en jornadas nocturnas, cuenta con estudiantes de último grado de nivel vocacional como docentes de alfabetización en primaria, sin que estos tengan una preparación adecuada. En secundaria las jornadas son de 3 horas diarias y los métodos pedagógicos no son especializados. No es una educación exclusivamente para adultos, puesto que allí pueden ir a estudiar jóvenes que tienen que trabajar durante el día.

Educación para Grupos Étnicos. Pese a la normatividad existente, los sistemas educativos para los grupos étnicos no cubren a la totalidad de la población que pertenece a 81 comunidades con cerca de 603.000 habitantes. El analfabetismo en las comunidades indígenas es del 44% dentro de los parámetros educativos occidentales; los indígenas se quejan por no tener la posibilidad de definir el tipo de educación que quieren recibir, sino que tan sólo se deben capacitar en la lengua madre y en español de acuerdo a los programas que el gobierno les ha presentado, obviando por consiguiente la preservación cultural y el desarrollo autónomo de las mismas.

La cobertura en la primaria es del 11.3%, la secundaria es del 1.25%, y el acceso a la Universidad se dificulta por problemas económicos y de adaptación.

En algunas comunidades han perdido su tradición cultural, sus costumbres, su religión, la organización social que les caracterizaba y los sistemas de producción y economía que desde épocas inmemoriales venían desarrollando, porque la iglesia católica colombiana mediante misioneros y las comunidades protestantes, a través del Instituto Lingüístico de Verano, se dedicaron a conocer la cultura de estas comunidades y una vez conocidos sus idiomas tradujeron textos religiosos y políticos con los cuales aculturizaron y colonizaron a estas comunidades, en regiones como la amazonía y los llanos orientales, con la anuencia del estado colombiano; las invasiones de los colonos y la persecución oficial van destruyendo lo poco que queda de la cultura indígena, unas veces por métodos científicos abusando de toda clase de antropologías y de lingüísticas, otras mediante la conquista y tantas por los genocidios.

En una carta enviada por los WAYUU (comunidad de la Guajira) en mayo de 1.983 al presidente Gaviria manifestaban: “Antes nos hablaban de civilización y evangelización, hoy nos hablan de eficiencia y modernidad… usan con violencia nuestros territorios, recursos y trabajo.”

Las comunidades negras o afrocolombianas, con 817.000 personas, presentan los mayores índices de analfabetismo, donde el doble de la población rural y el triple de la población urbana son analfabetas, con respecto al registro nacional.

Educación Campesina y Rural. Este sistema en algún momento se quiso implementar, pero de acuerdo a los reajustes de la internacionalización, la apertura y la modernización del Estado, los Institutos Técnicos Agrícolas ITA’s fueron reducidos y en algunos casos cerrados por representar gastos onerosos para el Estado, así, en el momento, la educación campesina y rural sólo existe para primaria y de acuerdo a lo señalado en otros apartes.El índice de analfabetismo en el sector rural alcanza al 30.

VIII- Conclusiones y propuestas.

De este ensayo se concluye que hay necesidad de profundizar en varios de los temas relativos a los derechos económicos, sociales y culturales: en los contenidos de los derechos, precisando la amplitud mínima de cadauno; en sistemas de indicadores que permitan un monitoreo de las políticas públicas frente a cada uno de los derechos por parte de los ciudadanos y de las propias autoridades; en el desarrollo de los mecanismos internacionales de protección; en el diseño de mecanismos ágiles de protección en el derecho interno para lograr su justiciabilidad; en educación a la sociedad para que asuma posiciones éticas frente a las violaciones sistemáticas de estos derechos; en la formación de jueces y abogados que los hagan cumplir; en mirar como se asumen temas de macroeconomía desde la perspectiva de los derechos humanos, o como supeditamos la economía a la dignidad de la persona humana y no a las reglas del mercado, porque no pensar que el control de las tasas de interés son un derecho humano?; en la construcción de modelos de desarrollo que permita a los pueblos disfrutar de los derechos humanos integrales; en sistemas que nos permitan pasar de la teoría al conocimiento práctico que de salidas para los millones de seres humanos sumidos en la miseria por la violencia económica; entre otros grandes temas.

