“MACACO DEBE SER JUZGADO EN COLOMBIA POR LA JURISDICCIÓN ORDINARIA Y NO POR EL PROCEDIMIENTO DE JUSTICIA Y PAZ, ANTES DE SER EXTRADITADO”

Así lo hizo saber categóricamente el abogado Alirio Uribe Muñoz, del Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”, al responder las críticas que ha expresado el Gobierno Nacional frente a la presentación de la acción de Tutela por parte del Movimiento Nacional de Víctimas, frente a la cual el Consejo Seccional de la Judicatura ordenó la suspensión provisional del procedimiento de extradición de Carlos Mario Jiménez, alias Macaco.

 

 

“Macaco debe ser juzgado en Colombia por la jurisdicción ordinaria y no por el procedimiento de justicia y paz, antes de ser extraditado” Así lo hizo saber categóricamente el abogado Alirio Uribe Muñoz, del Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”, al responder las críticas que ha expresado el Gobierno Nacional frente a la presentación de la acción de Tutela por parte del Movimiento Nacional de Víctimas, frente a la cual el Consejo Seccional de la Judicatura ordenó la suspensión provisional del procedimiento de extradición de Carlos Mario Jiménez, alias Macaco.

El argumento principal que se esgrime tiene que ver con que el confeso paramilitar no ha cumplido con los compromisos de los artículos 10 y 11 de la llamada Ley de Justicia y Paz, particularmente la obligación de cesar toda actividad ilícita y por el contrario ha seguido delinquiendo. Adicionalmente, la misma normativa en su artículo 72 dispone que los beneficios de la ley, solo podrán ser otorgados a hechos ocurridos con anterioridad a su vigencia, es decir, respecto de hechos delictivos nuevos, se entiende que deberán ser conocidos por la jurisdicción ordinaria.

“Lo que queremos es que al ser juzgado por justicia ordinaria, se le impongan penas correspondientes a crímenes de Lesa Humanidad, que van entre 25 y 60 años de cárcel.” aclaró el abogado, “y que de esta manera exista una reparación integral, que es la que buscan las víctimas con las decisiones judiciales y no una meramente monetaria, como lo quiere hacer ver el Gobierno con la expedición del decreto sobre reparación, o el argumento de que en todo caso, los paramilitares responderán con sus bienes.” Ni una, ni otra previsión, satisfacen los derechos a la verdad y a la justicia, en los que la propia ley 975 supuestamente se inspira , más aún cuando dichas propuestas administrativas están encaminadas precisamente a evitar que las víctimas exijan sus derechos ante la Administración de Justicia .

Otra de las cuestiones que plantea el abogado tiene que ver con la impunidad evidente que ha generado el proceso: “Si más de 35 mil paramilitares desmovilizados individual y colectivamente están en libertad, y si de los 2.782 postulados para la aplicación de la ley, solo 55 están en la cárcel y el gobierno los extradita gradualmente, la pregunta es ¿quién les va a responder a las víctimas por estos crímenes?” .

Cfr. Ley 975 de 2005, artículos 4, 6, 7 y 8 entre otros.
Ver. Comunicado Movimiento nacional de Víctimas de Crímenes de Estado. “DECRETO QUE PREPARA EL GOBIERNO SOBRE REPARACIONES ADMINISTRATIVAS, ABRE LA VÍA PARA NUEVAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS” http://www.colectivodeabogados.org/article.php3?id_article=1203
De acuerdo con cifras de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz en Colombia, a la fecha se habrían desmovilizado individual colectivamente 35.288 paramilitares, de los cuales solo 2.782 fueron postulados para el procedimiento de la ley de Justicia y Paz, y solo 55 se encontrarían detenidos a órdenes de la justicia. Ver. FIDH. Colombia: La desmovilización paramilitar, en los caminos de la Corte Penal Internacional. Octubre de 2007

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