La salud sexual y reproductiva en las Cárceles de mujeres en Colombia

La salud sexual y reproductiva en las Cárceles de mujeres en Colombia

Las cárceles del mundo no son ajenas al
trato discriminatorio y excluyente que
se nos impone a las mujeres respecto
a nuestra salud sexual y reproductiva.
Colombia no es un caso excepcional, las
cárceles de mujeres en el país reproducen
la violación de los Derechos sexuales
y reproductivos inherentes a nosotras
las mujeres, en parte porque la sociedad
en su conjunto castiga a la mujer detenida
porque sale de los esquemas femeninos
que se le han impuesto.

 

 

Hablar de la situación de Derechos
Sexuales y Reproductivos de las mujeres
en condición de detenidas es per
se referirse a la crisis humanitaria y de
vulnerabilidad que sufre toda la población
carcelaria. Las mujeres, que ante la
falta de una política con perspectiva de
género por parte del INPEC que apunte
a la superación de roles y que busque
el desarrollo integral de las mujeres, se
subsumen en una condición de sumisión,
culpabilidad, pobreza absoluta para
ellas y para su núcleo familiar, lo que
las lleva a seguir asumiendo una carga
desventajosa y una debilidad emocional
psicológica, social y económica dentro
de la cárcel.

Las políticas de infraestructura carcelaria
ignoran completamente las necesidades
de las mujeres detenidas. En principio,
debido a la falta de una perspectiva
de género, las cárceles se construyen
según referentes masculinos que no
tienen en cuenta lugares ni condiciones
como el de mantener un embarazo con
el menor riesgo posible para las detenidas.
También existen torres o patios
especiales en cárceles de hombres
dónde se encuentran mujeres, lo cual
aumenta el riesgo de vulnerabilidad de
los Derechos Humanos.

Y es que hablar de situación carcelaria
en nuestro país no puede reducirse al
problema del hacinamiento y a la precaria
solución por parte del INPEC (la
construcción de más cárceles masculinas
con torres de mujeres) sino que es preciso
remitirse a una infinidad de problemas
que parten de la forma en la que se ve la
justicia en Colombia.

Es pertinente entonces mencionar un
problema que afecta drásticamente a la
población reclusa de mujeres. En primer
lugar, la cobertura y la calidad del
servicio de salud en niveles I y II son
deficientes ya que no se cuenta con un
cuerpo médico las 24 horas. En la cárcel
del Buen Pastor en Bogotá, existen solo
3 médicos para atender a una población
de 1449 reclusas; estos médicos solo
trabajan medio tiempo y muchos de ellos
no cumplen con sus horarios, ni con el
mínimo de citas recibidas. Además hay
dificultad en la asignación de las mismas
y en la remisión a medicina especializada,
así como en la garantía de embarazos
saludables y partos seguros.

En las reclusiones
no se cuenta con ginecólogas o
ginecólogos, ni pediatras en lugares donde
hay niñas y niños. Las medicinas para
ellas y para las/los menores son escasas,
sólo se les suministran medicamentos
para el dolor, en muchas ocasiones son
las guardias quienes deciden a quién se
atiende y a quién se le suministra medicamentos.
“La salud reproductiva es un estado general
de bienestar físico, mental y social,
y no de mera ausencia de enfermedades
o dolencias, en todos los aspectos relacionados
con el sistema reproductivo y
con sus funciones y procesos. En consecuencia,
la salud reproductiva entraña la
capacidad de disfrutar de una vida sexual
satisfactoria y sin riesgos, así como la
capacidad de procrear, y la libertad para
decidir si hacerlo o no, cuándo y con qué
frecuencia..

En relación a la salud reproductiva
entendida como lo mencionamos anteriormente,
son violados y desconocidos
los derechos a los que se tiene acceso, lo
cual se materializa en que, por ejemplo,
si bien a las reclusas se les practican
exámenes de seno y citologías, muchas
veces no son entregados los resultados
o no se les lleva el seguimiento, ni
se cumplen las recomendaciones ni se
suministran los medicamentos recetados.

Así mismo no hay una política integral
y consciente para prevenir virus y ETS,
de 2008 a 2009 se pasaron de 121 casos
de VIH/SIDA a 242, muchos de estos sin
tratamientos ni suministro de medicamentos.
En relación a la posibilidad de constituir
una familia y elegir cuándo y cuántas
hijas o hijos tener, las reclusas sufren
una desigualdad drástica en relación a
los hombres. En general, en las visitas
conyugales muchas veces se exige un
documento que demuestre legalmente la
relación que se tiene con la persona que
va a la visita, ya sea matrimonio por la
iglesia o por lo civil, también la constancia
de estar planificando lo cual reduce
las posibilidades a elegir cuando y
cuantas hijas o hijos tener y en relación a
las detenidas políticas cuyos compañeros
también se encuentran recluidos, se debe
tramitar un permiso que puede durar
hasta dos años en ser aprobado.

Gracias a la presión social ejercida
contra la mujer, muchas detenidas son
abandonadas por su pareja dejando desprotegidos
a las y los hijos. Son también
olvidadas por su familia agudizado esto,
por la calificación de “malas” madres,
que las hace perder la posibilidad de
verlas pues según las autoridades judiciales
y carcelarias no están en condiciones
“socialmente aptas”. Por otra parte,
quienes tienen sus hijas e hijos afuera, no
pueden verlos sino cada fin de mes por el
mismo argumento y además deben cumplir
con una cantidad de requisitos que
muchas veces son imposibles de cumplir.

Existe también una discriminación por
parte de las guardias con el pretexto de
la seguridad en lo que tiene que ver con
el vestuario que han decidido adoptar las
reclusas lesbianas. No se les deja ingresar
ropa con la cual ellas se identifican
y se sienten cómodas porque puede ser
“inseguro” al cargar cosas peligrosas
en ropa tan ancha. Son discriminadas y
humilladas por su orientación sexual, en
la mayoría de los casos más por las guardias
que por las mismas reclusas.

Quienes están en embarazo o son madres
de niños menores de tres años, no tienen
garantías de partos y embarazos seguros
y saludables. Aunque la ley establece que
tres meses antes y tres meses después de
dar a luz la mujer puede adquirir la casa
por cárcel o domiciliaria, los tramites son
a veces tan demorados e inservibles que
las detenidas terminan dando a luz en la
cárcel con muy malas condiciones de salubridad
o en hospitales de los cuales son
remitidas rápidamente a las reclusiones,
sin seguridad medica ni garantías laborales
que le aseguren un bienestar distinto
al de ser llevado a las pésimas condiciones
que ofrece el ICBF. Son realmente
inhumanas las condiciones en las que
vive la población reclusa en general y la
falta de políticas que en verdad busquen
la mejora de la calidad de vida para una
“resocialización” eficaz.

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