En este ensayo se pone de presente que los derechos, económicos sociales y culturales son derechos exigibles y justiciables que se traducen en atributos de la persona y que por tanto se pueden demandar del Estado y de la sociedad en su conjunto.

Se concluye que los responsables de garantizar el Derecho al Desarrollo y los Derechos Económicos Sociales y Culturales son en primera instancia la Comunidad Internacional y cada uno de los Estados, que deben destinar para ello el máximo de los recursos de manera eficiente, adoptando las medidas legislativas y administrativas para posibilitar que sus propios pueblos y todos los seres humanos gocen de esos derechos.

Que está en cabeza de los Estados el DEBER DE SU SATISFACCIÓN Y DE SU PROTECCIÓN. Se desconocen esos derechos si los Gobiernos no los garantizan mediante políticas sociales y de desarrollo que permitan su disfrute; pero igualmente se desconocen si se adoptan políticas como las controvertidas neoliberales que impiden la realización de esos derechos y propician su violación.

De manera directa los Estados son responsables si permiten que otros Estados, personas extranjeras o multinacionales intervengan para propiciar el desconocimiento de estos derechos o si toleran formas de neocolonialismo, al igual que si permiten que empresas nacionales, personas naturales o jurídicas -bajo su jurisdicción- violen a sectores débiles de la población estos derechos, si las normas internas protegen formas de propiedad que impiden realizar los derechos como sería la concentración de la propiedad de la tierra frente al derecho a la alimentación de la población o a los derechos de los trabajadores agrarios desplazados en forma violenta.

La Comunidad internacional es responsable por la permisividad frente a las políticas de los Estados ricos que expolian a los países sumidos en la pobreza, al igual que el no controlar las políticas de ajuste estructural impuestas por le FMI, el BM o la OMC, que no responden a la juridicidad internacional ni a los bienes jurídicamente tutelados por el DIDH, sino que responden a intereses mezquinos de sectores financieros y de gran poder económico internacional.

Podríamos decir que en materia de derecho al desarrollo y de ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales a contrario sensu de los derechos civiles y políticos, la responsabilidad se hace extensiva a agentes privados diferentes a los Estados y a la Comunidad de las Naciones, en la medida que entes de orden económico como las multinacionales, los sindicatos patronales, los bloques de productores, etc., se constituyen en violadores de estos derechos. La responsabilidad de los Estados y de la Comunidad Internacional deriva en no controlar y evitar esos abusos, o incluso, por propiciar esa violaciones y afianzar la impunidad al no castigar a los responsables.

Las violaciones a los derechos económicos, sociales y culturales básicos y la privación del derecho al desarrollo deben considerarse crímenes contra la humanidad en la medida que generan genocidios y ecocidios irreparables, que frustran el desarrollo individual y colectivo de la humanidad, sumiendo a millones de seres humanos en el hambre y la miseria, constituyéndose en un atentado contra la Paz y la convivencia pacifica, lesionando de manera profunda los postulados éticos que inspiran todo el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

En esta problemática las ONG tienen un papel primordial, deben iniciar, entre otras cosas, investigaciones en el terreno concreto de la realización de los derechos económicos, sociales y culturales, incitar la utilización de las vías jurídicas y de los recursos disponibles y redactar observaciones críticas sobre los informes presentados por los Estados, concernientes a la realización de estos derechos.

Deben intervenir ampliamente, creando acciones destinadas a sensibilizar la opinión pública sobre los derechos económicos, sociales y culturales, participando activamente en la aplicación de la legislación internacional existente, y si es necesario en la reelaboración de una nueva legislación. Igualmente en el diseño de políticas que coloquen a los pueblos y a las personas en el centro del desarrollo, que el disfrute integral de sus derechos sea un fin en si mismo para los Estados y la Comunidad de las Naciones; para ello hay que pensar en la liberación de hombres y pueblos que posibilite un orden mundial en el que pasemos de la retórica a los hechos, y en el que los ciudadanos nos convirtamos en vigilantes y garantes de la vigencia y aplicación de la normatividad atrás mencionada .

