La empresa Comercial Nutresa S.A.S, viola los derechos de sus trabajadores y toma Retaliaciones contra miembros de su sindicato “Sintranutresa”

(Colombia)(Autor: SINTRANUTRESA)(Fecha: 3 de enero de 2012)

DR/03/11

Respetados Compañeros y Público en General, lamentablemente debemos denunciar, que la Empresa Comercial Nutresa S.A.S., el día 23 de diciembre de 2011, como saludo navideño y de la manera más indignante, ha sancionado de manera arbitraria e injusta a tres (3) de nuestros compañeros afiliados al Sindicato y precisamente quienes el día 18 de diciembre de 2011, haciendo uso del derecho de libre asociación sindical contemplado en los artículos 38 y 39 de la Constitución Nacional, participaron en la fundación del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Empresa Comercial Nutresa S.A.S., “SINTRANUTRESA”.

 

Esta retaliación a manera de sanción disciplinaria, fue comunicada y ejecutada a través de la denominada área de Cultura y Desarrollo Organizacional en cabeza del directivo: Rodrigo Alberto Gutiérrez Rodríguez; al parecer con la colaboración del Coordinador de relaciones Laborales: Javier Alonso Zapata Acosta y del Coordinador de Almacenamiento: Germán Alonso Moreno Becerra, directivos que de manera coordinada, sigilosa y totalmente malintencionada, en los últimos días no han permitido que los trabajadores tengan un segundo de paz y armonía, especialmente cuando transitamos por unas fechas tan especiales como lo son la Navidad y el Año Nuevo 2012.

Es nuestra obligación aclarar a todos nuestros lectores, porque decimos que la sanción de los compañeros Fabián Céspedes y Félix Ortiz es injusta y arbitraria.
Resulta que los dos compañeros mencionados, padecen serias y agobiantes enfermedades osteomusculares calificadas de CARÁCTER PROFESIONAL, es decir, producto de las labores que de manera alta-mente responsable, cumplieron durante muchos años para la Empresa Compañía Nacional de Chocolates hoy en día Comercial Nutresa S.A.S.

En consecuencia, negándose a cumplir lo que ordena la Constitución Política de Colombia y las Leyes en general que dictaminan la protección de los trabajadores enfermos, la Empresa Comercial Nutresa S.A.S., no ha cumplido con su obligación de concertar y Reubicar Laboralmente a dos de los trabajadores sancionados en un cargo o labor que no afecte, acelere o haga más gravoso su delicado estado de salud, máxime cuando los mismos poseen recomendaciones médico-laborales bastante rigurosas que deben ser implementadas, tanto por la empresa como por el trabajador, de manera absolutamente celosa, más cuando dentro de sus enfermedades, se encuentran afectaciones muy serias en su Columna Lumbar, patologías tan delicadas que están catalogas como crónicas y de alta afectación NEURO-SENSORIAL, lo cual implica que estos TRABAJADORES deben ser reubicados laboral-mente en un puesto de trabajo de acuerdo a su condición Física y Psicológica, tal como lo ordena la norma en el Articulo 8° de la Ley 776 de 2002, norma que infringe la Empresa Comercial Nutresa S.A.S., de manera sistemática.

Así las cosas, los Compañeros Félix Ortiz y Fabián Céspedes, han sido obligados mediante comunicados amenazantes, órdenes totalmente descabelladas e irracionales emitidas por la Empresa, con el fin de que cumplan una serie de funciones laborales entre las que se encuentran turnos extenuantes que podrían ir hasta las diez de la noche, obligados a someterse a sobrecargadas de estrés, labores que implicarían tareas repetitivas, posturas viciosas que atentan contra una buena y sana ergonomía.

Además, se les exige que deban manipular de manera manual, unas puertas con sistema de cortina y de connotación industrial, las cuales se deben maniobrar de manera repetitiva, donde es necesario flexionar la Columna más de 150º de forma exagerada, realizando sendos sobre-esfuerzos, circunstancia que de forma imprudente es totalmente peligrosa ya que atenta gravemente contra las lesiones que poseen estos trabajadores.

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