A nivel de Naciones Unidas y en las Cumbres prevalece la retórica y los bellos discursos pero la decisiones se toman a puerta cerrada por otras entidades a espalda de los pueblos del mundo. Por ello sería valido retomar una condicionalidad de las personas y los pueblos de limitar el poder en lo universal, regional y local para oponerla a la condicionalidad de los Estados y grupos de poder que toman como rehenes a los pueblos para someterlos e imponerles seguir siendo periféricos.

Entender que la violación de los DESC no es por falta de recursos sino que se debe a la concentración de la riqueza y su inequitativa distribución, por ello las políticas no deben atacar las consecuencias sino la causa del problema, entender que la pobreza no es un fenómeno natural sino un problema político.

Realizar campañas de promoción y difusión de los DESC y de sus mecanismos de protección -por cuanto no es posible defender lo que no se reconoce como derecho- dirigidas tanto a los servidores públicos como a la sociedad en general.

Propuestas para el caso Colombiano:

Construir una Agenda Social de Paz, por lo menos con un plan decenal para la realización de cada derecho (empleo, salud, educación, vivienda, alimentación, laborales, sindicales, tierra, asociación, ambiente, calidad de vida, entre otros), con metas que sean verificables y con indicadores de seguimiento que permitan en ese periodo lograr una satisfacción inmediata de los contenidos mínimos o básicos y un pleno ejercicio de cada derecho a mediano plazo.

Desarrollar mecanismos legales que hagan exigibles los DESC sin volver a expedir normas como la Ley 393 cuyo parágrafo del artículo 9º se traducen en un fracaso de la acción de cumplimiento para exigir los DESC al impedir la acciones cuando se requiera gasto.

Implica a su vez revisar la acción de tutela, las acciones populares y crear otras específicas para garantizar los DESC.

Implica redefinir el Plan Nacional de Desarrollo respondiendo a las propuestas de la Agenda Social de Paz, incluso con la derogatoria de esa ley en una eventual negociación política para ajustarla a los acuerdos. Readecuar el Estado para que las políticas sociales sean de Estado, y no de Gobiernos con ministros de nueve meses en promedio. El desarrollo se debe medir por el nivel de disfrute de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales por parte de la población colombiana.

Implica revisar y ajustar la política de impuestos y mirar su incidencia en el disfrute de los DESC en la medida en que los impuestos al consumo -como el IVA que se propone extender incluso a los alimentos elaborados- están gravando los salarios y los precarios ingresos de los colombianos. Hay necesidad de dar prioridad a los impuestos directos.

También se debe ajustar la legislación interna y armonizarla con los Convenio de OIT, con el PIDESC y demás normas de derecho internacional que deben servir de derrotero a la legislación nacional. Igualmente ajustarla a los DESC de rango constitucional que son actualmente letra muerta. Para esto se necesita realizar estudios concretos de su aplicación y la creación de una comisión de seguimiento de las recomendaciones realizadas al Estado colombiano por las diferentes instancias de ONU, OEA y OIT, sobre estos temas.

Destinar el máximo de los recursos disponibles que permitan lograr una mejora sustancial en el disfrute de los DESC para toda la población. Es importante recurrir a los recursos disponibles y a la cooperación internacional, o a la propuesta del jubileo para el 2000 que entre otros consagra la condonación de la deuda externa para los países pobres de tal manera que se haga verdaderamente explícito el apoyo a un proceso de Paz en Colombia.

Tomar medidas serias para castigar los actores públicos que mediante la corrupción impiden la realización de los DESC y el adecuado y eficaz aprovechamiento de los recursos destinados a lo social.

Dentro de la obligación de protección el Estado se deben tomar medidas para castigar los actores privados que por diversos medios ilícitos violan los DESC, es el caso de los promotores del Desplazamiento Forzado que con recursos de terratenientes han expropiado más de 4 millones de hectáreas, o los ejecutores de megaproyectos que realizan permanentes desplazamientos mediante la creación, financiación y apoyo de grupos paramilitares. Implica por tanto realizar estudios sobre la evolución de la propiedad de la tierra y expropiar las adquiridas por la violencia y guerra sucia.

Adoptar sistemas de seguimiento y monitoreo, con indicadores reales que permitan un diagnóstico fiable de la realidad de los DESC, que a su vez permita adoptar medidas y correctivos serios en las políticas públicas destinadas a satisfacerlos.

A manera de ejemplo en Colombia en materia de derechos laborales y sindicales habría que hacer lo siguiente:

· Expedir el estatuto de trabajo.

· Aplicar a fondo la carrera administrativa y revisar las carreras que tienen hoyos negros que la violan.

· Establecer medidas cautelares y pólizas de cumplimiento en lo que tiene que ver con los procedimientos laborales para garantizar los derechos de los trabajadores al final de los juicios de trabajo.

· Presentar al congreso y adoptar los Convenios de OIT en que Colombia no es parte.

· Adecuar la legislación laboral a los Convenios de OIT que han sido ratificados.

· Ampliar el fuero sindical a los promotores del sindicato para estimular la asociación sindical.

· Definir legalmente los servicios públicos esenciales en los cuales se excluye el ejercicio del derecho a la huelga.

· Regular la negociación Colectiva en el sector público conforme al Convenio 151 de la OIT adoptado mediante la ley 411/97.

· Regular la negociación de industria y priorizarla sobre la negociación de empresa.

· Establecer las formas de solución de los conflictos colectivos en los casos de servicios públicos esenciales, de organizaciones minoritarias.

· Además una ley de esta índole debe eliminar todas las restricciones a la duración de la huelga.

· La calificación de la legalidad de las huelgas debe volver a ser competencia exclusiva de los Jueces Laborales.

· Establecer la integración del contradictorio con las organizaciones sindicales en todos los casos en los cuales se discuta el fuero, bien porque se discuta el levantamiento del mismo o el reintegro.

· Los procesos laborales instaurados por trabajadores o por sindicatos, deberían estar dotados de medidas cautelares para evitar que los empleadores burlen sus efectos.

· El fuero Sindical no debe poder ser objeto de transacción o de conciliación.

· El Inspector de trabajo debe ser dotado de facultad para preconstituir prueba en favor del trabajador, que se presumirá cierta mientras no se demuestre lo contrario, en casos de violación de derechos fundamentales de este.

· El Inspector deberá dar traslada de las graves violaciones en materia de salario mínimo, jornada de trabajo y libertad sindical al Defensor del pueblo, quien deberá estar facultado para, en ejercicio de la defensoría pública representar a las víctimas de tales violaciones ante el Juez.

· En los procesos laborales donde se discutan hechos relativos al salario mínimo, a la estabilidad del trabajador, a la libertad sindical, a la protección al menor, a la protección a la madre trabajadora, sería obligatorio oír el concepto del Ministerio Público.

· En las investigaciones por unidad de empresa es necesario prever un mecanismo de tipo cautelar que, sin afectar el libre comercio, impida la recomposición accionaria de las empresas una vez abierta la investigación .

· Capacitar a los Inspectores de Trabajo, revisar su número y distribución geográfica, dotarlos de recursos técnicos y capacitarlos.

· Realizar monitoreos a los casos de OIT y concluír con acciones concretas, informando a las autoridades competentes.

Este ejemplo nos pone de presente el largo camino que Colombia y los demás países y pueblos del mundo deben recorrer para lograr vivir en paz, liberados del temor y de la miseria. La verdad creemos que el próximo siglo puede ser el del desarrollo y toma de conciencia de la importancia de los derechos económicos, sociales y culturales que nos podrán ayudar a consolidar de manera real todos los derechos humanos.


Notas

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